Decisión de Tribunal Quinto de Control de Trujillo, de 4 de Marzo de 2007

Fecha de Resolución 4 de Marzo de 2007
EmisorTribunal Quinto de Control
PonenteJuleny Marisela Rosas Bravo
ProcedimientoPrivación Judicial Preventiva De La Libertad.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control

TRUJILLO, 4 de Marzo de 2007

196º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-P-2007-001007

ASUNTO : TP01-P-2007-001007

RESOLUCION

Se recibió en esta misma fecha solicitud de Orden de Aprehensión constante de treinta y cuatro (34) folios útiles, proveniente de la Fiscalia Primera del Ministerio Público, R.I.P.P., comisionado en uso de las Atribuciones que me confiere el artículo 108 ordinal 10 del Código Orgánico Procesal Penal y de conformidad con lo establecido en el artículo 250 eiusdem De conformidad con el encabezamiento y numerales 1,2,y 3 del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 44 ordinal 1º de la Constitución de la república Bolivariana de Venezuela, SOLICITO SEA DECRETADA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, al imputado VALECILLOS TORRES YOGLY JOSE, venezolano, titular de la cédula de Identidad Nº V-13.206.335, nacido en Trujillo Estado Trujillo, en fecha 24-01-1977, de 30 años de edad, de profesión u oficio comerciante, residenciado en la Urbanización Monseñor Camargo, calle numero 2, casa sin numero, Municipio Pampan Estado Trujillo, por lo que este Tribunal de Control estando dentro del lapso legal pasa dar formal contestación motivadamente en los siguientes términos:

PRIMERO

Al revisar cada una de las actuaciones que conforman las actuaciones provenientes de la fiscalia del Ministerio Publico, vista la solicitud de la misma, se evidencia que, llevada hasta la fecha se desprende que se ha cometido el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1º del Código Penal, lo cual en razón de la investigación Penal signada con el H-493.774, de fecha 01 de Febrero de 2007, adelantada por el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Subdelegación Valera referente a denuncia interpuesta por la ciudadana: PEÑA LIZCANO D.R., surge de los siguientes:

  1. - DENUNCIA DE LA CIUDADANA PEÑA LIZCANO D.R., interpuesta en fecha 01 de Marzo de 2007, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Subdelegación Valera en los siguientes términos: “Vengo a denunciar que mi hijo E.A.U.P., desde esta mañana no aparece, ha desaparecido y mi empleado V.A., me contó que mi hijo llego al centro de comunicaciones como a las 8:30 aproximadamente y que también llegaron unos señores preguntando donde podían vender azúcar y leche y que mi hijo Eladio llevo a los señores a donde podían venderla y que posteriormente mi hijo Eladio regreso solo, se asomo por la puerta principal y le dijo que iba para arriba, presumiendo que para la casa, entonces desde esa hora ¡no hemos sabido más nada de mi hijo.”

  2. - DECLARACION DEL CIUDADANO ALDANA BRICEÑO V.A., titular de la cédula de identidad Nº V-10.318.396, rendida en fecha 01 de Marzo de 2007, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Subdelegación Valera, en los siguientes términos: “Yo soy empleado del Centro de Comunicaciones 2021, ubicado en la avenida independencia de la ciudad de Trujillo…..estábamos en el negocio Cristal y Yo y el Señor E.U. se encontraba fuera del negocio por lo alrededores, en eso llego un ciudadano preguntando que donde podía vender unos paquetes de azúcar y otras cosas, respondiéndole que en los chinos o en una bodega que queda cerca…me pregunto por un mercal, le dije que había uno más adelante, en la parte de afuera del negocio estaba el señor E.U. y este lo acompaño hasta el negocio de Mercal, más tarde como a las 11:00 de la mañana llego Eladio y me dijo que se iba para la casa y que regresaría más tarde, yo le dije que ahí estaba el cheque de la quincena de todos los empleados para que lo cobrara, pero Eladio no se lo pudo llegar porque le faltaba la firma, Eladio se fue y no lo he visto más.”

  3. - DECLARACION DEL CIUDADANO C.L.D.J., titular de la cédula de identidad Nº V-1.315.237, rendida en fecha 02 de Marzo de 2007, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Subdelegación Trujillo en los siguientes términos: “ ….en horas de la mañana llego a mi casa un ciudadano a quien no le se el nombre pero que es cronista de Trujillo, me pregunto que si había visto al morocho Peña, le dije que me pareció haberlo visto el día de ayer jueves 01 de Marzo por el puente de San Jacinto.”

