Decisión nº 721 de Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo, Tránsito y Agrario de Barinas, de 22 de Abril de 2010

Fecha de Resolución22 de Abril de 2010
EmisorJuzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo, Tránsito y Agrario
PonenteJosé Gregorio Andrade
ProcedimientoMedida Cautelar Agraria

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA

CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS

Barinas, 22 de Abril de 2.010

Inspección Judicial

EXP. 5.217

(ACTA)

En el día de hoy Jueves, Veintidós (22) de Abril del año Dos Mil Diez (2010), siendo las Diez y Media de la mañana (11:30 a.m.), se trasladó el Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, presidido por el ciudadano Juez JOSÉ GREGORIO ANDRADE PERNIA y el Secretario Accidental Abg. L.E.D. S., asimismo en compañía del Abogado J.R.A., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número: V-8.188.496, inscrito en el Inpreabogado bajo el números 26.971, asistiendo al ciudadano RIVERO LEÓN Á.J., venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.291.305, propietario del Fundo SAN ISIDRO. Razón por la cual se constituyo a las 12:30 pm., en el predio denominado FINCA SAN ISIDRO, ubicada en el Sector “OLMEDILLO”, jurisdicción de la Parroquia Los Guasimitos del Municipio Obispos del Estado Barinas, cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: Terrenos ocupados por ELBANO RIVERO y A.R.; SUR: Vía de penetración y terrenos ocupados por el ciudadano VICENTE LA CRUZ; ESTE: Terrenos ocupados por G.M. y OESTE: Terrenos ocupados por J.G.H., constante de aproximadamente VEINTE HECTÁREAS CON NUEVE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS (20 HAS con 9.989 m2). Seguidamente el Tribunal procede a notificar de su misión al ciudadano: Á.J.R., antes identificado, quien manifestó ser el dueño y poseedor del Predio. El Tribunal procedió a designar un Práctico para que lo asesore sobre los hechos y circunstancias de que se trata la presente Inspección, recayendo tal designación en el ciudadano M.M., quien es venezolano, mayor de edad, Ingeniero Agrónomo, titular de la Cédula de Identidad Número: 4.677.857, inscrito en el Colegio de Ingenieros de Venezuela bajo el Número 105.049, domiciliado en la ciudad y Estado Barinas, quien estando presente y notificado del nombramiento acepto el cargo y JURO cumplir bien y fielmente, a quien a su vez, el Tribunal autoriza para que efectúen por medios mecánicos, la toma de las coordenadas con un GPS, manual, tipo Navegador, marca GARMIN, Modelo etrex vista Cx, Igualmente se autoriza las tomas fotográficas que le sean señaladas con motivo de la práctica de la presente Inspección y sean insertas en el cuerpo de ésta acta, las cuales serán tomadas con una Cámara marca Premier, modelo DM-7365, de 7,0 mega pixeles y la filmación del desarrollo de la presente Inspección para ser consignada en disco compacto, en formato DVD a través del equipo de video y grabación Marca: S.D.H., Modelo: DCR- TRV820, 450X, como una forma de dar cumplimiento al proceso de inmediación en segundo grado que reconoce nuestro sistema Judicial; acto para el cual tanto para su narración, fotografías y como su filmación se autoriza a la ciudadana CAMACHO SÁNCHEZ THAIMI H.D.V., venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-11.189.423, quien estando presente y notificado del nombramiento aceptó el cargo y juro cumplirlo bien y fielmente, quien consignará el respectivo DVD al culminar la presente Inspección. El Tribunal, conjuntamente con el solicitante, el Abogado asistente, el Práctico Juramentado, la práctica en filmación juramentada, en custodia el Tribunal de los Funcionarios de la Guardia Nacional Bolivariana del Estado Barinas, adscritos al Destacamento de Seguridad Urbana (DESUR), con sede en la Ciudad de Barinas Estado Barinas, representada por el Sargento Mayor de Segunda, CUBERO F.N., venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº V-9.216.419, y el Sargento Segundo ANZOLA PIÑA ÁNGEL, venezolano, mayor de edad titular de la cedula de identidad Nº V-19.835.062, el funcionario adscrito a la Inspectoría del Llano del

