De la prevención de los factores generadores de conflictos y violencia intrafamiliar
Author | Edison Lucio Varela Cáceres |
Profession | Universidad de Los Andes, Abogado Cum Laude, Universidad Central de Venezuela, Especialista en Derecho de la Niñez y de la Adolescencia, profesor asistente de Derecho Civil i Personas, Universidad Metropolitana, profesor de Derecho Civil Universitat de Barcelona, Máster en Derecho de Familia e Infancia |
Pages | 155-162 |
C L P F, M P 155
Capítulo V
De la prevención de los factores generadore s de conictos
y violencia intrafamiliar
Artíc ulo 32.- Protección integral de las fa milias. El Estado, en
sus diversos niveles de gobierno, promoverá y ejecutará programas,
proyectos y acciones dirigidos a proteger a las familias de fac tores
generadores de conictos y violencia intrafamilia r que afecten la
convivencia pacíca, solidaria y respetuosa de su s integrantes.
A tales efectos, el ministerio del poder popular con competencia
en la materia de desarrollo y protección social, es el órgano respon-
sable de coordinar los planes y programas de los diversos órga nos
del Poder Público dirigidos a la prevención de los conictos in-
trafamil iares, para lo cual podrá crear instancias de trabajo y
mecanismos para el cumplimiento de tal propósito, convocando,
cada vez que estime necesa rio, reuniones en todos los espacios del
territorio nacional, con el n de examinar, evaluar y unicar las
acciones emprendidas por los diversos entes públicos sobre esta
materia. El Consejo Nacional de Derechos de Niños, Niñas y Ado-
lescentes, el Instituto Nacional de la Mujer, el Instituto Nacional
de la Juventud, las misiones sociales y demás entes y programas
adscritos a este Ministerio, constituyen la base inst itucional para el
desarrollo de esta política de protección de las fami lias.
Comentario: Consciente del agelo que representa la violencia en
general e intrafamiliar para la armonía de las relaciones ciudadanas, se
detiene el legislador a indicar unas breves líneas de acción en esta materia,
exhortando, a los diferentes órganos ejecutivos, al diseño e implementa-
ción de programas, proyectos y acciones dirigidos a tutelar a la familia
ante el riesgo que representan los conictos y violencia entre sus miem-
bros, lo cual, en todo caso, son contrarios a los principios que deben
regir los nexos familiares, a saber: la convivencia pacíca, la solidaridad
y el respeto.
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