  4. - ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 02 de Marzo de 2007, suscrita por el agente C.C., donde deja constancia que se traslado en compañía del comisario ER.M., hasta el Centro de Comunicaciones MOVISTAR, ubicado en la calle puente machado de Trujillo Estado Trujillo, donde se entrevistaron con el ciudadano DUQUE PEÑA P.R., titular de la cédula de identidad Nº V-12.499.052, quien les manifestó ser hermano del ciudadano E.A.U.P., quien figura como victima en el presente caso, e informo que el día de ayer en horas de la mañana a dicho local se presento un ciudadano preguntando donde compran azúcar y su hermano antes mencionado le dijo que cerca del lugar funciona un lugar de los denominados mercales por lo que salio en compañía del ciudadano que solicito la información, según información del empleado de nombre V.A., no regresando a su lugar de trabajo….posteriormente les hizo entrega de tres fotografías tomadas por la cámara de video que se encuentra instalada en dicho local, donde se puede observar un ciudadano de contextura obesa, lentes piel morena, portaba franela de color blanco con rayas negras, pantalón negro y un maletín color negro, y refiere que dicha persona fue la que llego al local solicitando información de donde compraban azúcar, dichas fotos se consignan…..se trasladaron al mercal ubicado en el puente machado, entrevistándose con el ciudadano VALECILLOS CARLO SEGUNDO….y VALECILLO TORRES YOGLI JOSE, titular de la cédula de identidad Nº V-13.206.335, quienes manifestaron ser vendedores en dicho negocio y que efectivamente habían llegado dos personas una de ellas es conocido como el morocho y el otro nunca lo había visto por el lugar tenia un carnet de vendedor y un maletín color negro ofreciendo azúcar….”

  5. - DECLARACION DEL CIUDADANO VALECILLOS TORRES YOGLY JOSE, titular dela cédula de identidad Nº V-13.206.335, rendida en fecha 02-03-2007, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Subdelegación Trujillo en los siguientes términos: “ Resulta que ayer yo estaba en la parte de afuera del Banco BANFOANDES, cuando me llega el Morocho con otro hombre y mi papá, me lo presenta el morocho como primo de el y este me ofrece azúcar y leche que tenia para la venta a buen precio y como yo tengo un mercalito ubicado en el viaducto, nos dirigimos hacia halla, ahí me dijeron que la mercancía estaba en el supermercado su casa y como no tenían carro nos fuimos en mi camioneta el morocho, con el primo y mi persona, cuando llegamos al supermercado me dijeron que me estacionara cerca parándome justo cerca de la tasca nueva hola, se bajaron y entraron al supermercado, al rato salieron y dijeron que la mercancía la tenia por la parte del deposito y que buscara estacionarme por ahí, me fui hasta halla viene el morocho y me dice que le diera porque era por la parte de atrás, se montaron los dos en la camioneta y nos fuimos llegamos a un portón, me estacione de nuevo y me dijeron quye le diera otra vez que venia un supervisor, le dimos la vuelta a la manzana parándome de nuevo al frente del supermercado, ellos se fueron a pie por la parte de atrás y vuelve a venir el morocho, s e monta en la camioneta y me dice que vuelva a pasar por la parte de atrás, que ahí no estaba esperando su primo, al ver que se estaban demorando mucho y lo que recibía eran excusas que estaba un supervisor le dije que tenia cosas que hacer y no podía esperar más. Ahí fue `cuando me dijeron que diera una ultima vuelta a ver si ya tenían la mercancía, le dije y les di mi numero de teléfono para que me llamaran cuando ya estuvieran listos….no supe más de ellos….”

  6. - DECLARACION DEL CIUDADANO VALECILLOS C.S., titular dela cédula de identidad Nº V-3.903.364, rendida en fecha 02-03-2007, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Subdelegación Trujillo en los siguientes términos: “Resulta que cuando yo llegue a mi negocio ahí se encontraba el señor que es apodado como el morocho y otro señor que no se quien es lo salude y le pregunte al morocho que quería, el morocho me señalo al otro señor diciéndome que vende azúcar….que era un primo de el, el morocho se fue junto con el hijo mió de nombre JOGLY J.V. y el otro señora para el supermercado su casa a buscar el azúcar, a la media hora llego mi hijo solo y me dijo que eso eran mentiras que no estaban vendiendo nada.”

  7. - DECLARACION DEL CIUDADANO A.A.O., titular dela cédula de identidad Nº V-13.522.502, rendida en fecha 02-03-2007, COORDINADOR GENERAL DEL SUPERMERCADO “SU CASA”, con sede en el Municipio Trujillo, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Subdelegación Trujillo en los siguientes términos: “Resulta que en el día de hoy en horas de la mañana llego al Supermercado Su Casa una comisión del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Subdelegación Trujillo, solicitando información acerca de una persona que se encuentra desaparecida y que presuntamente había estado en el supermercado en horas de la mañana ofreciendo vender una mercancía presuntamente azúcar, manifestándole que en el día de ayer el Supermercado se encontraba cerrado porque estaba realizando inventario, teniendo solamente acceso al local el personal que allí labora.”

