Sentencia nº 942 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 20 de Octubre de 2014

Fecha de Resolución20 de Octubre de 2014
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Electoral
PonenteFernando Ramón Vegas Torrealba

Numero : 942 N° Expediente : 2014-000022 Fecha: 20/10/2014 Procedimiento:

Auto ordenando notificación

Partes:

V.C.G.E., F.A.T., A.A.U.A., O.A.N.V., E.J.N.G., y otros, Vs. El Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND).

Decisión:

Vista la Sentencia Nº 166 dictada en fecha 13-10-2014, se acordó notificar a los ciudadanos que se identifican en el auto, al Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND) y al Ministerio Público. Se libraron boletas y Oficio N° 14-568. Asimismo, se libro cartel a la ciudadana L.M. de conformidad con el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, Igualmente, se acuerda notificar a los ciudadanos que se indican en el auto. Se libraron boletas. Finalmente, dando cumplimiento a la Sentencia N° 166 de fecha 13 de octubre de 2014, se libró Oficio N° 14-567 al C.N.E..

Ponente:

Fernando Ramón Vegas Torrealba ----VLEX----

SALA ELECTORAL

Caracas, 20 de octubre de 2014

204º y 155º

Vista la Sentencia Nº 166 dictada por esta Sala Electoral en fecha 13 de octubre de 2014, mediante la cual declaró: 1.- CON LUGAR la solicitud de convocatoria a elecciones presentada y 2.- ORDENÓ a los integrantes del actual Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND), que dentro de los tres (03) días siguientes procedan a la convocatoria del proceso para la renovación de las autoridades de la organización sindical, debiendo cumplirse posteriormente los trámites previstos en las Normas para Garantizar los Derechos Humanos de los Trabajadores y Trabajadoras en las Elecciones Sindicales y en las Normas sobre Asesoría Técnica y Apoyo Logístico en Materia de Elecciones Sindicales, se acuerda notificar a los ciudadanos V.C.G.E., F.A.T., A.A.U.A., O.A.N.V., M.A.T.H., M.V.V., R.A.E.B., P.J.L.L., G.E.D.D.S., V.T.M.Q., L.Y.M.P., P.A.A.P., V.M.P.P., Y.D.C.R.D.C., E.E.G.C., M.I.R.G., R.S.M.Q., MARYORY G.P., MORELA PINTO DE ESTABA, S.M.T.P. y E.A.O. (parte accionante), al Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND) y al Ministerio Público, anexándoles copia certificada de la mencionada sentencia. Líbrese Boletas y Oficio.

Asimismo, se acuerda notificar la sentencia N° 166 a la ciudadana L.M. y por cuanto no consta domicilio procesal, esta Sala de conformidad con el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, libra cartel a la mencionada ciudadana, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días hábiles, contados a partir de la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del cartel, se le tendrá por notificada. Líbrese Cartel.

Igualmente, se acuerda notificar la referida sentencia a los ciudadanos E.J.N.G., E.J.M.V., L.J.G.R., YOLIMAR G.R., L.B.D.D., M.C.G.N., C.A.P.M., W.R.G.C., C.D.C.B.M., J.C.M., O.R.C.F., KEYDA E.F.D.R., S.A.A.O., ALIBRANDY OYER, J.O.P.C., E.J.R.R., O.R.Y., C.A.R.R., titulares de la cédula de identidad número 15.025.462, 6.902.318 6.920.357, 10.633.625, 10.542.473, 10.111.833, 4.526.997, 6.249.975, 7.925.804, 6.106.373, 6.276.005, 6.139.356, 10.510.574, 14.008.001, 13.408.980, 3.441.541, 9.587.404 y 9.411.317, respectivamente, remitiéndoles copia certificada de la sentencia N° 166 dictada en fecha 13 de octubre de 2014. Líbrese Boletas.

Finalmente, dando cumplimiento a la Sentencia N° 166 de fecha 13 de octubre de 2014, se acuerda libra Oficio al C.N.E. a los fines de notificarlo del referido fallo. Remítase copia certificada del mencionado fallo. Libre Oficio.

El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA

La Secretaria,

P.C.G.

Exp. AA70-E-2014-000022

FRVT/pc

Caracas, 20 de octubre de 2014

Oficio Nº 14-568

Ciudadana

L.O. DÍAZ

FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Su Despacho

Tengo a bien dirigirme a usted a fin de notificarle que esta Sala Electoral en fecha 13 de octubre de 2014 dictó Sentencia N° 166 en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por el abogado P.Á., titular de la cédula de identidad número 4.347.170 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 20.473, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos V.C.G.E., F.A.T., A.A.U.A., O.A.N.V., M.A.T.H., M.V.V., R.A.E.B., P.J.L.L., G.E.D.D.S., V.T.M.Q., L.Y.M.P., P.A.A.P., V.M.P.P., Y.D.C.R.D.C., E.E.G.C., M.I.R.G., R.S.M.Q., MARYORY G.P., MORELA PINTO DE ESTABA, S.M.T.P. y E.A.O., titulares de la cédula de identidad número 3.688.641, 8.949.892, 11.663.503, 6.908.043, 12.784.577, 10.513.807, 6.276.281, 5.451.891, 4.322.881, 10.117.621, 13.748.153, 6.275.775, 11.924.812, 10.713.289, 9.929.020, 6.152.522, 6.447.059, 11.923.051, 5.565.109, 15.507.118 y 10.823.496, respectivamente, contra el Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND). En dicho fallo esta Sala Electoral declaró: 1.- CON LUGAR la solicitud de convocatoria a elecciones presentada y 2.- ORDENÓ a los integrantes del actual Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND), que dentro de los tres (03) días siguientes procedan a la convocatoria del proceso para la renovación de las autoridades de la organización sindical, debiendo cumplirse posteriormente los trámites previstos en las Normas para Garantizar los Derechos Humanos de los Trabajadores y Trabajadoras en las Elecciones Sindicales y en las Normas sobre Asesoría Técnica y Apoyo Logístico en Materia de Elecciones Sindicales. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia.

Atentamente,

F.R.V.T.

