Decisión nº 042-07 de Tribunal Quinto de Juicio de Zulia (Extensión Maracaibo), de 20 de Diciembre de 2007
Fecha de Resolución | 20 de Diciembre de 2007 |
Emisor | Tribunal Quinto de Juicio |
Ponente | Nola Gomez |
Procedimiento | Sentencia Condenatoria |
El presente Juicio Oral y Público, celebrado durante los días 13,19,26,29, de noviembre y el 05 de Diciembre del presente año 2007, por este Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Juicio constituido en forma Mixta en la Sala ll ubicada en Planta Baja del Palacio de Justicia, sede del Poder Judicial en esta ciudad de Maracaibo del Estado Zulia, donde se cumplieron y se hicieron cumplir todas las formalidades de Ley que informan al debido proceso como son los principios de Oralidad, publicidad, inmediación, concentración y contradicción, según consta del Acta de Debate levantada a los efectos, donde también consta la advertencia que hiciere el Tribunal a los referidos acusados sobre el posible cambio de calificación jurídica dada a los hechos conforme a los que ya habían quedado establecidos en el debate, según lo dispuesto en el Artículo 350 del Código Orgánico Procesal, por lo que el Tribunal les hizo la advertencia de ley sobre esa posibilidad, y lo relacionado para que prepararan su defensa, indicando éstos a su vez que no tenían nada que manifestar y que se continuara con el debate, acordándose su continuación; y, habiéndose diferido la redacción del texto integro de la Sentencia pronunciada, acogiéndose éste Tribunal Mixto al lapso establecido en el Artículo 365 del Código Orgánico Procesal Penal, a los fines de su publicación, pasa de seguidas a redactar la correspondiente Sentencia dictada, la cual fue pronunciada una vez terminada la deliberación, conforme a lo dispuesto en el Artículo 362 del Código orgánico procesal Penal, donde se acordó por votación del Tribunal MIXTO y en forma ÚNANIME se CONDENA a los Acusados J.W., W.F.A. , Y YAIRON Q.Q., por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en los articulo 5 en concordancia con el articulo 6 ordinales 1,2,y,3, de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor y además el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO para los acusados J.W.P., y W.F.F.A. de conformidad con lo previsto en el articulo 277 del Código Penal, cometido en perjuicio de G.G. Y EL ORDEN PUBLICO. En tal sentido este Tribunal Mixto pasa a elaborar la correspondiente SENTENCIA CONDENATORIA, conforme a lo previsto en el Artículo 365 y 367 del Código Orgánico Procesal Penal, en los términos siguientes:
II
DE LA ENUNCIACIÓN DE LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS QUE HAN SIDO OBJETO DEL JUICIO:
El presente Juicio Oral y Público ha sido con ocasión a la acusación interpuesta por el Ministerio Público donde acusa a los ciudadanos J.W., W.F.A. Y YAIRON Q.Q., por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en los articulo 5 en concordancia con el articulo 6 ordinales 1,2,y,3, de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor y además el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO para los acusados J.W.P., y W.F.F.A. de conformidad con lo previsto en el articulo 277 del Código Penal, cometido en perjuicio de G.G. Y EL ORDEN PUBLICO. cometido en perjuicio de G.G. Y EL ORDEN PÚBLICO. Por los hechos que el ministerio Público le atribuyo que a continuación se describe: “El día viernes (02) de febrero de 2007, siendo las diez y media (10:30 AM) de la mañana, aproximadamente, el ciudadano G.J.G.R., portador de la cedula de identidad No. 9.804.255, se encontraba en compañía de su esposa ciudadana LEIBYS COROMOTO C.U., portador de la cedula de identidad 9.787.076, a bordo del vehículo MARCA KIA, placa VCJ-99C, de color dorado, a los fines de trasladarse hasta la residencia del señor J.C.S.F., ubicado específicamente en la Urbanización las Cumbres de Maracaibo, calle 88, Casa No. 62-20, Maracaibo, Estado Zulia, en donde funciona un taller Mecánico, laborando en el mismo el ciudadano mencionado, en la reparación de vehículos, día este en el cual las victimas identificadas, había llevado hacia ese sitio un vehículo Mitsubishi Lancer, a los fines de realizarle reparaciones al mismo, regresaban a los fines de ubicar y retirar el vehículo dejado, cuando sorpresivamente fueron interceptados por tres (03) sujetos desconocidos, dos de ellos portando Armas de Fuego, amenazándolos con arma de fuego, a los fines de despojarlos de su vehículo y de sus pertenencias personales, mientras que el señor G.G.R., descendía del vehículo Marca Kia, placa VCJ-99C, de color dorado, fue interceptado por W.F.A., actualmente imputado de autos, quien quedo identificado plenamente ante el Juzgado séptimo en funciones de Control, en ese momento el señor J.S.F., se percata de los hechos que están ocurriendo y es cuando trata de proteger a su hermanito menor de edad, quien se encontraba con el, en el sitio del suceso, manifestándole a viva voz a los imputados, que por favor tomaran en cuenta que se encontraba en presencia un niño pequeño expresándole textualmente el antes mencionado que colaborara y mas nada, continuando con la ejecución del hecho punible, interceptando al señor G.J.G.R., a quien apunto con un arma de fuego, tipo revolver, y consecutivamente el ciudadano J.W.P.R., se detuvo en la puerta del vehículo portando un arma de fuego tipo pistola, Marca Brownings, amenazando de muerte a la ciudadana LEIBYS COROMOTO C.U., haciendo que lamisca descendiera de este, para luego proceder a encenderlo y huir del lugar, llevándose consigo una (01) cartera de uso exclusivo para damas, y una (01) cartera para caballeros propiedad ambas de las victimas, con la cantidad de tres millones de bolívares, los cuales acababan de sustraer del Banco Banesco, ubicado, en la Limpia, cerca de la Multitienda HOG KONG, así como también el celular Compact, Color Plateado, el cual posee una línea Movistar, 6392120, procediendo inmediatamente a retirarse del sitio, procediendo a comunicarse el señor G.G.R., al Servicio FUNZAS 171, notificando lo sucedido, por locuaz fueron comunicados vía radio todos los efectivos que se encontraban en labores de patrullaje, y siendo las doce y media (12:30) horas de la tarde aproximadamente, los oficiales: Inspector Jefe (PR) T.J. credencial 650, Jefe del Departamento de Inteligencia de la Policía Regional del Estado Zulia, quienes se encontraban en labores de patrullaje , dejan constancia de lo siguiente: siendo aproximadamente las 12:30 horas de la tarde, el día 02 de febrero del 2007, encontrándose de servicio en compañía de los oficiales: Oficial 1ro. J.P. credencial 0450, Oficial 2do. C.R., credencial 3412, en la unidad marca Chevrolet, modelo DI M.L., de color dorado, placa 88A-ABK, recibió un reporte de la Central de Comunicación CECON, les informaron que se habían robado un vehículo MARCA KIA, placa VCJ-99C, de color dorado a mano armada, por tres sujetos con las siguientes características: Uno de los sujetos vestía con gomas de color blanco y J.d.c.a., esotro vestía con un Jean, de color azul y suéter de rayas negras y naranjas y el ultimo vestía con J.d.c.a. y suéter de color blanco con rayas negras, estos se desplazaban en un vehículo marca Mitsubishi, modelo lancer de color dorado, placa MYC-41Z, pero sin placa en la parte trasera, en un taller mecánico propiedad del ciudadano JULIO SULBARAN, CIV-14.135.912, ubicada en la Urbanización Cumbres de Maracaibo, Calle 88, casa No. 62-20, por lo que los referidos funcionarios procedieron a realizar las respectivas labores de inteligencia en dicho sector, cuando se recibe un reporte nuevamente por la central de comunicaciones CECOM, informando que el vehículo marca KIA, modelo optima, de color dorando, placa VCJ-99C, había sido dejado en estado de abandono en el estacionamiento del Centro Comercial PAGA POCO, ubicado en el Sector los Plataneros de esta ciudad, realizando las coordinaciones para que dicho vehículo fuese trasladado hasta la sede de la División de Investigaciones Penales, en la unidad Trailer ya que estaba herméticamente cerrado, seguidamente se procedió a seguir con las labores de inteligencia desplegada en la zona, cuando exactamente frente al Colegio Universitario de Maracaibo (CUM), en la Urbanización la Floresta, lograron visualizar un vehículo marca Mitsubishi con las mismas características y números de placa MCY-41Z, con tres sujetos a bordo, procediendo a interceptarlos, identificándolos como oficiales de la Policía Regional del Estado Zulia, y basándose en los artículos 205 y 207 del Código Orgánico Procesal Penal, procedieron a realizar una inspección al vehículo y los ciudadanos, logrando incautar en el cinto derecho, del ciudadano J.W.P.R., el cual vestía un J.d.c.a. y suéter negro a rayas y gomas deportivas de color blancas, un arma de fuego, tipo pistola, Marca Brownings, calibre 9mm, con 15 proyectiles en su proveedores su estado original, de color niquelado, con sus seriales desvastados y en su bolsillo derecho un llavero, con un control remoto de color negro y una llave con el nombre de KIA, quien manifestó llamarse como queda escrito, sin documentación personal, pero, quien dijo ser titular de la cedula de identidad No. V-17.835.992, de 20 años de edad, residenciado en Villa S.f.I., Sector Valle Claro, Calle 05, Casa No. 2378, seguidamente se logro incautar en el recinto derecho de otro ciudadano el cual vestía un suéter blanco a rallas negras J.d.C.A. y Zapatos deportivos blancos, un arma de fuego, tipo revolver, Marca Smith & Wesson, de color niquelado, serial de tambor BNW8085, sin seriales visibles, con seis cartuchos calibre 38 sin percutir, quedando identificado este como W.F.F.A., cedula de identidad No. 16.835.265, residenciado en: La Urbanización las Lomas, cabe destacar que actualmente la referida arma de fuego, se encuentra solicitada por el expediente H-330-919, por los delitos de ROBO AGRAVADO Y LESIONES PERSONALES GRAVES, cometido en perjuicio del ciudadano R.B.G.U., R.M. y de la Empresa PETROTEBECA, el cual cursa por la Fiscalia Novena del Ministerio Publico, de fecha 20 de Diciembre de 2006, signada bajo el No. 24-F9-2228-06, y el tercero de los hoy imputados quedo identificado como YAIRON R.Q.Q., C. I 16.730.463, de 22 años de edad, domiciliado en 1ro. De Mayo, avenida 22, calle 84, casa No. 78, detrás de Pasteles Pipo, no encontrando ningún objeto de interés criminalisticos adheridos en su cuerpo, posteriormente se procedió a realizar las respectivas revisión a dicho vehículo logrando incautar dentro de la guantera que esta ubicada en la parte del frente del copiloto, 05 teléfonos celulares con las siguientes características 1) Teléfono celular marca Motorilla, modelo Movistar de Color Gris, serial de teléfono SJWF0300AA, Serial de Batería SNN5774A, 2) Teléfono Celular, marca Motorilla, modelo movistar, serial de teléfono SJUG0970AA, serial de batería SNN5744A, 03) teléfono Celular Marca Motorilla, modelo C222, de color plata, serial de teléfono SJWF0285AA, serial de batería AANN44285B, 04) Teléfono Celular Marca Motorilla, Modelo C212, de color azul, serial de teléfono SJWF026044, serial de batería SNN568A, 05) Teléfono celular Marca Motorilla, modelo C212, de color azul, serial del teléfono SJWF02559AA, serial de batería SNN5668A, una chequera del BOD, Banco Occidental de Descuento, con el Código de cuenta No. 0116-0101-49-0005839858, un reloj GUESS, de color plata, un reloj Marca Casio, de color plata y partes doradas, una pulsera de color plata y negra, una pulsera de color plata y negra, una pulsera plateada y una cadena de material dorado, presuntamente oro con un peso aproximado de 3 gramos, siendo este coautor de los delitos de Robo de Vehículos Automotor, Porte Ilícito de Arma de Fuego y Aprovechamiento de Cosas Provenientes del Delito”.