  8. - DECLARACION DEL CIUDADANO LEMUS A.J., titular dela cédula de identidad Nº V-12.499.194, rendida en fecha 04-03-2007, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Subdelegación Trujillo en los siguientes términos: “Resulta que le día miércoles 01-03-07 en horas del mañana me encontraba en el local de Mercal ubicado en San Jacinto, cuando de repente llegaron dos sujetos del cual conozco a uno de ellos que lo apodan el morocho la otra persona el me dijo que era su primo, fue cuando dicho ciudadano me manifestó que estaba vendiendo leche la campiña y azúcar, llegando ambos a un acuerdo, pero el tenia que trasladarme al Supermercado Su Casa de esta ciudad, a buscar la mercancía, procediendo a montarnos en mi vehículo marca ford, modelo Triton color blanco para el lugar, una vez en el sitio, ellos se bajaron y fueron para la entrada del supermercado, percatándome que estaba cerrado dicho local, así mismo observe que el vigilante de la parte interna del local le dijo que a las tres abrían fue cuando sospeche que dicho sujetos me iban a robar, procediendo aprender el vehículo y retirarme del lugar.”

  9. - DECLARACION DEL CIUDADANO VALECILLOS TORRES YOGLY JOSE, titular de la cédula de identidad Nº V-13.206.335, rendida en fecha 04-03-2007, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Subdelegación Trujillo en los siguientes términos: “Resulta que yo me encontraba en las afueras de BANFOANDES, esperando al socio mió que estaba depositando de nombre J.C.P., cuando de repente llega mi papá de nombre C.S.V., EN COMPAÑÍA DE Dos ciudadanos uno de ellos apodado el morocho y el otro no se como se llama, supuestamente era un vendedor ofreciéndome una azúcar y una leche que había sobrado y me la estaban vendiendo a buen precio, espere que saliera mi socio del Banco y nos fuimos para el negocio mió que es un mercalito, allí el supuesto vendedor ….me dijo que tenia 90 sacos de azúcar y ocho cajas de leche, le dije que las trajeran y dijeron que no tenia carro ya que era una gandola y no podía entrar al centro, les dije que fuéramos en mi camioneta, luego se monto el señor apodado el morocho y el señor gordo y nos fuimos para el supermercado de nombre SU CASA, que era donde la tenia….me dijeron que me estacionara al frente de la tasca nueva Hola, me pidieron la cedula para hacer la factura y yo se las di, se metieron para el supermercado,. Al rato salieron y me dijeron que estacionara por el lado del supermercado que ahí estaba la mercancía y yo fui y me estacione, espere un rato y Salí hasta el supermercado, en eso ellos venían y me dijeron que era por la parte de atrás, se montaron en mi camioneta y nos metimos por la parte de atrás del supermercado, donde esta un portón grande, estuvimos esperando que nos abrieran, ellos dijeron que no habrían porque estaba un supervisor, me dijeron que le diera por la parte de adelante y yo fui con ellos en mi camioneta y me estacione, el morocho se bajo a ver si veía a l supervisor y regreso me dijo que le diera por la parte de atrás y se monto y nos fuimos otra vez para la parte de atrás, esperamos un rato en la parte de atrás y al ver tanta indecisión les dije que tenia que hacer muchas diligencias y que cuando estuvieran listo me llamaran, les di mi numero, me fui y los deje ahí, me fui para mi casa en Pampan y busque a mi cuñado de nombre J.L.P.V., con quien subí al deposito del mercalito de mayoristas a retirar la mercancía con los depósitos que había realizado mi socio, retire la mercancía y me fui para mi negocio a llevarla, donde estaba mi papá y la bajamos.”