Presidente de la Sala Electoral

Se anexa: Lo indicado

EXP. Nº AA70-E-2014-000022

FRVT

BOLETA

Caracas, 20 de octubre de 2014

204º y 155º

SE HACE SABER:

A los MIEMBROS DEL COMITÉ EJECUTIVO DEL SINDICATO UNITARIO NACIONAL DE EMPLEADOS PÚBLICOS, PROFESIONALES, TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS DEL SECTOR DEPORTE Y RECREACIÓN SOCIAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES (SUNEP-IND), integrada por los ciudadanos C.M., A.B., E.J., L.M., A.Y., Y.N., A.C., L.B., C.C. y J.A., titulares de la cédula de identidad N° 3.142.819, 6.434.523, 8.553.081, 3.859.694, 5.230.243, 5.016.872, 6.018.368, 10.118.891, 6.903.122 y 3.845.768, que esta Sala Electoral en fecha 13 de octubre de 2014 dictó Sentencia N° 166 en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por el abogado P.Á., titular de la cédula de identidad número 4.347.170 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 20.473, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos de los ciudadanos V.C.G.E., F.A.T., A.A.U.A., O.A.N.V., M.A.T.H., M.V.V., R.A.E.B., P.J.L.L., G.E.D.D.S., V.T.M.Q., L.Y.M.P., P.A.A.P., V.M.P.P., Y.D.C.R.D.C., E.E.G.C., M.I.R.G., R.S.M.Q., MARYORY G.P., MORELA PINTO DE ESTABA, S.M.T.P. y E.A.O., titulares de la cédula de identidad números 3.688.641, 8.949.892, 11.663.503, 6.908.043, 12.784.577, 10.513.807, 6.276.281, 5.451.891, 4.322.881, 10.117.621, 13.748.153, 6.275.775, 11.924.812, 10.713.289, 9.929.020, 6.152.522, 6.447.059, 11.923.051, 5.565.109, 15.507.118 y 10.823.496, respectivamente, contra el Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND). En dicho fallo esta Sala Electoral declaró: 1.- CON LUGAR la solicitud de convocatoria a elecciones presentada y 2.- ORDENÓ a los integrantes del actual Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND), que dentro de los tres (03) días siguientes procedan a la convocatoria del proceso para la renovación de las autoridades de la organización sindical, debiendo cumplirse posteriormente los trámites previstos en las Normas para Garantizar los Derechos Humanos de los Trabajadores y Trabajadoras en las Elecciones Sindicales y en las Normas sobre Asesoría Técnica y Apoyo Logístico en Materia de Elecciones Sindicales. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia.

Se servirán firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

El Presidente,

F.R.V.T.

La Secretaria,

P.C.G.

Firma:________________

Fecha:________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2014-000022

FRVT/pc

BOLETA

Caracas, 20 de octubre de 2014

204º y 155º

SE HACE SABER:

A los ciudadanos V.C.G.E., F.A.T., A.A.U.A., O.A.N.V., M.A.T.H., M.V.V., R.A.E.B., P.J.L.L., G.E.D.D.S., V.T.M.Q., L.Y.M.P., P.A.A.P., V.M.P.P., Y.D.C.R.D.C., E.E.G.C., M.I.R.G., R.S.M.Q., MARYORY G.P., MORELA PINTO DE ESTABA, S.M.T.P. y E.A.O., titulares de la cédula de identidad número 3.688.641, 8.949.892, 11.663.503, 6.908.043, 12.784.577, 10.513.807, 6.276.281, 5.451.891, 4.322.881, 10.117.621, 13.748.153, 6.275.775, 11.924.812, 10.713.289, 9.929.020, 6.152.522, 6.447.059, 11.923.051, 5.565.109, 15.507.118 y 10.823.496, respectivamente, y/o sus apoderados judiciales abogados P.Á. y A.M., inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 20.473 y 116.805, respectivamente, que esta Sala Electoral en fecha 13 de octubre de 2014 dictó Sentencia N° 166 en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por Ustedes, contra el Comité Ejecutivo del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND). En dicho fallo esta Sala Electoral declaró: 1.- CON LUGAR la solicitud de convocatoria a elecciones presentada y 2.- ORDENÓ a los integrantes del actual Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND), que dentro de los tres (03) días siguientes procedan a la convocatoria del proceso para la renovación de las autoridades de la organización sindical, debiendo cumplirse posteriormente los trámites previstos en las Normas para Garantizar los Derechos Humanos de los Trabajadores y Trabajadoras en las Elecciones Sindicales y en las Normas sobre Asesoría Técnica y Apoyo Logístico en Materia de Elecciones Sindicales. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia. Se servirán firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

El Presidente,

F.R.V.T.

La Secretaria,

P.C.G.

Firma:________________

Fecha:________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2014-000022

FRVT/pc

BOLETA

Caracas, 20 de octubre de 2014

204º y 155º

SE HACE SABER:

A la ciudadana E.J.N.G., titular de la cédula de identidad número 15.025.462, que esta Sala Electoral en fecha 13 de octubre de 2014 dictó Sentencia N° 166 en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por el abogado P.Á., titular de la cédula de identidad número 4.347.170 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 20.473, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos V.C.G.E., F.A.T., A.A.U.A., O.A.N.V., M.A.T.H., M.V.V., R.A.E.B., P.J.L.L., G.E.D.D.S., V.T.M.Q., L.Y.M.P., P.A.A.P., V.M.P.P., Y.D.C.R.D.C., E.E.G.C., M.I.R.G., R.S.M.Q., MARYORY G.P., MORELA PINTO DE ESTABA, S.M.T.P. y E.A.O., titulares de la cédula de identidad número 3.688.641, 8.949.892, 11.663.503, 6.908.043, 12.784.577, 10.513.807, 6.276.281, 5.451.891, 4.322.881, 10.117.621, 13.748.153, 6.275.775, 11.924.812, 10.713.289, 9.929.020, 6.152.522, 6.447.059, 11.923.051, 5.565.109, 15.507.118 y 10.823.496, respectivamente, contra el Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND). En dicho fallo esta Sala Electoral declaró: 1.- CON LUGAR la solicitud de convocatoria a elecciones presentada y 2.- ORDENÓ a los integrantes del actual Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND), que dentro de los tres (03) días siguientes procedan a la convocatoria del proceso para la renovación de las autoridades de la organización sindical, debiendo cumplirse posteriormente los trámites previstos en las Normas para Garantizar los Derechos Humanos de los Trabajadores y Trabajadoras en las Elecciones Sindicales y en las Normas sobre Asesoría Técnica y Apoyo Logístico en Materia de Elecciones Sindicales. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

El Presidente,

F.R.V.T.

