El problema de la jurisprudencia como fuente de derecho y el precedente judicial en un Estado democrático de derecho

AutorRomán J. Duque Corredor
CargoAbogado
Páginas305-310
Comentarios Jurisprudenciales
EL PROBLEMA DE LA JURISPRUDENCIA COMO FUENTE
DE DERECHO Y EL PRECEDENTE JUDICIAL EN UN
ESTADO DEMOCRÁTICO DE DERECHO
Román J. Duque Corredor*
Abogado
Resumen: Est e artículo analiza la doctrin a que ha venido desarrollando la Sala
Constitucional del Tribunal Supremo estableciendo preced entes judiciales obliga-
torios la luz de la neces aria libertad de interpret ación judicial para garant izar la
autonomía del Poder Judicial en un Estado democrático de Derecho.
Palabras clave: Interpretación constitucional; Interpretación vinculante; Prece-
dentes.
Abstract: This article analyzes the doctrine that has been developed by the Consti-
tutional Chamber of the Supreme Court establishing mandatory judicial prece-
dents, in the light of the necessary freedom of judicial interpretation to guarantee
the autonomy of the Judiciary in a democratic State of Law
Key words: Constitutional interpretation; mandatory interpretations; Precedents.
I. Planteamiento inicial: En la Primera Convención de Presidentes de los Colegios de
Abogados, celebrada en Caracas, del 12 al 14 de octubre de 1962, en sus deliberaciones, a
propósito de entrada en vigencia de la Constitución de 1961; para promover la carrera judi-
cial y la regulación de la actividad profesional de los abogados, se proclamó, ante los poderes
públicos, recién electos o designados, que la libre interpretación del Derecho es fundamental
para la autonomía del Poder Judicial y para el libre ejercicio de la abogacía en un Estado
democrático de Derecho. ¿Cuál es la eficacia de la libre interpretación jurídica en los supues-
tos de que se considere la jurisprudencia como fuente de Derecho, y específicamente cuando
se trata del precedente judicial obligatorios? Y, ¿como han de ser las reglas de garantía de esa
libre interpretación en un Estado democrático de Derecho en los casos de que la jurispruden-
cia y el precedente judicial se consideren fuentes del Derecho?
II. Actualidad: Hoy, a 49 años de aquel pronunciamiento de los Presidentes de los Co-
legios de Abogados, las interrogantes anteriores son aún de mayor actualidad, después que la
Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, del 18 de junio de 2003
(Ex. 03.0183), en un caso de revisión de sentencia por desacato a la doctrina de dicha S ala,
sentenció que sus decisiones tienen “la fuerza obligatoria de un precedente judicial de
iure”; y que por tanto forman parte de las fuentes del Derecho. Ello en virtud que la Consti-
tución de 1999 le confiere la atribución de máxime intérprete de las normas y principios
* Exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia de la República de Venezuela. Expresidente e
Individuo de Numero de la Academia de Ciencias Polític as y Soc iales. Doctor Honoris Causa y
Profesor Honorario de la Universidad de Los Andes, Mérida, Venezuela. Doctor Honoris Causa de
la Universidad Católica de La Plata, Argentina. Profesor de la UCV, de la UCAB y de la UMA.

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