  10. - ACTA DE INVESTIGACION POLICIAL DE FECHA 04 DE MARZO DE 2007, suscrita por el funcionario C.C., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Subdelegación Trujillo, dejando constancia de la siguiente diligencia policial: “Prosiguiendo con las investigaciones relacionadas con la causa H-400.883, que se instruye por la comisión de uno de los delitos contra las personas (Homicidio), y por cuanto vista y leída la entrevista rendida por Lemus A.J., por tener conocimiento del caso que se investiga en donde el mismo manifiesta que en el día 01 de Marzo en horas de la mañana, se traslado en compañía del hoy occiso y del otro acompañante aún por identificar y por cuanto se tiene conocimiento de que en dicho supermercado poseen cámaras de seguridad se conformo comisión integrada por los funcionarios A.B.S., R.M., R.F., J.U., J.C. PICON Y YELISNET ANGEL, una vez en el mismo nos entrevistamos con una persona, donde luego de identificarnos y manifestarles el motivo de nuestra presencia manifestó ser Coordinador General del Supermercado SU CASA, quedando identificado como A.A.O., cédula de identidad N V-13.522.502, quien nos traslado hasta la sala de seguridad de dicho establecimiento donde se observa un escritorio con su respectivo monitor, revisando las grabaciones de seguridad de la parte externa de dicho establecimiento y donde se observo lo siguiente: “Video de Seguridad de fecha 01-03-2007, donde se aprecia: 9:38 horas de la mañana aproximadamente, llegar y aparcar un vehiculo camioneta 350 color blanco, de donde se bajan tres personas entre ellas el hoy occiso, la persona que lo acompañaba el cual es moreno de contextura obesa, mediano, y un tercero que iba en la parte de atrás del camión quien es moreno, de contextura delgada, mediano y se van para el supermercado, llegan a la puerta y se regresan, se observa cuando hablan con el conductor del camión, la persona delgada se monta al camión y el camión arranca, y el hoy occiso y su acompañante caminando de un lugar a otro y las 10:56am del mismo día se observa llegar y aparcar una camioneta tipo pick-up, color verde oscuro de donde descienden dos personas entre ellas el hoy occiso y su acompañante antes descrito las cuales se dirigieron hacia la entrada del supermercado la camioneta retrocede y el ciudadano que acompañaba al hoy occiso le hace una seña observándose en la parte lateral externa derecha del local aparcarse la camioneta y de la mis a se baja el conductor quien es el ciudadano VALECILLOS TORRES YOGLYS JOSE, la persona obesa se acera a donde esta, conversa y se dirigen hacia la puerta principal del supermercado, donde se reúnen con el hoy occiso, luego el hoy occiso se va para donde esta la camioneta, se regresa corriendo, se acerca a donde esta la persona obesa y el dueño de la camioneta le hace entrega de algo, luego se regresa otra vez para donde esta la camioneta, pasados varios minutos el acompañante del hoy occiso y el ciudadano VALECILLOS YOGLYS, se van apara donde se encuentra el vehiculo y el hoy occiso habla con el regresándose caminando a la parte principal del local el hoy occiso y su acompañante, luego el ciudadano Valecillos conduce su camioneta a la parte principal del supermercado en donde la aparca, el se baja se dirige hacia donde se encontraba el hoy occiso y la persona obesa conversa nuevamente, luego el conductor del vehiculo y el ciudadano de contextura obesa se montan en la camioneta y se retiran del lugar quedando el hoy occiso frente al supermercado, quien luego de una breve espera se observa retirarse caminando por la parte lateral derecha de dicho local al hoy occiso, a pocos minutos se observa retornar por la parte principal externa del local, la camioneta tipo pick up color verde de donde desciende el ciudadano VALECILLOS TORRES YOGLYS JOSE, quien camina retirándose de la visión de la cámara de video, regresando segundos más tarde en dirección al vehiculo en compañía del hoy occiso a quien traía agarrado de un brazo por lo que se puede presumir que lo llevaba en contra de su voluntad, montándolo al vehiculo y retirándose del lugar….”

  11. - ACTA DE INVESTIGACION PENAL, suscrita por los funcionarios M.G.R., quien deja constancia que se traslado en compañía del funcionario J.U. Y J.B., hacia la vía que conduce al sector de la plazuela de esta ciudad, sector llano grande carretera S.A.d.E.T., y al transitar por el sector la mata, fuimos abordado por un ciudadano quien quedo identificado como CANELONES TELLES JOSE ISIDRO….cedula de identidad Nº V-3.212.357, quien nos manifestó que cuando se encontraba transitando por las cercanías del puente el tonón del sector la mata Municipio Trujillo, observo un par de lentes sobre la superficie del suelo cercano aun barranco y que posteriormente bajo al mismo localizando un cuerpo sin vida del sexo masculino, conduciendo la comisión hasta el sitio del hecho constatando lo antes expuesto y donde localizaron al fondo de un barranco en el cauce de una quebrada un cuerpo del sexo masculino sin signos vitales quedando identificado por dicha comisión como ULLOA PEÑA E.A., cedula de identidad nº v-3.904.520, y procediendo a efectuar lña Inspección Técnica del lugar y del cadáver y realizando la remoción del cadáver has la morgue del Hospital J.G.H., para la Necropsia de Ley y estando en dicha morgue se practico el reconocimiento y revisión del cuerpo.”

  12. - INSPECCION TECNICA Nº 234 DE FECHA 03 DE MARZO, suscrita por el detective J.B., M.G., quienes se trasladaron a la morgue del Hospital J.G.H., donde se practico el reconocimiento del cadáver dejando c.d.E.E.: Una herida circular con tatuaje en la región paratidomasetera izquierda, una herida circular en la región orbital izquierda y un adherida circular en la región esternocleidomastoidea derecha, varias heridas en forma de escoriación en las regiones escapulares derecha e izquierda….”

Siendo este el hecho para lo cual dicha conducta desplegada se subsume en el tipo penal de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1º del Código Penal, este Tribunal pasa a dar cumplimiento al artículo 250 del código orgánico procesal penal, en la cual podrá decretar la Privación Judicial Preventiva de Libertad del imputado, siempre que se acredite la asistencia de: UN HECHO PUNIBLE QUE MEREZCA PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD CUYA ACCION PENAL NO SE ENCUENTRA EVIDENTEMENTE PRESCRITA, tal y como se evidencio en el presente caso estamos en presencia de un hecho punible, al cual el Ministerio Público a calificado como HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1º del Código Penal reformado, aunado al hecho de que la presente causa se inició en fecha 04 de Marzo de 2007 demostrándose con ello de que la acción penal no se encuentra prescrita, considerando que se encuentran llenos este primer requisito.

