Las relaciones laborales colectivas en Venezuela

AutorOscar Hernández Álvarez/María Laura Hernández Sierralta
CargoProfesor de Derecho del Trabajo de la Universidad Lisandro Alvarado. Barquisimeto, Venezuela; y Presidente de la Academia Iberoamericana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social/Profesora de Derecho del Trabajo de la Universidad Fermín Toro Barquisimeto, Venezuela. Profesora Invitada a los Postgrados de las Universidades Fermín Toro, ...
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Relaciones laborales colectivas en Venezuela

Oscar HERNÁNDEZ ÁLVAREZ

Profesor de Derecho del Trabajo de la Universidad Lisandro Alvarado. Barquisimeto, Venezuela; y Presidente de la Academia Iberoamericana de Derecho del Trabajo y de la

Seguridad Social

María Laura HERNÁNDEZ SIERRALTA

Profesora de Derecho del Trabajo de la Universidad Fermín Toro Barquisimeto, Venezuela. Profesora Invitada a los Postgrados de las Universidades Fermín Toro, Carabobo y Católica

Andrés Bello

Sumario

I. Introducción. II. Libertad Sindical: 1) La Libertad Sindical en la Constitución; 2) La Libertad Sindical en la Ley; 3) Constitución del sindicato; 4) Protección de libertad sindical;
5) Promoción de la libertad sindical; 6) Los derechos sindicales en el sector público; 7) Asociaciones empresariales; 8) Libertad sindical en Venezuela conforme a los pronunciamiento de los órganos de control de la Organización Internacional del Trabajo. III. La Negociación colectiva: 1) Características generales de la negociación colectiva; 2) La Negociación colectiva en la Constitución y en la Ley; 3) Deber de negociar de buena fe y proporcionar información; 4) Tipos de negociación colectiva; 5) Las convenciones colectivas: 5.1) Concepto de convención colectiva; 5.2) Sujetos legitimados para celebrar convenciones colectivas; 5.3) Contenido de las convenciones colectivas; 5.4) Procedimiento de negociación; 5.5) Alcance subjetivo de las convenciones colectivas: 5.5.1) Respecto de los trabajadores; 5.5.2) Respecto de los empleadores;
5.6) Extensión de la convención colectiva; 5.7) Eficacia jurídica de la convención colectiva ;5.8) Duración de la convención colectiva; 5.9) Interpretación de la convención colectiva; 5.10) Incumplimiento de la convención colectiva;
6) Niveles y articulación de la negociación colectiva; 7) Cláusula de paz. 8) La negociación colectiva en el sector público: 8.1) Normativa aplicable; 8.2) Contenidos; 8.3) Procedimiento; 8.4) Niveles y articulación; IV) Prevención y solución de los conflictos colectivos: 1) Normativa aplicable;
2) Procedimiento judicial; 3) Procedimientos extrajudiciales;
V) La huelga: 1) La huelga en la Constitución y en la Ley. 2) Titularidad del derecho de huelga; 3) Las exclusiones del

Recibida: 12-03-2014 Aceptada: 25-03-2014 “Universitas” Fundación Derecho del Trabajo Nº 17/2014 (enero-diciembre) Issn: 1856-3449 135-172

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derecho de huelga; 4) Concepto de huelga; 5) La ocupación de los lugares de trabajo y los piquetes; 6) Motivaciones de la huelga; 6.) Huelga política; 6.2) Huelga de solidaridad;
6.3) Otras motivaciones de la huelga; 7) Procedimiento de huelga; 8) Huelga ilegal; 9) Huelga abusiva; 10) Huelga en servicios esenciales; 11) Efectos de la huelga; 11.1) Respecto de los trabajadores huelguistas; 11.2) Respecto de los trabajadores no huelguistas; 11.3) Respecto de otras empresas; 12) Protección ante represalias por ejercer el derecho de huelga; 13) La huelga en el sector público VI) El cierre patronal: 1) El cierre patronal en la Constitución y en la Ley.

Resumen

En el presente trabajo se presenta un resumen de las principales características del sistema de relaciones colectivas en Venezuela. Se parte de una brevísima descripción del contexto histórico y político dentro del cual se desarrolla. Se resume el marco normativo del sistema partiendo de la base de la Ley Orgánica del Trabajo para los Trabadores y las Trabajadores, promulgada en 2012 y del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo promulgado en 2006, vigente en todo aquello que no contradiga la mencionada Ley, pues aún no se ha publicado un reglamento general de la misma. En general puede decirse que el sistema de relaciones colectivas laborales venezolana, al igual que el de muchos de la región latinoamericana, acusa un fuerte intervencionismo estatal que determina importantes restricciones de la libertad sindical, las cuales han sido objeto de consideración por parte de los órganos de control de la Organización Internacional del Trabajo.

Palabras claves: Convención colectiva, trabajo, laboral, huelga y Venezuela.

