Decisión de Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Juicio de Merida (Extensión Mérida), de 14 de Julio de 2010

Fecha de Resolución14 de Julio de 2010
EmisorTribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Juicio
PonenteJosé Gregorio Viloria Ochoa
ProcedimientoSuspensión Condicional Del Proceso Y Condenato

A

ARAUJO VALERO, W.J.R.V. y O.B.P.P. (ya identificados).

En autos obra el Informe Conductual final expedido por la funcionaria A.B., delegada de prueba de la Unidad Técnica Nº 04 de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Trujillo, que tuvo a su cargo el seguimiento de la medida de suspensión condicional del proceso, quien solicitó a favor de los imputados una decisión que los favorezca y que la misma fuera remitida a la Unidad Técnica para el cierre del expediente respectivo.

El representante fiscal estimó cumplidas las obligaciones de la suspensión condicional del proceso en lo que respecta a los imputados de autos, solicitando el sobreseimiento de la causa.

De los particulares anteriores deduce este Juzgador que, los imputados de autos, efectivamente, cumplieron las condiciones que le impuso el Tribunal en la decisión que extendió por un año, la medida de suspensión condicional del proceso. En efecto, los imputados cumplieron con las presentaciones mantuvieron sus estudios y trabajos, así como la favorable conducta en relación al acatamiento de las orientaciones dadas por el delegado, y la abstención de cometer nuevos hechos. Y así se declara. Verificado como fue tal cumplimiento, debe este juzgador con arreglo a lo dispuesto en el vigente artículo 48.7 del Código Orgánico Procesal Penal, declarar formalmente, el sobreseimiento de la presente causa como consecuencia de la extinción de la causa que deriva de la aplicación del artículo 48.7 eiusdem. Conforme al artículo 319 del mismo Código, procede declarar la terminación del presente procedimiento.

Decisión

El Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide Primero: Declara el total cumplimiento de las condiciones impuestas los ciudadanos: L.D.V.A.V., W.J.R.V. y O.B.P.P. (ya identificados) en la suspensión condicional del proceso; Segundo: Declara extinguida la acción penal, conforme al artículo 48.7 del Código Orgánico Procesal Penal; Tercero: Decreta el sobreseimiento de la causa, seguida a los ciudadanos L.D.V.A.V., W.J.R.V. y O.B.P.P. (ya identificados), conforme al artículo 318.3 eiusdem. Cuarto: Cesa las medidas cautelares decretadas, así como el presente procedimiento, conforme al artículo 319 del Código ya citado. La presente decisión tiene fundamento legal en los artículos 2, 26, 253 y 257 Constitucional; 1, 2,4, 5, 6, 7, 13, 48.7, 318.3 y 319 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese al representante fiscal y la defensa. Remítase copia certificada de la decisión a la Unidad Técnica Nº 04 de Trujillo. Cúmplase.

EL JUEZ CUARTO DE JUICIO

ABG. J.G.V.O.

LA SECRETARIA:

ABG. YENY CAROLINA VILLAMIZAR

En fecha______________se cumplió lo ordenado mediante boletas de notificación números___________________________________________, conste. Sria.-

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