Sentencia nº 460 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 31 de Marzo de 2016

Fecha de Resolución31 de Marzo de 2016
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Electoral
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoAuto ordenando notificación

Numero : 460 N° Expediente : 2014-000022 Fecha: 31/03/2016 Procedimiento:

Auto ordenando notificación

Partes:

V.C.G.E., F.A.T., A.A.U.A., O.A.N.V., E.J.N.G., y otros, respectivamente, interponen solicitud de convocatoria a elecciones respecto al Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND).

Decisión:

A los fines de perfeccionar la notificación ordenada en la Sentencia N° 249 del 10 de diciembre de 2015, se acordó librar nuevas boletas de notificación a cada uno de los integrantes del Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND).

Ponente:

Juzgado de Sustanciación ----VLEX----

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 31 de marzo de 2016

205º y 157º

Visto que en fecha 11 de enero de 2016 se dictó auto dando cumplimiento con la Sentencia N° 249 del 10 de diciembre de 2015 y se acordó ratificar la notificación ordenada en Sentencia número 80 de fecha 05 de mayo de 2015, a fin de que el Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND), conteste lo señalado por el solicitante en relación con el presunto desacato a lo ordenado en la sentencia que dictó esta Sala en fecha 13 de octubre de 2014, dentro de los tres (03) días siguientes a aquél en que conste en autos que se ha practicado su notificación, este Juzgado de Sustanciación de una revisión de las actas que rielan al expediente, observa, que la referida decisión ordenó notificar a cada uno de los miembros del Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND), asimismo cursa al folio trescientos quince (315) del expediente, diligencia del ciudadano Alguacil de la Sala Electoral donde manifestó “me trasladé a la siguiente dirección: "Instituto Nacional Del Deporte, Avenida Teherán, Redoma La India, Parroquia La Vega", con la finalidad de notificar a los ciudadanos Miembros de la Junta Directiva del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND)", presente en el domicilio señalado, procedí a dejarles la boleta de notificación así como sus anexos con la ciudadana F.S., en razón de que la mencionada ciudadana se identifico como Vicepresidenta de la Comisión Electoral del Sindicato Antes referido, es por lo que consigno en un folio útil la copia de la boleta, sin la respectiva firma de recibido. Todo de conformidad con el artículo 91 numeral 1 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia.

En tal sentido, a los fines de perfeccionar la notificación ordenada en la Sentencia N° 249 del 10 de diciembre de 2015, se acuerda librar nuevas boletas de notificación a cada uno de los integrantes del Comité Ejecutivo Nacional del referido Sindicato, anexándoles copia certificada de la diligencia de solicitud presentada en fecha 09 de abril de 2015, del fallo de fecha 10 de diciembre de 2015 y del auto de fecha 31 de marzo de 2016.

La Presidenta,

I.M.A. IZAGUIRRE

La Secretaria (E),

INTIANA L.P.

Exp. AA70-E-2014-000022

IMAI/ilp/mj

B O L E T A

Caracas, 31 de marzo de 2016

205º y 157º

SE HACE SABER:

