Se ordena el traslado de la ciudadana Norbelys Elena Báez Farías, Defensora Pública Provisoria Primera (1ª) con competencia en materia de protección del niño, niña y del adolescente en la Unidad Regional de la Defensa Pública del estado Vargas, a la Unidad Regional de la Defensa Pública del Área Metropolitana de Caracas, Extensión Sede Central.

    • Este documento está disponible en versión original sólo para clientes de vLex

      Consulta este documento y prueba vLex durante 7 días
    • PRUÉBALO

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR