Decisión nº 77 de Juzgado Segundo del Municipio Iribarren de Lara, de 22 de Febrero de 2010

Fecha de Resolución22 de Febrero de 2010
EmisorJuzgado Segundo del Municipio Iribarren
PonenteMartin Enrique Bonilla Alvarado
ProcedimientoEjecucion De Creditos Fiscales

Por libelo de demanda presentado en fecha: 30-07-2002, los abogados. A.V. D y M.T., abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 42.360 y 45.780, respectivamente, procediendo con el carácter de Fiscales Nacionales de Hacienda, adscritos a la Gerencia Regional de Tributos Internos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) Región Centro Occidental y dcual se declaró CON LUGAR, la oposición formulada por la Empresa JABONERIA DAYRMOLL C.A.- En fecha: 31-03-2004, la actora diligenció solicitando despacho de embargo, siendo acordado este por auto de fecha: 13-04-2004.- En fecha: 08-11-2004, la actora solicitó copias certificadas.- En fecha: 10-02-2004, la actora diligenció. En fecha: 25-11-2004, el Tribunal estampó auto.- En fecha: 02-02-2005, la actora diligenció.- Al folio 100, riela auto estampado por este Despacho Judicial.- En fecha: 07-07-2005, la actora diligenció, siendo acordado por auto de fecha: 13-07-2005.- En fecha: 10-08-2005, la actora diligenció.- En fecha: 26-09-2005, El Tribunal ofició al CNE y a la ONIDEX.- En fecha: 07-10-2005, se recibió información solicitada al CNE, folios 106 al 108.- En fecha: 02-11-2005, la actora diligenció.- En fecha: 22-11-2005, se libró Mandamiento de Ejecución.- En fecha: 22-11-2005, se recibió información solicitada al Ministerio de Interior y Justicia (ONIDEX). En fecha: 15-06-2006 la actora diligenció.-En fecha: 19-06-2006, el tribunal expidió copias certificadas.- En fecha: 18-10-2006, la actora diligenció.- Al folio 119, riela auto e este domicilio, demandaron por EJECUCIÓN DE CREDITO FISCAL, a la contribuyente DAYRMOLL DE VENEZUELA C.A. (DAMOVECA), en las personas de sus representantes legales y responsables solidarios, ciudadanos: NICOLAS ANACLERIO TARLANO Y/O CONCETTA DE ANACLERIO, extranjeros, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. E-320.957 y E-3.130.834, respectivamente, con fundamento en los artículos 289 y siguientes del Código Orgánico Tributario en concordancia con el artículo 28 numeral 2 eiusdem. En fecha: 05-08-2002, el Tribunal estampó auto, instando al actor a que consignara los instrumentos fundamentales de la presente acción, a los fines de proceder a su admisión, siendo consignados por diligencia de fecha: 17-09-2002, cursantes a los folios 6 al 27.- En fecha: 23-09-2002, se admitió la demanda.- En fecha: 08-10-2002, la parte actora diligenció, consignando compulsas.- En fecha: 10-10-2002, el Tribunal libró boleta de intimación, copia certificada y cuaderno de medidas.- En fecha: 29-01-2003, la actora solicitó la citación de la contribuyente por parte del alguacil de este Juzgado, siendo acordado dicho pedimento por auto de fecha: 30-01-2003.- En fecha: 10-03-2003, el alguacil de este despacho, dejó constancia que le fue imposible localizar a los demandados(folio 33 al 38) En fecha: 17-03-2003, el actor solicitó la intimación de la contribuyente, mediante carteles, pedimento este acordado por auto de fecha: 24-03-2003.-En fechas: 25-03, 14-04, 21-04 y 28-04 del año 2003, la actora consignó carteles de intimación debidamente publicados en la presente(folios 41 al 50), siendo debidamente publicado en la morada del demandado, por parte de la secretaria de este despacho en fecha: 12-05-2003.- En fecha: 04-06-2003, la actora solicito la designación de defensor ad-litem, siendo acordado dicho pedimento por auto de fecha: 05-06-2003.- En fecha: 09-06-2003, el alguacil de este despacho, dejó constancia de haber notificado al defensor ad-litem designado.- En fecha: 11-06-2003, compareció el defensor ad-litem designado, aceptó el cargo y prestó el juramento de Ley.- En fecha: 16-06-2003, compareció la actora y solicitó la citación del defensor ad-litem, siendo acordada esta por auto de fecha: 18-06-2003.- En fecha: 25-06-2003, la actora diligenció.- En fecha: 03-07-2003, el Tribunal estampó auto.- En fecha: 08-07-2003, el alguacil intimó al defensor ad-litem designado.- En fecha: 14-07-2003, el ciudadano: N.A.C., otorgó poder apud acta a los abogados. REINAL P.V. y M.A.R..- En fecha: 17-07-2003, el Tribunal dictó Sentencia Definitiva (folios 64 al 66). En fecha: 23-01-2004, la actora solicitó la designación de un solo perito avaluador, pedimento éste acordado por auto de fecha: 29-01-2004.- En fecha: 03-02-2004, el Tribunal dejó constancia que ninguna de las partes no compareció al acto fijado.- El actor diligenció en fecha: 04-02-2004.-En fecha: 12-02-2004, el Tribunal estampó auto.- En fecha: 17-02-2004, el alguacil dejó constancia de haber notificado al perito avaluador designad(folios 75 y 76) En fecha: 20-02-2004, el perito avaluador aceptó el cargo y prestó el juramento de Ley.- En fecha: 27-02-2004, el Tribunal estampó auto, ordenando aperturar el cuaderno de oposición correspondiente, folio 79.- En fecha: 26-03-2004, el Tribunal dictó Sentencia Interlocutoria, mediante la

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