Decisión nº PJ0012007000254 de Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de Carabobo (Extensión Valencia), de 25 de Julio de 2007

Fecha de Resolución25 de Julio de 2007
EmisorTribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
PonenteWilfredo German Gonzalez Sosa
ProcedimientoPrestaciones Sociales

ACTA

TRANSACCIÓN JUDICIAL

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2006-001520.

PARTE ACTORA: NEIDYS M.F.O..

ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: RABELL CEBALLOS (Procurador Especial de Trabajadores).

PARTES DEMANDADA: AGENCIA DE LOTERIA CENTRO, C.A.

REPRESENTANTE LEGAL: ROLMAN CASTILLO.

ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: YUNYS COLINA.

MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 25 DE JULIO DE 2007, SIENDO LAS 2:30 PM. comparecen voluntariamente a este despacho, la parte actora, ciudadano NEIDYS M.F.O., titular de la cédula de identidad No.10.733.541, debidamenete asistido por el Abogado RABELL CEBALLOS (Procurador Especial de Trabajadores). inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.86.021 y por la parte demandada AGENCIA DE LOTERIA CENTRO, C.A., representada por su PRESIDENTE ciudadano ROLMAN CASTILLO titular de la cédula de identidad No.7.073.827, debidamnente asistido del Abogado YUNYS CASTILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 62.028, y solicitan la mediación del juez, a los fines de dar por concluida la presente causa. Las partes después de sostener conversaciones en la presente audiencia conciliatoria, y atención a la mediación del juez, han llegado al siguiente ACUERDO-TRANSACCIONAL, de conformidad con lo previsto en el Artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y se hace bajo los siguientes términos:

1) PRIMERO: La parte demandada, dando cumplimiento a la sentencia definitivamente firme de fecha 25-01-07 (folios 31 al 32), ofrece pagar a la parte actora, por los conceptos demandados y condenados, así ñcomo los intereses de de antigüedad, corrección monetaria e intereses de mora, la cantidad de OCHOCIENTOS VEINTICINCO MIL BOLÍVARES EXACTOS (Bs.825.000,oo), pagaderos mediante Cheque del Bco.Provincial, No.09706942, Contra la Cta. Corriente No.01080082080100071204, de fecha 25-07-07, a favor de la extrabajadora NEIDYS M.F.O., que comprende todos los conceptos demandados, y condenados, asi como la experticia complementaria del fallo, y las costas y costos procesales, como las costas de ejecución.

SEGUNDO

La parte actora, debidamente asistida de abogada acepta la cantidad ofrecida por la parte demandada, a los efectos de dar por terminado el presente procedimiento y la acción intentada, no teniendo nada mas que reclamar por los conceptos demandados y condenados, así como los intereses de de antigüedad, corrección monetaria e intereses de mora, y otros conceptos derivados de la extinta relación laboral alegada.

TERCERO

Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como lo establecieron, dándole efectos de Cosa Juzgada. Se acuerda expedir las copias certificadas de la presente acta, solicitada por las partes. Se ordena el cierre del presente expediente, así como su posterior remisión a la Oficina de Archivo.

EL JUEZ

ABG. WILFREDO GONZÁLEZ SOSA

LA PARTE ACTORA

POR LA PARTE DEMANDADA

LA SECRETARIA

ABG. ___________________.

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