La Secretaria,

P.C.G.

Firma:________________

Fecha:________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2014-000022

FRVT/pc

BOLETA

Caracas, 20 de octubre de 2014

204º y 155º

SE HACE SABER:

A la ciudadana E.J.M.V., titular de la cédula de identidad número 6.902.318, que esta Sala Electoral en fecha 13 de octubre de 2014 dictó Sentencia N° 166 en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por el abogado P.Á., titular de la cédula de identidad número 4.347.170 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 20.473, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos V.C.G.E., F.A.T., A.A.U.A., O.A.N.V., M.A.T.H., M.V.V., R.A.E.B., P.J.L.L., G.E.D.D.S., V.T.M.Q., L.Y.M.P., P.A.A.P., V.M.P.P., Y.D.C.R.D.C., E.E.G.C., M.I.R.G., R.S.M.Q., MARYORY G.P., MORELA PINTO DE ESTABA, S.M.T.P. y E.A.O., titulares de la cédula de identidad número 3.688.641, 8.949.892, 11.663.503, 6.908.043, 12.784.577, 10.513.807, 6.276.281, 5.451.891, 4.322.881, 10.117.621, 13.748.153, 6.275.775, 11.924.812, 10.713.289, 9.929.020, 6.152.522, 6.447.059, 11.923.051, 5.565.109, 15.507.118 y 10.823.496, respectivamente, contra el Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND). En dicho fallo esta Sala Electoral declaró: 1.- CON LUGAR la solicitud de convocatoria a elecciones presentada y 2.- ORDENÓ a los integrantes del actual Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND), que dentro de los tres (03) días siguientes procedan a la convocatoria del proceso para la renovación de las autoridades de la organización sindical, debiendo cumplirse posteriormente los trámites previstos en las Normas para Garantizar los Derechos Humanos de los Trabajadores y Trabajadoras en las Elecciones Sindicales y en las Normas sobre Asesoría Técnica y Apoyo Logístico en Materia de Elecciones Sindicales. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

El Presidente,

F.R.V.T.

La Secretaria,

P.C.G.

Firma:________________

Fecha:________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2014-000022

FRVT/pc

BOLETA

Caracas, 20 de octubre de 2014

204º y 155º

SE HACE SABER:

A la ciudadana L.J.G.R., titular de la cédula de identidad número 6.920.357, que esta Sala Electoral en fecha 13 de octubre de 2014 dictó Sentencia N° 166 en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por el abogado P.Á., titular de la cédula de identidad número 4.347.170 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 20.473, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos V.C.G.E., F.A.T., A.A.U.A., O.A.N.V., M.A.T.H., M.V.V., R.A.E.B., P.J.L.L., G.E.D.D.S., V.T.M.Q., L.Y.M.P., P.A.A.P., V.M.P.P., Y.D.C.R.D.C., E.E.G.C., M.I.R.G., R.S.M.Q., MARYORY G.P., MORELA PINTO DE ESTABA, S.M.T.P. y E.A.O., titulares de la cédula de identidad número 3.688.641, 8.949.892, 11.663.503, 6.908.043, 12.784.577, 10.513.807, 6.276.281, 5.451.891, 4.322.881, 10.117.621, 13.748.153, 6.275.775, 11.924.812, 10.713.289, 9.929.020, 6.152.522, 6.447.059, 11.923.051, 5.565.109, 15.507.118 y 10.823.496, respectivamente, contra el Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND). En dicho fallo esta Sala Electoral declaró: 1.- CON LUGAR la solicitud de convocatoria a elecciones presentada y 2.- ORDENÓ a los integrantes del actual Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND), que dentro de los tres (03) días siguientes procedan a la convocatoria del proceso para la renovación de las autoridades de la organización sindical, debiendo cumplirse posteriormente los trámites previstos en las Normas para Garantizar los Derechos Humanos de los Trabajadores y Trabajadoras en las Elecciones Sindicales y en las Normas sobre Asesoría Técnica y Apoyo Logístico en Materia de Elecciones Sindicales. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

El Presidente,

F.R.V.T.

La Secretaria,

P.C.G.

Firma:________________

Fecha:________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2014-000022

FRVT/pc

BOLETA

Caracas, 20 de octubre de 2014

204º y 155º

SE HACE SABER:

A la ciudadana YOLIMAR G.R., titular de la cédula de identidad número 10.633.625, que esta Sala Electoral en fecha 13 de octubre de 2014 dictó Sentencia N° 166 en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por el abogado P.Á., titular de la cédula de identidad número 4.347.170 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 20.473, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos V.C.G.E., F.A.T., A.A.U.A., O.A.N.V., M.A.T.H., M.V.V., R.A.E.B., P.J.L.L., G.E.D.D.S., V.T.M.Q., L.Y.M.P., P.A.A.P., V.M.P.P., Y.D.C.R.D.C., E.E.G.C., M.I.R.G., R.S.M.Q., MARYORY G.P., MORELA PINTO DE ESTABA, S.M.T.P. y E.A.O., titulares de la cédula de identidad número 3.688.641, 8.949.892, 11.663.503, 6.908.043, 12.784.577, 10.513.807, 6.276.281, 5.451.891, 4.322.881, 10.117.621, 13.748.153, 6.275.775, 11.924.812, 10.713.289, 9.929.020, 6.152.522, 6.447.059, 11.923.051, 5.565.109, 15.507.118 y 10.823.496, respectivamente, contra el Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND). En dicho fallo esta Sala Electoral declaró: 1.- CON LUGAR la solicitud de convocatoria a elecciones presentada y 2.- ORDENÓ a los integrantes del actual Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND), que dentro de los tres (03) días siguientes procedan a la convocatoria del proceso para la renovación de las autoridades de la organización sindical, debiendo cumplirse posteriormente los trámites previstos en las Normas para Garantizar los Derechos Humanos de los Trabajadores y Trabajadoras en las Elecciones Sindicales y en las Normas sobre Asesoría Técnica y Apoyo Logístico en Materia de Elecciones Sindicales. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia. Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

El Presidente,

F.R.V.T.

La Secretaria,

P.C.G.

