Decreto N° 2.258, mediante el cual se crea el régimen según el cual, los contribuyentes ordinarios del Impuesto al Valor Agregado, que suministren bienes o presten servicios a entes exonerados, recibirán Certificados de Débito Fiscal Exonerado, pudiendo excepcionalmente y de manera opcional, solicitar a la Administración Aduanera y Tributaria el reintegro del monto de certificación de Débito Fiscal no aplicado, en términos que en él se indican.

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