SEGUNDO

Ahora bien, este Tribunal evidencia que existen plúmbeos elementos de convicción para estimarse que el ciudadano estimar que el imputado: VALECILLOS TORRES YOGLY JOSE, ha sido el autor material de la comisión del hecho punible de HOMICIDIO CALIFICADO, los cuales se indican a continuación:

  1. - DENUCIA DE LA CIUDADANA PEÑA LIZCANO D.R., interpuesta en fecha 01 de Marzo de 2007, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Subdelegación Valera en los siguientes términos: “Vengo a denunciar que mi hijo E.A.U.P., desde esta mañana no aparece, ha desaparecido y mi empleado V.A., me contó que mi hijo llego al centro de comunicaciones como a las 8:30 aproximadamente y que también llegaron unos señores preguntando donde podían vender azúcar y leche y que mi hijo Eladio llevo a los señores a donde podían venderla y que posteriormente mi hijo Eladio regreso solo, se asomo por la puerta principal y le dijo que iba para arriba, presumiendo que para la casa, entonces desde esa hora ¡no hemos sabido más nada de mi hijo.”

  2. - DECLARACION DEL CIUDADANO ALDANA BRICEÑO V.A., titular de la cédula de identidad Nº V-10.318.396, rendida en fecha 01 de Marzo de 2007, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Subdelegación Valera, en los siguientes términos: “Yo soy empleado del Centro de Comunicaciones 2021, ubicado en la avenida independencia de la ciudad de Trujillo…..estábamos en el negocio Cristal y Yo y el Señor E.U. se encontraba fuera del negocio por lo alrededores, en eso llego un ciudadano preguntando que donde podía vender unos paquetes de azúcar y otras cosas, respondiéndole que en los chinos o en una bodega que queda cerca…me pregunto por un mercal, le dije que había uno más adelante, en la parte de afuera del negocio estaba el señor E.U. y este lo acompaño hasta el negocio de Mercal, más tarde como a las 11:00 de la mañana llego Eladio y me dijo que se iba para la casa y que regresaría más tarde, yo le dije que ahí estaba el cheque de la quincena de todos los empleados para que lo cobrara, pero Eladio no se lo pudo llegar porque le faltaba la firma, Eladio se fue y no lo he visto más.”

  3. - DECLARACION DEL CIUDADANO C.L.D.J., titular de la cédula de identidad Nº V-1.315.237, rendida en fecha 02 de Marzo de 2007, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Subdelegación Trujillo en los siguientes términos: “ ….en horas de la mañana llego a mi casa un ciudadano a quien no le se el nombre pero que es cronista de Trujillo, me pregunto que si había visto al morocho Peña, le dije que me pareció haberlo visto el día de ayer jueves 01 de Marzo por el puente de San Jacinto.”

  4. - ACTA DE INVESTIGACION PENAL de fecha 02 de Marzo de 2007, suscrita por el agente C.C., donde deja constancia que se traslado en compañía del comisario ER.M., hasta el Centro de Comunicaciones MOVISTAR, ubicado en la calle puente machado de Trujillo Estado Trujillo, donde se entrevistaron con el ciudadano DUQUE PEÑA P.R., titular de la cédula de identidad Nº V-12.499.052, quien les manifestó ser hermano del ciudadano E.A.U.P., quien figura como victima en el presente caso, e informo que el día de ayer en horas de la mañana a dicho local se presento un ciudadano preguntando donde compran azúcar y su hermano antes mencionado le dijo que cerca del lugar funciona un lugar de los denominados mercales por lo que salio en compañía del ciudadano que solicito la información, según información del empleado de nombre V.A., no regresando a su lugar de trabajo….posteriormente les hizo entrega de tres fotografías tomadas por la cámara de video que se encuentra instalada en dicho local, donde se puede observar un ciudadano de contextura obesa, lentes piel morena, portaba franela de color blanco con rayas negras, pantalón negro y un maletín color negro, y refiere que dicha persona fue la que llego al local solicitando información de donde compraban azúcar, dichas fotos se consignan…..se trasladaron al mercal ubicado en el puente machado, entrevistándose con el ciudadano VALECILLOS CARLO SEGUNDO….y VALECILLO TORRES YOGLI JOSE, titular de la cédula de identidad Nº V-13.206.335, quienes manifestaron ser vendedores en dicho negocio y que efectivamente habían llegado dos personas una de ellas es conocido como el morocho y el otro nunca lo había visto por el lugar tenia un carnet de vendedor y un maletín color negro ofreciendo azúcar….”

