Presentación

AutorDr. Fernando Parra Aranguren
Páginas17-33

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¡Décimo quinto aniversario!, ¡Quince volúmenes! ¡Cuarenta y tres números! Frases que no son fáciles de pregonar, tal como puede hacerlo el equipo encargado de la publicación de Frónesis,Revista de Filosofía Jurídica, Social y Política, editada por el Instituto de Filosofía del Derecho "Doctor José Manuel Delgado Ocando", que opera en la hoy Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas, antes de Derecho, de La Universidad del Zulia.

Más difícil, sin embargo, es alardear de treinta y siete años consecutivos de actividades en favor no sólo de las comunidades universitaria y regional, sino de la nacional, como puede hacerlo el personal directivo y de investigación del mencionado Instituto, anteriormente Centro de Estudios de Filosofía del Derecho, organismo nacido oficialmente en 1971.

En puridad, y en opinión de algunos miembros del Consejo de Facultad durante el decanato del Profesor Humberto La Roche, de grata memoria, "la primera piedra del Centro de Filosofía se colocó cuando se enviaron a especializar profesores". En efecto, gracias el esfuerzo e interés del Profesor José Manuel Delgado Ocando, Director del Departamento de Filosofía del Derecho y Ciencias Conexas de la Facultad, lograron ser admitidos y, en consecuencia, enviados a estudiar en diversas Casas de Estudio europeas, los, para la época, jóvenes Alberto Enrique Serrano Pirela, Hermann Petzold Pernía, vivos todavía, y Domingo A. Labarca Prieto, quien, hace escasos tres años (2005), regresó a la tierra, cuando mucho se esperaba de su actividad creadora. Page 18

Alberto E. Serrano Pirela estuvo fuera del país entre 1967 y 1970. Primero en la Universidad de Navarra, Reino de España, donde cursó bajo las órdenes de José M. Martínez Doral. Posteriormente, se trasladó a Oxford -Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, o simplemente Reino Unido, incorrectamente llamado Gran Bretaña o Inglaterra- donde estudió en la Bodleian Law Library de la Universidad de Oxford bajo la tutela de H.L. Hart y, finalmente, en el Instituto de Estudios Jurídicos Avanzados de la Universidad de Londres.

Luego partió Domingo A. Labarca Prieto, prematuramente desparecido, quien -luego de atender unos cursos de Doctorado en la Universidad Central de Venezuela- viajó a la República Federal de Alemania, en 1968 aproximadamente, de donde regresó en 1970, luego de estar bajo la instrucción del Profesor Martin Kriele, quien destacó en el campo de la filosofía política donde, entre otros puntos de interés, llamó la atención sobre la conveniencia de diferenciar dos Revoluciones Francesas y de distinguir entre Teoría del Estado e historia constitucional. El 10 de noviembre de 2005, la Universidad del Zulia le confirió el Doctorado Honoris Causa Post Mortem y, para esa misma época, una Unidad Educativa ubicada en Los Altos de Santa Bárbara del Zulia, Distrito Colón, fue distinguida con su nombre.

El último en abandonar, temporalmente, la patria fue Hermann Petzold Pernía, quien, años después de su regreso en 1972, del Reino de Bélgica, adonde había partido en 1969, ganó el Premio Academia de Ciencias Políticas de 1975 por su estudio La noción de igualdad en el Derecho de algunos Estados de América Latina. Durante su permanencia en ese país, continuó su formación en la Universidad Libre de Bruselas bajo la guía del Profesor Chaim Perelman, retórico y filósofo del Derecho belga de origen polaco, creador de la Nueva Retórica y uno de los autores más influyentes en el desarrollo de la teoría de la argumentación jurídica en el siglo XX, conjuntamente con el Profesor Theodor Viehweg. Page 19

Revisando la documentación a mi alcance, más lo que he averiguado con algunos de los participantes y otros miembros actuales de la institución, a través de entrevistas y requerimientos de información contestados en tiempo récord, amén de mis recuerdos de la época y largas búsquedas en internet, he tratado de elaborar -con mucho atrevimiento, pero con la mejor voluntad- a título de de este No. 3 del Volumen XV con que culmina la celebración del décimo quinto aniversario de Frónesis, un boceto de la historia del Centro, matriz del Instituto, fuente, a su vez, de la Revista cuyo cumpleaños se celebra.