Verificada la presencia de las partes, este Tribunal pasa a tomarle el juramento de ley a los Jueces Escabinos, este tribunal una vez verificado los allanamiento respectivos con las personas que para comenzar este juicio. Seguidamente la Juez Profesional declaró ABIERTO EL DEBATE de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 344 del Código Orgánico Procesal, siendo la Una y Treinta (01:30) minutos de la tarde, explicando a la audiencia sobre la importancia y significado del acto y advirtió a las partes que deben litigar de buena fe, ser coherentes en las preguntas formuladas a los testigos, las cuales no deberán ser capciosas, subjetivas, ni impertinentes y que deben mantener durante el debate los principios éticos profesionales y el debido respeto al Tribunal. Asimismo advirtió a los acusados que deberán estar atento a todos los actos del proceso y les informó que podrán declarar durante la audiencia sin prestar juramento, en las oportunidades que lo prefiera y considere conveniente, siempre y cuando no sea utilizada ésta como medida dilatoria del proceso, así como de mantener comunicación con sus defensores en todo momento para lo cual se ubica al lado del mismo, pero que no podrá comunicarse con la defensa mientras declara o le es formulada alguna pregunta y al público asistente que deberán hacer silencio para no interrumpir el principio de inmediación, mantener el buen orden y compostura en la sala durante el desarrollo de la audiencia, y que cualquier manifestación de indisciplina será severamente sancionada por el Tribunal. Asimismo, se deja constancia de que en virtud de que la sala de juicio no cuenta con los medios para la grabación del mismo se acuerda prescindir de ello estando las partes presentes de acuerdo con ello, por cuanto las mismas tampoco proporcionaron algún medio de grabación. Acto seguido, la Juez Presidenta concede el derecho de palabra al Fiscal 13° del Ministerio Público ABOG. J.R., para que exponga los fundamentos de su acusación, por lo que expuso: “En mi carácter de fiscal del ministerio publico y siendo la oportunidad legal para llevar a efecto l juicio oral y publico en contra de los acusados, debo manifestar que en su oportunidad legal manifestó su acusación siendo admitida la misma, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, que les imputo a los tres causados el ministerio publico, en perjuicio del ciudadano G.R., el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, a los ciudadanos J.W.P. y W.F.F.A. y el delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO al ciudadano Y.R.Q., en virtud de haberle incautado a estos ciudadanos un arma de fuego siendo que la que le encontraron al ciudadano W.F. estaba solicitaba por un delito de Robo, y esta fue utilizada por este ciudadana para cometer el delito de Robo agravado de vehículo automotor, y los hechos ocurrieron el 02-02-07, siendo las 10:30 de la mañana, hizo acto de presencia la victima; El Tribunal le pone de manifiesto el acta de audiencia preliminar al Fiscal del Ministerio Publico, donde el tribunal séptimo de control admite totalmente la acusación a los ciudadanos tal y como lo he señalado anteriormente, observa esta representación fiscal que de los delitos acusados contenidos en el escrito de acusación fiscal y así se desarrollo en la respectiva audiencia preliminar el ministerio publico le atribuyo a W.A. el delito de aprovechamiento de cosas provenientes del delito, lo que no se compadece a lo que estableció en su momento el tribunal de control en la audiencia preliminar 040-07, decisión 1282-07, en fecha 08 de mayo del presente año, es por ello como representante del ministerio publico y vista la disparidad existente entre el delito verdaderamente imputado al ciudadano W.F.F. de Aprovechamiento de Cosas Provenientes del Delito, el cual evidentemente y de manera errónea el tribunal de control se lo atribuyo al ciudadano QUINTERO y siendo que en esta audiencia el tribunal debe guiarse por las previosenes tomadas por el tribunal de control en cuanto a la admisión de los delitos señalados en la respectiva acta de audiencia preliminar y auto de apertura a juicio no queda a esta representación fiscal sino solicitar al tribunal que la acusación se limite en cuento a los otros delitos en virtud de que el que se le esta atribuyendo erróneamente al ciudadano Q.d.A.d.C.P.d.D. no pude sostener el Ministerio Publico en esta audiencia dicha imputación en contra del mencionado ciudadano ya que el mismo ni siquiera se le incauto al momento de su aprehensión alguna arma de fuego por lo tanto solicito de este tribunal se limite la acusación a los delitos de robo agravado de vehículo automotor en contra de los tres acusados DE AUTOS Y ADICIONALEMNTE el delito de PORTE LIKLCITO DE ARMA DE FUEGO en contra de los ciudadanos WIULSON FERIA ANTEQUEDA y JHONATAN, en consecuencia prosigo con la exposición; y debo manifiesta entonces que los hechos ocurrieron el 02-02-07, a las 10:30 de la mañana, llegaron en compañía de su esposa en un vehículo marca KIA, de color dorado al taller mecánico del ciudadano J.C. ubicado en las cumbres donde tenían un vehículo también de su propiedad que estaba haciendo objeto de reparación y al momento de bajarse del vehículo fueron interceptados por tres sujetos, dos de ellos portando armas de fuego, amenazándolos y despojándolo tanto de objetos personales a la señora la despojaron de su cartera de tres millones de bolívares que la señora había retirado hacia pocos momentos del banco banesco ubicado en la limpia, y se llevaron el vehículo maraca KIA, color dorado, estos hechos fueron cometidos en presencia del ciudadano dueño del taller J.C.F., quien presencio estos hechos y una vez que los sujetos lograron retirarse del sitio realizan la llamadas de emergencia logrando observar que estos sujetos se trasladaban en un vehículo marca Mitsubichi color dorado, sin la placa trasera, siendo reportada esta información a ala policía y al desplegar los operativos fue recuperado en el vehículo en el comercial paga poco ubicado en esta ciudad encontrado el vehículo herméticamente cerrada, procediendo a tratar de ubicar a estas personas y encontrándose una comisión de funcionarios por la urbanización la floresta lograron visualizar un vehículo con las siguientes características, estos funcionarios lograron ver a tres sujetos a bordo de un vehículo optaron por interceptar al vehículo y lograron identificar a las personas que se encontraban en el interior del mismo, al ciudadano J.R. lograron incautarle un arma de fuego tipo pistola, calibre 9 milímetros, y en el bolsillo derecho un llavero con un control remoto y una llave con el nombre de KIA, igualmente al ciudadano W.F. le fue incautado un arma de fuego tipo S.W.d. color niquelado, con seis cartuchos sin percutir, siendo que esta arma de fuego con posterioridad se logro verificar que la misma estaba siendo solicitado, y el ciudadano R.Q. no le encontraron ningún elemento de interés criminalisitco en su poder, en el momento de su aprehensión no le encontraron ningún objeto en su poder, igualmente al realizar la inspección correspondiente en el vehículo que se encontraban estas personas lograron incautar 5 teléfonos celulares en la guantera del vehículo, igualmente se les incauto una chequera del B.O.D., un reloj marca Casio, una pulsera de color plata y negra, y una cadena de material dorado presuntamente oro y es por ello que el ministerio publico una vez recabada el acta policial donde dejan constancia de este acto donde lograron la detención de estos ciudadanos, con la denuncia formulada por la victima, con la inspección técnica efectuada en el sitio donde lograron la aprehensión de los ciudadanos, el acta de entrevista del ciudadano J.C.F., al igual que la experticia de reconocimiento sobre los objetos que fueron incautados, así como el informe balística, estos elementos de convicción conllevaron a que la fiscalía hiciera la acusación atribuyéndoles los delitos antes mencionados, es por ello que el ministerio publico lograra demostrar la culpabilidad de los acusados y por eso pido que la sentencia sea condenatoria. Es todo”. Terminada la exposición del Fiscal, el Tribunal le concedió el derecho de palabra al Defensor Privado Abogado J.R., quien manifestó lo siguiente: “Mi defensa va estar basada porque no existe prueba alguna en contra de mis defendidos, el ciudadano acaba de desestimar el delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, no tendría sentido de que se presentara el testigo que esta promovido por lo mismo el ciudadano ROIVERA G.U., siendo que fue traído para demostrar el delito, seria un retardo procesal, un testigo que no seria provechoso en esta audiencia, por eso le pido al ciudadano fiscal que desista del mismo. Ahora bien la detención se realizo frente al colegio universitario, esta defensa le va a denostar que no fue así, los funcionarios se introdujeron dentro de la casa donde vive mi ofendido W.F. incluso dentro del cuarto de su hermana sustrayendo bienes propios de su hermana, llevándose incluso una chequera, pues bien les voy a demostrar con las pruebas que yo consigne y que a su tiempo les explicare, las pulseras, el reloj, todo estos bienes son propiedad de mi defendido, y los funcionarios se la quisieron meter a ese procedimiento, y pruebas estas que tengo hasta facturas originales donde están todas esas prendas a nombre de mi defendido, no existe una prueba de carácter jurídico, durante esa fase mal llevado, fue un procedimiento falso, no hay un respaldo ni un sustento para estimar que lo presentado por el fiscal tiene veracidad, algún día de este juicio estimaran bien las pruebas, y se dará una prueba absolutoria, y ratifico que tratará de actuar conforme a derecho y denostará la inocencia de mis defendidos, Es todo”. Seguidamente, la Juez Profesional se dirigió a los acusados J.W.P., W.F.F.A. y Y.R.Q., le solicitó se pusiera de pie de conformidad con lo establecido en el artículo 347 del Código Orgánico Procesal Penal y les explico el hecho que se les atribuye, los impone del Precepto Constitucional previsto en el artículo 49 Ordinal 5º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, indicándoles que pueden declarar si lo desean, y de hacerlo será sin juramento, o abstenerse de hacerlo sin que su silencio lo perjudique y que el debate continuará aunque no declare, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 125,130 y 131 del Código Orgánico Procesal Penal. En este estado, el acusado J.W.P., quien se identifico como: de nacionalidad venezolana, natural de Machiques, titular de la cedula de identidad N° 17.835992, soltero, profesión u oficio: Comerciante, de 21 años de edad, fecha de nacimiento 25-04-1985, hijo de P.J.V. (DIF) y M.R.L., residenciado en detrás del centro medico la limpia, casa N° Barrio La Cueva, entrando por Mister Frenos, entrando por el club Deportivo el nuevo Milenio, casa construida con paredes de bloque sin frisar, de la Villa del r.d.M.R.d.P.d.E.Z., quien MANIFESTÓ: “no quiero declarar. Es todo”. Seguidamente el segundo de los acusados W.F.F.A., quien se identifico como: de nacionalidad venezolana, natural de Machiques, titular de la cedula de identidad N° 16.835.205, soltero, profesión u oficio: Comerciante, de 28 años de edad, fecha de nacimiento 22-11-1970, hijo de W.D., residenciado en Urbanización las lomas, como a dos cuadras los modines, quien MANIFESTÓ: “no quiero declarar. Es todo”. Seguidamente el tercero de los acusados YAIRON R.Q., quien se identifico como: de nacionalidad venezolana, natural de Machiques, titular de la cedula de identidad N° 16730461, soltero, profesión u oficio: taxista, de 33 años de edad, fecha de nacimiento 22-11-1970, hijo de R.Q. Y E.Q., residenciado en Barrio 1° de M.E.Z., quien MANIFESTÓ: “no quiero declarar. Es todo”.
III
DE LA DETERMINACION PRECISA Y CIRCUNSTANCIADA DE LOS HECHOS ACREDITADOS
Una vez que el Tribunal declaró abierto RECEPCION DE LOS MEDIOS PROBATORIOS, y habiendo oído las exposiciones hechas por las partes, de forma inmediata, se procedió a recepcionar las pruebas ofrecidas por la parte acusadora (Fiscal del Ministerio Público) para que éstas fueran controladas por las partes en la Audiencia Oral y Pública, con el propósito de poder verificar sus afirmaciones, mediante los principio de la oralidad, inmediación, contradicción concentración y publicidad del debate con respecto a toda la recepción de pruebas presentadas y que fueron controladas por ambas partes, lo cual consistieron en las siguientes:
1) Con la testimonial de G.J.G.R., titular de la cedula de identidad Nº 9.804.255, de profesión u ofiuco Comerciante, quien expone: yo fui al banco banesco la limpia hice un retiro de tres millones de bolívares de ahí espere que me fuera a buscar mi esposa y fuimos al taller yo me bajo a hablar con el mecánico para ver que repuestos faltan, y en eso me llega un sujeto me pone un arma de fuego en la cabeza y me pone contra la pared, me despoja de todas mis pertenencias, se llevan el vehículo y también despojan a mi esposa, y uno de los vecinos nos presta un celular para que coloquemos la denuncia y en eso fueron y vieron un vehículo mitsubchi dorado, en los que se habían ido las personas, en eso llegan los funcionarios, y ellos salieron en busca del vehículo, el funcionario me dice que le de un numero de teléfono pero como se lo habían llevado el mecánico dio su numero y como a la media hora llamaron que habían recuperado el vehículo por los plataneros por un mercado que esta allí paga poco y nos dirigimos hacia la policía. Seguidamente se le concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público, quien procede a interrogar a la testigo de la siguiente manera: Primera: ¿Recuerda la fecha exacta de los hechos? Contestó: Como nueve meses atrás, fue un viernes en la mañana, cuando Sali del banco, Otra: ¿En compañía de quien se encontraba? Contestó: Con mi esposa LEIBIS, Otra: ¿La dirección del taller? Contestó: Por las cumbres un taller que se llama Julio, Otra: ¿Qué personas se encontraban el taller? Contestó: Julio, su papa y otras personas que estaban reparando su carro, un niño y una señora que estaba dentro de la casa, Otra: ¿Dónde estaba su esposa cuando llega al taller? Contestó: En el vehículo, Otra: ¿Logro ver las características de las personas? Contestó: No porque me pegaron contra la pared y fue una sola, Otra: ¿Cuantas personas vio en el vehículo? Contestó: Tres personas, OTRA ¿Cuántas personas se montaron en el vehículo? CONTESTO Tres personas, Otra: ¿aparte de su vehículo había otro carro? No los vecinos dicen que había un carro aparte del mío mitsubichi, Otra: ¿Qué personas se percataron en ese momento del hecho? Contestó: El mecánico, el papa del mecánico, unas vecinas que estaban ahí, Otra: ¿Al sitio que ocurrió el hecho se aproximaron algunas patrullas? Contestó: Si después que colocamos la denuncia, y pidieron mi numero de teléfono para indicar cualquier novedad, Otra: ¿A los cuantos minutos se aproximó la patrulla al taller? Contestó: A los quince minutos, fue rápido porque estaban cerca de la zona, Otra: ¿De que objeto fue despojado usted? Contestó: Del dinero, y de mis pertenencias y mi celular, Otra: ¿Cuántos celulares despojaron estas personas? Contestó: El del mecánico, el de mi esposa y el mío, Otra: ¿Qué marca es el celular que se llevaron? Contestó: Un compal, un motorilla, Otra: ¿Tiene las características de los celulares? Contestó: Motorilla, tapita azul, y un compal gris, Otra: ¿Cuantas personas fueron las que se montaron en su vehículo? Contestó: Tres, OBJECION, NO AL LUGAR, Otra: ¿Su esposa le manifestó que había visto a las personas? Contestó: No pudo ver a nadie, Otra: ¿Usted afirmo que algunos vecinos vieron donde se transportaban estas personas para cometer el hecho? Contestó: Estaba el electricista y los vecinos que estaban en la esquina, pero no los conozco, Otra: ¿A que autoridad notifico usted? Contestó: A la regional OBJECION, CON LUGAR, Otra: ¿Usted se dirigió cuando le informaron de la recuperación de su vehículo? Contestó: A los patrulleros, Otra: ¿Cómo estaba el vehículo? En buen estado, Otra: ¿Logro percatase como estaba el vehículo si estaba herméticamente cerrado? Contestó: No me fije, yo reclamé mis pertenencias pero me mostraron algunas pertenencias y no eran míos, esos objetos me los mostraron después cuando fui a colocar la denuncia, Otra: ¿Llego a observar el vehículo en el comando? Contestó: No Otra: ¿Le pusieron de manifiesto las personas que habían sido detenidas? Contestó: Que habían capturado tres sujetos, pero no las vi, Otra: ¿Le manifestaron que si habían recuperado los celulares? Contestó: Ellos me dijeron que no, Otra: ¿Recuperaron el dinero? Contestó: No nada ni lo mío ni lo de mi esposa, Otra: ¿Quienes les informe a ustedes que habían detenido a las personas? Contestó: Los funcionarios, Otra: ¿Tiene conocimiento del nombre del papa del nombre del taller? Contestó: Se llama julio también, Otra: ¿El presencio el hecho también? Contestó: Si, Otra: ¿Hubo alguna manifestación en el momento del robo por parte de estos muchachos? Contestó: A mi me pegaron contra la pared me dijeron no me vea, Otra: ¿El señor julio trato de hacer algo? Contestó: El quedo paralizado, Otra: ¿Su esposa que hizo ella al momento en que la habían atracado? Contestó: Se puso a llorar, le dio una crisis de nervios, Otra: ¿Se dirigió al sitio donde fue recuperado el vehículo? Contestó: No yo fui la comando de la patrulla, Otra: ¿Cuándo llego al comando ya estaban las personas detenidas? Contestó: No yo llegue luego me mostraron el carro, y me dijeron que estaban tres personas detenidas, Otra: ¿Consiguieron pertenencias suyas? Contestó: No le consiguieron nada, solo el vehículo que cuando los funcionarios llegaron estaban allá, Otra: ¿su esposa leibis castro le vio la vestimenta de estos sujetos? Contestó: No se. Seguidamente se le concede la palabra la Defensa Privada Abogado J.R. procede a interrogar a la testigo de la siguiente manera: Primera: ¿Logro usted ver como eran esas personas? Contestó: No pude ver, Otra: ¿Qué tiempo cree usted en que lo pegaron a la pared y se llevaron el vehículo? Contestó: Eso fue rápido, Otra: ¿Cuándo se comunico con los funcionarios le indicaron que tenían alguna propiedad suya? Contestó: No habían recuperado nada el vehículo solamente, Otra: ¿Esta usted seguro de que su esposa no vio a nadie? Contestó: No ella no vio a nadie, Otra: ¿No logro ver sino mas que el bulto, logro ver la ropa de estas personas? Contestó: No. Seguidamente este Tribunal procede a interrogar a la testigo de la siguiente manera: Primera: ¿Diga usted el mes y el año en que se cometió el hecho? Contestó: En marzo de este año 2007, como a las diez de la mañana, Otra: ¿De donde venia usted? Contestó: Del banco, Otra: ¿En que se traslado usted? Contestó: Un optra kiat, placa bcg-99g, es de mi propiedad, Otra: ¿El vehículo que iba a buscar en el taller era de su propiedad? Contestó: No de mi esposa pero esta a nombre de su papa, Otra: ¿Ese dinero efectivo de tres millones de bolívares quien cargaba el dinero? Contestó: Mi esposa, Otra: ¿A que hora llegan al taller? Contestó: Como a las diez, Otra: ¿Cuándo llega al taller que pasa? Contestó: Yo me bajo del vehículo para hablar con julio el mecánico, estaba su papa, había un niño pequeño mi esposa se quedo en el carro, Otra: ¿Cuándo esta hablando con el señor julio que paso? Contestó: Llegan y me apuntan en la nuca con un arma, y me pegan en la pared y me dicen que me quede tranquilo que no va a pasar nada, Otra: ¿Cuándo usted se voltea? Contestó: Arranca el vehículo y veo los tipos montados el vehículo, Otra: ¿Cuántas personas se montan en el kiat? Contestó: Tres, Otra: ¿Cómo son las características? Contestó: El primero era robusto, alto, blanco, el segundo menos flaco que el primero, OBJECION el tribunal esta en busca de la verdad, no al lugar, el tercero era flaco, no se Otra: ¿Estaba encapuchados? Contestó: No pude ver, Otra: ¿Vio que ingresaron los sujetos que ingresaron dentro de su vehículo? Contestó: No, Otra: ¿Qué sucedió después que usted los tres sujetos se montan en su vehículo y su esposa llega llorando? Contestó: Me presentan el celular el señor julio, y llamamos a la policía regional diciendo que nos habían robado, Otra: ¿En cuanto llegaron al taller? Contestó: Como en quince minutos, fue rápido. Seguidamente la Ciudadana Secretaria solicita al alguacil se sirva hacer comparecer a la sala al primer testigo, ciudadano R.F., titular de la cedula de identidad Nº 13.006.680, de profesión u ofiuco Licenciada en Ciencias Policiales, adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, de conformidad con el articulo 242 del Código orgánico Procesal Penal, se le pone de manifiesto las dos acta de experticia, quien expone: Se trata de un vehículo modelo optima, color veis, marca kiat, que fue ingresado el día 05 de febrero de 2007, por algún organismo policial que no le sabría decir porque no consta en el acta, en compañía del funcionario W.A., ratifico mi firma. Seguidamente se le concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público, quien procede a interrogar a la testigo de la siguiente manera: Primera: ¿Ratifico su firma y el contenido de esta acta? Contestó: Si, Otra: ¿Cómo estaba el vehículo? Contestó: No le se decir, solo se deja constancia que para la practica del vehículo se encontraba en estado original, Otra: ¿Si el vehículo estaba abierto o cerrado? Contestó: No lo recuerdo, Otra: ¿Para practicar la experticia tuvieron que abrí el vehículo? Contestó: Si por supuesto. Seguidamente se le concede la palabra la Defensa Privada Abogado J.R. procede a interrogar a la testigo de la siguiente manera: Primera: ¿Al momento de realizar la experticia noto usted si en su pedimento se le exigía la prueba técnica de huellas, dígitos dactilares a ese vehículo? Contestó: No, Otra: ¿Al momento de recibir ese vehículo para la realización de la experticia pudo estar totalmente contaminado? Contestó: De hecho todos los vehículos que llegan a la PTJ ellos han pasado por muchas manos, este vehículo fue trasladado por el estacionamiento de SERVISURCA.