  5. - DECLARACION DEL CIUDADANO VALECILLOS TORRES YOGLY JOSE, titular dela cédula de identidad Nº V-13.206.335, rendida en fecha 02-03-2007, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Subdelegación Trujillo en los siguientes términos: “ Resulta que ayer yo estaba en la parte de afuera del Banco BANFOANDES, cuando me llega el Morocho con otro hombre y mi papá, me lo presenta el morocho como primo de el y este me ofrece azúcar y leche quye tenia para la venta a buen precio y como yo tengo un mercalito ubicado en el viaducto, nos dirigimos hacia halla, ahí me dijeron que la mercancía estaba en el supermercado su casa y como no tenían carro nos fuimos en mi camioneta el morocho, con el primo y mi persona, cuando llegamos al supermercado me dijeron que me estacionara cerca parándome justo cerca de la tasca nueva hola, se bajaron y entraron al supermercado, al rato salieron y dijeron que la mercancía la tenia por la parte del deposito y que buscara estacionarme por ahí, me fui hasta halla viene el morocho y me dice que le diera porque era por la parte de atrás, se montaron los dos en la camioneta y nos fuimos llegamos a un portón, me estacione de nuevo y me dijeron quye le diera otra vez que venia un supervisor, le dimos la vuelta a la manzana parándome de nuevo al frente del supermercado, ellos se fueron a pie por la parte de atrás y vuelve a venir el morocho, s e monta en la camioneta y me dice que vuelva a pasar por la parte de atrás, que ahí no estaba esperando su primo, al ver que se estaban demorando mucho y lo que recibía eran excusas que estaba un supervisor le dije que tenia cosas que hacer y no podía esperar más. Ahí fue `cuando me dijeron que diera una ultima vuelta a ver si ya tenían la mercancía, le dije y les di mi numero de teléfono para que me llamaran cuando ya estuvieran listos….no supe más de ellos….”

  6. - DECLARACION DEL CIUDADANO VALECILLOS C.S., titular dela cédula de identidad Nº V-3.903.364, rendida en fecha 02-03-2007, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Subdelegación Trujillo en los siguientes términos: “Resulta que cuando yo llegue a mi negocio ahí se encontraba el señor que es apodado como el morocho y otro señor que no se quien es lo salude y le pregunte al morocho que quería, el morocho me señalo al otro señor diciéndome que vende azúcar….que era un primo de el, el morocho se fue junto con el hijo mió de nombre JOGLY J.V. y el otro señora para el supermercado su casa a buscar el azúcar, a la media hora llego mi hijo solo y me dijo que eso eran mentiras que no estaban vendiendo nada.”

  7. - DECLARACION DEL CIUDADANO A.A.O., titular dela cédula de identidad Nº V-13.522.502, rendida en fecha 02-03-2007, COORDINADOR GENERAL DEL SUPERMERCADO “SU CASA”, con sede en el Municipio Trujillo, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Subdelegación Trujillo en los siguientes términos: “Resulta que en el día de hoy en horas de la mañana llego al Supermercado Su Casa una comisión del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Subdelegación Trujillo, solicitando información acerca de una persona que se encuentra desaparecida y que presuntamente había estado en el supermercado en horas de la mañana ofreciendo vender una mercancía presuntamente azúcar, manifestándole que en el día de ayer el Supermercado se encontraba cerrado porque estaba realizando inventario, teniendo solamente acceso al local el personal que allí labora.”

  8. - DECLARACION DEL CIUDADANO LEMUS A.J., titular dela cédula de identidad Nº V-12.499.194, rendida en fecha 04-03-2007, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Subdelegación Trujillo en los siguientes términos: “Resulta que le día miércoles 01-03-07 en horas del mañana me encontraba en el local de Mercal ubicado en San Jacinto, cuando de repente llegaron dos sujetos del cual conozco a uno de ellos que lo apodan el morocho la otra persona el me dijo que era su primo, fue cuando dicho ciudadano me manifestó que estaba vendiendo leche la campiña y azúcar, llegando ambos a un acuerdo, pero el tenia que trasladarme al Supermercado Su Casa de esta ciudad, a buscar la mercancía, procediendo a montarnos en mi vehiculo marca ford, modelo Triton color blanco para el lugar, una vez en el sitio, ellos se bajaron y fueron para la entrada del supermercado, percatándome que estaba cerrado dicho local, así mismo observe que el vigilante de la parte interna del local le dijo que a las tres abrían fue cuando sospeche que dicho sujetos me iban a robar, procediendo aprender el vehiculo y retirarme del lugar.”

