Resolución mediante la cual se crea la Defensoría Pública Segunda (2º) en materia Penal Municipal, con competencia territorial en el Municipio José Félix Ribas del estado Aragua

La Defensora Pública General, CARMEN MARISELA CASTRO GILLY, titular de la cédula de identidad N° V-4.823.800, designada mediante Acuerdo de la Asamblea Nacional Constituyente, de fecha 08 de enero de 2019, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 41.559, de la misma fecha, en ejercicio de sus atribuciones establecidas en los Artículos 2, 3, 8 y 14, numerales 1, 2, 3, 12 y 28; artículo 38 y 107, numeral 1 de la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica de la Defensa Pública. Asimismo, en concordancia con lo previsto en el artículo 6 del Reglamento Interno de la Defensa Pública.

CONSIDERANDO

Que es competencia de la Defensora Pública General, como máxima autoridad de la Defensa Pública, organizar estructural, funcional, administrativa y financieramente a la Defensa Pública como Organismo Constitucional que forma parte del Sistema de Justicia.

CONSIDERANDO

Que la Defensa Pública tiene como propósito fundamental, garantizar la tutela judicial efectiva del derecho constitucional a la defensa gratuita a todas las personas que lo requieran, sin distinción de clase socio-económica, en todas las materias que le son atribuidas de conformidad con la Ley, dando especial preeminencia a la defensa de los Derechos Humanos.

CONSIDERANDO

Que el artículo 65 del Decreto N° 9.042 con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.078 Extraordinario, de fecha quince (15) de junio de 2012, establece la competencia de los Tribunales de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control, para conocer delitos de acción pública cuyas penas no excedan de ocho (08) años.

CONSIDERANDO

Que a través de la Resolución, emanada de este Despacho bajo el N° DDPG-2012-206 de fecha veinticuatro (24) de agosto de 2012, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.995, de fecha veintiocho (28) de agosto de 2012, se creó y activó la competencia Penal Municipal a los fines de garantizar el derecho a la defensa, la participación ciudadana en el desarrollo del proceso penal, la aplicación de fórmulas alternativas a la prosecución del proceso, el cumplimiento de la pena, la justicia retributiva y la reparación del daño causado.

CONSIDERANDO

Que mediante Resolución N° 2012-0034, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha doce (12) de diciembre de 2012, se creó, organizó y puso en funcionamiento a nivel nacional y de manera progresiva, los Tribunales de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control.

CONSIDERANDO

Que la Defensa Pública debe garantizar el acceso directo y efectivo de todas las personas a sus servicios de orientación, asesoría, asistencia y representación jurídica, por consiguiente, podrá crear y mantener oficinas, unidades o dependencias administrativas para la prestación de sus servicios, de fácil acceso a las comunidades.

RESUELVE

PRIMERO: CREAR la DEFENSORÍA PÚBLICA SEGUNDA (2o) en materia Penal Municipal, con competencia territorial en el municipio José Félix Ribas del estado Aragua, adscrita a la Unidad Regional de la Defensa Pública del referido estado.

SEGUNDO: Publicar el texto íntegro de la presente Resolución en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

Dada, firmada y sellada en el Despacho de la Defensora Pública General, en la ciudad de Caracas.

Comuníquese y Publíquese.

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