2) Con el testimonio de la ciudadana LEIBYS COROMOTO C.U., titular de la cedula de identidad Nº 9.787.076, de profesión u ofiuco Licenciada en Administración, quien expone: Llegamos al taller a dejar un vehículo reparando y mi esposo se bajo al taller y cuando vi eran tres personas armadas y se llevaron todo lo que cargábamos y el vehículo, luego se fueron la policía nos llamo para decirnos que había recuperado el carro. Seguidamente se le concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público, quien procede a interrogar a la testigo de la siguiente manera: Primera: ¿De donde venían ustedes antes de llegar al taller? Contestó: Del banco banesco, sector los aceitunos, en la limpia, Otra: ¿Qué hicieron ustedes allí en la entidad bancaria? Contestó: Mi esposo retiro un dinero, Otra: ¿Que cantidad fue? Contestó: Tres millones de bolívares, Otra: ¿Qué hora eran? Contestó: Como las nueve, Otra: ¿Una vez que se retiran del banco hacia donde se dirigen? Contestó: Hacia el taller, Otra: ¿El vehículo que carga su esposo cuales son las características? Contestó: Un Optra Beis, Otra: ¿Qué día fue eso? Contestó: El 02-02-07, Otra: ¿Cuándo llega al taller conduciendo el vehículo que ocurrió allí? Contestó: Yo me quede dentro el carro y mi esposo se bajo y lo apunto uno y a mi me apunto otro, y cuando se fueron con el carro eran tres, Otra: ¿Cuándo la despojan del vehículo había otro vehículo ahí? Contestó: No Otra: ¿En que momento observa a usted a las personas que lo despojan del vehículo? Contestó: No lo se porque una vez que me apuntan en la cabeza me dice que no lo mire y por eso no le se decir las características, Otra: ¿A que distancia estaba usted a donde se encontraba su esposo? Contestó: Tres metros, Otra: ¿Qué estaba haciendo su esposo en ese momento? Contestó: Le estaba entregando el dinero al mecánico, Otra: ¿Qué tipo de arma le observo usted? Contestó: No se, solo se que es un arma, Otra: ¿Al momento en que usted manifiesta ver el vehículo cuantas personas logro visualizar en el interior de su vehículo? Contestó: Tres, Otra: ¿Qué le manifestó usted que se le aproximo al vehículo? Contestó: Que me bajara, mientras tanto la otra persona tenia a mi esposo, Otra: ¿Qué objetos le quitaron? Contestó: Los celulares, el dinero que tenia y la cartera, Otra: ¿Cuál era el contenido de su cartera? Contestó: El dinero que se había retirado del banco, Otra: ¿Cuántos celulares le quitaron? Contestó: Dos y al mecánico también se le llevaron el celular se de tres no se si hubo mas, Otra: ¿Logro observar que en el interior del taller se encontraban otras personas? Contestó: Mi esposo, y otra persona, Otra: ¿Qué ocurrió después que ellos se fueron? Contestó: Llamamos al 171 del teléfono de un vecino, Otra: ¿Cómo en cuanto tiempo llego la patrulla al taller? Contestó: Como 20 15 minutos, Otra: ¿De quien es el vehículo que se llevaron? Contestó: De mi esposo, Otra: ¿Cuánto tiempo transcurrió desde el momento en que estas personas se llevaron el vehículo y para enterarse de que recuperaron el vehículo? Contestó: Como dos horas u hora y media, Otra: ¿Tiene conocimiento donde recuperaron el carro? Contestó: En las cumbres, por los plataneros Otra: ¿Tuvo conocimiento de que por el robo del vehículo resultaron detenidas algunas personas? Contestó: Si, en el momento en que manifestaron que habían recuperado el vehículo, Otra: ¿En que condiciones estaba su vehículo? Contestó: En optimas condiciones, Otra: ¿Cómo estaba el vehículo abierto o cerrado? Contestó: Estaba cerrado por eso mi esposo tuvo que llevar la llave para abrirlo, Otra: ¿Le mostraron los funcionarios algunos objetos para saber si eran de su propiedad? Contestó: Si nos mostraron pero ninguno era de nosotros, Otra: ¿Tuvo conocimiento si las personas que resultaron detenidas se les incauto armas de fuego? Contestó: Los funcionarios nos manifestaron que si tenían armas de fuego, Otra: ¿A que distancia se encontraba usted de su esposo? Contestó: Como tres metros, Otra: ¿Usted tenia los vidrios abiertos o cerrados? Contestó: Cerrados, Otra: ¿Y como se dio cuenta que había una persona alli? Contestó: Porque me toco el vidrio y yo al ver el arma de fuego le dije aquí esta el carro, Otra: ¿Alguna persona manifestó de haber visto el atraco o las personas quien se llevaron su carro? Contestó: Si una persona que vi por ahí, nos dijo que se habían bajado de un carro mitsubischi, Otra: ¿Cuándo las personas se llevaron el vehículo de ustedes hacia donde se dirigieron? Contestó: Se fueron hacia la vía de las cumbres de Maracaibo, Otra: ¿logro observar el vehículo en que se transportaban estos sujetos al llegar en le taller? Contestó: No. Seguidamente se le concede la palabra la Defensa Privada Abogado J.R. procede a interrogar a la testigo de la siguiente manera: Primera: ¿Esta segura que su esposo llego la llave duplicado para poder encender el vehículo? Contestó: Si, Otra: ¿Le mostraron a usted todas las evidencias que le incautaron a las personas detenidas y en las mismas habían de usted o su esposo? Contestó: Me mostraron algunas pero no había ninguna de nosotros, Otra: ¿Cuántas personas logro ver? Contestó: En el carro estaba tres. Seguidamente el Tribunal procede a interrogar a la testigo Primera ¿Indique mes y año en que sucedieron los hechos? Contestó: El dia 02-02-07, a las 10 de la mañana, Otra: ¿El lugar de los hechos se origino dentro o fuera del taller? Contestó: Mi esposo estaba dentro del taller y el carro estaba afuera, Otra: ¿De donde venían ustedes? Contestó: Del Banco Banesco ubicado en la limpia, Otra: ¿Qué fueron hacer en el banco? Contestó: A retirar un dinero la cantidad de tres millones de bolivares, Otra: ¿Del banco al taller en que vehículo se trasladaron? Contestó: En el vehículo KIA, color beige, Otra: ¿Una vez que se baja su esposo del vehículo hasta el taller cuanto tiempo pasa para cometer el hecho? Contestó: Yo diría que de inmediato, Otra: ¿Cuántas personas le llegaron? Contestó: Dos personas, Otra: ¿Cómo era la persona que lo sostenía? Contestó: Un muchacho, de sexo masculino, era joven Otra: ¿Usted vio al sujeto que se le acerco a su esposo? Contestó: Apuntaron a mi esposo y pegaron contra la pared, Otra: ¿En que momento que a su esposo lo están apuntando cuantos segundos pasan le tocan el vidrio de su vehículo? Contestó: Segundo, Otra: ¿Usted vio la persona? Contestó: Si, era una persona delgada mas o menos como de 1,70, no se nada mas porque fue al momento de voltear, Otra: ¿El arma de que color era? Contestó: No se era un arma de mano, Otra: ¿El color de mano del sujeto que la sostenía? Contestó: No lo se, Otra: ¿Abre la puerta? Contestó: Si Otra: ¿Qué pasa inmediatamente que abre la puerta? Contestó: La persona me dijo que me bajara del carro, me quito la cartera y los celulares, Otra: ¿Después que sale del vehículo, donde esta ubicado el sujeto con el arma? Contestó: En la parte de atrás de la puerta, en la puerta del chofer, Otra: ¿Cómo se baja del vehículo? Contestó: Abro la puerta saco la pierna y me baje, yo quede mirando hacia atrás, Otra: ¿Vio al sujeto? Contestó: Si, Otra: ¿Explique cuales son las características del sitio que la apunto? Contestó: Como de 1,70, el color de la piel no le sabría decir, era delgado, Otra: ¿Qué le indico el sujeto? Contestó: Que bajara la cabeza y que me fuera al taller, Otra: ¿Quién estaba en el taller? Contestó: El mecánico, un señor y el sujeto que estaba apuntando a mi esposo, Otra: ¿A través de que medio llamaron al 171? Contestó: Al celular no los trajo el mecánico, Otra: ¿Quién llamo al 171? Contestó: Yo llame, Otra: ¿Se apersono algún funcionario en el taller? Contestó: Si uno solo, Otra: ¿Había otras personas distinta al señor julio? Contestó: Al momento de llegar no lo se, pero después vi a otro señor, Otra: ¿Ustedes dieron un teléfono cuando fuera recuperado el vehículo? Contestó: Si, Otra: ¿A que hora la llamaron para decir que habían recuperado el vehículo? Contestó: Como a las 0nce y media aproximadamente, Otra: ¿Qué le indicaron los funcionarios policiales? Contestó: Que habían recuperado el carro en el sector los plataneros, Otra: ¿Qué le indicaron los funcionarios? Contestó: Que habían tres personas detenidas, Otra: ¿Los funcionarios solicitaron alguna llave? Contestó: Si para no romper el vehículo porque estaba cerrado, Otra: ¿Cuántas llaves de repuestos tenia el vehículo? Contestó: Una, Otra: ¿A quienes le entregan la llave del vehículo? Contestó: a un funcionario, Otra: ¿Qué le informo el funcionario al momento de abrir el vehículo? Contestó: Que si le faltaba algo y nosotros le dijimos que no, Otra: ¿Le mostraron algunos objetos los funcionarios? Contestó: Unos celulares, Otra: ¿A usted se le llevaron objetos de prendas? Contestó: No
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3) Con el testimonio del ciudadano T.J.B., titular de la cedula de identidad Nº 12.804.952, de profesión u ofiuco Funcionario de la Policía Regional del Estado Zulia, y de conformidad con el articulo 242 del Código Orgánico Procesal penal se le pone de manifiesto el acta policial, quien expone: El día 02-02 del presente año me encontraba con un grupo de oficiales cuando por la central de comunicaciones se recibió un reporte que en la urbanización se habían robado un vehículo marca KIA a un ciudadano, procedimos a hacer un recorrido por el sector, ya que habían dado las características del vehículo para ver si podíamos dar captura a los ciudadanos, nuevamente por la radio nos informaron que el supermacado paga poco habían dejado un vehículo botado, con las características antes mencionadas, cuando íbamos en sentido curva Molina, visualizamos un vehículo que venia en sentido contrario procedimos a girar en u, del mismo se bajaron tres ciudadanos y a dos de ellos le incautamos un arma de fuego, y dentro del vehículo habían varios celulares, pulseritas, y lo llevamos a la división de antecedentes penales. Seguidamente se le concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público, quien procede a interrogar a la testigo de la siguiente manera: Primera: ¿Recuerda la hora día y fecha de los hechos? Contestó: A las diez y veinte del día 02-02-07, Otra: ¿Cómo obtuvo conocimiento de la ocurrencia del robo de vehículo? Contestó: Porque nosotros tenemos una frecuencia interna, y esta nos indica lo que esta ocurriendo y tener mayor control de lo que esta sucediendo, Otra: ¿En esa información donde había ocurrido ese hecho? Contestó: Fue en la urbanización cumbres de Maracaibo, Otra: ¿Ustedes se dirigieron hacia el sitio? Contestó: No, Otra: ¿En que condiciones encontraron el vehículo? Contestó: Estaba cerrado, Otra: ¿y en donde estaba el vehículo? Contestó: En el estacionamiento del supermercado paga poco, Otra: ¿Qué hicieron al llegar? Contestó: Reportar la placa del vehículo, y espere a que llegara la grúa Otra: ¿Hacia donde se dirigieron ustedes? Contestó: Hacer el recorrido por toda esa zona, Otra: ¿para ese momento ya tenían información de donde estaba el otro vehículo mitsubichi dorado? Contestó: Ya teníamos información, Otra: ¿Qué tiempo transcurrió? Contestó: Como a las doce del mediodía, Otra: ¿Cuántas personas visualizan en el vehículo? Contestó: Tres, Otra: ¿Qué actitud tomaron estas personas al momento de ser detenidos? Contestó: Se bajaron levantaron las manos, normal, Otra: ¿Podría describir el llavero que estaba en el vehículo? Contestó: Un llavero negro, que decía la palabra KIAT, Otra: ¿Dónde encontraron esa llave? Contestó: No se fue en una de las personas que detuvimos la tenia en su pantalón, Otra: ¿Cuántos celulares lograron incautar allí? Contestó: Cuatro o cinco no recuerdo, Otra: ¿Le llegaron a manifestar de quien eran estos objetos? Contestó: Que eran de ellos, Otra: ¿Dejaron constancia del acta policial de lo que habían manifestado esas personas? Contestó: No, porque no lo vi importante, Otra: ¿Le exigieron su porte de arma? Contestó: Si, Otra: ¿Identifique en este acto a las personas que tenia el arma de fuego? Contestó: Dos personas portaban arma de fuego una no la portaba, no recuerdo los nombres, Otra: ¿Le llegaron a estas personas porque motivo? Contestó: Porque estaban en un vehículo mitsubichi dorado, tres personas, y nos habían informado que el vehículo kiat fue robado y los sujetos huyeron en un vehículo con esas mismas características, Otra: ¿Quiénes integraron ese procedimiento? Contestó: OFICIAL ROJAS, Y JORGE PEREA Y MI PERSONA, Otra: ¿En cuanto a los objetos que se le incautaron a los ciudadano usted se los mostró a las personas que habían sido victimas? Contestó: Si le mostré los celulares y las prendas y estos manifestaron que no era nada de ellos, ‘Otra: ¿Cómo sabe que esa llave que tenia uno de los detenidos era del KIAT? Contestó: Porque me acerque al carro kiat que estaba en el comando con la llave y este abrió, Otra: ¿Señale a este tribunal si esas llaves le fueron conseguidas a una de las personas que fueron detenidas o las llevo la victima de auto? Contestó: Le fue incautada a uno de los tres ciudadanos detenidos. El ministerio Público solicita un careo entre el funcionario y la ciudadana LEIBIS COROMOTO C.U.. La defensa solicita que se desestime dicha solicitud, en virtud de la solicitud del ministerio público este tribunal no se va a pronunciar en este momento, solo al final de todo el proceso y si al final este tribunal considera necesario que se realice el careo se realizara. Otra: ¿Si algún otro funcionario se traslado al sitio de los hechos? Contestó: Por los general la patrulla de la parroquia tiene el deber de pasar por el sitio para pasar la información, Otra: ¿Tuvo conocimiento de que funcionario se traslado al taller? Contestó: No, Otra: ¿sabe la identificación de la unidad? Contestó: Parroquia R.L., pero no le se decir la identificación de la patrulla, Otra: ¿Le enseñaron los sujetos de donde habían tenido esas armas de fuego? Contestó: No. Seguidamente se le concede la palabra la Defensa Privada Abogado J.R. procede a interrogar a la testigo de la siguiente manera: Primera: ¿Existían en estas evidencias alguna que fuera propiedad de las victimas? Contestó: No ninguna de ellas, Otra: ¿El vehículo mitsubichi tenia placas? Contestó: Tenia una placa por delante por detrás no tenia, Otra: ¿Cuántos testigos dejo plasmada en esa acta? Contestó: Para el momento de la detención de los ciudadanos no se pudo obtener ningún testigo, no había ninguna persona que transitara por AHÍ, Otra: ¿Al momento que ustedes le incautaron esas armas las embolsaron, las sellaron que protegiera cualquier manipulación? Contestó: No, Otra: ¿Sabe usted que necesariamente se debe tener como mínimo dos testigos para levantar un acta policial? Contestó: Si lo sabemos pero fue algo fortuito, no sabíamos que se iba a presentar en ese momento Otra: ¿Actuaron de manera agresiva en la detención? Contestó: No. Seguidamente el Tribunal procede a interrogar a la testigo de la siguiente manera: Primera: ¿De donde obtuvo conocimiento de los hechos? Contestó: De la central de comunicaciones, Otra: ¿Quién dirigía quien estaba a cargo del procedimiento? Contestó: Mi persona, Otra: ¿Por qué realiza la detención de los ciudadanos? Contestó: Primero por arma de fuego y segundo por el llavero que tenia uno de ellos, que decía KIAT, Otra: ¿Cuántas personas detuvieron? Contestó: Tres, Otra: ¿En el momento de la detención se le hizo la revisión corporal? Contestó: Si, Otra: ¿Los ciudadanos que fueron detenidos se encuentran en esta sala? Contestó: Si Otra: ¿A quien se le encontró la llave? Contestó: Al muchacho de camisa de rayas, Otra: ¿Dónde tenia la llave que usted menciona? Contestó: En el bolsillo derecho del pantalón, Otra: ¿Al resto de los detenidos que se le incauto? Contestó: Al segundo un arma de fuego, y el camisa azul no se le encontró nada era el que iba manejando el carro, Otra: ¿Cuándo llega al comando que hacen ustedes? Contestó: Lo colocamos a donde ponemos a todas las personas detenidas, Otra: ¿Usted se acerco al vehículo y presiono el botón del llavero del vehículo, estaban las victimas? Contestó: No, Otra: ¿Usted se entrevista ese mismo dia con las victimas? Contestó: Si, Otra: ¿En el mitsubichi de color dorado le mostraron los objetos a las victimas que estaban allí? Contestó: Si, Otra: ¿Y le mostraron el llavero? Contestó: Si, Otra: ¿Llevo usted a las victimas al estacionamiento? Contestó: Si, Otra: ¿La victima llevo la llave de ese vehículo? Contestó: no se a mi no me las entrego, Otra: ¿Con que llave abrió el vehículo? Contestó: Con las que había sido incautada en el procedimiento, Otra: ¿La pistola fue incautada a cual de los acusados? Contestó: Se le incautaron dos armas pero no recuerdo a quien se le incauto el arma y el revolver, Otra: ¿Cuál de los funcionarios que acto en el procedimiento le incauto la llave al acusado? Contestó: Yo, esto seguro. Seguidamente el ministerio público pone de manifiesto el acta de inspección del sitio, de conformidad con el artículo 242 del Código Orgánico Procesal penal, y en consecuencia ¿Ratifica su firma? Contestó: Si es mi firma, Otra: ¿Qué hicieron con esos objetos? Contestó: Se entregaron en el comando, Otra: ¿Levantan un informe de cadena de custodia? Contestó: Para ese entonces no se realizaba el informe de cadena de custodia, Otra: ¿Esa inspección donde la realizaron? Contestó: En donde fue la detención de los ciudadanos. Seguidamente la Defensa Otra: ¿Esa acta quien la suscribió? Contestó: Yo, Otra: ¿Qué dice la ultima línea de esa inspección? Contestó: Se realizo una inspección en los alrededores no logrando incautar ningún objeto de interés criminalisitcos”.