Al ciudadano C.M., titular de la cédula de identidad N° 3.142.819, en su condición de integrante del COMITÉ EJECUTIVO DEL SINDICATO UNITARIO NACIONAL DE EMPLEADOS PÚBLICOS, PROFESIONALES, TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS DEL SECTOR DEPORTE Y RECREACIÓN SOCIAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES (SUNEP-IND), que esta Sala Electoral en fecha 10 de diciembre de 2015 dictó Sentencia N° 249 en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por el abogado P.Á., titular de la cédula de identidad número 4.347.170 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 20.473, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos V.C.G.E., F.A.T., A.A.U.A., O.A.N.V., M.A.T.H., M.V.V., R.A.E.B., P.J.L.L., G.E.D.D.S., V.T.M.Q., L.Y.M.P., P.A.A.P., V.M.P.P., Y.D.C.R.D.C., E.E.G.C., M.I.R.G., R.S.M.Q., MARYORY G.P., MORELA PINTO DE ESTABA, S.M.T.P. y E.A.O., titulares de la cédula de identidad números 3.688.641, 8.949.892, 11.663.503, 6.908.043, 12.784.577, 10.513.807, 6.276.281, 5.451.891, 4.322.881, 10.117.621, 13.748.153, 6.275.775, 11.924.812, 10.713.289, 9.929.020, 6.152.522, 6.447.059, 11.923.051, 5.565.109, 15.507.118 y 10.823.496, respectivamente, contra el Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND). En dicho fallo esta Sala Electoral ORDENÓ ratificar la notificación ordenada en sentencia número 80 de fecha 05 de mayo de 2015, a fin que el Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND), conteste lo señalado por el solicitante en relación con el presunto desacato a lo ordenado en la sentencia que dictó la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 13 de octubre de 2014, dentro de los tres (03) días siguientes a aquél en que conste en autos que se ha practicado su notificación, con la advertencia que el incumplimiento de lo solicitado por la Sala de suministrar de manera oportuna la información antes mencionada, acarreará la sanciones correspondientes establecidas en la Ley. Se remite copia certificada de la diligencia de solicitud presentada en fecha 09 de abril de 2015, del fallo de fecha 10 de diciembre de 2015 y del auto de fecha 31 de marzo de 2016.

Se servirán firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

I.M.A. IZAGUIRRE

La Secretaria (E),

INTIANA L.P.

Firma:________________

Fecha:________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2014-000022

IMAI/ilp/mj

B O L E T A

Caracas, 31 de marzo de 2016

205º y 157º

SE HACE SABER:

Al ciudadano J.A.B., titular de la cédula de identidad N° 6.434.523, en su condición de integrante del COMITÉ EJECUTIVO DEL SINDICATO UNITARIO NACIONAL DE EMPLEADOS PÚBLICOS, PROFESIONALES, TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS DEL SECTOR DEPORTE Y RECREACIÓN SOCIAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES (SUNEP-IND), que esta Sala Electoral en fecha 10 de diciembre de 2015 dictó Sentencia N° 249 en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por el abogado P.Á., titular de la cédula de identidad número 4.347.170 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 20.473, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos V.C.G.E., F.A.T., A.A.U.A., O.A.N.V., M.A.T.H., M.V.V., R.A.E.B., P.J.L.L., G.E.D.D.S., V.T.M.Q., L.Y.M.P., P.A.A.P., V.M.P.P., Y.D.C.R.D.C., E.E.G.C., M.I.R.G., R.S.M.Q., MARYORY G.P., MORELA PINTO DE ESTABA, S.M.T.P. y E.A.O., titulares de la cédula de identidad números 3.688.641, 8.949.892, 11.663.503, 6.908.043, 12.784.577, 10.513.807, 6.276.281, 5.451.891, 4.322.881, 10.117.621, 13.748.153, 6.275.775, 11.924.812, 10.713.289, 9.929.020, 6.152.522, 6.447.059, 11.923.051, 5.565.109, 15.507.118 y 10.823.496, respectivamente, contra el Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND). En dicho fallo esta Sala Electoral ORDENÓ ratificar la notificación ordenada en sentencia número 80 de fecha 05 de mayo de 2015, a fin que el Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND), conteste lo señalado por el solicitante en relación con el presunto desacato a lo ordenado en la sentencia que dictó la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 13 de octubre de 2014, dentro de los tres (03) días siguientes a aquél en que conste en autos que se ha practicado su notificación, con la advertencia que el incumplimiento de lo solicitado por la Sala de suministrar de manera oportuna la información antes mencionada, acarreará la sanciones correspondientes establecidas en la Ley. Se remite copia certificada de la diligencia de solicitud presentada en fecha 09 de abril de 2015, del fallo de fecha 10 de diciembre de 2015 y del auto de fecha 31 de marzo de 2016.

Se servirán firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

I.M.A. IZAGUIRRE

La Secretaria (E),

INTIANA L.P.

