Decisión de Tribunal Primero de Juicio L.O.P.N.A de Cojedes, de 5 de Marzo de 2008
Fecha de Resolución | 5 de Marzo de 2008 |
Emisor | Tribunal Primero de Juicio L.O.P.N.A |
Ponente | German Alfredo Brea Rojas |
Procedimiento | Acta De Juramentación |
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO
DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO COJEDES
197° y 149º
SAN CARLOS, 05 DE MARZO DE 2008
ACTA DE JURAMENTACION
En el día de hoy, MIERCOLES, CINCO (05) DE MARZO DE 2008, comparece por ante este Tribunal voluntariamente el ABG. A.R.P., venezolano, titular de la Cedula de Identidad N° V-7.561.611, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 86.131, con domicilio procesal en el Edf. Manrique, piso 1, Ofc. 19. San Carlos, Estado Cojedes; Tlf. 0414-5952378., con la finalidad de tomar juramento de ley como defensor de la adolescente imputado (Se omite identidad de conformidad con los artículos, 545 y 65, parágrafo 2° de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, a quien se la sigue causa signada bajo el N° 1U-131-08, por la presunta comisión de los delitos de LESIONES PERSONALES AGRAVADAS, previsto y sancionado en el artículo 418 del Código Penal y PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA, previsto y sancionado en el articulo 272 del Código penal concatenado con el articulo 218 del Reglamento de la Ley de Arma y Explosivos, en perjuicio del ciudadano A.J.G. . En este estado el Juez procede a tomarle juramento al mencionado abogado de la siguiente manera: Jura Usted, cumplir con los deberes inherente al cargo de defensor privado para el cual fue designado por el adolescente imputado (Se omite identidad de conformidad con los artículos, 545 y 65, parágrafo 2° de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, a lo que contestó levantando la mano derecha: Acepto la designación hecha por el adolescente imputado (Se omite identidad de conformidad con los artículos, 545 y 65, parágrafo 2° de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente y juro cumplir con el cargo de defensor de la mencionada imputada en el presente proceso, continuando el Juez si así lo hiciere que Dios y la Patria lo premie y si no que os lo demande, quedando debidamente juramentado como defensor privado del adolescente imputado (Se omite identidad de conformidad con los artículos, 545 y 65, parágrafo 2° de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente; asimismo solicito en este mismo acto se me acuerde copias simples de la presente causa. Oída la solicitud del Defensor ABG. A.P., este Tribunal acuerda expedir las copias solicitadas por el Defensor ABG. A.P.. Es todo, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ DE JUICIO N° 01
ABG. G.A.B.R.
CAUSA N° 1U-131-08