Firma:________________

Fecha:________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2014-000022

FRVT/pc

BOLETA

Caracas, 20 de octubre de 2014

204º y 155º

SE HACE SABER:

A la ciudadana L.B.D.D., titular de la cédula de identidad número 10.542.473, que esta Sala Electoral en fecha 13 de octubre de 2014 dictó Sentencia N° 166 en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por el abogado P.Á., titular de la cédula de identidad número 4.347.170 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 20.473, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos V.C.G.E., F.A.T., A.A.U.A., O.A.N.V., M.A.T.H., M.V.V., R.A.E.B., P.J.L.L., G.E.D.D.S., V.T.M.Q., L.Y.M.P., P.A.A.P., V.M.P.P., Y.D.C.R.D.C., E.E.G.C., M.I.R.G., R.S.M.Q., MARYORY G.P., MORELA PINTO DE ESTABA, S.M.T.P. y E.A.O., titulares de la cédula de identidad número 3.688.641, 8.949.892, 11.663.503, 6.908.043, 12.784.577, 10.513.807, 6.276.281, 5.451.891, 4.322.881, 10.117.621, 13.748.153, 6.275.775, 11.924.812, 10.713.289, 9.929.020, 6.152.522, 6.447.059, 11.923.051, 5.565.109, 15.507.118 y 10.823.496, respectivamente, contra el Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND). En dicho fallo esta Sala Electoral declaró: 1.- CON LUGAR la solicitud de convocatoria a elecciones presentada y 2.- ORDENÓ a los integrantes del actual Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND), que dentro de los tres (03) días siguientes procedan a la convocatoria del proceso para la renovación de las autoridades de la organización sindical, debiendo cumplirse posteriormente los trámites previstos en las Normas para Garantizar los Derechos Humanos de los Trabajadores y Trabajadoras en las Elecciones Sindicales y en las Normas sobre Asesoría Técnica y Apoyo Logístico en Materia de Elecciones Sindicales. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

El Presidente,

F.R.V.T.

La Secretaria,

P.C.G.

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BOLETA

Caracas, 20 de octubre de 2014

204º y 155º

SE HACE SABER:

A la ciudadana M.C.G.N., titular de la cédula de identidad número 10.111.833, que esta Sala Electoral en fecha 13 de octubre de 2014 dictó Sentencia N° 166 en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por el abogado P.Á., titular de la cédula de identidad número 4.347.170 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 20.473, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos V.C.G.E., F.A.T., A.A.U.A., O.A.N.V., M.A.T.H., M.V.V., R.A.E.B., P.J.L.L., G.E.D.D.S., V.T.M.Q., L.Y.M.P., P.A.A.P., V.M.P.P., Y.D.C.R.D.C., E.E.G.C., M.I.R.G., R.S.M.Q., MARYORY G.P., MORELA PINTO DE ESTABA, S.M.T.P. y E.A.O., titulares de la cédula de identidad número 3.688.641, 8.949.892, 11.663.503, 6.908.043, 12.784.577, 10.513.807, 6.276.281, 5.451.891, 4.322.881, 10.117.621, 13.748.153, 6.275.775, 11.924.812, 10.713.289, 9.929.020, 6.152.522, 6.447.059, 11.923.051, 5.565.109, 15.507.118 y 10.823.496, respectivamente, contra el Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND). En dicho fallo esta Sala Electoral declaró: 1.- CON LUGAR la solicitud de convocatoria a elecciones presentada y 2.- ORDENÓ a los integrantes del actual Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND), que dentro de los tres (03) días siguientes procedan a la convocatoria del proceso para la renovación de las autoridades de la organización sindical, debiendo cumplirse posteriormente los trámites previstos en las Normas para Garantizar los Derechos Humanos de los Trabajadores y Trabajadoras en las Elecciones Sindicales y en las Normas sobre Asesoría Técnica y Apoyo Logístico en Materia de Elecciones Sindicales. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

El Presidente,

F.R.V.T.

La Secretaria,

P.C.G.

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Se anexa lo indicado

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BOLETA

Caracas, 20 de octubre de 2014

204º y 155º

SE HACE SABER:

A la ciudadana C.A.P.M., titular de la cédula de identidad número 4.526.997, que esta Sala Electoral en fecha 13 de octubre de 2014 dictó Sentencia N° 166 en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por el abogado P.Á., titular de la cédula de identidad número 4.347.170 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 20.473, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos V.C.G.E., F.A.T., A.A.U.A., O.A.N.V., M.A.T.H., M.V.V., R.A.E.B., P.J.L.L., G.E.D.D.S., V.T.M.Q., L.Y.M.P., P.A.A.P., V.M.P.P., Y.D.C.R.D.C., E.E.G.C., M.I.R.G., R.S.M.Q., MARYORY G.P., MORELA PINTO DE ESTABA, S.M.T.P. y E.A.O., titulares de la cédula de identidad número 3.688.641, 8.949.892, 11.663.503, 6.908.043, 12.784.577, 10.513.807, 6.276.281, 5.451.891, 4.322.881, 10.117.621, 13.748.153, 6.275.775, 11.924.812, 10.713.289, 9.929.020, 6.152.522, 6.447.059, 11.923.051, 5.565.109, 15.507.118 y 10.823.496, respectivamente, contra el Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND). En dicho fallo esta Sala Electoral declaró: 1.- CON LUGAR la solicitud de convocatoria a elecciones presentada y 2.- ORDENÓ a los integrantes del actual Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND), que dentro de los tres (03) días siguientes procedan a la convocatoria del proceso para la renovación de las autoridades de la organización sindical, debiendo cumplirse posteriormente los trámites previstos en las Normas para Garantizar los Derechos Humanos de los Trabajadores y Trabajadoras en las Elecciones Sindicales y en las Normas sobre Asesoría Técnica y Apoyo Logístico en Materia de Elecciones Sindicales. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

El Presidente,

F.R.V.T.