Firma:________________

Fecha:________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2014-000022

IMAI/ilp/mj

B O L E T A

Caracas, 31 de marzo de 2016

205º y 157º

SE HACE SABER:

Al ciudadano E.J.J., titular de la cédula de identidad N° 8.553.081, en su condición de integrante del COMITÉ EJECUTIVO DEL SINDICATO UNITARIO NACIONAL DE EMPLEADOS PÚBLICOS, PROFESIONALES, TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS DEL SECTOR DEPORTE Y RECREACIÓN SOCIAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES (SUNEP-IND), que esta Sala Electoral en fecha 10 de diciembre de 2015 dictó Sentencia N° 249 en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por el abogado P.Á., titular de la cédula de identidad número 4.347.170 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 20.473, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos V.C.G.E., F.A.T., A.A.U.A., O.A.N.V., M.A.T.H., M.V.V., R.A.E.B., P.J.L.L., G.E.D.D.S., V.T.M.Q., L.Y.M.P., P.A.A.P., V.M.P.P., Y.D.C.R.D.C., E.E.G.C., M.I.R.G., R.S.M.Q., MARYORY G.P., MORELA PINTO DE ESTABA, S.M.T.P. y E.A.O., titulares de la cédula de identidad números 3.688.641, 8.949.892, 11.663.503, 6.908.043, 12.784.577, 10.513.807, 6.276.281, 5.451.891, 4.322.881, 10.117.621, 13.748.153, 6.275.775, 11.924.812, 10.713.289, 9.929.020, 6.152.522, 6.447.059, 11.923.051, 5.565.109, 15.507.118 y 10.823.496, respectivamente, contra el Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND). En dicho fallo esta Sala Electoral ORDENÓ ratificar la notificación ordenada en sentencia número 80 de fecha 05 de mayo de 2015, a fin que el Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND), conteste lo señalado por el solicitante en relación con el presunto desacato a lo ordenado en la sentencia que dictó la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 13 de octubre de 2014, dentro de los tres (03) días siguientes a aquél en que conste en autos que se ha practicado su notificación, con la advertencia que el incumplimiento de lo solicitado por la Sala de suministrar de manera oportuna la información antes mencionada, acarreará la sanciones correspondientes establecidas en la Ley. Se remite copia certificada de la diligencia de solicitud presentada en fecha 09 de abril de 2015, del fallo de fecha 10 de diciembre de 2015 y del auto de fecha 31 de marzo de 2016. Se servirán firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

I.M.A. IZAGUIRRE

La Secretaria (E),

INTIANA L.P.

Firma:________________

Fecha:________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2014-000022

IMAI/ilp/mj

B O L E T A

Caracas, 31 de marzo de 2016

205º y 157º

SE HACE SABER:

A la ciudadana L.M., titular de la cédula de identidad N° 3.859.694, en su condición de integrante del COMITÉ EJECUTIVO DEL SINDICATO UNITARIO NACIONAL DE EMPLEADOS PÚBLICOS, PROFESIONALES, TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS DEL SECTOR DEPORTE Y RECREACIÓN SOCIAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES (SUNEP-IND) y/o su apoderado judicial, abogado W.P., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 39.279, que esta Sala Electoral en fecha 10 de diciembre de 2015 dictó Sentencia N° 249 en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por el abogado P.Á., titular de la cédula de identidad número 4.347.170 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 20.473, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos V.C.G.E., F.A.T., A.A.U.A., O.A.N.V., M.A.T.H., M.V.V., R.A.E.B., P.J.L.L., G.E.D.D.S., V.T.M.Q., L.Y.M.P., P.A.A.P., V.M.P.P., Y.D.C.R.D.C., E.E.G.C., M.I.R.G., R.S.M.Q., MARYORY G.P., MORELA PINTO DE ESTABA, S.M.T.P. y E.A.O., titulares de la cédula de identidad números 3.688.641, 8.949.892, 11.663.503, 6.908.043, 12.784.577, 10.513.807, 6.276.281, 5.451.891, 4.322.881, 10.117.621, 13.748.153, 6.275.775, 11.924.812, 10.713.289, 9.929.020, 6.152.522, 6.447.059, 11.923.051, 5.565.109, 15.507.118 y 10.823.496, respectivamente, contra el Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND). En dicho fallo esta Sala Electoral ORDENÓ ratificar la notificación ordenada en sentencia número 80 de fecha 05 de mayo de 2015, a fin que el Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND), conteste lo señalado por el solicitante en relación con el presunto desacato a lo ordenado en la sentencia que dictó la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 13 de octubre de 2014, dentro de los tres (03) días siguientes a aquél en que conste en autos que se ha practicado su notificación, con la advertencia que el incumplimiento de lo solicitado por la Sala de suministrar de manera oportuna la información antes mencionada, acarreará la sanciones correspondientes establecidas en la Ley. Se remite copia certificada de la diligencia de solicitud presentada en fecha 09 de abril de 2015, del fallo de fecha 10 de diciembre de 2015 y del auto de fecha 31 de marzo de 2016.

