Decisión de Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de Anzoategui (Extensión Barcelona), de 14 de Marzo de 2005

Fecha de Resolución14 de Marzo de 2005
EmisorTribunal de Protección del Niño y del Adolescente
PonenteGladys Sánchez de Guzmán
ProcedimientoDisposicion De Bienes

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui

Barcelona, catorce de marzo de dos mil cinco

194º y 146º

ASUNTO : BP02-S-2005-000713

Por recibida la anterior solicitud de DISPOSICION DE BIENES, relacionado con el n.A.J.P., de Cuatro (04) años de edad, heredero de la ciudadana L.C.P., cédulada bajo el N° V-8.289.644, fallecida ab-intestato el 26-05-2004, propuesto por la ciudadana L.R.P.. (Abuela materna), venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.221.463, junto con los recaudos que en ella se mencionan, todo constante de Dieciseís (16) folios útiles. Désele entrada. Admítase. En consecuencia se autoriza suficientemente a la ciudadana L.R.P., para que tramite por ante la Oficina de Recursos Humanos de la Gobernación del Estado Anzoátegui, todo lo relacionado con la cuota parte, que le corresponde al n.A.J.P., perteneciente a su difunta madre, ciudadana L.C.P.. Y luego sea consignado dicho Cheque por ante éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 01, por concepto de Prestaciones Sociales y cualquier otro beneficio, por la relación de trabajo que tuvo, como Docente. Líbrese el correspondiente oficio. Librese boleta de notificación a la Fiscal Décimo Quinto del Ministerio Público del Estado Anzoátegui. Cúmplase.-

LA JUEZ UNIPERSONAL PROVISORIO N° 01.

Dra. G.S.d.G..

LA SECRETARIA,

Abg. O.M.M..

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