Decisión de Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Juicio de Tachira (Extensión San Cristóbal), de 28 de Julio de 2015

Fecha de Resolución28 de Julio de 2015
EmisorTribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Juicio
PonenteGlenda Lisbeth Acevedo Quintero
ProcedimientoExperticia De Vehiculo

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio

San Cristóbal, 28 de Julio de 2015

205º y 156º

ASUNTO PRINCIPAL : SP21-P-2014-004138

ASUNTO : SP21-P-2014-004138

Procede el Tribunal a resolver la solicitud formulada por el abogado defensor G.J.C.L., actuando en nombre y representación del ciudadano J.A.R.P., Venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad No V-21.452.739, de este domicilio, mediante la cual solicita le sea entregado dos vehículos de su propiedad : Vehículo número uno: SERIAL DE NIV: 8ZCM7H1J5VV318559, AERIAL DE CARROCERIA 8ZCM7H1J5VV318559, PLACA A35AY4M, MARCA CHEVROLET, SERIAL DEL MOTOR 5VV318559, MODELO KODIAK, AÑO 1997, COLOR MULTICOLOR, CLASE CAMION. Tipo estacas. Uso carga, nro ejes: 2 tara: 350 capacidad de carga 7000 kg, servicio privado. Vehículo número dos: SERIAL DE NIV: 8ZCP7H1J1W334255; SERIAL DE CARROCERIA: 8ZCP7H1JWV334255, PLACA: A41AF1W; MARCA CHEVROLET, SERIAL DEL MOTOR: 1WV334255, MODELO KODIAK; AÑO 1998, COLOR BLANCO. CLASE CAMION. TIPO PLATAFORMA. USO CARGA. NRO EJES: 2, TARA; 4350; CAPACIDAD DE CARGA 1000KG. SERVICIO PRIVADO, para decidir este Tribunal observa:

I

HECHOS

Según acta policial de fecha 14 de junio de 2014, funcionarios adscritos de la 2da División de Infantería 25 Brigada de Infantería Mecaniza.d.E.B.d.V., dejan constancia que el día 13 de junio de 2.014, a las 18:00 horas aproximadamente se encontraban en labores de patrullaje, escudriñamiento eje carretero que conduce desde la termoeléctrica entrada de la bomba pico industrial cruce a la derecha vía zona industrial de La Fría, municipio G.d.H. del estado Táchira, específicamente bajando, pasando el matadero aproximadamente a 500 metros, observaron a mano izquierda un camellón en el cual se divisó una luz artificial como de mechurrios hechos en potes metálicos para señalización nocturna, por lo que decidieron ingresar al lugar, cuando se acercaron y se percataron de la presencia de cuatro vehículos tipo camión, de los cuales dos de ellos se encontraban cubiertos con lonas y dos destapados.

Seguidamente, continuando el acercamiento de entre los camiones observaron salir en veloz carrera a varias personas, los cuales huyeron del sitio, por lo que los funcionarios se acercaron lo más pronto posible, al llegar al sitio en cuestión acordonaron de inmediato pidieron apoyo de resguardo de las unidades y de la mercancía, percatándose que los camiones destapados contenían azúcar, se desplegaron y se adentraron a la zona donde ingresaron huyendo las personas, iniciándose la persecución de los fugitivos, siendo capturados luego de una continua búsqueda y pesquisa del sector, aproximadamente a las 4 de la madrugada, los cuales se encontraban escondidos entre la maleza, siendo ellos cinco personas de sexo masculino a quienes le practicaron una inspección personal, quedando identificados como: 1) W.G.P.C. CC. 88.249.244, colombiano, de 33 años de edad. 2) J.O.S.C. CIV-14.783.440, venezolano, conductor, de 33 años de edad; 3) J.A.P.R. CC.- 1.090.461.302, colombiano, de 21 años de edad; 4) J.A.R.R. CIV- 20.061.933 DE 22 años de edad y 5) F.R.P., CC-1.090.469.374, colombiano.

Seguidamente le realizaron una inspección a los camiones, en presencia de ellos, no pudiendo contar con la presencia de testigos en razón de la hora y lo desolado de la zona, encontrando que los 4 vehículos estaban cargados de azúcar refinada, en presentación de bultos de 50 kilogramos y fardos de 24 unidades en presentación de 0.900 gramos los cuales se encontraban en el suelo que aún no había sido cargado, siendo trasladadas las personas , los vehículos y la mercancía hacia el comando, solicitándole la documentación de ellos y de los vehículos, logrando la relación de cada uno de los aprehendidos con cada vehículo, quedando identificados y relacionados así:

1) W.G.P.C. CC. 88.249.244, al ser intervenido manifestó ser el conductor del vehículo camión modelo Kodiak, marca Chevrolet, año 1997, tipo estacas, color multicolor, placa: A35AY4M, información certificada cuando al revisar la unidad se encuentra un documento notariado ante la notaría pública de San Antonio, Estado Táchira, en el que J.A.R.P. CI. V-21.452.739, aparece como propietario según Certificado de Registro de Vehículos N° 110201824454 de fecha 02/08/2013, quien autoriza al detenido para que circule con la unidad antes descrita en el territorio de los Municipios Bolívar;