La Secretaria,

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Se anexa lo indicado

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Caracas, 20 de octubre de 2014

204º y 155º

SE HACE SABER:

Al ciudadano W.R.G.C., titular de la cédula de identidad número 6.249.975, que esta Sala Electoral en fecha 13 de octubre de 2014 dictó Sentencia N° 166 en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por el abogado P.Á., titular de la cédula de identidad número 4.347.170 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 20.473, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos V.C.G.E., F.A.T., A.A.U.A., O.A.N.V., M.A.T.H., M.V.V., R.A.E.B., P.J.L.L., G.E.D.D.S., V.T.M.Q., L.Y.M.P., P.A.A.P., V.M.P.P., Y.D.C.R.D.C., E.E.G.C., M.I.R.G., R.S.M.Q., MARYORY G.P., MORELA PINTO DE ESTABA, S.M.T.P. y E.A.O., titulares de la cédula de identidad número 3.688.641, 8.949.892, 11.663.503, 6.908.043, 12.784.577, 10.513.807, 6.276.281, 5.451.891, 4.322.881, 10.117.621, 13.748.153, 6.275.775, 11.924.812, 10.713.289, 9.929.020, 6.152.522, 6.447.059, 11.923.051, 5.565.109, 15.507.118 y 10.823.496, respectivamente, contra el Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND). En dicho fallo esta Sala Electoral declaró: 1.- CON LUGAR la solicitud de convocatoria a elecciones presentada y 2.- ORDENÓ a los integrantes del actual Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND), que dentro de los tres (03) días siguientes procedan a la convocatoria del proceso para la renovación de las autoridades de la organización sindical, debiendo cumplirse posteriormente los trámites previstos en las Normas para Garantizar los Derechos Humanos de los Trabajadores y Trabajadoras en las Elecciones Sindicales y en las Normas sobre Asesoría Técnica y Apoyo Logístico en Materia de Elecciones Sindicales. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia. Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

El Presidente,

F.R.V.T.

La Secretaria,

P.C.G.

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Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2014-000022

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BOLETA

Caracas, 20 de octubre de 2014

204º y 155º

SE HACE SABER:

A la ciudadana C.D.C.B.M., titular de la cédula de identidad número 7.925.804, que esta Sala Electoral en fecha 13 de octubre de 2014 dictó Sentencia N° 166 en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por el abogado P.Á., titular de la cédula de identidad número 4.347.170 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 20.473, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos V.C.G.E., F.A.T., A.A.U.A., O.A.N.V., M.A.T.H., M.V.V., R.A.E.B., P.J.L.L., G.E.D.D.S., V.T.M.Q., L.Y.M.P., P.A.A.P., V.M.P.P., Y.D.C.R.D.C., E.E.G.C., M.I.R.G., R.S.M.Q., MARYORY G.P., MORELA PINTO DE ESTABA, S.M.T.P. y E.A.O., titulares de la cédula de identidad número 3.688.641, 8.949.892, 11.663.503, 6.908.043, 12.784.577, 10.513.807, 6.276.281, 5.451.891, 4.322.881, 10.117.621, 13.748.153, 6.275.775, 11.924.812, 10.713.289, 9.929.020, 6.152.522, 6.447.059, 11.923.051, 5.565.109, 15.507.118 y 10.823.496, respectivamente, contra el Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND). En dicho fallo esta Sala Electoral declaró: 1.- CON LUGAR la solicitud de convocatoria a elecciones presentada y 2.- ORDENÓ a los integrantes del actual Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND), que dentro de los tres (03) días siguientes procedan a la convocatoria del proceso para la renovación de las autoridades de la organización sindical, debiendo cumplirse posteriormente los trámites previstos en las Normas para Garantizar los Derechos Humanos de los Trabajadores y Trabajadoras en las Elecciones Sindicales y en las Normas sobre Asesoría Técnica y Apoyo Logístico en Materia de Elecciones Sindicales. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

El Presidente,

F.R.V.T.

La Secretaria,

P.C.G.

Firma:________________

Fecha:________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2014-000022

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BOLETA

Caracas, 20 de octubre de 2014

204º y 155º

SE HACE SABER:

Al ciudadano J.C.M., titular de la cédula de identidad número 6.106.373, que esta Sala Electoral en fecha 13 de octubre de 2014 dictó Sentencia N° 166 en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por el abogado P.Á., titular de la cédula de identidad número 4.347.170 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 20.473, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos V.C.G.E., F.A.T., A.A.U.A., O.A.N.V., M.A.T.H., M.V.V., R.A.E.B., P.J.L.L., G.E.D.D.S., V.T.M.Q., L.Y.M.P., P.A.A.P., V.M.P.P., Y.D.C.R.D.C., E.E.G.C., M.I.R.G., R.S.M.Q., MARYORY G.P., MORELA PINTO DE ESTABA, S.M.T.P. y E.A.O., titulares de la cédula de identidad número 3.688.641, 8.949.892, 11.663.503, 6.908.043, 12.784.577, 10.513.807, 6.276.281, 5.451.891, 4.322.881, 10.117.621, 13.748.153, 6.275.775, 11.924.812, 10.713.289, 9.929.020, 6.152.522, 6.447.059, 11.923.051, 5.565.109, 15.507.118 y 10.823.496, respectivamente, contra el Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND). En dicho fallo esta Sala Electoral declaró: 1.- CON LUGAR la solicitud de convocatoria a elecciones presentada y 2.- ORDENÓ a los integrantes del actual Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND), que dentro de los tres (03) días siguientes procedan a la convocatoria del proceso para la renovación de las autoridades de la organización sindical, debiendo cumplirse posteriormente los trámites previstos en las Normas para Garantizar los Derechos Humanos de los Trabajadores y Trabajadoras en las Elecciones Sindicales y en las Normas sobre Asesoría Técnica y Apoyo Logístico en Materia de Elecciones Sindicales. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

El Presidente,

F.R.V.T.

La Secretaria,

P.C.G.

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Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2014-000022

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BOLETA

Caracas, 20 de octubre de 2014

204º y 155º

SE HACE SABER:

Al ciudadano O.R.C.F., titular de la cédula de identidad número 6.276.005, que esta Sala Electoral en fecha 13 de octubre de 2014 dictó Sentencia N° 166 en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por el abogado P.Á., titular de la cédula de identidad número 4.347.170 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 20.473, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos V.C.G.E., F.A.T., A.A.U.A., O.A.N.V., M.A.T.H., M.V.V., R.A.E.B., P.J.L.L., G.E.D.D.S., V.T.M.Q., L.Y.M.P., P.A.A.P., V.M.P.P., Y.D.C.R.D.C., E.E.G.C., M.I.R.G., R.S.M.Q., MARYORY G.P., MORELA PINTO DE ESTABA, S.M.T.P. y E.A.O., titulares de la cédula de identidad número 3.688.641, 8.949.892, 11.663.503, 6.908.043, 12.784.577, 10.513.807, 6.276.281, 5.451.891, 4.322.881, 10.117.621, 13.748.153, 6.275.775, 11.924.812, 10.713.289, 9.929.020, 6.152.522, 6.447.059, 11.923.051, 5.565.109, 15.507.118 y 10.823.496, respectivamente, contra el Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND). En dicho fallo esta Sala Electoral declaró: 1.- CON LUGAR la solicitud de convocatoria a elecciones presentada y 2.- ORDENÓ a los integrantes del actual Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND), que dentro de los tres (03) días siguientes procedan a la convocatoria del proceso para la renovación de las autoridades de la organización sindical, debiendo cumplirse posteriormente los trámites previstos en las Normas para Garantizar los Derechos Humanos de los Trabajadores y Trabajadoras en las Elecciones Sindicales y en las Normas sobre Asesoría Técnica y Apoyo Logístico en Materia de Elecciones Sindicales. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

El Presidente,

F.R.V.T.