Abstract

A summary of the main features of the industrial relations system in Venezuela is presented in this paper. It starts with a brief description of the historical and political context within which it develops. The regulatory framework of the system is summarized on the basis of the Labor Law for Male Workers and Female Workers, promulgated in 2012 and the Regulations of the Labor Law enacted in 2006, effective in anything that does not contradict the aforementioned Law therefore still has not issued a general regulation of the same. Overall It could be say that the Venezuelan system of collective labor relations, like that of many of the Latin American region, accusing strong state intervention that determines important restrictions of freedom of association, which have been under consideration by the organs control of the International Labor Organization.

Key words: Collective agreement, work, labor, strike and Venezuela.

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I. I NTRODUCCIÓN . P ROCESO DE FORMACIÓN Y CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL SISTEMA DE RELACIONES COLECTIVAS DE TRABAJO EN EL CONTEXTO HISTÓRICO VENEZOLANO

La historia republicana de la Venezuela del Siglo XIX se caracterizó por una sucesión de guerras civiles y de gobiernos caudillistas que impidieron un verdadero desarrollo democrático. La pacificación del país es llevada a cabo por una autocracia centralista impuesta militarmente por caudillos originarios de los Andes venezolanos. Esta autocracia gobernó el país desde 1898 hasta 1935, cuando fallece el dictador andino Juan Vicente Gómez. Fue después de su muerte, al producirse una tenue apertura democrática, cuando se pudo pensar en una regulación que estableciese derechos para los trabajadores y se comenzase a construir un sistema institucionalizado de relaciones de trabajo. En efecto, la primera Ley del Trabajo de efectiva vigencia se promulga en 1936 y a partir de ese año comienza el lento proceso de sindicalización de los trabajadores del país, que muy aisladas experiencias había tenido durante la dictadura gomecista.

El proceso de democratización conducido desde 1936 por un gobierno militar avanzó lentamente, con avances y retrocesos. Igual suerte corrió la libertad sindical y la aplicación de la ley del trabajo. En 1941 tomó posesión del gobierno otro militar andino, el General Isaías Medina Angarita, quien reforzó la apertura democrática y facilitó el funcionamiento de las organizaciones sindicales. Sin embargo no atendió a las demandas para una mayor democratización y para la instauración de elecciones directas, lo cual favoreció un golpe de Estado auspiciado por una curiosa combinación de un emergente partido social demócrata (Acción Democrática) y de jóvenes militares descontentos.

El Gobierno nacido de este golpe, convocó a elecciones directas y favoreció un rápido avance en la democratización del país, especialmente en cuanto se refiere a las organizaciones sindicales, que tuvieron un vertiginoso crecimiento, al punto de que en ese período se incrementó notablemente la afiliación sindical y hubo un repunte importante de la negociación colectiva1. Durante este período, que duró apenas tres años, hubo grandes progresos en la aplicación de la legislación laboral y en la jurisprudencia del trabajo. Pero el frágil entendimiento entre fuerzas progresistas y reaccionarias naufragó y a finales de 1948 se produjo golpe de estado contra un Gobierno constitucional instaurado a principios de ese año. El país se vio nuevamente sometido a un gobierno militar represivo de la organización sindical que se mantuvo en el poder hasta inicios de 1958, cuando su derrocamiento a causa de una insurrección cívico militar, da lugar al inicio de un nuevo proceso de democratización.

En 1958 se inicia el proceso de consolidación del sistema democrático en Venezuela. En ese mismo año el movimiento sindical comienza a actuar en un marco de libertad sindical, a luchar por la aplicación efectiva y el desarrollo de la legislación laboral y a ejercer influencia en la vida política del país. La

1 Lucena, Héctor. El movimiento Obrero Petrolero. Proceso de Formación y Desarrollo. Ediciones Centauro,

Caracas, 1998.

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transición hacia una democracia estable y pluralista se fundamentó en amplios pactos sociales2. El Derecho del Trabajo venezolano se consolidó durante ese período. Las organizaciones sindicales lograron reconocimiento generalizado y relativa libertad de acción. La negociación colectiva tuvo un desarrollo importante comparado con el reducido espacio que ocupó en épocas anteriores. Las reformas legislativas aumentaron el nivel de protección a los trabajadores, incluso en los años noventa, durante los cuales en la región muchos países hicieron reformas flexibilizadoras.

La crisis del sistema político venezolano se evidencia a partir de 1989, cuando el intento del gobierno socialdemócrata de Carlos Andrés Pérez de aplicar planes de ajuste estructural inspirado en las orientaciones de los organismos financieros internacionales produjo una violenta reacción popular cuya represión produjo centenares de muertos y generó la desestabilización gradual del sistema político y social venezolano, el cual, como hemos visto, se venía fundamentando en pactos sociales y económicos que se rompen, en la medida en que el Gobierno propone un modelo económico de inspiración neoliberal que es aceptado por los empresarios, pero que no tenía el consenso, no sólo de los trabajadores, si no tampoco de los partidos políticos con representación parlamentaria, incluyendo el partido Acción Democrática, al cual pertenecía el Presidente Pérez3.

El modelo político...

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