Se Publica Decreto mediante el cual se Fija la Alícuota del IGTF

AuthorARAQUEREYNA

El pasado 12 de julio de 2024, fui publicado el Decreto número 4.972 en Gaceta Oficial No. 6.821 Extraordinario, en donde se fijó en cero por ciento (0%) la alícuota del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras.

¿Qué establece el Decreto?

El Decreto fijó en cero por ciento (0%) la alícuota del Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF) para las transacciones realizadas por los siguientes contribuyentes:

  1. Las personas jurídicas y las entidades económicas sin personalidad jurídica, calificadas como sujetos pasivos especiales, por los pagos que hagan con cargo a sus cuentas en bancos o instituciones financieras.

  2. Las personas jurídicas y las entidades económicas sin personalidad jurídica, calificadas como sujetos pasivos especiales, por los pagos que hagan sin mediación de instituciones financieras. Se entiende por cancelación la compensación, novación y condonación de deudas.

  3. Las personas jurídicas y las entidades económicas sin personalidad jurídica, vinculadas jurídicamente a una persona jurídica o entidad económica sin personalidad jurídica, calificada como sujeto pasivo especial, por los pagos que hagan con cargo a sus cuentas en bancos o instituciones financieras o sin mediación de instituciones financieras.

  4. Las personas naturales, jurídicas y entidades económicas sin personalidad jurídica, que sin estar vinculadas jurídicamente a una persona jurídica o entidad económica sin personalidad jurídica, calificada como sujeto pasivo especial, realicen pagos por cuenta de ellas, con cargo a sus cuentas en bancos o instituciones financieras o sin mediación de instituciones...

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