La Secretaria,

P.C.G.

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Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2014-000022

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BOLETA

Caracas, 20 de octubre de 2014

204º y 155º

SE HACE SABER:

A la ciudadana KEYDA E.F.D.R., titular de la cédula de identidad número 6.139.356, que esta Sala Electoral en fecha 13 de octubre de 2014 dictó Sentencia N° 166 en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por el abogado P.Á., titular de la cédula de identidad número 4.347.170 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 20.473, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos V.C.G.E., F.A.T., A.A.U.A., O.A.N.V., M.A.T.H., M.V.V., R.A.E.B., P.J.L.L., G.E.D.D.S., V.T.M.Q., L.Y.M.P., P.A.A.P., V.M.P.P., Y.D.C.R.D.C., E.E.G.C., M.I.R.G., R.S.M.Q., MARYORY G.P., MORELA PINTO DE ESTABA, S.M.T.P. y E.A.O., titulares de la cédula de identidad número 3.688.641, 8.949.892, 11.663.503, 6.908.043, 12.784.577, 10.513.807, 6.276.281, 5.451.891, 4.322.881, 10.117.621, 13.748.153, 6.275.775, 11.924.812, 10.713.289, 9.929.020, 6.152.522, 6.447.059, 11.923.051, 5.565.109, 15.507.118 y 10.823.496, respectivamente, contra el Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND). En dicho fallo esta Sala Electoral declaró: 1.- CON LUGAR la solicitud de convocatoria a elecciones presentada y 2.- ORDENÓ a los integrantes del actual Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND), que dentro de los tres (03) días siguientes procedan a la convocatoria del proceso para la renovación de las autoridades de la organización sindical, debiendo cumplirse posteriormente los trámites previstos en las Normas para Garantizar los Derechos Humanos de los Trabajadores y Trabajadoras en las Elecciones Sindicales y en las Normas sobre Asesoría Técnica y Apoyo Logístico en Materia de Elecciones Sindicales. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia. Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

El Presidente,

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Caracas, 20 de octubre de 2014

204º y 155º

SE HACE SABER:

A la ciudadana S.A.A.O., titular de la cédula de identidad número 10.510.574, que esta Sala Electoral en fecha 13 de octubre de 2014 dictó Sentencia N° 166 en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por el abogado P.Á., titular de la cédula de identidad número 4.347.170 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 20.473, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos V.C.G.E., F.A.T., A.A.U.A., O.A.N.V., M.A.T.H., M.V.V., R.A.E.B., P.J.L.L., G.E.D.D.S., V.T.M.Q., L.Y.M.P., P.A.A.P., V.M.P.P., Y.D.C.R.D.C., E.E.G.C., M.I.R.G., R.S.M.Q., MARYORY G.P., MORELA PINTO DE ESTABA, S.M.T.P. y E.A.O., titulares de la cédula de identidad número 3.688.641, 8.949.892, 11.663.503, 6.908.043, 12.784.577, 10.513.807, 6.276.281, 5.451.891, 4.322.881, 10.117.621, 13.748.153, 6.275.775, 11.924.812, 10.713.289, 9.929.020, 6.152.522, 6.447.059, 11.923.051, 5.565.109, 15.507.118 y 10.823.496, respectivamente, contra el Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND). En dicho fallo esta Sala Electoral declaró: 1.- CON LUGAR la solicitud de convocatoria a elecciones presentada y 2.- ORDENÓ a los integrantes del actual Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND), que dentro de los tres (03) días siguientes procedan a la convocatoria del proceso para la renovación de las autoridades de la organización sindical, debiendo cumplirse posteriormente los trámites previstos en las Normas para Garantizar los Derechos Humanos de los Trabajadores y Trabajadoras en las Elecciones Sindicales y en las Normas sobre Asesoría Técnica y Apoyo Logístico en Materia de Elecciones Sindicales. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

El Presidente,

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FRVT/pc

BOLETA

Caracas, 20 de octubre de 2014

204º y 155º

SE HACE SABER:

Al ciudadano ALIBRANDY OYER, titular de la cédula de identidad número 14.008.001, que esta Sala Electoral en fecha 13 de octubre de 2014 dictó Sentencia N° 166 en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por el abogado P.Á., titular de la cédula de identidad número 4.347.170 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 20.473, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos V.C.G.E., F.A.T., A.A.U.A., O.A.N.V., M.A.T.H., M.V.V., R.A.E.B., P.J.L.L., G.E.D.D.S., V.T.M.Q., L.Y.M.P., P.A.A.P., V.M.P.P., Y.D.C.R.D.C., E.E.G.C., M.I.R.G., R.S.M.Q., MARYORY G.P., MORELA PINTO DE ESTABA, S.M.T.P. y E.A.O., titulares de la cédula de identidad número 3.688.641, 8.949.892, 11.663.503, 6.908.043, 12.784.577, 10.513.807, 6.276.281, 5.451.891, 4.322.881, 10.117.621, 13.748.153, 6.275.775, 11.924.812, 10.713.289, 9.929.020, 6.152.522, 6.447.059, 11.923.051, 5.565.109, 15.507.118 y 10.823.496, respectivamente, contra el Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND). En dicho fallo esta Sala Electoral declaró: 1.- CON LUGAR la solicitud de convocatoria a elecciones presentada y 2.- ORDENÓ a los integrantes del actual Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND), que dentro de los tres (03) días siguientes procedan a la convocatoria del proceso para la renovación de las autoridades de la organización sindical, debiendo cumplirse posteriormente los trámites previstos en las Normas para Garantizar los Derechos Humanos de los Trabajadores y Trabajadoras en las Elecciones Sindicales y en las Normas sobre Asesoría Técnica y Apoyo Logístico en Materia de Elecciones Sindicales. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

El Presidente,

F.R.V.T.

