Decisión de Juzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito de Caracas, de 14 de Mayo de 2008

Fecha de Resolución14 de Mayo de 2008
EmisorJuzgado Superior Septimo en lo Civil, Mercantil y del Transito
PonenteVictor Gonzalez
ProcedimientoEjecución De Hipoteca

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y

DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas, 14 de mayo de 2008

Años 198° y 149°

Vista la diligencia que antecede el presente auto, suscrita por el abogado A.L., abogado en el libere ejercicio de la profesión y debidamente inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 9326, en representación del ciudadano RAFAEL MARTINEZ LEÒN, en consecuencia se acuerda librar boleta de notificación a la parte demandada constituida por la ciudadana Y.P.A., venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V- 2.129.725, o en la persona de sus apoderados Judiciales C.E. MEDERICO y A.N.T., abogados en el libre ejercicio de la profesión y debidamente inscritos en el IPSA, bajo los Nºs: 53.107 y 57.778 respectivamente, en consecuencia este Juzgado Superior considera que dicha solicitud no es contraria a derecho ordena la elaboración de la correspondiente boleta a los fines de que se practique la notificación a la parte demandada.-

El Juez,

Dr. V.J.G.J.E.S.,

Abg. Richars D.M.

VJGJ/RM/simón

EXP. N° 9404

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y

DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 14 de mayo de 2008

Años 197° y 148°

BOLETA DE NOTIFICACION

SE HACE SABER

A la ciudadana Y.P.A., venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V- 2.129.725, o en la persona de sus apoderados Judiciales C.E. MEDERICO y A.N.T., abogados en el libre ejercicio de la profesión y debidamente inscritos en el IPSA, bajo los Nºs: 53.107 y 57.778 respectivamente, que por auto de esta misma fecha se acordó su notificación en virtud de la sentencia dictada por este Tribunal en el presente juicio en fecha CUATRO (04) de abril de 2008.-

Boleta que se libra de conformidad con lo establecido en el artículo 251 y 233 del Código de Procedimiento Civil.-

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, en señal de haber sido notificado, con inserción de la firma y fecha.-

DIOS Y FEDERACION

EL JUEZ,

Dr. V.G.J..

VJGJ/simón

EXP. N° 9404

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