Resolución mediante la cual se crea el Circuito Judicial Civil de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, con sede en Maturín, Municipio Maturín

El Tribunal Supremo de Justicia en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 267 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo previsto en el artículo 2 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, determinantes en la dirección, gobierno y administración del Poder Judicial, dicta la presente Resolución.

CONSIDERANDO

Que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, propugna a nuestra Nación como Estado democrático y Social de Derecho y de Justicia, haciéndose indispensable, a través del Poder Judicial, forjar la garantía plena de una justicia accesible, expedita, sin dilaciones indebidas, para todos sus ciudadanos y ciudadanas.

CONSIDERANDO

Que es deber de este Alto Tribunal de la República Bolivariana de Venezuela, garantizar la administración de justicia en forma célere y próxima a los usuarios y usuarias del servicio.

CONSIDERANDO

Que para el cumplimiento efectivo de los mandatos constitucionales se requiere implantar un Modelo Organizacional en todos los Tribunales del país, a los efectos de dotarlo de una estructura común que soporte la actividad jurisdiccional, simplifique, uniforme y haga más eficaces los trámites procesales.

CONSIDERANDO

Que constituye el objeto primordial del Modelo Organizacional y un Sistema Automatizado de Gestión establecido en el Plan Estratégico del Poder Judicial 2013-2019, mejorar la calidad de los Tribunales, priorizando la satisfacción de los usuarios y usuarias a través de la prestación de un servicio eficaz y eficiente que aumente la transparencia de las gestiones de los asuntos y la mayor dedicación del juez a su actividad jurisdiccional.

CONSIDERANDO

Que en cumplimento de la Resolución Nº 70 de fecha 27 de agosto de 2004, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nc 38.015 de fecha 3 de septiembre de 2004, en los distintos Circuitos Judiciales del país se ha implementado de manera paulatina y eficaz el Modelo Organizacional y un Sistema Automatizado de Gestión, habiéndose en consecuencia previsto su desarrollo de circuitos judiciales Civiles, Mercantiles y del tránsito, con el fin de homogeneizar la actividad y gestión de los Tribunales de la República, todo dentro del marco de la modernización del Poder Judicial.

CONSIDERANDO

Que mediante Resolución Nº 2011-0051 de fecha 26 de octubre de 2011, publicada en Gaceta Judicial Nº 13 de fecha 5 de marzo de 2012, la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia creo los Circuitos Judiciales Civiles, Mercantiles y del Tránsito a nivel nacional, bajo la estructura organizacional de Circuito Judicial, con la utilización de un Sistema Automatizado de Gestión para optimizar el servicio de administración de justicia en los Tribunales Civiles, Mercantiles y del Tránsito del país.

CONSIDERANDO

Que de conformidad con lo establecido en las Líneas Estratégicas del Poder Judicial 2013-2019, en su Eje Nº 1, referente a la Gestión y Administración del Poder Judicial; Eje II, relacionada con el Nuevo Servidor y Servidora Pública; Eje III, atiende a Potenciar la Participación Social y el Eje IV, alusiva a la Política de Punto y Circulo para fomentar el Buen Vivir, que en el estado Monagas, se constata que para la fecha atendiendo al Modelo Organizacional y a la Estructura Organizativa en pro de la optimización en el servicio de la Administración de Justicia, se cumplen con las condiciones apropiadas de infraestructura, sistema informático, plantilla del personal capacitado, con el fin de satisfacer las necesidades de los usuarios y usuarias bajo los principios de eficacia y eficiencia de la actividad jurisdiccional, para la instalación del Circuito Judicial Civil de la Circunscripción Judicial del estado Monagas.

RESUELVE

Artículo 1º Se crea el Circuito Judicial Civil de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, con sede en Maturín, municipio Maturín

Su organización y funcionamiento se regirá según lo establecido en la Resolución Nº 2011-0051 de fecha 26 de octubre de 2011, publicada en Gaceta Judicial Nº 13 de fecha 5 de marzo de 2012, en las disposiciones siguientes y aquellas que a tal efecto dicte el Tribunal Supremo de Justicia, previo informe de la Sala de Casación Civil y de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura.

Articulo 2º Tendrá la estructura organizacional de Circuito Judicial, con la utilización de un Sistema Automatizado- de Gestión para optimizar el servicio de administración de justicia en los Tribunales Civiles, Mercantiles y de Tránsito del estado Monagas

Dotados de la infraestructura y componentes tecnológicos necesarios, según lo dictaminen en forma conjunta la Sala de Casación Civil y la Dirección Ejecutiva de la Magistratura.

Artículo 3º

Se crea la Coordinación Civil de la Circunscripción Judicial de] estado Monagas, con sede en Maturín, municipio Maturín, en la que existirá un Juez o Jueza Coordinador o Coordinadora..

DISPOSICIONES GENERALES Artículos 4 a 8
Artículo 4º La creación del Circuito Judicial Civil creado por la presente Resolución será debidamente informada mediante cartel fijado a las puertas de la sede de cada Tribunal.
Artículo 5º

A medida que se acondicionen las sedes judiciales para el óptimo funcionamiento del Circuito Judicial Civil del estado Monagas, se podrán implementar progresivamente las unidades, oficinas y dependencias pertenecientes al mismo hasta la culminación de las instalaciones correspondientes, con la celeridad necesaria a los fines de no afectar el correcto desenvolvimiento de la administración de justicia.

Artículo 6º La Dirección Ejecutiva de la Magistratura queda encargada de la ejecución de la presente Resolución.
Articulo 7º La Sala de Casación Civil, mediante Resolución, providencia, manual o instructivo, regulara lo no establecido en la presente.
Artículo 8º La presente Resolución iniciará su vigencia desde la fecha de su aprobación por la Sala Plena

Se ordena su publicación en la Gaceta Judicial y en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

Comuníquese y publíquese.

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