4) Con el testimonio de ciudadano J.C.S., titular de la cedula de identidad Nº 14.1385912, quien fue debidamente juramentado por la Juez Profesional dejándose que el testigo se presenta previa identificación el cual al momento de la juramentación de ley esta impedido levantar su mano derecha ya que presenta operación en la mano derecha, la cual se encuentra vendada a su cuello, de lo cual se le toma juramento de que debe decir la verdad y solamente la verdad de los hechos que conoce y él mismo manifestó: “Juro decir la verdad y nada mas que la verdad con relación a este caso, quien expone: Yo me encontraba ese día en mi negocio iba legando el sr. Gustavo porque le estaba perorando un carro, entonces cuando llegaron unos sujetos atracando, yo tome a mi hermanito para que no nos hicieran nada, y al sr. Gustavo se lo llevaron t le quitaron el carro, la persona era un alto y me dijo que no fuera a mirar no lo recuerdo muy bien y luego se fueron. Es todo.- De seguida se le concede la palabra al fiscal del Ministerio Público a los fines de que realice su interrogatorio dejándose constancia de las siguientes preguntas y respuestas: Primera Pregunta. ¿Recuerda usted la fecha cuando ocurriendo los hechos? Respondió: hace como 10 meses. Otra ¿en que sitio ocurrieron los hechos? Respondió: Cumbres de Maracaibo. Otra ¿que personas se encontraban en el talle ese día? Respondió: Elsa, Gustavo, mi hermano y yo. Otra ¿El sr. Gustavo se presento solo ese día al taller? Respondió: Estaba su esposa pero dentro del carro. Otra ¿tiene alguna cerca que impidiera ver el vehículo? Respondió: hay una pared pero si se ve desde allí el carro.- Otra ¿cuantas personas se encontraban en el hecho? Respondió: No los Conté porque ellos dijeron que no fuéramos a mirar. Otra ¿logró usted observar algún arma de fuego? Respondió: El que me quito el celular tenia una arma, pero no se distinguir que tipo de arma era. Otra ¿que tipo de arma de fuego era? Respondió: era color niquelado, como si estuviera desgastado. Otra ¿estas personas que entraron al taller que se llevaron? Respondió: se llevaron el carro del sr. Gustavo. Otra ¿pudo visualizar cuantas personas se montaron en el vehículo? Respondió: no se decirle bien. Otra ¿pudo observar características de las personas que llegaron a robar en el taller? Respondió: no, lo único que recuerdo es de la persona que me quito el celular, era un blanquito. Otra ¿podría manifestar si esa persona se encuentra en esta sala? Respondió: No.- Otra ¿cuanto tiempo duraron esas personas allí? Respondió: eso fue rápido. Otra ¿escucho usted si el sr. Gustavo comentó de que lo venían siguiendo? Respondió: NO. Otra ¿cuanto tiempo tenia el sr. Gustavo en el taller cuando llegaron las personas? Respondió: como 10 minutos. Otra ¿Pudo observar cuando se llevaron el vehículo? Respondió: si. Otra ¿Lo despojaron a usted de algún objeto personal? Respondió: si, un teléfono celular elgi 7000. Otra ¿logro usted recuperar el objeto? Respondió: no.- Otra ¿fue recuperado el vehículo del sr. Gustavo? Respondió: si, lo supe a los días que fue recuperado.- Otra ¿tuvo conocimiento donde fue recuperado? Respondió: creo que fue para paga poco.- Otra ¿se presento algún funcionario al lugar donde fue despojado el Sr. Gustavo de s vehículo? Respondió: si, se presento una patrulla tomo los datos y se fue.- Otra ¿tiene conocimiento si alguna persona pudo haber observado el vehículo en que llegaron estas personas al taller? Respondió: no escuche comentarios. Otra ¿recuerda usted como estaban vestidas esas personas? Respondió: solo recuerdo la persona que me quito el celular que tenía un jeans y un sweter azul.- Otra ¿tiene usted conocimiento en que condiciones encontraron el vehículo? Respondió: no. Otra ¿Tenia usted conocimiento que el vehículo tenia satelital? Respondió: no sabia nada. Es todo.- Terminando el interrogatorio se le concede la palabra a la defensa para que realice su interrogatorio dejándose constancia de las siguientes preguntas y respuestas: Primera pregunta. ¿Acudió anteriormente usted por otro tribunal? Respondió: si, yo vine a un reconocimiento y le dije a la juez que no eran esas personas que me mostraron. Otra ¿esta seguro que las personas que están acá no se encuentran en el lugar de los hechos? Respondió: las personas que me pusieron para reconocer no eran ellos. Es todo.- Terminado el interrogatorio tomo la palabra el Tribunal a los fines de realizar el interrogatorio: Primera pregunta. ¿Usted vio llegar a las personas que robaron el Vehículo? Respondió: No, escuche a la esposa del sr. Gustavo que estaba llorando. Otra ¿vio algún otro carro? Respondió: no.- Otra ¿En el momento que llegaron esas personas al taller donde se encontraba usted? Respondió: me encontraba lavando unos tripoides y el sr. Gustavo detrás, luego llegaron esas personas diciendo no se muevan bajen la cara. Es todo.- la Juez presidente realizó la siguiente pregunta: ¿Los vecinos se acercaron el día de los hechos? Respondió: yo vi a la Sra. Lilia, el sr. Leonardo, y muchos vecinos de esa zona cuando escucharon los gritos de la sra. llorando.- Otra ¿usted declaro en la policía? Respondió: no.- Otra ¿llego a ver a las personas que se le acercaron al sr. Gustavo? Respondió: no.- Otra ¿puede decir si la persona que lo despoja del tlf estaba armada? Respondió: si.- Otra ¿recuerda características de esa persona? Respondió: si era mas alto que yo, y de piel color blanca.- Otra ¿recuerda como era el armar? Respondió: era como de color niquelada. Otra ¿pero que tipo de arma era? Respondió: no se porque yo serré los ojos no me fuera a matar”.
5) Con el testimonio del ciudadano J.L.P.G., quien dijo ser y llamarse J.L.P.G., titular de la cédula de identidad N° V-10.433.365, credencial 0450, Adscrito a la Policía Regional del Estado Zulia, quien al tomarle Juramento por la Juez Presidente del Tribunal, expuso: “Lo Juro”. De seguida el Ministerio Público solicita ponerle de Manifiesto al funcionario el acta policial. Acto seguido la Juez presidente le indica al alguacil le ponga de manifiesta el acta a la Defensa y puesta de manifiesto al Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal. Seguidamente el funcionario expuso: “Nosotros nos encontrábamos en labores de patrullaje y fue reportado un vehículo por la central de patrullaje, en el momento que se desplazaban por el sector los plataneros observamos el vehículo y de inmediato el inspector TEOFILO ordeno que trasladaran una grúa, de seguida nos dejamos trasladar patrullando por la zona, cuando a la altura del CUM, observamos un Mitsubichi el cual tenia las mismas característica, dada por la Central de comunicaciones donde huyeron los presuntos actores del robo, procedimos a interceptarlo y una vez que le dimos la vos de alto a dicho vehículo, se bajaron tres sujetos y al realizar la requisa respectiva a los mismos se le incauto dos armas de fuego, posteriormente lo pusimos a la orden de la superioridad, es todo”. Seguidamente se le concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público, quien procede a interrogar a la testigo de la siguiente manera: Primera: ¿En que fecha? Contesto: “No recuerdo”. ¿Con quienes se encontraba usted? Con el inspector TEOFILO y el oficial Charles? Otra ¿Cómo tubo conocimiento que los sujetos se desplazaban en un vehículo Mitsubichi? Contestó: “Lo informo la central de comunicaciones”. Otra ¿Tiene conocimiento donde estaba ubicado el taller? Contesto: “No se pero supuestamente cerca de paga poco” Otra ¿A cuantos minutos llegaron ustedes? Contesto: “En pocos mininitos” Otra ¿Cómo se encontraba el vehículo? Contestó: “Estaba Cerrado”. Otra ¿Hacia donde se dirigieron? Contesto: “Fuimos vía la rotaria y a los pocos minutos vimos el vehículo con las mismas características, dada por la Central de comunicaciones”. ¿Qué actitud tomaron ustedes? Contesto: “Nos devolvimos y interceptamos el vehículo y nos identificamos”. Otra ¿En que sentido venia ustedes? Contestó: “El Vehículo venia vía la limpia y nosotros en sentido contrario” Otra ¿Recuerda las características de las armas? Contesto: “Una pistola y la otra un revolver, la pistola la tenia el mas alto y el revolver el mas pequeño” Otra ¿Cómo era el transito? Contesto: “Normas”. Otra ¿Trataron de buscar un testigo para que presenciara el procedimiento? Contesto: “No, por lo rápido que se dieron los hechos no dio tiempo”. Otra ¿Le manifestaron a estas personas porque lo detuvieron? Contesto: “Le indicamos que los detuvimos por las características similares y que los mismos no tenían permisología de las armas”. Otra ¿Presencio usted el momento en que estas personas fueron requisadas? Contesto: “Si, el inspector nos indico que se le decomiso también una llave de vehículo” Otra ¿Incautaron alguna otra evidencia? Contesto: “El Inspector TÉOFILO informo que se le incautaron varios celulares en la guantera” Otra ¿Se le exhibió a los denunciantes a los sujetos detenidos? Contesto: “No se, porque quien se quedo realizando el procedimiento fue el inspector TEOFILO”. Otra ¿Observo usted cuando se le incauto las llaves del vehículo KIA? Contesto: “No”. Otra ¿Ustedes elaboraron alguna acta del resguardo de la evidencia? Contesto: “No creo”. ¿Quién tiene la responsabilidad de preservar las evidencia? Contesto: “El Funcionario de mayor jerarquía es quien realizo todo el procedimiento” Otra ¿Tiene conocimiento si algún otro funcionario se traslado al taller donde habían ocurrido los hechos? Contesto” No se” Otra ¿Tenían ustedes la obligación de trasladarse al sitio donde ocurrieron los hechos? Contesto: “No necesariamente ya que informamos a la central que fue recuperado el vehículo” Otra ¿Qué otra diligencias practicaron? Contesto: “No porque el procedimiento se paso a la Fiscalía del Ministerio Público”. Otra ¿Llego usted a ver al dueño del taller donde ocurrieron los hechos? Contesto: “No”.Seguidamente se le concede la palabra la Defensa Privada Abogado J.R. procede a interrogar a la testigo de la siguiente manera: Primera: Constancia ¿Fue usted con sus compañero al lugar donde apareció el vehículo, fue recuperado en el estacionamiento? Contesto: “Si a paga poco, si llegamos al sitio el vehículo estaba en el estacionamientos del Supermercado paga poco”. C.O. ¿Cuánto tiene usted como funcionario? Contesto “12 años”. Otra Constancia ¿Porque usted sabiendo que es cadena de custodia y lo importante de ella no la realizo en el procedimiento? Contesto “El inspector T.J. fue el encargado de hacer estas actuaciones”. Otra ¿Cuándo incautaron estas arma que hicieron con ellas? Contesto: “La pasamos a la cede y después fueron pasadas al parque de evidencia” Otra Constancia ¿Por qué ustedes como funcionario no la embolsaron y preserva la evidencia? Contesto: “En el momento no teníamos como hacerlo” Otra ¿Sabe usted que como funcionario al agarrar el arma se pudo contaminar la evidencia? Contesto: “No se” ¿Sabe usted de que para el momento de practicar un procedimiento se debe realizar frente a dos testigos? Contesto: “Si pero en ese momento no hobo tiempo ya que fue a pocos minutos” Otra ¿En donde fue eso? Contesto: “En la vía principal”. Otra ¿Después de haber detenido las personas porque no buscaron dos testigos para avalar el procedimiento? Contesto: “Recuerda que la detención fue cerca del colegio universitario y a los estudiantes no ven muy bien a los funcionarios policiales” Otra Constancia ¿Sabe usted que no habiendo dejado testigo convierte el procedimiento ilícito? Contesto: “No, porque la detención se practico de una vez”. De seguida la Defensa expone que el testigo quiero una respuesta concreta a la pregunta. De Inmediato el Fiscal interviene y objeta lo manifestado por la defensa y indica que el testigo ya explico las razones por la cual no utilizaron un testigo. Otra ¿Quines de los tres funcionario guardaron las armas incautadas? Contesto: “El inspector T.J., tomo las armas y los celulares”. Otra Constancia ¿Observo usted de donde tomo usted esa chequera? Contesto: “Todo lo que se incauto de la guantera lo tomo el Inspector T.J.” Otra Constancia ¿Llego usted con sus compañeros actuantes a la casa del que usted llamo el pequeño? Contesto: “No”. Otra Constancia ¿Recuerda usted si durante el procedimiento dejo olvidado su radio en algún lugar? Contesto: “En ninguna parte, si no, no lo tuviera”. Otra ¿Dentro del acta policial cual fue su actuación? Contesto: “Interceptamos el vehículo le dimos la voz de alto y yo solo resguarde el lugar”. Otra ¿Quién levanto el acta policial? Contesto: “El Inspector T.J. que estaba a cargo de la comisión policial” Otra ¿Qué tiempo trascurrió desde que consiguieron el vehículo y practicaron la detención? Contesto: “Lo hicimos porque lo escuchamos por radio, en poco tiempo”. Otra ¿Dónde estaba usted mientras su dos amigos detenían el grande o chiquito? Contesto: “Estaba resguardando el área, porque nuestra vida están en peligro” Otra ¿Ustedes se estacionarios su vehículo detrás o delante del vehículo? Contesto: “No lo recuerdo nosotros practicamos en el año muchas detenciones”. Otra Constancia ¿En que posición estabas mis defendidos? Contesto: “De aquí para allá el primero estaba manejando el vehículo el 2do en la parte de atrás y el tercero el copiloto. De seguida el Tribunal deja constancia que el testigo señala como primero al acusado Y.Q., de segundo al acusado W.F. y de tercero al acusado JONATAN. Otra ¿En que unidad iban ustedes? Contesto: “En la unidad DIMA” Otra ¿Logro ver usted si existía todo esto que esta marcado en el acta? Contesto: “Claro que existe”. Otra Constancia ¿En que momento vio usted el llavero de KIA? Contesto: “Cuando el Inspector lo llevo al parque de evidencia”. Otra ¿Esto que dice aquí es un reloj? Contesto: “Vuelvo y le repito el Inspector saco todo de la guantera”. Otra ¿Usted vio a quien se la sacaron las armas? Contesto: “No se a quien se la sacaron primero o después pero eso se izo en caliente” Otra ¿La unidad llevaba un emblema? Contesto: “No pero nosotros estábamos bien identificado teníamos chaquetas negra con letras fosforescentes de la policía Regional y las credenciales” Otra ¿Cómo se llevo las arma el Inspector? Contesto: “No se como se las llevo”. Otra ¿Cómo sabe que se las llevo? Contesto: “Porque en todo procedimiento el Inspector jefe siempre se lleva la evidencia” Otra ¿Llego usted a ver algún familiar de los acusados y llego a practicar algún allanamiento a la casa de alguno de los acusados? Contesto: “No”, Otra ¿Qué características tiene esa chequera? Contesto: “Banco Occidental de Descuento”. Otra Constancia ¿Sabe usted que esta chequera pertenece a la ciudadana WUILMARIA PELEY? Contesto: “Desconozco”. Otra ¿Vio usted esa chequera? Contesto: “Si la ví porque se coloco en el escritorio con las otras evidencia”. Otra ¿Qué pertenencia tenían mi defendido al momento que fueron aprehendido? Contesto: “Le repito que fue un procedimiento en caliente, voy a especificarle a usted que tenían cada uno de ellos”. Otra ¿Observo que a ellos se le quitara alguna prenda la cartera? Contesto: “A ellos no se les quito ninguna prenda la cartera se le podio en el comando”. Otra ¿Cuándo ustedes le incautaron las prenda sabe cuanto peso? Contesto: “No, se coloca un aproximado” Otra Constancia ¿El día de la detención de mi defendido fue usted a la casa de W.F., entro al cuarto de su hermana y sustrajo una chequera del mismo? Contesto: “No”. Seguidamente el Tribunal realizo las siguientes preguntas al testigo. testigo de la siguiente manera: Primera: ¿Por qué la pregunta como usted no llego a ningún allanamiento? Contesto: “No”. Otra ¿Recuerda la fecha y hora del procedimiento? Contesto: “La hora fue como en la mediodía, pero no recuerdo la fecha”. Otra ¿Como se entero del procedimiento? Contesto: “Por la central de comunicaciones” Otra ¿El vehículo fue denunciado por el 171? Contesto: “Si”. Otra ¿Después que ustedes realizan el reporte y ve el vehículo que hicieron? Contesto: “Después de ver el vehículo el vehículo se iba desplazando en movimiento, el vehículo iba a una velocidad mas o meno, lo que nos dio chance fueron los reductores de velocidad del área del CUM mas adelante lo interceptamos y lo bajamos del vehículo” Otra ¿Dónde detuvieron el vehículo? Contesto: “En el ultimo reductor de velocidad lo interceptamos”. Otra ¿Vio usted en el momento que fueron sacadas las armas de fuego? Contesto: “Al momento que las personas descienden, el primero de allá para acá pórtala la pistola y el segundo el revolver”. De seguida el Tribunal deja constancia que el Primero es el acusado J.P. y el segundo es el acusado W.F.. Otra ¿Al primero se reviso el inspector TEOFILO y al segundo CHARLY. Otra ¿Qué otra cosa observo? Contesto: “Allí habían otros teléfonos celulares, yo estaba resguardando el área” Otra ¿Qué otra cosa incautaron aparte de los telémonos celulares? Contesto: “No recuerdo aparte de de la cadena, los telémonos, relojes”. Otra ¿Qué otras evidencias? Contesto: “Todo lo que se le incauto a ellos lo tomo el inspector en una bolsa y posteriormente se le Otra ¿usted vio el llavero con el emblema de KIA? Contesto: El llavero yo lo vi en la oficina y en el sitio donde fueron detenidos” Otra ¿De donde salio el llavero? Contesto: “El llavero me manifestó el Inspector que se lo incauto al primero de allá para acá”. De seguida el Tribunal deja constancia que el Testigo señalo al acusado J.P.. Otra ¿Usted no vio cuando le quitaron la llave al acusado? Contesto: “No, me lo manifestaron”.