  9. - DECLARACION DEL CIUDADANO VALECILLOS TORRES YOGLY JOSE, titular dela cédula de identidad Nº V-13.206.335, rendida en fecha 04-03-2007, ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Subdelegación Trujillo en los siguientes términos: “Resulta que yo me encontraba en las afueras de BANFOANDES, esperando al socio mió que estaba depositando de nombre J.C.P., cuando de repente llega mi papá de nombre C.S.V., EN COMPAÑÍA DE Dos ciudadanos uno de ellos apodado el morocho y el otro no se como se llama, supuestamente era un vendedor ofreciéndome una azúcar y una leche que había sobrado y me la estaban vendiendo a buen precio, espere que saliera mi socio del Banco y nos fuimos para el negocio mió que es un mercalito, allí el supuesto vendedor ….me dijo que tenia 90 sacos de azúcar y ocho cajas de leche, le dije que las trajeran y dijeron que no tenia carro ya que era una gandola y no podía entrar al centro, les dije que fuéramos en mi camioneta, luego se monto el señor apodado el morocho y el señor gordo y nos fuimos para el supermercado de nombre SU CASA, que era donde la tenia….me dijeron que me estacionara al frente de la tasca nueva Hola, me pidieron la cedula para hacer la factura y yo se las di, se metieron para el supermercado,. Al rato salieron y me dijeron que estacionara por el lado del supermercado que ahí estaba la mercancía y yo fui y me estacione, espere un rato y Salí hasta el supermercado, en eso ellos venían y me dijeron que era por la parte de atrás, se montaron en mi camioneta y nos metimos por la parte de atrás del supermercado, donde esta un portón grande, estuvimos esperando que nos abrieran, ellos dijeron que no habrían porque estaba un supervisor, me dijeron que le diera por la parte de adelante y yo fui con ellos en mi camioneta y me estacione, el morocho se bajo a ver si veía a l supervisor y regreso me dijo que le diera por la parte de atrás y se monto y nos fuimos otra vez para la parte de atrás, esperamos un rato en la parte de atrás y al ver tanta indecisión les dije que tenia que hacer muchas diligencias y que cuando estuvieran listo me llamaran, les di mi numero, me fui y los deje ahí, me fui para mi casa en Pampan y busque a mi cuñado de nombre J.L.P.V., con quien subí al deposito del mercalito de mayoristas a retirar la mercancía con los depósitos que había realizado mi socio, retire la mercancía y me fui para mi negocio a llevarla, donde estaba mi papá y la bajamos.”

  10. - ACTA DE INVESTIGACION POLICIAL DE FECHA 04 DE MARZO DE 2007, suscrita por el funcionario C.C., adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas Subdelegación Trujillo, dejando constancia de la siguiente diligencia policial: “Prosiguiendo con las investigaciones relacionadas con la causa H-400.883, que se instruye por la comisión de uno de los delitos contra las personas (Homicidio), y por cuanto vista y leída la entrevista rendida por Lemus A.J., por tener conocimiento del caso que se investiga en donde el mismo manifiesta que en el día 01 de Marzo en horas de la mañana, se traslado en compañía del hoy occiso y del otro acompañante aún por identificar y por cuanto se tiene conocimiento de que en dicho supermercado poseen cámaras de seguridad se conformo comisión integrada por los funcionarios A.B.S., R.M., R.F., J.U., J.C. PICON Y YELISNET ANGEL, una vez en el mismo nos entrevistamos con una persona, donde luego de identificarnos y manifestarles el motivo de nuestra presencia manifestó ser Coordinador General del Supermercado SU CASA, quedando identificado como A.A.O., cédula de identidad N º V-13.522.502, quien nos traslado hasta la sala de seguridad de dicho establecimiento donde se observa un escritorio con su respectivo monitor, revisando las grabaciones de seguridad de la parte externa de dicho establecimiento y donde se observo lo siguiente: “Video de Seguridad de fecha 01-03-2007, donde se aprecia: 9:38 horas de la mañana aproximadamente, llegar y aparcar un vehiculo camioneta 350 color blanco, de donde se bajan tres personas entre ellas el hoy occiso, la persona que lo acompañaba el cual es moreno de contextura obesa, mediano, y un tercero que iba en la parte de atrás del camión quien es moreno, de contextura delgada, mediano y se van para el supermercado, llegan a la puerta y se regresan, se observa cuando hablan con el conductor del camión, la persona delgada se monta al camión y el camión arranca, y el hoy occiso y su acompañante caminando de un lugar a otro y las 10:56am del mismo día se observa llegar y aparcar una camioneta tipo pick-up, color verde oscuro de donde descienden dos personas entre ellas el hoy occiso y su acompañante antes descrito las cuales se dirigieron hacia la entrada del supermercado la camioneta retrocede y el ciudadano que acompañaba al hoy occiso le hace una seña observándose en la parte lateral externa derecha del local aparcarse la camioneta y de la mis a se baja el conductor quien es el ciudadano VALECILLOS TORRES YOGLYS JOSE, la persona obesa se acera a donde esta, conversa y se dirigen hacia la puerta principal del supermercado, donde se reúnen con el hoy occiso, luego el hoy occiso se va para donde esta la camioneta, se regresa corriendo, se acerca a donde esta la persona obesa y el dueño de la camioneta le hace entrega de algo, luego se regresa otra vez para donde esta la camioneta, pasados varios minutos el acompañante del hoy occiso y el ciudadano VALECILLOS YOGLYS, se van apara donde se encuentra el vehiculo y el hoy occiso habla con el regresándose caminando a la parte principal del local el hoy occiso y su acompañante, luego el ciudadano Valecillos conduce su camioneta a la parte principal del supermercado en donde la aparca, el se baja se dirige hacia donde se encontraba el hoy occiso y la persona obesa conversa nuevamente, luego el conductor del vehiculo y el ciudadano de contextura obesa se montan en la camioneta y se retiran del lugar quedando el hoy occiso frente al supermercado, quien luego de una breve espera se observa retirarse caminando por la parte lateral derecha de dicho local al hoy occiso, a pocos minutos se observa retornar por la parte principal externa del local, la camioneta tipo pick up color verde de donde desciende el ciudadano VALECILLOS TORRES YOGLYS JOSE, quien camina retirándose de la visión de la cámara de video, regresando segundos más tarde en dirección al vehiculo en compañía del hoy occiso a quien traía agarrado de un brazo por lo que se puede presumir que lo llevaba en contra de su voluntad, montándolo al vehiculo y retirándose del lugar….”