La Secretaria,

P.C.G.

Firma:________________

Fecha:________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2014-000022

FRVT/pc

BOLETA

Caracas, 20 de octubre de 2014

204º y 155º

SE HACE SABER:

Al ciudadano J.O.P.C., titular de la cédula de identidad número 13.408.980, que esta Sala Electoral en fecha 13 de octubre de 2014 dictó Sentencia N° 166 en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por el abogado P.Á., titular de la cédula de identidad número 4.347.170 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 20.473, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos V.C.G.E., F.A.T., A.A.U.A., O.A.N.V., M.A.T.H., M.V.V., R.A.E.B., P.J.L.L., G.E.D.D.S., V.T.M.Q., L.Y.M.P., P.A.A.P., V.M.P.P., Y.D.C.R.D.C., E.E.G.C., M.I.R.G., R.S.M.Q., MARYORY G.P., MORELA PINTO DE ESTABA, S.M.T.P. y E.A.O., titulares de la cédula de identidad número 3.688.641, 8.949.892, 11.663.503, 6.908.043, 12.784.577, 10.513.807, 6.276.281, 5.451.891, 4.322.881, 10.117.621, 13.748.153, 6.275.775, 11.924.812, 10.713.289, 9.929.020, 6.152.522, 6.447.059, 11.923.051, 5.565.109, 15.507.118 y 10.823.496, respectivamente, contra el Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND). En dicho fallo esta Sala Electoral declaró: 1.- CON LUGAR la solicitud de convocatoria a elecciones presentada y 2.- ORDENÓ a los integrantes del actual Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND), que dentro de los tres (03) días siguientes procedan a la convocatoria del proceso para la renovación de las autoridades de la organización sindical, debiendo cumplirse posteriormente los trámites previstos en las Normas para Garantizar los Derechos Humanos de los Trabajadores y Trabajadoras en las Elecciones Sindicales y en las Normas sobre Asesoría Técnica y Apoyo Logístico en Materia de Elecciones Sindicales. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

El Presidente,

F.R.V.T.

La Secretaria,

P.C.G.

Firma:________________

Fecha:________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2014-000022

FRVT/pc

BOLETA

Caracas, 20 de octubre de 2014

204º y 155º

SE HACE SABER:

Al ciudadano E.J.R.R., titular de la cédula de identidad número 3.441.541, que esta Sala Electoral en fecha 13 de octubre de 2014 dictó Sentencia N° 166 en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por el abogado P.Á., titular de la cédula de identidad número 4.347.170 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 20.473, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos V.C.G.E., F.A.T., A.A.U.A., O.A.N.V., M.A.T.H., M.V.V., R.A.E.B., P.J.L.L., G.E.D.D.S., V.T.M.Q., L.Y.M.P., P.A.A.P., V.M.P.P., Y.D.C.R.D.C., E.E.G.C., M.I.R.G., R.S.M.Q., MARYORY G.P., MORELA PINTO DE ESTABA, S.M.T.P. y E.A.O., titulares de la cédula de identidad número 3.688.641, 8.949.892, 11.663.503, 6.908.043, 12.784.577, 10.513.807, 6.276.281, 5.451.891, 4.322.881, 10.117.621, 13.748.153, 6.275.775, 11.924.812, 10.713.289, 9.929.020, 6.152.522, 6.447.059, 11.923.051, 5.565.109, 15.507.118 y 10.823.496, respectivamente, contra el Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND). En dicho fallo esta Sala Electoral declaró: 1.- CON LUGAR la solicitud de convocatoria a elecciones presentada y 2.- ORDENÓ a los integrantes del actual Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND), que dentro de los tres (03) días siguientes procedan a la convocatoria del proceso para la renovación de las autoridades de la organización sindical, debiendo cumplirse posteriormente los trámites previstos en las Normas para Garantizar los Derechos Humanos de los Trabajadores y Trabajadoras en las Elecciones Sindicales y en las Normas sobre Asesoría Técnica y Apoyo Logístico en Materia de Elecciones Sindicales. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia. Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

El Presidente,

F.R.V.T.

La Secretaria,

P.C.G.

Firma:________________

Fecha:________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2014-000022

FRVT/pc

BOLETA

Caracas, 20 de octubre de 2014

204º y 155º

SE HACE SABER:

Al ciudadano O.R.Y., titular de la cédula de identidad número 9.587.404, que esta Sala Electoral en fecha 13 de octubre de 2014 dictó Sentencia N° 166 en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por el abogado P.Á., titular de la cédula de identidad número 4.347.170 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 20.473, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos V.C.G.E., F.A.T., A.A.U.A., O.A.N.V., M.A.T.H., M.V.V., R.A.E.B., P.J.L.L., G.E.D.D.S., V.T.M.Q., L.Y.M.P., P.A.A.P., V.M.P.P., Y.D.C.R.D.C., E.E.G.C., M.I.R.G., R.S.M.Q., MARYORY G.P., MORELA PINTO DE ESTABA, S.M.T.P. y E.A.O., titulares de la cédula de identidad número 3.688.641, 8.949.892, 11.663.503, 6.908.043, 12.784.577, 10.513.807, 6.276.281, 5.451.891, 4.322.881, 10.117.621, 13.748.153, 6.275.775, 11.924.812, 10.713.289, 9.929.020, 6.152.522, 6.447.059, 11.923.051, 5.565.109, 15.507.118 y 10.823.496, respectivamente, contra el Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND). En dicho fallo esta Sala Electoral declaró: 1.- CON LUGAR la solicitud de convocatoria a elecciones presentada y 2.- ORDENÓ a los integrantes del actual Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND), que dentro de los tres (03) días siguientes procedan a la convocatoria del proceso para la renovación de las autoridades de la organización sindical, debiendo cumplirse posteriormente los trámites previstos en las Normas para Garantizar los Derechos Humanos de los Trabajadores y Trabajadoras en las Elecciones Sindicales y en las Normas sobre Asesoría Técnica y Apoyo Logístico en Materia de Elecciones Sindicales. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

El Presidente,

F.R.V.T.

La Secretaria,

P.C.G.