6) Con el testimonio del ciudadano C.A.R.R., quien dijo ser y llamarse C.A.R.R., titular de la cédula de identidad N° 14.475.838, Oficial de la Policía Regional del Estado Zulia en el Departamento de Investigaciones Penales. De seguida la Juez Presidente le toma el Juramento de Ley al funcionarios, el cual expuso: “Si lo Juro”. De seguida el Ministerio Público solicito ponerle de manifiesto el acta policial previa muestra a la Defensa y al Tribunal. Una vez puesta de manifiesta el acta policial al funcionario de conformidad a lo expuesto en el artículo 242 del Código Orgánico Procesal, de inmediato el funcionario expuso: “Nosotros encontrábamos en compañía del Inspector T.J. y del Oficial Pereira, cuando escuchamos un reporte policial que habían despojado un vehículo por la Urb. Cumbre de Maracaibo, nos trasladamos al sitios donde posteriormente visualizamos el vehículo y el inspector ordena ubicar una grúa para trasladar al vehículo al comando, posteriormente realizamos labores de patrullaje hacia el sector el CUM donde visualizamos el vehículo Mitsubichi y lo ordenados detenerse y descender y fueron aprendido sin ningún tipo de contratiempo y logrando incautar unas armas de fuego y una llave, es todo”. Seguidamente se le concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público, quien procede a interrogar a la testigo de la siguiente manera: Primera: ¿A que hora recibieron el reporte? Contesto: “Eso fue en horas del mediodía” Otra ¿Cuánto tiempo trascurrió desde que escucharon el primer reporte del robo del vehículo KIA, y cuando escucharon el segundo reporte que estaba estacionado en paga poco? Contesto: “Eso fue en pocos momentos”. Otra ¿Se traslado usted al sitio donde practicaron el robo? Contesto: “No”. Otra ¿Cómo explica usted que el taller queda a 6 cuadra donde ocurrieron los hechos? Contesto: “Por el reporte Policial, ya que cumbres de Maracaibo queda detrás de paga poco” Otra ¿Cómo tiene usted conocimiento del vehículo Mitsubichi? Contesto: “Porque la Central de comunicaciones nos señalo que los actores del hechos andaban en un vehículo Mitsubichi” Otra ¿En que condiciones observaron el vehículo? Contesto: “El vehículo estaba cerrado” Otra ¿Observo usted si en el vehículo se encontraban unas llaves? Contesto: “No porque tenia papel ahumado” Otra ¿A que distancia detuvieron ustedes a los acusados desde el sitio donde estaba el vehículo? Contesto: “No se decirle ya que eso fue en otro sector”. Otra ¿Qué ruta llevaban ustedes? Contesto: El vehículo iba hacia la limpia y nosotros en sentido contrario, dimos la vuelta y lo interceptamos”. Otra ¿En que vehículo se encontraban ustedes? Contesto: “En un vehículo sin distintivo policial”. Otra ¿Podría decir usted en que posición se encontraba cada uno de ellos dentro del vehículo Mitsubichi? Contesto “No recuerdo” Otra ¿A Quien inspecciono usted? Contesto: “Al más alto de todo lo reviso el inspector y al mas pequeño lo reviso yo”. Otra ¿Qué fue lo que le incautaron a esta persona? Contesto: “una pistola y un llavero con el emblema de KIA”. Otra ¿Quién de ustedes fue la persona que realizo la inspección del vehículo? Contesto: “El Inspector y se encontraba en la guantera varios celulares”. Otra ¿Llegaron a manifestarle estas tres personas algo con relación a las evidencias? Contesto: “No que lo celulares eran de ellos”. Otra Le manifestaron a las personas las razones por las cuales eran detenidos? Contesto: “Al principio fue por las armas que tenían sin porte y luego por el robo”. Otra ¿Usted hablo con las personas victimas del hecho? Contesto: “No, quien hablo con ellos fue el inspector”. Otra ¿Usted observo el vehículo objeto del robo en el comando? Contesto: “Si yo fue con el inspector y las victimas, le dieron a la llave y el vehículo respondió y el suiche respondió con la llave” Otra ¿Qué hicieron con las llaves? Contesto: “Eso quedo en las evidencias”. Otra ¿Esta seguro que la llave esta allí? Contesto: “No se porque las llaves se las llevaron para mover el vehículo” Otra ¿Porque ustedes no esperaron para que se les practicara una experticia a las llaves? Contesto: “Porque queríamos constatar que fuera del vehículo las llaves y lo hicimos delante de las victimas”. Otra ¿Usted manifestó que a dos de estas personas le incautaron dos armas de fuego y a una de estas unas llaves? Contesto: “Si”. Otra ¿Cuántas personas le indico la victima que participaron en el hecho? Contesto: “no lo manifestaron”. Otra ¿Por qué ustedes no utilizaron testigos para el momento que practicaron la detención? Contesto: “Porque el vehículo estaba en marcha y no dio chance de buscar a nadie en el sector habían varios estudiantes pero se dispersaron”. Otra ¿Ese vehículo donde se desplazaban los acusados tenia papel ahumado? Contesto: “Si tenia papel ahumado”. Otra ¿Llegaron a ustedes a sacar su arma de reglamento? Contesto: “Si estábamos precavido, ellos no pusieron resistencia”. Otra ¿Podría señalar en que posición se encontraba cada uno de los acusados” contesto: De seguida se deja constancia que el funcionarios señalo al primero de los acusados como el chofer, y los otros dos tenían el arma de fuego”. Seguidamente se le concede la palabra la Defensa Privada Abogado J.R. procede a interrogar a la testigo de la siguiente manera: Primera: ¿Cuántos llaveros llego usted a observar? Contesto: “Yo se que era uno solo, pero no se “Otra ¿Llego usted a ver un llavero de piedra? Contesto: “Yo no”. Otra Constancia ¿Estaba usted cuando abrieron el vehículo con el llavero que señalaron? Contesto: “Si”. Otra Constancia ¿Esta usted seguro que ese llavero se lo quitaron a mi defendido? Contesto: “Si”. Otra ¿Cuánto tiempo tiene usted en la Policía Regional? Contesto: “7 años”. C.O. ¿Trasladaron ustedes el vehículo robado a la cede al Departamento policial? Contesto: “Si, pero nosotros no acompañaron a la grúa, nosotros seguimos patrullando por el sitio”. Otra ¿A hacia que lugar del vehículo se paro usted cuando para el vehículo? Contesto: “Yo venia conduciendo cuando me bajo del vehículo me dice el inspector que revisara a uno de ellos”. Otra ¿Cuántas personas se encontraba en el sitio? Contesto: “Avían varios estudiantes pero todos se dispersaron” Otra ¿Dónde tenia el arma mi dependo? Contesto: “La tenia en la cintura”. Otra ¿Qué hizo usted con el arma? Contesto: “Me la metí en el bolsillo del pantalón”. Otra ¿Por qué usted no preservo la evidencia? Contesto: “No el momento no tenia como hacerlo no había sobre o bolsa“.C.O. ¿Observo usted que hizo el Inspector T.J., con la otra arma, donde se la guardo? Contesto: “No se, porque yo estaba revisando a dos sujetos”. Otra ¿Quién transcribe el acta policial? Otra Constancia ¿Quien de ustedes tres levanto el acta policial? Contesto:”Cro que el Inspector Teofilo” Otra ¿Logro usted ver de que parte sacaron los teléfonos celulares y habían prenda, relojes? Contesto: “De la guantera, había una cadenita”. Otra ¿Qué le quitaron ustedes a mis defendidos? Contesto: “Celulares, correa” Otra Constancia ¿Sabe usted que se debe dejar en cada procedimiento 2 testigos hábiles y contestes? Contesto: “Si pero cuando son persecuciones de vehículos se nos hace imposible”. Otra ¿llego usted visitar alguna casa de uno de mis defendidos o familiar? Contesto: “No”. Otra Constancia ¿Tiene cocimiento usted si en el vehículo se encontró alguna chequera? Contesto: “No recuerdo”. Otra ¿Cuándo usted levanta el acta policial usted la firma la lee? Contesto: “Si la leo”. Otra ¿Tiene usted conocimiento que el procedimiento existía una Chequera? Contesto: “Si”. Otra ¿Señala en la chequera a quien pertenece? Contesto: “No”. Otra ¿Por qué no dice a quien pertenece? Contesto: “No se porque”. Otra ¿Dice usted que se presento una señora y un señor hablo con usted? Contesto: “Esa señora y el señor hablaron con el inspector Teofilo en todo momento”. Otra ¿En ese momento que detienen el vehículo le pregunto donde esta el vehículo de ustedes? Contesto: “En la parte de adelante”. Otra ¿Hubo algún momento de intento de fuga de los acusados? Contesto: “No”. Otra ¿Lograron ustedes en algún momento en un allanamiento para la casa de los mismos? Contesto: “No”. Otra ¿Qué distancia hay entra donde encontraron el vehículo y detuvieron a mis defendidos? Contesto: “No se eso esta muy separado 4 o 5 kilómetros realmente no se”. Otra ¿Debería o no tener este procedimiento una cadena de custodia? Contesto: “Si “. Otra ¿Porque no la tiene? Contesto: “No se”. De seguida el Tribunal interroga al testigo de la siguiente maneta: Primera Pregunta ¿Cómo tiene usted conocimiento de los hechos que dan origen a este juicio? Contesto: “Nosotros tenemos varios radio, y en una de las frecuencias policiales nos dicen que habían robado un vehículo en Cumbre de Maracaibo, y que posteriormente lo dejaron abandonado en Paga poco y que los sujetos se desplazaban en un vehículo Mitsubichi i” Otra ¿Quién dio la orden de que se llevaran el vehículo? Contesto: “la Central de comunicaciones”. Otra ¿Por qué ustedes mandan a detener el Misubichi dorado? Contesto: “Porque en el memento que seguimos haciendo el recorrido vimos un vehículo por los lados del CUM que cumplía las características dada por la Central de comunicaciones”. Otra ¿Desde la óptica donde esta el funcionario se podría visualizar lo que ustedes le estaban incautando? Contesto: “Si pero no de manera clara”. Otra ¿Cuántas personas fueron detenidas? Contesto: Tres son las que están en esta sala”. Otra ¿Cuántas armas fueron incautadas? Contesto: “Dos”. Otra ¿Vio usted la llave en el momento que T.J. le incauto la llave? Contesto: “Si, el que reviso el Inspector T.J. se le incauto una pistola y una llaves”. Otra ¿Eso era un llavero con llaves’ Contesto: “Si, era un llavero KIA y la llave no recuerdo si tenia el emblema” Otra ¿Esas llaves no se las entrego las victimas? Contesto: “No”. Otra ¿Dónde quedaron esas llaves? Contesto: “No se si quedo en el parque de evidencia o se la llevaron con el vehículo en el estacionamiento”.
