Scriptorium Algunas reflexiones sobre el discurso de los derechos humanos

AutorMaría Isabel Garrido Gómez
CargoUniversidad de Alcalá España misabel.garrido@uah.es
Páginas9-11

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En la actualidad, el discurso de los derechos humanos representa el núcleo duro de la ética pública vigente en las sociedades modernas al esgrimir una pretensión moral fuerte que debe atenderse para hacer posible una vida digna y para identificar un sistema de Derecho positivo.1 De ahí su importancia inexcusable. En este sentido, cuando hablamos de derechos humanos nos referimos a una nota de la función histórica que pretende erigirse en criterio de medida de la legitimidad de un modelo político y, por consiguiente, que justifique la obediencia a sus normas. Sin embargo, sin restar importancia a lo que acabamos de decir, muchas veces utilizamos la expresión "derechos humanos" de forma vaga e imprecisa, con una ambivalencia que alude a una pretensión moral o a un derecho subjetivo protegido por una norma jurídica, encerrando aspectos que manifiestan un enfrentamiento entre dos posiciones: la iusnaturalista y la positivista.

Así, apreciamos que la justificación de los derechos humanos consiste en que son previos a las normas jurídicas y, por lo tanto, la función que tienen éstas es la de reconocerlos y garantizarlos. En virtud de lo hasta aquí expuesto, una de las versiones más empleadas es la de la realización de los derechos naturales de cada persona por el hecho de ser persona. Matizando más lo dicho, los derechos humanos se estiman como "aquellos que son fundamentales de la persona en su aspecto individual y comunitario. Corresponden a ésta por razón de su naturaleza, y deben ser reconocidos y respetados por todo poder o autoridad y toda norma jurídica positiva", siendo indispensables para el libre desarrollo de la personalidad 2. Ello se Page 10 debe a que podemos hablar de derechos en el ámbito moral siempre que se supere el test del reconocimiento pertinente. El concepto de derecho en el ámbito jurídico es de naturaleza eminentemente interpretativa, sin que se eluda a una penumbra semántica que produce algunos problemas en lo que se refiere a la fijación de sus posibles titulares, al igual que a la determinación de las posibles situaciones en las que puede ser ejercido. En este sentido, en los derechos humanos partimos de una validez axiológica en la que nos situamos en un nivel del discurso prejurídico, descansando su fundamento en las razones que se entienden como suficientes o buenas para que el legislador las recoja, valorándolas y regulándolas. Es decir, en este caso, nos ceñimos al plano de las necesidades básicas, que...

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