2) J.O.S.C. CIV-14.783.440, al ser intervenido manifestó ser el conductor del vehículo camión modelo F-750, marca Ford, año 1979, tipo estacas, color azul, placa: 62LMBJ, verificándose según documento notariado ante la notaría pública del Municipio P.M.U., Estado Táchira, es propiedad de la ciudadana Y.E.A.R. CIV-21.510.228;

3) J.A.P.R. CC.-1.090.461.302,manifiesta ser acompañante y ayudante del vehículo camión KODIAK, tipo estacas, color blanco, placa A41AF1W, año 1998, cuyo conductor logró huir del lugar, quien manifestó que el conductor sabe que se llama Javier, e indicó no saber mas nada de él y que dejó el camión y se fue;

4) J.A.R.R. CIV- 20.061.933, quien manifestó no estar acompañando a ningún conductor y que su presencia allí era el de cargar los camiones (caletero);

5) F.R.P., CC-1.090.469.374, manifestó ser acompañante del vehículo camión, modelo KODIAK, color blanco, placa 84KSAM.

Seguidamente procedieron a levantar inventario de la mercancía trayendo como resultado el siguiente: 1) vehículo camión modelo Kodiak, marca Chevrolet, año 1997, tipo estacas, color multicolor, placa: A35AY4M, conducido por W.G.P.C., cargaba 305 sacos de azúcar blanca, marca cristal, en presentación de 50 kg, para un total de 15.250 kg; 2) vehículo camión modelo F-750, marca Ford, año 1979, tipo estacas, color azul, placa: 62LMBJ conducido por J.O.S.C., cargaba 335 sacos de azúcar blanca, marca cristal, en presentación de 50 kg, para un total de 16.750 kg; 3) vehículo camión KODIAK, tipo estacas, color blanco, placa A41AF1W, año 1998, cargaba 295 sacos de azúcar blanca, marca cristal, en presentación de 50 kg, para un total de 14.750 kg; 4) vehículo camión, modelo KODIAK, color blanco, placa 84KSAM cargaba 265 sacos de azúcar blanca, marca cristal, en presentación de 50 kg, para un total de 13.250 kg y 50 fardos de azúcar moreno marca cristal, en presentación de 20 unidades de 0.900 gramos por fardo, para un total de 900 kg, y un total de este camión de 14.150 kg de azúcar. Cabe destacar que los 2.500 fardos de azúcar moreno marca cristal, en presentación de 20 unidades de 0.900 gramos por fardo, para un total de 45000 kg, se encontraron en el piso al llegar la comisión al sitio del hecho, siendo un total general de 105.900 kg de azúcar. Seguidamente les hicieron del conocimiento a los ciudadanos que quedaban detenidos preventivamente.

Ahora bien esta juzgadora revisada como ha sido la presente causa observa que no se le ha practicado la experticia a los vehículos solicitados por el ciudadano G.J.C.L., actuando en nombre y representación del ciudadano J.A.R.P., Venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad No V-21.452.739, razón por la cual se ordena la practica de los mismos y una vez conste en actas procesales se procederá a resolver la solicitud de entrega de los vehículos mencionados supra. Así se decide.

IV

Por los razonamientos precedentemente esbozados, este JUZGADO QUINTO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE:

PRIMERO

SE ORDENA LA PRACTICA DE LA EXPERTICIA a los siguientes vehículos Vehículo número uno: SERIAL DE NIV: 8ZCM7H1J5VV318559, AERIAL DE CARROCERIA 8ZCM7H1J5VV318559, PLACA A35AY4M, MARCA CHEVROLET, SERIAL DEL MOTOR 5VV318559, MODELO KODIAK, AÑO 1997, COLOR MULTICOLOR, CLASE CAMION. Tipo estacas. Uso carga, nro ejes: 2 tara: 350 capacidad de carga 7000 kg, servicio privado. Vehículo número dos: SERIAL DE NIV: 8ZCP7H1J1W334255; SERIAL DE CARROCERIA: 8ZCP7H1JWV334255, PLACA: A41AF1W; MARCA CHEVROLET, SERIAL DEL MOTOR: 1WV334255, MODELO KODIAK; AÑO 1998, COLOR BLANCO. CLASE CAMION. TIPO PLATAFORMA. USO CARGA. NRO EJES: 2, TARA; 4350; CAPACIDAD DE CARGA 1000KG. SERVICIO PRIVADO, una vez conste las mismas se procederá a resolver la solicitud plantada por el abogado G.J.C.L., actuando en nombre y representación del ciudadano J.A.R.P., Líbrese oficio al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, a los fines de practicar dichas experticia.

Líbrese el oficio correspondiente al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas y notifíquese a las partes.

Regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.

ABG. G.L.A.Q.

JUEZ (T) DEL JUZGADO QUINTO DE JUICIO

EL SECRETARIO

ABG. LEONARDO ZAMORA

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