Decisión de Juzgado Décimo De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo de Caracas, de 11 de Junio de 2010

Fecha de Resolución11 de Junio de 2010
EmisorJuzgado Décimo De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo
PonenteJudith Gonzalez
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, once (11) de junio de dos mil diez (2010)

200º y 151º

ACTA DE DESISTIMIENTO

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2009-002149

PARTE ACTORA: C.H.R.M.

APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: E.A.V.

PARTE DEMANDADA: PETROLERA AMERIVEN, S. A. (HOY PETROPIAR, S. A:).- y TECNOCONSULT, S. A.-

APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: M.R.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy once (11) de junio de dos mil diez (2010), siendo las 9:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, ; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, compareciendo solo la parte demandada litis consorte TECNOCONSULT INGENIEROS CONSULTORES S.A y PETROPIAR S. A a través de sus apoderados judiciales M.Y.M.M. y MANUEL ALBERTO LEÒN respectivamente, la primera abogada en ejercicio, titular de la cédula de identidad Nº 15.671.126 e inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 118.286 y el segundo abogado en ejercicio, titular de la cédula de identidad Nº 1.654.078 e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 19.355, carácter que constan de documentos poderes que se presentan en original y copia simples constantes de tres (3) folios cada uno que se cotejan con sus originales y se ordena a agregar a los autos a los fines legales consiguientes, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. No hay condenatoria en costas de conformidad con la excepción prevista en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 151 ° y 200 °.

La Jueza Titular

La Secretaria

Abg. Judith González

Abg. Listabeth Montes

La apoderada judicial de la codemandada Tecnoconsult Ingenieros Consultores S.A

El apoderado judicial de la codemandada PETROPIAR S. A

En este misma fecha se pùblico y registro la presente decisiòn.

La secretaria

Abg. Lisbeth Montes

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