Municipio y Estado Barinas, ciudadano: Fiscal del Llano ciudadano: DÍAZ M.L.A., venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-9.389.113, procede a realizar un recorrido por todo el predio donde está constituido, iniciándolo desde la sede del predio con punto de coordenada N: 964.558 y E: 364.400, continuando el recorrido hasta el punto de coordenada N: 964.539 y E: 364.117; donde se observo un potrero delimitado por cercas de construcción tradicional construidas con estantillos de madera aserrada y madera redonda, así como en parte de cerca viva, alambre de púa en numero de 4 pelos, destinado para la delimitación de las áreas, se observaron especies forrajeras tales como Brachiaria de diversas especies, leguminosas forrajeras tales como desmoniun intortun, (pega pega), stilosantes, se observo especies de la

melina capitus flor, así como especies gramíneas propias del área, los patos en el recorrido se observo en buen estado y conservación, existen pendientes que sentani entre los 30 y 45 grados, que coexisten con el manejo establecido de la finca, no afectando así la capacidad productiva de los suelos, se observo la presencia de una especie bovina de diferentes estados etáreos perteneciente al propietario del predio rustico San Isidro, finalizando el recorrido en la sede del predio. Pasando a dejar constancia de los siguientes hechos y circunstancias: AL PARTICULAR PRIMERO: El Tribunal con la asesoría del practico deja constancia que se encuentra constituido en el Fundo San Isidro, con coordenadas UTM, N:

964.614 y N:364404, ubicada en el Sector “OLMEDILLO”, jurisdicción de la Parroquia Los Guasimitos del Municipio Obispos del Estado Barinas, cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: Terrenos ocupados por ELBANO RIVERO y A.R.; SUR: Vía de penetración y terrenos ocupados por el ciudadano VICENTE LA CRUZ; ESTE: Terrenos ocupados por G.M. y OESTE: Terrenos ocupados por J.G.H., constante de aproximadamente VEINTE HECTÁREAS CON NUEVE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS (20 HAS con 9.989 m2). AL PARTICULAR SEGUNDO: El Tribunal con el asesoramiento del práctico designado, procede a dejar constancia que en el sitio donde se encuentra constituido Finca “SAN ISIDRO, El sistema de producción agrícola animal que se desarrolla esta orientado fundamentalmente a la producción doble propósito en los rubros de carne y leche. Las crías al nacer (becerros/as) tiene un peso promedio de 28 Kgs., lo primero que se realiza, es que la cría beba el calostro de la madre, que contiene anticuerpos que le proporcionan las defensas, luego se procede a la cura del ombligo con una solución yodada, se le inyecta la bobita y 1 cc de Ivomec, y luego el descorne bien sea químico con soda cáustica o caliente con

hierro y se identifica mediante un tatuaje en la oreja, en la derecha el número del becerro y en la izquierda el número de la madre, al cumplir los tres (3) meses de edad, se les aplica las vacunas de la rabia, triple y aftosa y se vuelve a desparasitar a razón de 1 cc / 50 Kg., de peso vivo, contra parásitos internos y externos, a las hembras se les aplica a partir de los tres (3) meses, la vacuna contra brucelosis. Aproximadamente los siete (7) meses se desteten, con un peso

aproximado de 200 Kg. Los becerros machos después de ser destetados levantados y luego cebados o llevados a otra unidad de producción; las hembras son levantadas y criadas en la finca como reemplazo de vientres y algunas vendidas a productores de la zona para cría. Los Toros padrotes de descarte y vacas de descartes, son cebados y sacados a matadero. La actividad agrícola vegetal que se desarrolla esta orientada para el autoconsumo en los rubros de Musáceas de las especies Cambures Manzano, menana, Yuca, Caña de Azúcar,