  11. - ACTA DE INVESTIGACION PENAL, suscrita por los funcionarios M.G.R., quien deja constancia que se traslado en compañía del funcionario J.U. Y J.B., hacia la vía que conduce al sector de la plazuela de esta ciudad, sector llano grande carretera S.A.d.E.T., y al transitar por el sector la mata, fuimos abordado por un ciudadano quien quedo identificado como CANELONES TELLES JOSE ISIDRO….cedula de identidad Nº V-3.212.357, quien nos manifestó que cuando se encontraba transitando por las cercanías del puente el tonón del sector la mata Municipio Trujillo, observo un par de lentes sobre la superficie del suelo cercano aun barranco y que posteriormente bajo al mismo localizando un cuerpo sin vida del sexo masculino, conduciendo la comisión hasta el sitio del hecho constatando lo antes expuesto y donde localizaron al fondo de un barranco en el cauce de una quebrada un cuerpo del sexo masculino sin signos vitales quedando identificado por dicha comisión como ULLOA PEÑA E.A., cedula de identidad nº v-3.904.520, y procediendo a efectuar lña Inspección Técnica del lugar y del cadáver y realizando la remoción del cadáver has la morgue del Hospital J.G.H., para la Necropsia de Ley y estando en dicha morgue se practico el reconocimiento y revisión del cuerpo.”

  12. - INSPECCION TECNICA Nº 234 DE FECHA 03 DE MARZO, suscrita por el detective J.B., M.G., quienes se trasladaron a la morgue del Hospital J.G.H., donde se practico el reconocimiento del cadáver dejando c.d.E.E.: Una herida circular con tatuaje en la región paratidomasetera izquierda, una herida circular en la región orbital izquierda y un adherida circular en la región esternocleidomastoidea derecha, varias heridas en forma de escoriación en las regiones escapulares derecha e izquierda….”

TERCERO

Existe una presunción razonable por la apreciación de las circunstancias del caso particular, de peligro de fuga en la búsqueda de la verdad en virtud las siguientes circunstancias: 1.- La pena que podría llegarse a imponer en el presente caso, toda vez que el Legislador Penal establece una pena de Presidio considerable, para el delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, que es de quince (15) a veinticinco (25) años.

  1. - La Magnitud del daño causado, debido a que se trata del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, mismo que fue cometido con arma de fuego lo cual constituye un delito que atenta contra el bien mas preciado que tiene un ser humano, como es el derecho a la vida.

  2. - La Presunción de Peligro de Fuga en virtud que el hecho punible de Homicidio Intencional Calificado en su limite máximo sobrepasa los diez (10) años.

  3. - Su comportamiento durante el proceso que por el delito de Hurto calificado cursa actualmente en el Tribunal de Ejecución Nº 02, de este Circuito Judicial Penal.

Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, es por lo que este Tribunal en funciones de Control N° 05 Administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECRETA: Con lugar la solicitud de la fiscalia y decreta la medida cautelar de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del ciudadano VALECILLOS TORRES YOGLY JOSE, venezolano, titular de la cédula de Identidad Nº V-13.206.335, nacido en Trujillo Estado Trujillo, en fecha 24-01-1977, de 30 años de edad, de profesión u oficio comerciante, residenciado en la Urbanización Monseñor Camargo, calle numero 2, casa sin numero, Municipio Pampan Estado Trujillo, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1º del Código Penal, en agravio del ciudadano hoy occiso E.A.U.P., por cuanto existen fundados elementos de convicción para estimar ser el autor o participe en la comisión del delito anteriormente descrito y en consecuencia, se expide la correspondiente orden de aprehensión, por lo se ordena Oficiar la misma a todos los organismos policial es de investigación, seguridad y orden público regionales y nacionales, especialmente al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, Delegación Trujillo, por ser el órgano principal que lleva la investigación, bajo la dirección de la Fiscalia Primera, todo de conformidad con el primer aparte del articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Una vez aprehendido sea llevado al internado Judicial y puesto a la orden de este Tribunal a los fines de imponer al imputado de la presente resolución y escuchar al mismo en presencia de todas las partes y decidir sobre el mantenimiento de la medida decretada o sustituirla por otra menos gravosa. Esta resolución se basa en los artículos 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 250, 251y 254 del Código Orgánico Procesal Penal y los artículos 2, 3, 26 , 44, 49 y 257 Constitucionales. Notifíquese a las partes de la presente resolución. Ofíciese. Cúmplase.

La Jueza de Control N° 05

El Secretario

Abg. Juleny Rosas Bravo

Abg. Yender Matos

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