Se servirán firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

I.M.A. IZAGUIRRE

La Secretaria (E),

INTIANA L.P.

Firma:________________

Fecha:________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2014-000022

IMAI/ilp/mj

B O L E T A

Caracas, 31 de marzo de 2016

205º y 157º

SE HACE SABER:

Al ciudadano A.J., titular de la cédula de identidad N° 5.230.243, en su condición de integrante del COMITÉ EJECUTIVO DEL SINDICATO UNITARIO NACIONAL DE EMPLEADOS PÚBLICOS, PROFESIONALES, TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS DEL SECTOR DEPORTE Y RECREACIÓN SOCIAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES (SUNEP-IND), que esta Sala Electoral en fecha 10 de diciembre de 2015 dictó Sentencia N° 249 en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por el abogado P.Á., titular de la cédula de identidad número 4.347.170 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 20.473, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos V.C.G.E., F.A.T., A.A.U.A., O.A.N.V., M.A.T.H., M.V.V., R.A.E.B., P.J.L.L., G.E.D.D.S., V.T.M.Q., L.Y.M.P., P.A.A.P., V.M.P.P., Y.D.C.R.D.C., E.E.G.C., M.I.R.G., R.S.M.Q., MARYORY G.P., MORELA PINTO DE ESTABA, S.M.T.P. y E.A.O., titulares de la cédula de identidad números 3.688.641, 8.949.892, 11.663.503, 6.908.043, 12.784.577, 10.513.807, 6.276.281, 5.451.891, 4.322.881, 10.117.621, 13.748.153, 6.275.775, 11.924.812, 10.713.289, 9.929.020, 6.152.522, 6.447.059, 11.923.051, 5.565.109, 15.507.118 y 10.823.496, respectivamente, contra el Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND). En dicho fallo esta Sala Electoral ORDENÓ ratificar la notificación ordenada en sentencia número 80 de fecha 05 de mayo de 2015, a fin que el Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND), conteste lo señalado por el solicitante en relación con el presunto desacato a lo ordenado en la sentencia que dictó la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 13 de octubre de 2014, dentro de los tres (03) días siguientes a aquél en que conste en autos que se ha practicado su notificación, con la advertencia que el incumplimiento de lo solicitado por la Sala de suministrar de manera oportuna la información antes mencionada, acarreará la sanciones correspondientes establecidas en la Ley. Se remite copia certificada de la diligencia de solicitud presentada en fecha 09 de abril de 2015, del fallo de fecha 10 de diciembre de 2015 y del auto de fecha 31 de marzo de 2016.

Se servirán firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

I.M.A. IZAGUIRRE

La Secretaria (E),

INTIANA L.P.

Firma:________________

Fecha:________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2014-000022

IMAI/ilp/mj

B O L E T A

Caracas, 31 de marzo de 2016

205º y 157º

SE HACE SABER:

A la ciudadana Y.N., titular de la cédula de identidad N° 5.016.872, en su condición de integrante del COMITÉ EJECUTIVO DEL SINDICATO UNITARIO NACIONAL DE EMPLEADOS PÚBLICOS, PROFESIONALES, TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS DEL SECTOR DEPORTE Y RECREACIÓN SOCIAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES (SUNEP-IND), que esta Sala Electoral en fecha 10 de diciembre de 2015 dictó Sentencia N° 249 en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por el abogado P.Á., titular de la cédula de identidad número 4.347.170 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 20.473, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos V.C.G.E., F.A.T., A.A.U.A., O.A.N.V., M.A.T.H., M.V.V., R.A.E.B., P.J.L.L., G.E.D.D.S., V.T.M.Q., L.Y.M.P., P.A.A.P., V.M.P.P., Y.D.C.R.D.C., E.E.G.C., M.I.R.G., R.S.M.Q., MARYORY G.P., MORELA PINTO DE ESTABA, S.M.T.P. y E.A.O., titulares de la cédula de identidad números 3.688.641, 8.949.892, 11.663.503, 6.908.043, 12.784.577, 10.513.807, 6.276.281, 5.451.891, 4.322.881, 10.117.621, 13.748.153, 6.275.775, 11.924.812, 10.713.289, 9.929.020, 6.152.522, 6.447.059, 11.923.051, 5.565.109, 15.507.118 y 10.823.496, respectivamente, contra el Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND). En dicho fallo esta Sala Electoral ORDENÓ ratificar la notificación ordenada en sentencia número 80 de fecha 05 de mayo de 2015, a fin que el Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND), conteste lo señalado por el solicitante en relación con el presunto desacato a lo ordenado en la sentencia que dictó la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 13 de octubre de 2014, dentro de los tres (03) días siguientes a aquél en que conste en autos que se ha practicado su notificación, con la advertencia que el incumplimiento de lo solicitado por la Sala de suministrar de manera oportuna la información antes mencionada, acarreará la sanciones correspondientes establecidas en la Ley. Se remite copia certificada de la diligencia de solicitud presentada en fecha 09 de abril de 2015, del fallo de fecha 10 de diciembre de 2015 y del auto de fecha 31 de marzo de 2016. Se servirán firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

I.M.A. IZAGUIRRE

La Secretaria (E),

INTIANA L.P.

Firma:________________

Fecha:________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2014-000022

IMAI/ilp/mj

B O L E T A

Caracas, 31 de marzo de 2016

205º y 157º

SE HACE SABER:

A la ciudadana A.C., titular de la cédula de identidad N° 6.018.368, en su condición de integrante del COMITÉ EJECUTIVO DEL SINDICATO UNITARIO NACIONAL DE EMPLEADOS PÚBLICOS, PROFESIONALES, TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS DEL SECTOR DEPORTE Y RECREACIÓN SOCIAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES (SUNEP-IND), que esta Sala Electoral en fecha 10 de diciembre de 2015 dictó Sentencia N° 249 en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por el abogado P.Á., titular de la cédula de identidad número 4.347.170 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 20.473, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos V.C.G.E., F.A.T., A.A.U.A., O.A.N.V., M.A.T.H., M.V.V., R.A.E.B., P.J.L.L., G.E.D.D.S., V.T.M.Q., L.Y.M.P., P.A.A.P., V.M.P.P., Y.D.C.R.D.C., E.E.G.C., M.I.R.G., R.S.M.Q., MARYORY G.P., MORELA PINTO DE ESTABA, S.M.T.P. y E.A.O., titulares de la cédula de identidad números 3.688.641, 8.949.892, 11.663.503, 6.908.043, 12.784.577, 10.513.807, 6.276.281, 5.451.891, 4.322.881, 10.117.621, 13.748.153, 6.275.775, 11.924.812, 10.713.289, 9.929.020, 6.152.522, 6.447.059, 11.923.051, 5.565.109, 15.507.118 y 10.823.496, respectivamente, contra el Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND). En dicho fallo esta Sala Electoral ORDENÓ ratificar la notificación ordenada en sentencia número 80 de fecha 05 de mayo de 2015, a fin que el Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND), conteste lo señalado por el solicitante en relación con el presunto desacato a lo ordenado en la sentencia que dictó la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 13 de octubre de 2014, dentro de los tres (03) días siguientes a aquél en que conste en autos que se ha practicado su notificación, con la advertencia que el incumplimiento de lo solicitado por la Sala de suministrar de manera oportuna la información antes mencionada, acarreará la sanciones correspondientes establecidas en la Ley. Se remite copia certificada de la diligencia de solicitud presentada en fecha 09 de abril de 2015, del fallo de fecha 10 de diciembre de 2015 y del auto de fecha 31 de marzo de 2016.