7) Con el testimonio de la ciudadana E.R.H.O., quien una vez puesto de manifiesto las razones por las cuales fue traída a esta sala de juicio la misma se identifico como E.R.H.O., titular de la cédula de identidad Nª V-11.609.160, quien es experta reconocedora, adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica, Soltera y residenciada. De seguida la Juez presidente le toma el juramento, la misma expuso: “Lo Juro”. De seguida el Fiscal del Ministerio Público solicito ponerle de manifiesto a la experta el acta levantada por está previa muestra a la Defensa, de conformidad con lo expuesto en el artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal la misma expuso: “El día 13 de marzo del 2.007, me fue solicitado mediante un memorando le practicara una experticia de reconocimiento a Cinco (5) celulares un motorola C-212, color gris el cual presentaba como saludo de nombre JAVIER, otro motorola C-212 con saludo F.D., otro celular motorola modelo 222, decía YAIRO, se encontraba en buen estado, otro celular que decía como saludo AMO A MI FAMILIA y como usuario el nombre de YENNY, y otro marca motorola presentaba como usuario el nombre de VALENCIA, estos también se encontraba en buen uso, también se me presento una cadena de oro tejido chino, como sistema de cierre una argolla cerrada, también me fueron suministrada tres (3) pulseras con brazalete, una metálica color plateada, una con material sintético, color plateada, otra de sintético de color plateado, estaba en buen estado de uso, dos (2) relojes uno marca Guess de uso masculino y uno de marca Casio, uso masculino, dos chequeras del Banco Occidental de Descuento, ambas chequeras tenían 25 cheque, ambos tenían el mismos código del cliente, ambas en estado original, es todo”. Seguidamente se le concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público, quien procede a interrogar a la testigo de la siguiente manera: Primera: ¿Reconoce usted su contenido y firma de la experticia que se le puso de manifiesto? Contesto: “Si”. Seguidamente se le concede la palabra la Defensa Privada Abogado J.R. procede a interrogar a la testigo de la siguiente manera: Primera: ¿Qué mensaje tenia ese teléfono? Contesto: “No se que mensaje tenia porque solo le hice experticia de reconocimiento YAIRO”. Otra ¿A que se refiere con usuario? Contesto: “Podría ser el dueño el usuario “. Otra ¿Por qué no plasmaron el nombre del titular de esas chequeras? Contesto: “Si no lo plasmaron es porque no aparece”. Otra Constancia ¿Existe en esta acta algún llavero perteneciente a un carro marca KIA? Contesto: ”No menciono ningún llavero no puedo hablar de este”. Otra ¿Las evidencia la fueron suministradas con cadena de custodia? Contesto: “Si, no se deja constancia de la cadena de custodia”. Otra ¿Dejo usted constancia si existía algún precinto si estaban embaladas? Contesto: “No”, Otra Constancia ¿Indiqueme el numero de cuenta de la chequera? Contesto: “0116-0101-49-0005839858, Banco Occidental de Descuento”. De seguida el Tribunal interroga al experto. Primera Pregunta: Diga la fecha en que elaboro la experticia? Contesto: “Eso fue el 13-03-2.007”. Otra ¿Lugar donde elaboro la experticia? Contesto: “En el Departamento de Criminalistica del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica” Otra ¿Quién le ordena a usted realizar esa experticia? Contesto: “Por medio de memorando de fecha 07-03-07, del Departamento de Investigaciones de vehículo del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica”. Otra ¿Esos objetos fueron revisados por otro funcionario? Contestó: “Yo tengo que trasladarme a ese departamento de experticia para practicar la experticia, desconozco” Otra ¿Cuántos celulares? Contesto: “Cinco celulares, en el numero uno aparece como saludo Javier, es saludo porque no permanece el nombre en la pantalla sino solo cuando se enciende, en el segundo celular aparece como saludo F.D., en el tercer celular aparece como usuario Yaira, cuando digo que como usuario es que no aparece como saludo sino que permanece en la pantalla ese nombre, en el cuarto celular aparece Amo a mi Familia y como usuario el nombre Yeiny, y en el quinto celular aparece como usuario Valencia”. Otra ¿Respecto a las dos chequera, estas chequera presentaba el nombre del titular? Contesto: “No”.
8) Con el testimonio del ciudadano A.J.R.S., manifiesto las razones por las cuales fue traída a esta sala de juicio la misma se identifico como A.J.R.S., titular de la cédula de identidad Nº V-13.841.767, gente del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica, Soltero y residenciada. De seguida la Juez presidente le toma el juramento de Ley, EL expuso: “Lo Juro”. De seguida el Fiscal del Ministerio Público solicito ponerle de manifiesto el acta levantada por el funcionario de conformidad con lo establecido en el artículo 242 del Código Orgánico Procesal Penal, previa muestra a la defensa y al Tribunal. De seguida una vez puesto de manifiesta la misma expuso: “Se trata de un arma de fuego una pistola BROWNING, 9mm, color niquelado, tiene en su capacita de 13 balas, presenta en su cañón estriado, serial de la pistola se encuentra devastado, se observa que fue limado y borrado, la Segunda arma de fuego tipo revolver, marca S.W., que gira hacia la derecha presenta su serial devastado, también tiene en el tambor un serial secreto el cual es BNW8085 y su serial se encuentra devastado y se le practico con reactivo FRAY, lo que hace que el metal que se encuentra limado cubre la superficie del serial que tiene en este caso se borro, lo limado, pero no se pudo recuperar el numero de serial, es todo”. Seguidamente se le concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público, quien procede a interrogar a la testigo de la siguiente manera: Primera: ¿Reconoce su firma y sello en la experticia? Contesto: “Si lo reconozco”. De seguida el Fiscal del Ministerio Público solicita sea incorporada las evidencias materiales para ponerlas de manifiesto al experto. De el Tribunal deja constancia que una vez incorporada las evidencias materiales se le pone de manifiesto a la defensa y al Tribuna, un arma de fuego tipo pistola 9mm y un revolver calibre 38. Pregunta ¿Ese es el arma a la que usted le realizo experticia? Contesto: “Si”. Otra ¿Diga el testigo que tipo de daño puede ocasionar dichas armas? De seguida la defensa Objeta la pregunta y indica que el experto solo puede exponer con relación a la experticia no al uso de la misma. De seguida el Fiscal expone que la me refiero a las conclusiones de la experticia. De seguida el Tribunal Declara SIN LUGAR, la objeción y le indica al Fiscal del Ministerio Público realice nuevamente la pregunta para que el experto conteste. ¿Con base a las conclusiones con esa arma de fuego que tipo de lesiones puede ocasionar? Contesto: “Depende donde se reciba el impacto del proyectil puede ser leve o grave, hasta ocasionar la muerta”. Otra ¿Para que puede ser utilizada esta arma? Contesto: “Para defensa o ocasionar lesiones o la muerte”. De seguida el Ministerio Público quiere ponerle de manifiesto al siguiente arma de fuego previa muestra a la defensa y al Tribunal, seguidamente. Otra ¿Corresponde las características que usted plasmo en el informe a esa arma de fuego? Contesto: “Si es el arma de fuego”. Otra ¿Podría decir donde presenta sus seriales? Contesto: “El presenta un serial en la empuñadura el cual fue limado devastado, pero este presenta un serial secreto”. Otra ¿Podría indicar donde están los seriales limados? Contesto: “El serial se encuentra en la empuñadura y se observa”. Otra ¿Cuántos años tiene usted haciendo estas experticias? Contesto: “Cinco años”. Otra ¿Por qué limas los seriales? Contesto “Con los seriales se puede determinar quien el propietario, si fue robada, si tiene porte de arma, la forma como entro al país y el comercio que la vendió”. Seguidamente se le concede la palabra la Defensa Privada Abogado J.R. procede a interrogar a la testigo de la siguiente manera: Primera: Constancia ¿Qué día realizo usted esta experticia? Contesto: “13-03-2007” Otra ¿Qué día recibió usted esas armas? Contesto: “Día exacto no se pero le puedo indicar el 7-03-07” Otra Constancia ¿Para el día 07 se pudo haber practicado una prueba Técnica De Digito Dactilares a esas armas? Contesto: “Se puede tomar dependiendo de la forma como fue tomada esa arma de fuego ya que desconozco la forma como llego a la sala de evidencia”. Otra Constancia ¿En la condición como fue tomada esa arma, estaría en condiciones de tomarle pruebas dactilares Contesto: “No es estos momento no se puede tomar pruebas dactilares porque fue manipulada”. Otra Constancia ¿Se pudo determinar quien tenia esas armas al momento que fuero incautadas?. De seguida el Fiscal del Ministerio Publico objeta porque el funcionarios no tiene conocimiento a quien le fue incautada esas armas. De seguida la defensa precisamente que quiero ver como esas armas fue manipulada. Tribunal declara CON LUGAR a ambas partes y le indica al testigo contestar la pregunta. Contesto: “No desconozco no tengo acceso a tener conocimiento de esa investigación quien llevo esas arma a la sala de evidencia”. Otra ¿Tendría estar empaquetadas, etiquetada, debió tener cuidado el funcionario que la colecto? Contesto:”El que la colecto debió tener cuidado y colocar un precinto”. Otra ¿Por qué es necesario sea tomada de esa manera? Contesto: “Para poderla preservar para tomar huellas digito pulgares”, Otra ¿Póquer es tan importante esa cadena de custodia? Contesto: “Es para preservar la evidencia y saber quienes eran las personas que tenían esas armas”. Otra ¿Se realizo la debida preservación a esas armas? Contesto: “Para el momento que fui a buscarla en la sala de evidencia no se encontraban debidamente embaladas” De seguida el Tribunal hace las siguientes preguntas al testigo. Primera Pregunta ¿De quien recibió instrucciones? Contesto: “El Departamento de vehículo”. Otra ¿Por qué solicita el Departamento de vehículo la práctica de la experticia? Contesto: “Me imagino que al momento de detener a los ciudadano que portaban estas arma no tenían el debido porte” Otra ¿Qué tipo de experticia? Contesto: “Experticia de conocimiento y su mecanismo, a fin de verificar su funcionamiento”. Otra ¿Pudo usted visualizar si tenía características similares en los seriales devastados? Contesto:”La pistola no tiene un serial, pero el revolver tiene un serial secreto”. Otra ¿Pudo usted con este serial secreto verificar a quien pertenecía el arma? Contesto “No se pudo verificar”. Otra ¿Por qué no le fue practicada una experticia de huellas dactilares? Contesto: “No me fue ordenada la practica de esa huellas dactilares no me corresponde”
9) Con el testimonio de la ciudadana WILMARIA L.F.A., quien una vez puesto de manifiesto las razones por las cuales fue traída a esta sala de juicio la misma se identifico como WILMARIA L.F.A., titular de la cédula de identidad Nª V-15.023.206, Soltera. De seguida la Juez presidente le toma el juramento, la misma expuso: “Lo Juro”. De seguida la misma expuso: “Me encontraba yo en galería y recibí una llamada de mi casa, por parte de mi hermano menor el cual me indico hicieron desastre en mi cuarto, mi hermanas estaban nerviosa y cuando me percate se había llevado dos chequeras de mi uso personal, cuando realizaba mis pasantias, es todo”. Seguidamente se le concede la palabra la Defensa Privada Abogado J.R. procede a interrogar a la testigo de la siguiente manera: Primera: ¿Con quien se encontraba Usted? Contesto: “Con mi mamá”. Otra ¿Quién la llamo? Contesto: “Mi hermano menor”. Otra Constancia ¿Encontró usted su casa algunas personas o funcionario alguno? Contesto: “No”. Otra ¿Cómo le consta usted que no lo hizo su hermanito? Contesto: “Porque el se encontraba nervioso, llegaron a mi casa 3 hombres y revisaron los cuarto de la casa”. Otra ¿Tiene usted como constatar al tribunal que esas chequeras eran suyas? Contesto: “Puede llamar al Banco”. Otra ¿Esas Chequeras son cuenta normales o nomina? Contesto: “Cuenta Nomina es una Cooperativa que le trabaja a PDVSA”. Otra ¿Todavía tiene usted activa esa cuenta? Contesto: “Si”. Otra ¿Se sabe usted de menoría ese numero de cuenta? Contesto: “No”. Otra ¿Habían otras personas que le informaran de lo sucedido en su casa? Contesto: “Habían unos trabajadores cerca que me dijeron que habían hombre en la casa que hicieron desastre”. Otra ¿Es posible que sus chequeras la cargara su hermano Wuillson? Contesto: “No porque son mías de uso personal, las tenia en una gaveta donde tenia mi ropa interior”. Otra ¿Qué observo? Contesto: “Las gavetas tiradas al piso todo regado en los cuartos”. Otra constancia ¿Jura usted en este Tribunal que esas dos chequera le pertenecen y además le fueron asignadas por esa empresa a la cual usted laboro” Contesto: “Si”. Seguidamente el Tribunal le concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público procede a interrogar a la testigo de la siguiente manera: Primera Pregunta: ¿Tiene usted conocimiento donde se encontraba su hermano? Contesto: “No haciendo diligencia era comerciante”. Otra ¿A que se dedicaba su hermano? Contesto: “En venta de ropa jeenes franelas”. Otra ¿Le indico su hermano como eran las personas que entraron a su casa? Contesto: “No, que no le mostraron ninguna orden “. Otra ¿Qué conducta tomo su mamá? Contesto: “Estábamos sorprendida”. Otra ¿Cuántas personas viven en su casa? Contesto: “Cinco”. Otra ¿Qué otras personas se encontraban allá? Contesto: “Solo mi hermano de 14 años”. De seguida el Tribunal interroga a la testigo de la siguiente manera: Primera Pregunta ¿Diga el día y la hora que ocurrieron los hechos que narra? Contesto: “El 02-02-2.007, como a la 1:30 de la tarde”. Otra ¿Diga usted si su hermano le manifestó si las personas que entraron a su casa eran funcionario policiales? Contesto: “No”. Otra ¿Qué le manifestaron a su hermano? Contesto: “Ellos solo le dijeron a mi hermano que le abriera la puerta y de seguida se metieron a los cuartos”. Otra ¿Qué se llevaron de su casa? Contesto: “Solamente la chequera”.
10) Con el testimonio de la ciudadana Y.D.C.A.A., quien una vez puesto de manifiesto las razones por las cuales fue traída a esta sala de juicio la misma se identifico como Y.D.C.A.A., titular de la cédula de identidad Nª V-7.804.393. De seguida la Juez presidente le toma el juramento, la misma expuso: “Lo Juro”. De seguida la misma expuso: “Yo estaba en galería con la hija mía y de 1:00 a 1:30 me llama mi hijo menor que unos señores se habían metido en la casa y que habían vuelto los cuartos como un desastre y a la hija mía le faltaba la chequera, al hijo mío menor estaba con una crisis todo desesperado y de allí lo maltrataron verbalmente, es todo”. Seguidamente se le concede la palabra la Defensa Privada Abogado J.R. procede a interrogar a la testigo de la siguiente manera: Primera Pregunta ¿En que lugar se encontraba usted y con quien? Contesto: “En galería con mi hija”. Otra ¿Quién recibió la llamada usted o su hija? Contesto: “Mi hija”. Otra ¿Qué chequera son esas? Contesto: “Esas son las chequeras del BOD, donde hizo ella las pasantias? Otra ¿A que se refiere con desastre? Contesto: “Todo estaba tirado en el piso, en los dos cuartos el mío y el de mi hija”. Otra ¿Además de esos cuartos que otra parte de la casa? Contesto: “Solo esos cuartos”. Otra ¿Cómo entraron los funcionarios? Contesto: “Mi hijo estaba solo y el le abrió”. Otra ¿Esta usted segura de que esas personas se llevaron esas chequeras? Contesto: “Si porque en seguida que ella entro al cuarto y reviso me dijo que le faltaba esas chequeras?. Otra ¿Qué otra personas se percataron de lo sucedido? Contesto: “Unos señores que estaban trabajando cerca de mi casa”. Seguidamente el Tribunal le concede la palabra al Fiscal del Ministerio Público procede a interrogar a la testigo de la siguiente manera: Primera Pregunta: ¿Recuerda la fecha exacta? Contesto: “El 02-02-2.007” Otra ¿Qué hacia su hijo en su casa? Contesto: “Estaba solo el del colegio se paso a la casa”. Otra ¿Tenia conocimiento que su otro hijo había sido detenido? Contesto: “No recuerdo muy bien pero creo que fueron ellos mismos que le dijeron al hijo mío menor”. Otra ¿Qué fue lo que le manifestaron esas personas para entrar a su domicilio? Contesto: “Que abrieran las puertas”. Otra ¿Qué hizo usted cuando supo que su hijo estaba detenido? Contesto: “Me desespere y mi esposo empezó a llamar, y nos trasladamos al comando de Cuatricentenario”. Otra ¿Recuerda la hora exacta cuando ustedes se trasladaron a Cuatricentenario? Contesto: “Como a las 5:00, creo”. De seguida el Tribunal interroga a la testigo de la siguiente manera: Primera Pregunta ¿Diga el día y el año que ocurrieron los hecho que narro? Contesto: “El 02-02-2.007” Otra Constancia ¿Qué parentesco tiene usted con el acusado W.F.A.? Contesto: “Su mamá”. Otra ¿Cuantas personas integran su familia? Contesto; “Somos 5”. Otra ¿Le indico su hijo menor si las personas que entraron a su casa se trataron de funcionarios policiales? Contesto:”No me indico, pero el me dijo que estaban vestido normal”. Otra ¿Qué cosas se llevaron de su casa? Contesto: “Las Chequeras”. Otra ¿No se llevaron alguna otra cosa de valor? Contesto: “No, tengo cosas de valor solo se llevaron las chequeras”. Otra ¿Cuando se entero usted que su hijo esta detenido? Contesto: “Como a de 4:00 a 5:00”. Otra ¿Le dijeron la causa por las cuales su hijo estaba detenido? Contesto: “Me dijeron que lo estaban inculpando de un carro, me lo dijo un policía de Cuatricentenario”. Otra ¿Diga usted si su hijo W.F.A. a estado detenido con anterioridad? Contesto: “Una vez creo que estuvo detenido por cedula”. Otra ¿Cuántas veces estuvo detenido? Contesto: “Una sola vez”. Otra ¿Esa detención por cedula fue cuando? Contesto: “Hace como dos años”.