lo que corresponde a un cuarto de hectáreas. El predio tiene una vegetación herbácea, conformada por los pastizales cultivables de las especies Brachiaria toledo, Brachiaria humidicola y Brachiaria brisanta. La vegetación boscosa, esta conformada por bosque natural y los bosques de galerías del caño y otros flujos intermitentes de agua que tiene el predio, donde existen especies como palma llanera (viechia merrilli), Corozo (Acracomia aculeata), en Lechero (Sapium jamaicense), Melina, Mora (Clorophora tinctoria), Yagrumo (Cecropia peltata), Jobo (Spondias bombin), Guasimo (Guásuma ulmifolia), y siembra de árboles de alto valor comercial de las especies Melina (Melina arborarea), Teca (Tectona grandis) y Saman Saqui Saqui, Vera amarillo, Vera negra y gusanosa, bucare. AL PARTICULAR TERCERO: El Tribunal deja constancia con el asesoramiento del Fiscal del Llano adscrito a la Gobernación del Estado Barinas y del experto designado que el Predio “San Isidro”, posee para la fecha un inventario discriminados de la siguiente manera: Toros padrotes (01), Vacas de ordeño (21), Novillas (17), Mautes (21), Mautas (17), Becerros y Becerras (11), para un total de SETENTA Y UNO ANIMALES (71), marcados con el hierro quemador siguiente: Cinco (05) equinos y Cuatro (04) ovejas, Tres (03) suinos y rebaño de (06) lechones, aves de corral alrededor de 30 unidades. AL PARTICULAR CUARTO: En este estado el representante judicial del solicitante de la presente Inspección pidió el derecho de palabra y concedidole como le fue expuso: “1) Consigno en este acto en un legajo de cuatro folios en copias fotostáticas simples: a) Copia fotostática de la cedula de identidad del solicitante; b) Constancia de apertura de procedimiento de DECLARATORIA DE PERMANENCIA Y REGISTRO AGRARIO, expedido por la Oficina Regional de Tierras de Barinas, de fecha 27/08/2009; c) Plano del Predio San Isidro, emitido por la Dirección de Catastro de la Alcaldía del Municipio Obispos del Estado Barinas; d) Solicitud de Inscripción en el Registro Agrario, de fecha 18/06/2009. 2) Solicito muy respetuosamente al Tribunal deje constancia de las mejoras y bienechurias existente en la unidad de producción.” El Tribunal oída la anterior exposición la acuerda de conformidad, en consecuencia, ordena que sean agregados a la presente inspección los documentos consignados, lo cual hace en este mismo acto el secretario. El Tribunal con la asesoria del practico deja constancia que la infraestructura existente en el Predio “SAN ISIDRO”, para el momento de la práctica de la presente Inspección, que sirve para el desarrollo de las actividades agrícolas son: a) Vivienda principal, con techo de zinc, estructura de madera, paredes con parte de bloques frisados y pintados, parte en bajarete y piso de cemento; b) Área de fogón, con techo de zinc, estructura de madera, piso de tierra; c) Vaquera y corrales de hierro, techo de zinc, estructura de madera y hierro, columnas en vigas doble T, piso de concreto, a los lados corral de 5 tubos de 2” sobre vigas doble T, cada 2 metros, tres divisiones. Corral adicional de 9 X 13 metros con piso engransonado, a lo largo comedero y tanquilla de concreto, d) Becerrera, con techo de palma, estructura de madera, ocho horcones de madera, malla gallinero con 8 pelos de alambre, piso de tierra. e) Gallinero, con techo de palma, piso de tierra, estructura de madera, malla tipo gallinero, f) Cercas externas e internas, 4 y 5 pelos e alambre de púa convencionales, con botalones de madera cada 20 metros, estantillos de madera cada 2 metros, Maquinarias y Equipos: a) Dos dinamos de 2”, b) una motobomba de 2”, c) una cortadora de pasto, d) una motosierra, e) una asperjadota manual de espalda. Es todo. Igualmente se da por consignado el DVD, contentivo de la filmación referente al recorrido y acuerda expedir Cuatro (04) juegos de copias de la presente acta al mismo tenor, igualmente no le fue señalado al Tribunal, ningún otro hecho o circunstancia sobre el cual dejar constancia y no habiendo ninguna otra diligencia que practicar, el Tribunal ordena regresar a su sede siendo las 4 y 30 de la tarde del mismo día de hoy. Es todo. Terminó, se leyó y conforme firman.

EL JUEZ,

EL NOTIFICADO

EL APODERADO JUDICIAL DEL SOLICITANTE

LOS EFECTIVOS G.N.B.

EL PRÁCTICO

LA EXPERTA EN FILMACIÓN

EL FISCAL DEL LLANO

EL SECRETARIO ACCIDENTAL

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