Decisión nº 358-07 de Tribunal Sexto de Ejecución de Zulia (Extensión Maracaibo), de 3 de Julio de 2007

Fecha de Resolución 3 de Julio de 2007
EmisorTribunal Sexto de Ejecución
PonenteAlba Rebeca Hidalgo Huguet
ProcedimientoEjecuciòn De Sentencia Condenatoria

PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA

JUZGADO SEXTO DE EJECUCIÓN

MARACAIBO, 03 DE JULIO DE 2007

197° y 148°

RESOLUCIÓN N° 358-07 CAUSA 6E-460-07.

Definitivamente firme como ha quedado la sentencia dictada en fecha 30-05-2007, por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en contra del penado M.S.R., titular de la cedula de Identidad V-22.066.172, de nacionalidad Venezolana, natural de Maracaibo, profesión u oficio Trabaja en la Caja Regional, fecha de nacimiento 13-02-1980, soltero, hijo de A.R. y V.O., residenciado en el Barrio Bolívar, Calle 14, diagonal al Monumento de la Chamarreta, Maracaibo del Estado Zulia, a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISION más las accesorias de Ley, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal, cometido en perjuicio de O.E.G., actualmente se encuentra en la Cárcel Nacional de Maracaibo; este Tribunal de Ejecución de conformidad con lo establecido en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, Declara en Estado de Ejecución la presente Causa, y pasa a ejecutar la pena.

Así tenemos que consta en actas que el penado M.S.R., fue detenido en fecha 15-02-2007; por lo que hasta el día de hoy 03-07-2007 fecha en que se practica el presente computo de pena: lleva detenido CUATRO (04) MESES Y DIECIOCHO (08) DIAS. Faltándole por cumplir: NUEVE (09) AÑOS, SIETE (07) MESES Y DOCE (12) DIAS.

En consecuencia el mencionado penado cumplirá la Pena Principal el día: 15-02-2017.

Cumplirá una cuarta (1/4) parte de la pena impuesta el día 15-08-2009, pudiendo solicitar la fórmula alternativa al cumplimiento de pena de DESTACAMENTO DE TRABAJO.

Cumplirá una tercera (1/3) parte de la pena impuesta el día 15-06-2010, pudiendo solicitar la fórmula alternativa al cumplimiento de pena de RÉGIMEN ABIERTO.

Cumplirá las dos terceras (2/3) partes de la pena impuesta el día 15-10-2013, pudiendo solicitar la fórmula alternativa al cumplimiento de pena de L.C..

Cumplirá las tres cuartas (3/4) partes de la pena impuesta el día 15-08-2014, pudiendo optar a partir de esa fecha a la Conmutación por el resto de la pena en CONFINAMIENTO.

Finalmente, se hace de su conocimiento que quedará sometido a la Sujeción a la Vigilancia por parte de la Autoridad Civil por Una quinta (1/5) parte de la pena impuesta, la cual cumplirá el día 15-02-2019. ASÍ SE DECLARA.

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DISPOSITIVA

Por lo antes expuesto, este TRIBUNAL SEXTO PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EN ESTADO DE EJECUCIÓN LA PRESENTE CAUSA y DECRETA EL CÓMPUTO DE PENA a cumplir por el Penado M.S.R., titular de la cedula de Identidad V-22.066.172.. Se acuerda librar boleta de encarcelación y remitir junto con oficio a la Cárcel Nacional de Maracaibo, boleta de notificación a la ciudadana Fiscal 27° del Ministerio Público, a la defensa, asimismo se ordena Oficiar al Departamento de Alguacilazgo remitiendo las boletas de notificación. Regístrese, Notifíquese y remítanse las copias de ley.

LA JUEZA DE EJECUCIÓN.

DRA. A.R.H.H..

EL SECRETARIO

ABOG. R.E..

En la misma fecha, se registró la anterior Decisión bajo el No.358-07 en el Libro de registro de resoluciones llevado por este tribunal, remitiendo los oficios y boletas de notificaciones respectivas.

EL SECRETARIO,

ABOG. R.E..

ARH/gladys.-

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