La protección de los créditos laborales frente a los acreedores del empleador en América Latina. Especial referencia a la situación de Venezuela y de Uruguay

AutorOscar Hernández Álvarez
CargoUniversidad Centro Occidental Lisandro Alvarado
Páginas86-121
La protección de los créditos laborales frente
a los acreedores del empleador en América Latina.
Especial referencia a la situación de Venezuela y de Uruguay
Oscar Hernández Álvarez
Universidad Centro Occidental Lisandro Alvarado (UCLA)
Resumen
Se exponen a la luz del Derecho Comparado, los alcances de la protección de los créditos
laborales frente a los acreedores del empleador en lo que respecta al tipo y limitación del
crédito protegido, la naturaleza y extensión de los bienes afectados, y el lugar del crédito
laboral en el orden de prelación general de los créditos. Los casos de Uruguay y
Venezuela, constituyen referencias especiales. Se analiza comparativamente la institución,
haciendo uso de fuentes legales, doctrinales y jurisprudenciales, desde la creación de
fondos de protección de naturaleza laboral hasta la Seguridad Social de la protección del
salario y sus intentos de aplicación en América Latina. Finalmente, se haceun analisis
comparado más extensivo en lo que respecta al crédito laboral en los procedimientos
concúrsales.
Palabras clave: Salario, Privilegio Laboral, FONASA, Fideicomiso, Crédito Laboral.
The Protection of Labor Credits in the Face of Employer Creditors in Latín
America.
Special Reference to the Situations of Venezuela and Uruguay
From the viewpoint of comparative law, the advances in the salary scale in relation to
the employer creditors with respect to the type and limitation of protected credits, the
nature and extensión of the affected assets, and the hierarchy of labor credit in the scale
of general preference of credits, are explained. The cases of Uruguay and Venezuela are
referred to in particular. Comparative analysis of the institution is undertaken, making use
of legal, doctrinal and jurisprudence sources up until the creation of funds for the
protection of labor, the transition of social securíty for salary protectio, and other attempts
for its application in Latin America. Finally, a more extensive comparative analysis is made
of labor credit in concourse proceedings
Key words: Salary, labor privilege, FONASA, trust funds, labor credit.
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Recibido:21-01-02. Aceptado: 22-04-02
1. El carácter vital como fundamento del régimen de protección del salario
Las remuneraciones que el trabajador percibe como retribución a sus servicios
constituyen, en la generalidad de los casos, la base del sustento económico de él y de su
familia. Este carácter "alimenticio" o "vital" del salario, ha sido tomado en cuenta por el
legislador para establecer un especial régimen de protección al salario y, de manera más
general, a los créditos que el trabajador tiene contra el empleador como consecuencia de
la relación de trabajo.
2. Ámbitos de tutela del salario
El régimen de tutela del salario establece diversos ámbitos de protección. En efecto, se
protege al salario: A) Frente al empleador, B) Frente a los acreedores del empleador. C)
Frente a los acreedores del trabajador y D) Frente al propio trabajador. En este artículo
nos referiremos únicamente a la protección del crédito laboral frente a los acreedores del
empleador. Plantearemos un panorama general de la situación del tema en América Latina
y haremos una referencia especial a los casos de Venezuela y de Uruguay.
3. Modalidades de protección
Para la protección del crédito laboral frente a los acreedores del empleador el Derecho
Comparado permite detectar la existencia de varias modalidades:
a) Mediante la creación de un privilegio.
b) Mediante la creación de fondos o fideicomisos dentro del ámbito del Derecho
del Trabajo.
c) Mediante la creación de sistemas de seguridad social para proteger al
trabajador del riesgo de la insolvencia del empleador.
d) Mediante el establecimiento de ciertas ventajas procesales, especialmente en
materia de juicios concúrsales.
4. El carácter privilegiado del salario
El carácter vital de las remuneraciones del trabajador, ha sido tomado en cuenta por el
legislador para otorgarle un carácter privilegiado en relación a los otros créditos que
constituyen el pasivo de un deudor. Alcalá Zamora y Cabanellas dicen que "resulta
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socialmente necesario que el acreedor del salario cobre con preferencia a los demás;
pues ese acreedor y su familia viven diariamente de tal retribución" (1972:141). Esta
circunstancia fue tomada en cuenta incluso por las legislaciones civiles y mercantiles, aún
con anterioridad a la existencia del Derecho del Trabajo como disciplina especializada. De
allí que, al decir de Pía Rodríguez, "la institución de un privilegio a favor de los
trabajadores haya sido una de las primeras medidas de protección que hayan gozado los
trabajadores"1. En efecto, ya el Código Napole ón (1804), establecía entre las acreencias
privilegiadas sobre la generalidad de los muebles del deudos, la correspondiente a los
salarios del personal de servicio, por el año vencido y por aquello que es debido del año
corriente. Establecía, asimismo, un privilegio sobre los -inmuebles de deudor para las
acreencias que los obreros, arquitectos empresarios y albañiles - asimilados dentro de un
tratamiento único, de acuerdo a los conceptos civilistas imperantes -empleados para
edificar, reconstruir o reparar edificios, canales u otras obras2. La lista de beneficiarios fue
ampliada sucesivamente por las leyes del 28 de mayo de 1838, 5 de febrero de 1895 y 12
de junio 1919. En la actualidad, el derecho francés es mucho más amplio en el
establecimiento de privilegios para créditos de los trabajadores.
5. Regulación del privilegio laboral en América Latina
La mayor parte de los países latinoamericanos regulan especialmente en sus
legislaciones laborales el carácter privilegiado de los créditos de los trabajadores3. En
Argentina y Uruguay este tema fue regulado tradicionalmente por los Códigos Civiles y
Mercantiles. Posteriormente, leyes de procedimiento incorporaron disposiciones
relacionadas con los créditos laborales, dando lugar a una peculiar situación que
comentaremos posteriormente.
A los fines de ilustrar y sistematizar el tratamiento legislativo del tema en la región,
podemos revelar que los principales aspectos regulados son los siguientes:
a) Tipo de crédito protegido.
b) Limitación al crédito protegido.
c) Naturaleza y extensión de los bienes afectados.
d) Lugar del Crédito laboral en el orden de prelación general de los créditos,
6. Tipo de crédito laboral objeto de privilegio.
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