Para 1971, entre febrero y junio, y ello debe constar en el Libro de Actas del Departamento de Filosofía del Derecho y Ciencias Conexas de la Facultad, los miembros del mismo aprobaron, por unanimidad, el proyecto de Reglamento del Centro de Estudios de Filosofía del Derecho, con su correspondiente Exposición de Motivos, sometido a su consideración por el, para la época, Abogado Alberto Enrique Serrano Pirela 1. Igualmente fue ratificado por unanimidad de los presentes el proyecto de presupuesto presentado para su funcionamiento, calculado en un asistente de Secretaría (Bs. 1.200 mensuales) y los gastos de instalación, estimados en Bs. 4.000. Secuela de estas actuaciones, los miembros del Departamento acordaron elevar este material a la consideración del Consejo de Facultad.

No conozco la fecha en que el órgano colegiado recibió la documentación mencionada; sin embargo, el 11 de octubre de 1971, el Abogado Serrano Pirela fue invitado "con el objeto de hacer explicaciones complementarias, al proyecto de Reglamento citado", ya leído por sus integrantes. Varios de los consejeros, al plantearse el tema en los asuntos diferidos, se opusieron a su consideración, alegando la prioridad de otros asuntos, entre ellos los "Cursos de Post-Grado" y el "Centro del Investigaciones y Estudios Laborales", cuyo Reglamento no se había aprobado todavía. Con esta base propusieron aplazar, una vez más, su consideración. No obstante sus razonamientos, quienes se opusieron a debatir la materia -en vista de que el invitado se hallaba a las puertas del local y posiblemente Page 20 por razones de elemental cortesía- aceptaron su presencia en las deliberaciones, para lo cual, previamente, aprobaron comenzar "a discutir (el tema) en la misma sesión o en una posterior (...), y que con eso no (se) estaba demostrando el que no se acogiera la tesis de las prioridades".

En la propuesta original, las investigaciones del Centro se desarrollarían sobre cuatro temas diferentes: axiología jurídica, teoría del derecho, historia de la filosofía jurídica y metodología jurídica, sección está en la cual habría una subdivisión dedicada al estudio de la iuscibernética. Uno de los consejeros, y va a modo de anécdota, al puntualizar los gastos de instalación, hizo hincapié en los previstos para funcionamiento. Sobre estos últimos, "a título de ejemplo", observó: "(.) los Centros que se han instalado en otras Universidades han invertido cuantiosas sumas de dinero para la adquisición de computadoras electrónicas", hecho que le sirvió de fundamento para criticar "la política del país, en que todo se quiere resolver a través de esto (. por) lo que se quiere hablar únicamente de computadoras".

Desconozco -a pesar de las gestiones realizadas para disimular mi ignorancia- el historial de la tramitación posterior de la discusión del Reglamento del Centro en el Consejo de Facultad: pienso, empero, que ningún trámite se materializó, a juzgar por la conducta posterior del Rector Magnífico de LUZ que seguidamente se explicitará.

Se señala como fecha de fundación del Centro el 15 de diciembre de 1971, lo cual concuerda con el contenido del Acta de la sesión del Consejo de Facultad de Derecho del 10 de enero de 1972, donde -en el punto correspondiente al Informe del Decano- el titular del cargo, Profesor Humberto J. La Roche Rincón, comunicó a sus integrantes que, en la penúltima reunión del Consejo Universitario, el Rector José Manuel Delgado Ocando había sometido a la consideración del Cuerpo -propuesta debidamente aprobada- la creación del Centro de Estudios de Filosofía del Derecho, con fundamento en las siguientes razones: a) como Máxima Autoridad ejecutiva, podía proponer la Page 21 aprobación de un Centro, Escuela o Facultad; b) el Consejo de Desarrollo Científico y Humanístico de La Universidad del Zulia (CONDES) 2 respaldaba su fundación; y c) había transcurrido demasiado tiempo sin que el Consejo de la Facultad de Derecho hubiera discutido -y mucho menos aprobado- su Reglamento.

De este modo atípico nació la institución in commento, que comenzó a materializar el conjunto de sus tareas propias un año después (1972), tanto en lo concerniente a sus estudios e investigaciones como en la difusión de los mismos.

La orientación de la futura actividad editorial del Centro, luego Instituto...

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