Voceros de consejos locales no se elegirán por voto directo

Con el voto negativo de la oposición, la mayoría oficialista en la Asamblea Nacional reformó parcialmente la Ley de Consejos Locales de Planificación Pública y la Ley de Consejos Estadales de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas.El diputado Stalin González UNT denunció que las modificaciones aprobadas de la Ley de Consejos Locales de Planificación cercenan el derecho al sufragio, directo universal y secreto. Por tal razón, la oposición votó en contra.González tildó de ilegal e in constitucional la modificación del artículo 6, referido a los miembros de los consejos locales de planificación y del artículo 7, relativo al mecanismo de elección de los voceros comunales ante la instancia local.En 2010, en una reforma entre gallos y media noche, el PSUV eliminó a las juntas parroquiales y creó en su lugar a las juntas parroquiales comunales, pero estas instancias no existen en la Constitución, declaró González.La reforma del artículo 6 in corporó un consejero por cada junta parroquial comunal existente en el municipio como integrante del Consejo Local de Planificación Pública.La reforma del artículo 7 estableció que ese consejero será elegido en el seno de las juntas parroquiales comunales, y no por la totalidad de los habitantes de cada parroquia en elecciones directas.Con esta reforma se elimina el derecho al sufragio directo, universal y secreto, a cambio de una elección de segundo grado en el seno de los consejos comunales. Eso es incons titucional, dijo González.El parlamentario recordó que en el TSJ hay varios recursos de nulidad contra la eliminación de las juntas parroquiales que esperan una respuesta.Sanciones. La reforma también...

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