Sentencia nº 467 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Político Administrativa de 6 de Mayo de 2004

Fecha de Resolución 6 de Mayo de 2004
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Político Administrativa
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoRecurso de Nulidad

Caracas, 6 de mayo de 2004

194º y 145º

Recibido el presente expediente de la Sala; y, habiéndose dado cuenta en fecha 1º de abril de 2004, este Juzgado para decidir acerca de su admisibilidad, observa:

Mediante escrito consignado en fecha 20.11.03, los abogados R.M.G. y L.D.Y.Y.O., inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 8.495 y 20.860, respectivamente, actuando en nombre propio, interpusieron solicitud de nulidad contra el acto administrativo identificado bajo el NÚMERO CMR-P-011-2003, de fecha 23.5.03, dictado por el ciudadano Presidente del C.M.R., en el cual se declaró: “...inadmisible la denuncia presentada por los ciudadanos R.M.G. y LOURDES YRURETA ORTIZ...”, contra los Magistrados de la Sala Político-Administrativa, ciudadanos L.I.Z., Y.J.G. y Hadel Mostafá Paolini; este Juzgado, revisadas como han sido las causales de inadmisibilidad contenidas en el artículo 124 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, y como quiera que no se encuentran presentes en este asunto, la admite cuanto ha lugar en derecho.

En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 125 eiusdem, se ordena notificar con oficio, al ciudadano Fiscal General de la República y a la ciudadana Procuradora General de la República, remitiéndoles copias certificadas de la solicitud, de la documentación acompañada a ésta y del presente auto.

La notificación de la ciudadana Procuradora General de la República se practicará con arreglo a lo ordenado en el artículo 84 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.

Líbrese el cartel a que se refiere el artículo 125 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, en el tercer (3er.) día de despacho siguiente a aquél en que conste en autos las notificaciones ordenadas.

Finalmente, ofíciese al ciudadano Presidente del C.M.R., remitiéndole, para su conocimiento copia certificada del presente auto.

La Juez,

M.L.A.L. La Secretaria,

N. delV.A.

Exp. N° 2003-1479/io.

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