Se servirán firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

I.M.A. IZAGUIRRE

La Secretaria (E),

INTIANA L.P.

Firma:________________

Fecha:________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2014-000022

IMAI/ilp/mj

B O L E T A

Caracas, 31 de marzo de 2016

205º y 157º

SE HACE SABER:

A la ciudadana L.B., titular de la cédula de identidad N° 10.118.891, en su condición de integrante del COMITÉ EJECUTIVO DEL SINDICATO UNITARIO NACIONAL DE EMPLEADOS PÚBLICOS, PROFESIONALES, TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS DEL SECTOR DEPORTE Y RECREACIÓN SOCIAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES (SUNEP-IND), que esta Sala Electoral en fecha 10 de diciembre de 2015 dictó Sentencia N° 249 en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por el abogado P.Á., titular de la cédula de identidad número 4.347.170 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 20.473, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos V.C.G.E., F.A.T., A.A.U.A., O.A.N.V., M.A.T.H., M.V.V., R.A.E.B., P.J.L.L., G.E.D.D.S., V.T.M.Q., L.Y.M.P., P.A.A.P., V.M.P.P., Y.D.C.R.D.C., E.E.G.C., M.I.R.G., R.S.M.Q., MARYORY G.P., MORELA PINTO DE ESTABA, S.M.T.P. y E.A.O., titulares de la cédula de identidad números 3.688.641, 8.949.892, 11.663.503, 6.908.043, 12.784.577, 10.513.807, 6.276.281, 5.451.891, 4.322.881, 10.117.621, 13.748.153, 6.275.775, 11.924.812, 10.713.289, 9.929.020, 6.152.522, 6.447.059, 11.923.051, 5.565.109, 15.507.118 y 10.823.496, respectivamente, contra el Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND). En dicho fallo esta Sala Electoral ORDENÓ ratificar la notificación ordenada en sentencia número 80 de fecha 05 de mayo de 2015, a fin que el Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND), conteste lo señalado por el solicitante en relación con el presunto desacato a lo ordenado en la sentencia que dictó la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 13 de octubre de 2014, dentro de los tres (03) días siguientes a aquél en que conste en autos que se ha practicado su notificación, con la advertencia que el incumplimiento de lo solicitado por la Sala de suministrar de manera oportuna la información antes mencionada, acarreará la sanciones correspondientes establecidas en la Ley. Se remite copia certificada de la diligencia de solicitud presentada en fecha 09 de abril de 2015, del fallo de fecha 10 de diciembre de 2015 y del auto de fecha 31 de marzo de 2016.

Se servirán firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

I.M.A. IZAGUIRRE

La Secretaria (E),

INTIANA L.P.

Firma:________________

Fecha:________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2014-000022

IMAI/ilp/mj

B O L E T A

Caracas, 31 de marzo de 2016

205º y 157º

SE HACE SABER:

A la ciudadana C.C., titular de la cédula de identidad N° 6.903.122, en su condición de integrante del COMITÉ EJECUTIVO DEL SINDICATO UNITARIO NACIONAL DE EMPLEADOS PÚBLICOS, PROFESIONALES, TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS DEL SECTOR DEPORTE Y RECREACIÓN SOCIAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES (SUNEP-IND), que esta Sala Electoral en fecha 10 de diciembre de 2015 dictó Sentencia N° 249 en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por el abogado P.Á., titular de la cédula de identidad número 4.347.170 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 20.473, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos V.C.G.E., F.A.T., A.A.U.A., O.A.N.V., M.A.T.H., M.V.V., R.A.E.B., P.J.L.L., G.E.D.D.S., V.T.M.Q., L.Y.M.P., P.A.A.P., V.M.P.P., Y.D.C.R.D.C., E.E.G.C., M.I.R.G., R.S.M.Q., MARYORY G.P., MORELA PINTO DE ESTABA, S.M.T.P. y E.A.O., titulares de la cédula de identidad números 3.688.641, 8.949.892, 11.663.503, 6.908.043, 12.784.577, 10.513.807, 6.276.281, 5.451.891, 4.322.881, 10.117.621, 13.748.153, 6.275.775, 11.924.812, 10.713.289, 9.929.020, 6.152.522, 6.447.059, 11.923.051, 5.565.109, 15.507.118 y 10.823.496, respectivamente, contra el Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND). En dicho fallo esta Sala Electoral ORDENÓ ratificar la notificación ordenada en sentencia número 80 de fecha 05 de mayo de 2015, a fin que el Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND), conteste lo señalado por el solicitante en relación con el presunto desacato a lo ordenado en la sentencia que dictó la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 13 de octubre de 2014, dentro de los tres (03) días siguientes a aquél en que conste en autos que se ha practicado su notificación, con la advertencia que el incumplimiento de lo solicitado por la Sala de suministrar de manera oportuna la información antes mencionada, acarreará la sanciones correspondientes establecidas en la Ley. Se remite copia certificada de la diligencia de solicitud presentada en fecha 09 de abril de 2015, del fallo de fecha 10 de diciembre de 2015 y del auto de fecha 31 de marzo de 2016. Se servirán firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

