Decisión nº 00128-2008 de Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo Nuevo Régimen y Procesal Transitorio de Barinas, de 29 de Septiembre de 2008

Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2008
EmisorTribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo Nuevo Régimen y Procesal Transitorio
PonenteJosé Eugenio Morales Sosa
ProcedimientoCobro De Prestaciones Sociales

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas

Barinas, veintinueve de septiembre de dos mil ocho

198º y 149º

ASUNTO: EP11-L-2008-000090

SENTENCIA

PARTE ACTORA: J.F.P., J.A.M.P., C.L.P., M.A.V., B.Y.N.M. y E.I.S., venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad número 8.144.795, 9.265.883, 5.682.753, 6.532.797, 4.852.236 y 10.149.867

APODERADO DE LA PARTE ACTORA: YURELIS DEL VALLE VELASQUEZ TINEO y H.A.S., venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad 7.068.984 y 7.417.851 e inscritos en el inpreabogado bajo el número 56.968. y 73.707

PARTE DEMANDADA: HIDROLOGICA DE LA CORDILLERA ANDINA HIDROANDES C.A. y C.A. HIDROLOGICA VENEZOLANA (HIDROVEN)

ABOGADOS DE LA PARTE DEMANDADA: J.R. BERRIOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad números 17.659.208 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 129.498.

MOTIVO: COBRO POR PRESTACIONES SOCIALES.

El día hábil de hoy, 29 de septiembre de 2008, a las 10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen el ciudadano J.B., quien es apoderado judicial de las empresas demandadas, se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 198° y 149 °.

Se deja constancia que el apoderado de la parte demandada presentó poder conferido por los representantes de la empresa demandada a los fines de que se le tenga como parte en la presente causa de los cuales se anexan copia simple al expediente dándose expresa constancia que el mismo es copia fiel y exacta de la copia certificada que se tuvo a la vista en este mismo acto la cual fue devuelta al apoderado de la empresa demandada.

EL JUEZ TITULAR

Abg. J.E.M.S.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA

Abg. J.B.

LA SECRETARIA TITULAR

ABG. T.C.

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