Firma:________________

Fecha:________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2014-000022

FRVT/pc

BOLETA

Caracas, 20 de octubre de 2014

204º y 155º

SE HACE SABER:

Al ciudadano C.A.R.R., titular de la cédula de identidad número 9.411.317, que esta Sala Electoral en fecha 13 de octubre de 2014 dictó Sentencia N° 166 en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por el abogado P.Á., titular de la cédula de identidad número 4.347.170 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 20.473, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos V.C.G.E., F.A.T., A.A.U.A., O.A.N.V., M.A.T.H., M.V.V., R.A.E.B., P.J.L.L., G.E.D.D.S., V.T.M.Q., L.Y.M.P., P.A.A.P., V.M.P.P., Y.D.C.R.D.C., E.E.G.C., M.I.R.G., R.S.M.Q., MARYORY G.P., MORELA PINTO DE ESTABA, S.M.T.P. y E.A.O., titulares de la cédula de identidad número 3.688.641, 8.949.892, 11.663.503, 6.908.043, 12.784.577, 10.513.807, 6.276.281, 5.451.891, 4.322.881, 10.117.621, 13.748.153, 6.275.775, 11.924.812, 10.713.289, 9.929.020, 6.152.522, 6.447.059, 11.923.051, 5.565.109, 15.507.118 y 10.823.496, respectivamente, contra el Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND). En dicho fallo esta Sala Electoral declaró: 1.- CON LUGAR la solicitud de convocatoria a elecciones presentada y 2.- ORDENÓ a los integrantes del actual Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND), que dentro de los tres (03) días siguientes procedan a la convocatoria del proceso para la renovación de las autoridades de la organización sindical, debiendo cumplirse posteriormente los trámites previstos en las Normas para Garantizar los Derechos Humanos de los Trabajadores y Trabajadoras en las Elecciones Sindicales y en las Normas sobre Asesoría Técnica y Apoyo Logístico en Materia de Elecciones Sindicales. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia.

Se servirá firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

El Presidente,

F.R.V.T.

La Secretaria,

P.C.G.

Firma:________________

Fecha:________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2014-000022

FRVT/pc

Caracas, 20 de octubre de 2014

Oficio Nº 14-567

Ciudadana

T.L.

Presidenta del C.N.E. de la República Bolivariana de Venezuela

Su Despacho

Tengo a bien dirigirme a usted a fin de notificarle que esta Sala Electoral en fecha 13 de octubre de 2014 dictó Sentencia N° 166 en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por el abogado P.Á., titular de la cédula de identidad número 4.347.170 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 20.473, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos V.C.G.E., F.A.T., A.A.U.A., O.A.N.V., M.A.T.H., M.V.V., R.A.E.B., P.J.L.L., G.E.D.D.S., V.T.M.Q., L.Y.M.P., P.A.A.P., V.M.P.P., Y.D.C.R.D.C., E.E.G.C., M.I.R.G., R.S.M.Q., MARYORY G.P., MORELA PINTO DE ESTABA, S.M.T.P. y E.A.O., titulares de la cédula de identidad número 3.688.641, 8.949.892, 11.663.503, 6.908.043, 12.784.577, 10.513.807, 6.276.281, 5.451.891, 4.322.881, 10.117.621, 13.748.153, 6.275.775, 11.924.812, 10.713.289, 9.929.020, 6.152.522, 6.447.059, 11.923.051, 5.565.109, 15.507.118 y 10.823.496, respectivamente, contra el Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND). En dicho fallo esta Sala Electoral declaró: 1.- CON LUGAR la solicitud de convocatoria a elecciones presentada y 2.- ORDENÓ a los integrantes del actual Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND), que dentro de los tres (03) días siguientes procedan a la convocatoria del proceso para la renovación de las autoridades de la organización sindical, debiendo cumplirse posteriormente los trámites previstos en las Normas para Garantizar los Derechos Humanos de los Trabajadores y Trabajadoras en las Elecciones Sindicales y en las Normas sobre Asesoría Técnica y Apoyo Logístico en Materia de Elecciones Sindicales. Se remite copia certificada de la mencionada sentencia.

Atentamente,

F.R.V.T.

Presidente de la Sala Electoral

Se anexa: Lo indicado

EXP. Nº AA70-E-2014-000022

FRVT

CARTEL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

SALA ELECTORAL

Caracas, 20 de octubre de 2014

204º y 155º

SE HACE SABER:

A la ciudadana L.M., titular de la cédula de identidad N° 3.859.694, y/o su apoderado judicial abogado W.P., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.279, que en fecha 13 de octubre de 2014 la Sala Electoral dictó Sentencia N° 166 en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por el abogado P.Á., titular de la cédula de identidad número 4.347.170 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 20.473, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos V.C.G.E., F.A.T., A.A.U.A., O.A.N.V., M.A.T.H., M.V.V., R.A.E.B., P.J.L.L., G.E.D.D.S., V.T.M.Q., L.Y.M.P., P.A.A.P., V.M.P.P., Y.D.C.R.D.C., E.E.G.C., M.I.R.G., R.S.M.Q., MARYORY G.P., MORELA PINTO DE ESTABA, S.M.T.P. y E.A.O., titulares de la cédula de identidad número 3.688.641, 8.949.892, 11.663.503, 6.908.043, 12.784.577, 10.513.807, 6.276.281, 5.451.891, 4.322.881, 10.117.621, 13.748.153, 6.275.775, 11.924.812, 10.713.289, 9.929.020, 6.152.522, 6.447.059, 11.923.051, 5.565.109, 15.507.118 y 10.823.496, respectivamente, contra el Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND). En dicho fallo esta Sala Electoral declaró: 1.- CON LUGAR la solicitud de convocatoria a elecciones presentada y 2.- ORDENÓ a los integrantes del actual Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND), que dentro de los tres (03) días siguientes procedan a la convocatoria del proceso para la renovación de las autoridades de la organización sindical, debiendo cumplirse posteriormente los trámites previstos en las Normas para Garantizar los Derechos Humanos de los Trabajadores y Trabajadoras en las Elecciones Sindicales y en las Normas sobre Asesoría Técnica y Apoyo Logístico en Materia de Elecciones Sindicales. Se libra el presente cartel de conformidad con lo previsto en el artículo 93 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, con la advertencia de que transcurrido un término de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos la fijación en la cartelera de esta Sala Electoral del presente cartel, se le tendrá por notificada.

El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA

La Secretaria,

P.C.G.

Exp. Nº AA70-E-2014-000022

FRVT/pc

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