Sentencia nº 543 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Político Administrativa de 29 de Noviembre de 2012

Fecha de Resolución29 de Noviembre de 2012
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Político Administrativa
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoDemanda

SALA POLÍTICO ADMINISTRATIVA

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 27 de noviembre de 2012

202º y 153º

Visto el escrito presentado en fecha 7 de agosto de 2012, por el abogado J.O.D.T., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 39.348, actuando con el carácter de apoderado judicial de la CORPORACIÓN DE INDUSTRIAS INTERMEDIAS DE VENEZUELA, S.A. (CORPIVENSA), mediante el cual promovió pruebas, en la demanda interpuesta por la sociedad mercantil Vangil Ingenieros, C.A. contra la indicada corporación, por resolución de contrato e indemnización de daños y perjuicios; este Juzgado, siendo la oportunidad legal de su admisibilidad, pasa a decidir en los siguientes términos:

Se admite cuanto a lugar en derecho por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes los anexos promovidos en la audiencia preliminar de fecha 4 de julio de 2012; y por cuanto dichos documentos constan en autos manténganse en el expediente.

Se admiten cuanto ha lugar en derecho por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la sentencia definitiva, las documentales indicadas en los Capítulos I, II y III del escrito de promoción de pruebas, el cual se contrae a reproducir el mérito favorable de las actas; y, por cuanto dichos documentos cursan en autos, manténganse en el expediente.

La Jueza Suplente,

S.Y.G.

La Secretaria,

N.d.V.A.

Exp. Nº 2011-1279/DA-JS

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