IV
DE LOS FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO
Determinadas, establecidas, acreditadas y comprobadas anteriormente las diversas circunstancias de modo, tiempo y lugar sobre la ocurrencia de los hechos donde se estableció el corpus delicti conforme al análisis de comparación y adminiculación entre sí de los diversos medios de pruebas que fueron recepcionados durante el debate, atendiendo a lo previsto en los Artículos 22 y 199 ambos del Código Orgánico Procesal penal, donde también quedó determinado y comprobado durante el debate la participación en el hecho de los hoy acusados, Acusados J.W., W.F.A. Y YAIRON Q.Q., quienes fueron señalados por la mencionada mencionadas victima G.G., que había llamado al 171, de que habían sido robados su vehículo y los sujetos se había ido en un carro mitsubichi de color dorado, así lo manifestó en el debate la victima cuando afirmó: “vieron un vehículo mitsubichi dorado, en los que se habían ido las personas, en eso llegan los funcionarios, y ellos salieron en busca del vehículo. De igual manera, manifestó que habían sido despojados a su esposa la ciudadana Leibys Coromoto Castro, también a punta de armas de fuego el vehículo en el taller de julio. Armas éstas que fueron incautada a los acusados J.W., W.F.A., y que de acuerdo a las características que señalaron las víctima tanto G.G. cuando señalo que ¿Cuándo usted se voltea? Contestó: Arranca el vehículo y veo los tipos montados el vehículo, Otra: ¿Cuántas personas se montan en el kiat? Contestó: Tres, Otra: ¿Cómo son las características? Contestó: El primero era robusto, alto, blanco, el segundo menos flaco que el primero, /… el tercero era flaco, …/… quedo demostrado el delito de Robo Agravado de Vehículo Automotor con el testimonio de la esposa de la victima, LEIBYS COROMOTO C.U., quien manifestó: Llegamos al taller a dejar un vehículo reparando y mi esposo se bajo al taller y cuando vi eran tres personas armadas y se llevaron todo lo que cargábamos y el vehículo, luego se fueron la policía nos llamo para decirnos que había recuperado el carro. ¿El vehículo que carga su esposo cuales son las características? Contestó: Un optra beis, Otra: ¿Qué día fue eso? Contestó: El 02-02-07, Otra: ¿Cuándo llega al taller conduciendo el vehículo que ocurrió allí? Contestó: Yo me quede dentro el carro y mi esposo se bajo y lo apunto uno y a mi me apunto otro, y cuando se fueron con el carro eran tres, …/..¿En que momento observa a usted a las personas que lo despojan del vehículo? Contestó: No lo se porque una vez que me apuntan en la cabeza me dice que no lo mire y por eso no le se decir las características, Otra: ¿A que distancia estaba usted a donde se encontraba su esposo? Contestó: Tres metros, Otra: ¿Qué estaba haciendo su esposo en ese momento? Contestó: Le estaba entregando el dinero al mecánico, Otra: ¿Qué tipo de arma le observo usted? Contestó: No se, solo se que es un arma, Otra: ¿Al momento en que usted manifiesta ver el vehículo cuantas personas logro visualizar en el interior de su vehículo? Contestó: Tres, Otra: ¿Qué le manifestó usted que se le aproximo al vehículo? Contestó: Que me bajara, mientras tanto la otra persona tenia a mi esposo, Otra: ¿Qué objetos le quitaron? Contestó: Los celulares, el dinero que tenia y la cartera, Otra: ¿Cuál era el contenido de su cartera? Contestó: El dinero que se había retirado del banco, Otra: ¿Cuántos celulares le quitaron? Contestó: Dos y al mecánico también se le llevaron el celular se de tres no se si hubo mas, Otra: ¿Logro observar que en el interior del taller se encontraban otras personas? Contestó: Mi esposo, y otra persona, Otra: ¿Qué ocurrió después que ellos se fueron? Contestó: Llamamos al 171 del teléfono de un vecino, …/…De quien es el vehículo que se llevaron? Contestó: De mi esposo, Otra: ¿Cuánto tiempo transcurrió desde el momento en que estas personas se llevaron el vehículo y para enterarse de que recuperaron el vehículo? …/…¿Tuvo conocimiento de que por el robo del vehículo resultaron detenidas algunas personas? Contestó: Si, en el momento en que manifestaron que habían recuperado el vehículo, Otra: ¿En que condiciones estaba su vehículo? Contestó: En optimas condiciones, Otra: ¿Cómo estaba el vehículo abierto o cerrado? Contestó: Estaba cerrado por eso mi esposo tuvo que llevar la llave para abrirlo, Otra: ¿Le mostraron los funcionarios algunos objetos para saber si eran de su propiedad? Contestó: Si nos mostraron pero ninguno era de nosotros, Otra: ¿Tuvo conocimiento si las personas que resultaron detenidas se les incauto armas de fuego? Contestó: Los funcionarios nos manifestaron que si tenían armas de fuego, Otra: ¿A que distancia se encontraba usted de su esposo? Contestó: Como tres metros, Otra: ¿Usted tenia los vidrios abiertos o cerrados? Contestó: Cerrados, Otra: ¿Y como se dio cuenta que había una persona alli? Contestó: Porque me toco el vidrio y yo al ver el arma de fuego le dije aquí esta el carro, Otra: ¿Alguna persona manifestó de haber visto el atraco o las personas quien se llevaron su carro? Contestó: Si una persona que vi por ahí, nos dijo que se habían bajado de un carro mitsubischi, Otra: …/.. ¿Cuántas personas logro ver? Contestó: En el carro estaba tres. Seguidamente el Tribunal procede a interrogar a la testigo Primera ¿Indique mes y año en que sucedieron los hechos? Contestó: El dia 02-02-07, a las 10 de la mañana, Otra: ¿El lugar de los hechos se origino dentro o fuera del taller? Contestó: Mi esposo estaba dentro del taller y el carro estaba afuera, Otra: ¿De donde venían ustedes? Contestó: Del Banco Banesco ubicado en la limpia, Otra: ¿Qué fueron hacer en el banco? Contestó: A retirar un dinero la cantidad de tres millones de bolivares, Otra: ¿Del banco al taller en que vehículo se trasladaron? Contestó: En el vehículo KIA, color beige, Otra: ¿Una vez que se baja su esposo del vehículo hasta el taller cuanto tiempo pasa para cometer el hecho? Contestó: Yo diría que de inmediato, Otra: ¿Cuántas personas le llegaron? Contestó: Dos personas, Otra: ¿Cómo era la persona que lo sostenía? Contestó: Un muchacho, de sexo masculino, era joven Otra: ¿Usted vio al sujeto que se le acerco a su esposo? Contestó: Apuntaron a mi esposo y pegaron contra la pared, Otra: ¿En que momento que a su esposo lo están apuntando cuantos segundos pasan le tocan el vidrio de su vehículo? Contestó: Segundo, Otra: ¿Usted vio la persona? Contestó: Si, era una persona delgada mas o menos como de 1,70, no se nada mas porque fue al momento de voltear, Otra: ¿El arma de que color era? Contestó: No se era un arma de mano, Otra: ¿El color de mano del sujeto que la sostenía? Contestó: No lo se, Otra: ¿Abre la puerta? Contestó: Si Otra: ¿Qué pasa inmediatamente que abre la puerta? Contestó: La persona me dijo que me bajara del carro, me quito la cartera y los celulares, Otra: ¿Después que sale del vehículo, donde esta ubicado el sujeto con el arma? Contestó: En la parte de atrás de la puerta, en la puerta del chofer, Otra: ¿Cómo se baja del vehículo? Contestó: Abro la puerta saco la pierna y me baje, yo quede mirando hacia atrás, Otra: ¿Vio al sujeto? Contestó: Si, Otra: ¿Explique cuales son las características del sujeto que la apunto? Contestó: Como de 1,70, el color de la piel no le sabría decir, era delgado, Otra: ¿Qué le indico el sujeto? Contestó: Que bajara la cabeza y que me fuera al taller, Otra: ¿Quién estaba en el taller? Contestó: El mecánico, un señor y el sujeto que estaba apuntando a mi esposo, Otra: ¿A través de que medio llamaron al 171? Contestó: Al celular no los trajo el mecánico, Otra: ¿Quién llamo al 171? Contestó: Yo llame, Otra: ¿Se apersono algún funcionario en el taller? Contestó: Si uno solo, Otra: ¿Había otras personas distinta al señor julio? Contestó: Al momento de llegar no lo se, pero después vi a otro señor, Otra: ¿Ustedes dieron un teléfono cuando fuera recuperado el vehículo? Contestó: Si, Otra: ¿A que hora la llamaron para decir que habían recuperado el vehículo? Contestó: Como a las 0nce y media aproximadamente, Otra: ¿Qué le indicaron los funcionarios policiales? Contestó: Que habían recuperado el carro en el sector los plataneros, Otra: ¿Qué le indicaron los funcionarios? Contestó: Que habían tres personas detenidas, Otra: …/…
Se valora y se aprecia por los testimonios de la victima hace G.G. y Leybis Cromoto Castro, quienes corroborar la existencia del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, y la participación de los acusados en el mismo, aún cuando manifiestan que tenia la cara hacia abajo la víctima y la testigo señalaron características tanto d e los sujetos que los apuntaron con las armas de fuegos, las armas involucradas, que eran niquelada y desvastadas, y características del vehículo donde llegaron y se marcharon los tres sujetos que los habían despojado de vehículo Marca Kia, señalando desde un principio a un vehículo Misutbichi de color dorado información ésta suministrada al central de comunicaciones 171, la cual fue radiada a todos los funcionario activándose el procedimiento que dio como resultado la aprehensión de los acusados J.W., W.F.A. , Y YAIRON Q.Q., a quienes les fue incautada dos (2) armas de fuego que a la declaración de la experto y su experticia resulto tener las mismas características que las armas que fueron utilizadas por los tres sujetos que horas antes habías despojado a la señora Leybis C.d.V. apuntándola a ella y a su cónyuge G.G.. Asimismo, el referido testigo víctima señala que a las preguntas que le hicieran cuantas personas se encontraban en el taller contesto: ¿Qué personas se encontraban en el taller? Contestó: Julio, su papa y otras personas que estaban reparando su carro, un niño y una señora que estaba dentro de la casa, Otra: ¿Dónde estaba su esposa cuando llega al taller? De igual modo, indico, al describir a los asaltantes con característica que justamente coincide con los tres (3) acusados de auto, quienes eran tres (3) y dos de ellos, le fue incautada dos (2) armas de fuego y se llevaron el Vehículo Marca Kia, y se marcharon los tres sujetos los cuales habían llegado en un Misutbichi de color dorado, sin placa en la parte trasera, y este testimonio al adminicularse con el testimonio del dueño del taller el señor J.C.S., quien señala lo siguiente: Yo me encontraba ese día en mi negocio iba legando el sr. Gustavo porque le estaba reparando un carro, entonces cuando llegaron unos sujetos atracando, yo tome a mi hermanito para que no nos hicieran nada, y al sr. Gustavo se lo llevaron le quitaron el carro, la persona era un alto y me dijo que no fuera a mirar no lo recuerdo muy bien y luego se fueron. ¿Recuerda usted la fecha cuando ocurriendo los hechos? Respondió: hace como 10 meses. Otra ¿en que sitio ocurrieron los hechos? Respondió: Cumbres de Maracaibo. Otra ¿que personas se encontraban en el talle ese día? Respondió: Elsa, Gustavo, mi hermano y yo. Otra ¿ El sr. Gustavo se presento solo ese día al taller? Respondió: Estaba su esposa pero dentro del carro. Asimismo, …/…Otra ¿logró usted observar algún arma de fuego? Respondió: El que me quito el celular tenia una arma, pero no se distinguir que tipo de arma era. Otra ¿que tipo de arma de fuego era? Respondió: era color niquelado, como si estuviera desgastado.
De igual manera, se evidencia una relación entre el hecho del Robo de Vehículo en el Taller del señor J.C.S., en el sector de cumbres de Maracaibo, donde se llevaron el vehículo marca Kia, y la relación que tiene estos con la detención de los acusados de auto que iban en el Vehículo Misutbichi color dorado, donde detuvieron a los acusados de auto, donde además se les incautaron dos (2) armas de fuego) , estos se relacionan con los testimonios de los funcionarios policiales, T.J., J.L.P.G., Chales A.R.R., quienes fueron contestes en afirmar que los tres (3) sujetos se encontraban en el Vehículos Marca Misutbichi de color dorado sin placa detrás, y que detienes al vehículos por las característica que le suministraron a través del centro de Comunicaciones 171, los funcionarios policiales aprehensores quienes manifestaron, que hacen detener el vehículo mitsubichi de color dorado sin placa en la parte de atrás, ya que el mismo reunía las características que les habían sido radiada a través del 171, donde este vehículo estaba relacionado con el robo de carro marca Kia, razón por la cual hacen descender a sus ocupante, y al realizarles la revisión corporal, estos tienen dos (2) armas de fuego, y una llave alusiva al Carro Marca Kia. Razón por la cual detiene a los tres (3) sujetos y por no presentar porte de armas de fuego. Así quedo demostrado cuando señala la víctima G.G., que: ¿Cuantas personas vio en el vehículo? Contestó: Tres personas, OTRA ¿Cuántas personas se montaron en el vehículo? CONTESTO Tres personas, Otra: ¿aparte de su vehículo había otro carro? No los vecinos dicen que había un carro aparte del mío mitsubichi. Quedando demostrado durante el debate probatorio, la participación de los acusados de auto, en el delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, el cual cometieron despojando a la victima G.G. Y SU ESPOSA de su VEHICULO Marca Kia, donde resulto despojado cuando se traslado al taller donde le estaban arreglando su otro carro, donde se encontraba el dueño del taller y el papa del dueño del taller .