I.M.A. IZAGUIRRE

La Secretaria (E),

INTIANA L.P.

Firma:________________

Fecha:________________

Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2014-000022

IMAI/ilp/mj

B O L E T A

Caracas, 31 de marzo de 2016

205º y 157º

SE HACE SABER:

Al ciudadano J.A., titular de la cédula de identidad N° 3.845.768, en su condición de integrante del COMITÉ EJECUTIVO DEL SINDICATO UNITARIO NACIONAL DE EMPLEADOS PÚBLICOS, PROFESIONALES, TÉCNICOS Y ADMINISTRATIVOS DEL SECTOR DEPORTE Y RECREACIÓN SOCIAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE DEPORTES (SUNEP-IND), que esta Sala Electoral en fecha 10 de diciembre de 2015 dictó Sentencia N° 249 en el expediente contentivo de la solicitud de convocatoria a elecciones interpuesta por el abogado P.Á., titular de la cédula de identidad número 4.347.170 e inscrito en el Inpreabogado bajo el número 20.473, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos V.C.G.E., F.A.T., A.A.U.A., O.A.N.V., M.A.T.H., M.V.V., R.A.E.B., P.J.L.L., G.E.D.D.S., V.T.M.Q., L.Y.M.P., P.A.A.P., V.M.P.P., Y.D.C.R.D.C., E.E.G.C., M.I.R.G., R.S.M.Q., MARYORY G.P., MORELA PINTO DE ESTABA, S.M.T.P. y E.A.O., titulares de la cédula de identidad números 3.688.641, 8.949.892, 11.663.503, 6.908.043, 12.784.577, 10.513.807, 6.276.281, 5.451.891, 4.322.881, 10.117.621, 13.748.153, 6.275.775, 11.924.812, 10.713.289, 9.929.020, 6.152.522, 6.447.059, 11.923.051, 5.565.109, 15.507.118 y 10.823.496, respectivamente, contra el Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND). En dicho fallo esta Sala Electoral ORDENÓ ratificar la notificación ordenada en sentencia número 80 de fecha 05 de mayo de 2015, a fin que el Comité Ejecutivo Nacional del Sindicato Unitario Nacional de Empleados Públicos, Profesionales, Técnicos y Administrativos del Sector Deporte y Recreación Social del Instituto Nacional de Deportes (SUNEP-IND), conteste lo señalado por el solicitante en relación con el presunto desacato a lo ordenado en la sentencia que dictó la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 13 de octubre de 2014, dentro de los tres (03) días siguientes a aquél en que conste en autos que se ha practicado su notificación, con la advertencia que el incumplimiento de lo solicitado por la Sala de suministrar de manera oportuna la información antes mencionada, acarreará la sanciones correspondientes establecidas en la Ley. Se remite copia certificada de la diligencia de solicitud presentada en fecha 09 de abril de 2015, del fallo de fecha 10 de diciembre de 2015 y del auto de fecha 31 de marzo de 2016.

Se servirán firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

La Presidenta,

I.M.A. IZAGUIRRE

La Secretaria (E),

INTIANA L.P.

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Se anexa lo indicado

Exp. Nº AA70-E-2014-000022

IMAI/ilp/mj

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