Este Tribunal Quinto en Funciones de Juicio constituido en forma Mixta Consideró que del cúmulo probatorios debatido y controvertido en el debate oral y público nos llevo a determinar de con certeza la Culpabilidad de los acusados J.W., W.F.A. , Y YAIRON Q.Q., y su correspondiente responsabilidad penal en base a las siguientes consideraciones valoradas del conjunto de pruebas debatidas y controvertido en juicio. Luego de haber sido analizado, apreciados y valorados todos y cada uno de los medios de prueba, recepcionados durante el Debate oral, conforme a lo dispuesto a los articulo 22 y 199 del Código Orgánico Procesal Penal, se llegó a la conclusión y en forma determinante por UNANIMIDAD que los acusados J.W.P., W.F.F.A. y YAIRON R.Q.Q. son coautores, y responsables penalmente de la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 en concordancia con el articulo 6 ordinales 1, 2 y 3 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, así como el delito de PORTE ILICITO DE ARMA previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal, para los acusados J.W.P. y W.F.F.A., cometido en perjuicio del ciudadano G.G. Y EL ORDEN PUBLICO. Lo cual quedo demostrado y evidenciado con los testimonios de los siguientes testigos: 1.- Con el testimonio de G.J.G.R., titular de la cedula de identidad Nº 9.804.255, de profesión u ofiuco Comerciante, quien expone: yo fui al banco banesco la limpia hice un retiro de tres millones de bolívares de ahí espere que me fuera a buscar mi esposa y fuimos al taller yo me bajo a hablar con el mecánico para ver que repuestos faltan, y en eso me llega un sujeto me pone un arma de fuego en la cabeza y me pone contra la pared, me despoja de todas mis pertenencias, se llevan el vehículo y también despojan a mi esposa, y uno de los vecinos nos presta un celular para que coloquemos la denuncia y en eso fueron y vieron un vehículo mitsubchi dorado, en los que se habían ido las personas, en eso llegan los funcionarios, y ellos salieron en busca del vehículo, el funcionario me dice que le de un numero de teléfono pero como se lo habían llevado el mecánico dio su numero y como a la media hora llamaron que habían recuperado el vehículo por los plataneros por un mercado que esta allí paga poco y nos dirigimos hacia la policía. A las pregunta del Fiscal del Ministerio Público, Contesto: ¿Recuerda la fecha exacta de los hechos? Contestó: Como nueve meses atrás, fue un viernes en la mañana, cuando Sali del banco, Otra: ¿En compañía de quien se encontraba? Contestó: Con mi esposa LEIBIS, Otra: ¿La dirección del taller? Contestó: Por las cumbres un taller que se llama Julio, Otra: ¿Qué personas se encontraban el taller? Contestó: Julio, su papa y otras personas que estaban reparando su carro, un niño y una señora que estaba dentro de la casa, Otra: ¿Dónde estaba su esposa cuando llega al taller? Contestó: En el vehículo, Otra: ¿Logro ver las características de las personas? Contestó: No porque me pegaron contra la pared y fue una sola, Otra: ¿Cuantas personas vio en el vehículo? Contestó: Tres personas, OTRA ¿Cuántas personas se montaron en el vehículo? CONTESTO Tres personas, Otra: ¿aparte de su vehículo había otro carro? No los vecinos dicen que había un carro aparte del mío mitsubichi, Otra: ¿Qué personas se percataron en ese momento del hecho? Contestó: El mecánico, el papa del mecánico, unas vecinas que estaban ahí, Otra: ¿Al sitio que ocurrió el hecho se aproximaron algunas patrullas? Contestó: Si después que colocamos la denuncia, y pidieron mi numero de teléfono para indicar cualquier novedad, Otra: ¿A los cuantos minutos se aproximó la patrulla al taller? Contestó: A los quince minutos, fue rápido porque estaban cerca de la zona, Otra: ¿De que objeto fue despojado usted? Contestó: Del dinero, y de mis pertenencias y mi celular, Otra: ¿Cuántos celulares despojaron estas personas? Contestó: El del mecánico, el de mi esposa y el mío, Otra: ¿Qué marca es el celular que se llevaron? Contestó: Un compal, un motorilla, Otra: ¿Tiene las características de los celulares? Contestó: Motorilla, tapita azul, y un compal gris, Otra: ¿Cuantas personas fueron las que se montaron en su vehículo? Contestó: Tres, …/…Contestó: Estaba el electricista y los vecinos que estaban en la esquina, pero no los conozco, Otra: ¿A que autoridad notifico usted? Contestó: A la regional…/… ¿Usted se dirigió cuando le informaron de la recuperación de su vehículo? Contestó: A los patrulleros, …/…Otra: ¿Llego a observar el vehículo en el comando? Contestó: No Otra: ¿Le pusieron de manifiesto las personas que habían sido detenidas? Contestó: Que habían capturado tres sujetos, pero no las vi, Otra: ¿Le manifestaron que si habían recuperado los celulares? Contestó: Ellos me dijeron que no, Otra: ¿Recuperaron el dinero? Contestó: No nada ni lo mío ni lo de mi esposa, Otra: ¿Quienes les informe a ustedes que habían detenido a las personas? Contestó: Los funcionarios, Otra: ¿Tiene conocimiento del nombre del papa del nombre del taller? Contestó: Se llama julio también, Otra: ¿El presencio el hecho también? Contestó: Si, Otra: ¿Hubo alguna manifestación en el momento del robo por parte de estos muchachos? Contestó: A mi me pegaron contra la pared me dijeron no me vea, Otra: ¿El señor julio trato de hacer algo? A las pregunta de la defensa, Privada Abogado J.R. contesto: ¿Logro usted ver como eran esas personas? Contestó: No pude ver, Otra: ¿Qué tiempo cree usted en que lo pegaron a la pared y se llevaron el vehículo? Contestó: Eso fue rápido, Otra: ¿Cuándo se comunico con los funcionarios le indicaron que tenían alguna propiedad suya? Contestó: No habían recuperado nada el vehículo solamente, …/…¿En que se traslado usted? Contestó: Un optima kiat, placa bcg-99g, es de mi propiedad, Otra: ¿El vehículo que iba a buscar en el taller era de su propiedad? Contestó: No de mi esposa pero esta a nombre de su papa, Otra: ¿Ese dinero efectivo de tres millones de bolívares quien cargaba el dinero? Contestó: Mi esposa, Otra: ¿A que hora llegan al taller? Contestó: Como a las diez, Otra: ¿Cuándo llega al taller que pasa? Contestó: Yo me bajo del vehículo para hablar con julio el mecánico, estaba su papa, había un niño pequeño mi esposa se quedo en el carro, Otra: ¿Cuándo esta hablando con el señor julio que paso? Contestó: Llegan y me apuntan en la nuca con un arma, y me pegan en la pared y me dicen que me quede tranquilo que no va a pasar nada, Otra: ¿Cuándo usted se voltea? Contestó: Arranca el vehículo y veo los tipos montados el vehículo, Otra: ¿Cuántas personas se montan en el kiat? Contestó: Tres, Otra: ¿Cómo son las características? Contestó: El primero era robusto, alto, blanco, el segundo menos flaco que el primero, …/… el tercero era flaco, no se Otra: ¿Estaba encapuchados? Contestó: No pude ver, Otra: ¿Vio que ingresaron los sujetos que ingresaron dentro de su vehículo? Contestó: No, Otra: ¿Qué sucedió después que usted los tres sujetos se montan en su vehículo y su esposa llega llorando? Contestó: Me presentan el celular el señor julio, y llamamos a la policía regional diciendo que nos habían robado,
Con el testimonio de la testigo, ciudadano R.F., Licenciada en Ciencias Policiales, adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, quien expone: Se trata de un vehículo modelo optima, color veis, marca kiat, que fue ingresado el día 05 de febrero de 2007, por algún organismo policial que no le sabría decir porque no consta en el acta, en compañía del funcionario W.A., ratifico mi firma. A las preguntas del Fiscal del Ministerio Público, contesto: ¿Ratifico su firma y el contenido de esta acta? Contestó: Si, Otra: ¿Cómo estaba el vehículo? Contestó: No le se decir, solo se deja constancia que para la practica del vehículo se encontraba en estado original, Se le concede la palabra a la Defensa Privada Abogado J.R. contesto: ¿Al momento de realizar la experticia noto usted si en su pedimento se le exigía la prueba técnica de huellas, dígitos dactilares a ese vehículo? Contestó: No, Otra: ¿Al momento de recibir ese vehículo para la realización de la experticia pudo estar totalmente contaminado? Contestó: De hecho todos los vehículos que llegan a la PTJ ellos han pasado por muchas manos, este vehículo fue trasladado por el estacionamiento de SERVISURCA. Este Tribunal, con Escabinos valora y aprecia el testimonio de la Experta R.F., por cuanto deja constancia expresa tanto en su testimonial durante el debate oral y publico de la experticia que realizara al vehículo CLASE: AUTOMOVIL, TIPO: SEDAN, MARCA: KIA, ÑO 2007, MODELO OPTIMA, COLOR: BEIGE, PLACAS: VCJ-99C, que resulto ser el vehículo que fue despojado de la victima G.G. Y de su esposa LEYBIS COROMOTO C.U., indicando la misma en el resultado de la experticia que sus seriales resultaron ser originales, en tal sentido el testimonio de la referida experta deja constancia de la existencia del mencionado vehículo en cuestión. Con el testimonio del testigo, ciudadana LEIBYS COROMOTO C.U., Licenciada en Administración, quien expone: Llegamos al taller a dejar un vehículo reparando y mi esposo se bajo al taller y cuando vi eran tres personas armadas y se llevaron todo lo que cargábamos y el vehículo, luego se fueron la policía nos llamo para decirnos que había recuperado el carro. A las preguntas del Fiscal del Ministerio Público, contesto: Primera: ¿De donde venían ustedes antes de llegar al taller? Contestó: Del banco banesco, sector los aceitunos, en la limpia, Otra: ¿Qué hicieron ustedes allí en la entidad bancaria? Contestó: Mi esposo retiro un dinero, Otra: ¿Que cantidad fue? Contestó: Tres millones de bolivares, Otra: ¿Qué hora eran? Contestó: Como las nueve, Otra: ¿Una vez que se retiran del banco hacia donde se dirigen? Contestó: Hacia el taller, Otra: ¿El vehículo que carga su esposo cuales son las características? Contestó: Un optra beis, Otra: ¿Qué dia fue eso? Contestó: El 02-02-07, Otra: ¿Cuándo llega al taller conduciendo el vehículo que ocurrió allí? Contestó: Yo me quede dentro el carro y mi esposo se bajo y lo apunto uno y a mi me apunto otro, y cuando se fueron con el carro eran tres, Otra: ¿Cuándo la despojan del vehículo había otro vehículo ahí? Contestó: No Otra: ¿En que momento observa a usted a las personas que lo despojan del vehículo? Contestó: No lo se porque una vez que me apuntan en la cabeza me dice que no lo mire y por eso no le se decir las características, Otra: ¿A que distancia estaba usted a donde se encontraba su esposo? Contestó: Tres metros, Otra: ¿Qué estaba haciendo su esposo en ese momento? Contestó: Le estaba entregando el dinero al mecánico, Otra: ¿Qué tipo de arma le observo usted? Contestó: No se, solo se que es un arma, Otra: ¿Al momento en que usted manifiesta ver el vehículo cuantas personas logro visualizar en el interior de su vehículo? Contestó: Tres, Otra: ¿Qué le manifestó usted que se le aproximo al vehículo? Contestó: Que me bajara, mientras tanto la otra persona tenia a mi esposo, Otra: ¿Qué objetos le quitaron? Contestó: Los celulares, el dinero que tenia y la cartera, Otra: ¿Cuál era el contenido de su cartera? Contestó: El dinero que se había retirado del banco, Otra: ¿Cuántos celulares le quitaron? Contestó: Dos y al mecánico también se le llevaron el celular se de tres no se si hubo mas, Otra: ¿Logro observar que en el interior del taller se encontraban otras personas? Contestó: Mi esposo, y otra persona, Otra: ¿Qué ocurrió después que ellos se fueron? Contestó: Llamamos al 171 del teléfono de un vecino, Otra: ¿Cómo en cuanto tiempo llego la patrulla al taller? Contestó: Como 20 15 minutos, Otra: ¿De quien es el vehículo que se llevaron? Contestó: De mi esposo, Otra: ¿Cuánto tiempo transcurrió desde el momento en que estas personas se llevaron el vehículo y para enterarse de que recuperaron el vehículo? …/…¿Tuvo conocimiento de que por el robo del vehículo resultaron detenidas algunas personas? Contestó: Si, en el momento en que manifestaron que habían recuperado el vehículo, Otra: ¿En que condiciones estaba su vehículo? Contestó: En optimas condiciones, Otra: ¿Cómo estaba el vehículo abierto o cerrado? Contestó: Estaba cerrado por eso mi esposo tuvo que llevar la llave para abrirlo, Otra: ¿Le mostraron los funcionarios algunos objetos para saber si eran de su propiedad? Contestó: Si nos mostraron pero ninguno era de nosotros, Otra: ¿Tuvo conocimiento si las personas que resultaron detenidas se les incauto armas de fuego? Contestó: Los funcionarios nos manifestaron que si tenían armas de fuego, Otra: ¿A que distancia se encontraba usted de su esposo? Contestó: Como tres metros, Otra: ¿Usted tenia los vidrios abiertos o cerrados? Contestó: Cerrados, Otra: ¿Y como se dio cuenta que había una persona alli? Contestó: Porque me toco el vidrio y yo al ver el arma de fuego le dije aquí esta el carro, Otra: ¿Alguna persona manifestó de haber visto el atraco o las personas quien se llevaron su carro? Contestó: Si una persona que vi por ahí, nos dijo que se habían bajado de un carro mitsubischi, Otra: …/.. ¿Cuántas personas logro ver? Contestó: En el carro estaba tres. Seguidamente el Tribunal procede a interrogar a la testigo Primera ¿Indique mes y año en que sucedieron los hechos? Contestó: El dia 02-02-07, a las 10 de la mañana, Otra: ¿El lugar de los hechos se origino dentro o fuera del taller? Contestó: Mi esposo estaba dentro del taller y el carro estaba afuera, Otra: ¿De donde venían ustedes? Contestó: Del Banco Banesco ubicado en la limpia, Otra: ¿Qué fueron hacer en el banco? Contestó: A retirar un dinero la cantidad de tres millones de bolivares, Otra: ¿Del banco al taller en que vehículo se trasladaron? Contestó: En el vehículo KIA, color beige, Otra: ¿Una vez que se baja su esposo del vehículo hasta el taller cuanto tiempo pasa para cometer el hecho? Contestó: Yo diría que de inmediato, Otra: ¿Cuántas personas le llegaron? Contestó: Dos personas, Otra: ¿Cómo era la persona que lo sostenía? Contestó: Un muchacho, de sexo masculino, era joven Otra: ¿Usted vio al sujeto que se le acerco a su esposo? Contestó: Apuntaron a mi esposo y pegaron contra la pared, Otra: ¿En que momento que a su esposo lo están apuntando cuantos segundos pasan le tocan el vidrio de su vehículo? Contestó: Segundo, Otra: ¿Usted vio la persona? Contestó: Si, era una persona delgada mas o menos como de 1,70, no se nada mas porque fue al momento de voltear, Otra: ¿El arma de que color era? Contestó: No se era un arma de mano, Otra: ¿El color de mano del sujeto que la sostenía? Contestó: No lo se, Otra: ¿Abre la puerta? Contestó: Si Otra: ¿Qué pasa inmediatamente que abre la puerta? Contestó: La persona me dijo que me bajara del carro, me quito la cartera y los celulares, Otra: ¿Después que sale del vehículo, donde esta ubicado el sujeto con el arma? Contestó: En la parte de atrás de la puerta, en la puerta del chofer, Otra: ¿Cómo se baja del vehículo? Contestó: Abro la puerta saco la pierna y me baje, yo quede mirando hacia atrás, Otra: ¿Vio al sujeto? Contestó: Si, Otra: ¿Explique cuales son las características del sitio que la apunto? Contestó: Como de 1,70, el color de la piel no le sabría decir, era delgado, Otra: ¿Qué le indico el sujeto? Contestó: Que bajara la cabeza y que me fuera al taller, Otra: ¿Quién estaba en el taller? Contestó: El mecánico, un señor y el sujeto que estaba apuntando a mi esposo, Otra: ¿A través de que medio llamaron al 171? Contestó: Al celular no los trajo el mecánico, Otra: ¿Quién llamo al 171? Contestó: Yo llame, Otra: ¿Se apersono algún funcionario en el taller? Contestó: Si uno solo, Otra: ¿Había otras personas distinta al señor julio? Contestó: Al momento de llegar no lo se, pero después vi a otro señor, Otra: ¿Ustedes dieron un teléfono cuando fuera recuperado el vehículo? Contestó: Si, Otra: ¿A que hora la llamaron para decir que habían recuperado el vehículo? Contestó: Como a las 0nce y media aproximadamente, Otra: ¿Qué le indicaron los funcionarios policiales? Contestó: Que habían recuperado el carro en el sector los plataneros, Otra: ¿Qué le indicaron los funcionarios? Contestó: Que habían tres personas detenidas, Otra: …/…
Con el testimonio ciudadano T.J.B., Funcionario de la Policía Regional del Estado Zulia, quien expone: El día 02-02 del presente año me encontraba con un grupo de oficiales cuando por la central de comunicaciones se recibió un reporte que en la urbanización se habían robado un vehículo marca KIA a un ciudadano, procedimos a hacer un recorrido por el sector, ya que habían dado las características del vehículo para ver si podíamos dar captura a los ciudadanos, nuevamente por la radio nos informaron que el supermacado paga poco habían dejado un vehículo botado, con las características antes mencionadas, cuando íbamos en sentido curva Molina, visualizamos un vehículo que venia en sentido contrario procedimos a girar en u, del mismo se bajaron tres ciudadanos y a dos de ellos le incautamos un arma de fuego, y dentro del vehículo habían varios celulares, pulseritas, y lo llevamos a la división de antecedentes penales. A las preguntas contesto: Otra: ¿Le exigieron su porte de arma? Contestó: Si, Otra: ¿Identifique en este acto a las personas que tenia el arma de fuego? Contestó: Dos personas portaban arma de fuego una no la portaba, no recuerdo los nombres, Otra: ¿Le llegaron a estas personas porque motivo? Contestó: Porque estaban en un vehículo mitsubichi dorado, tres personas, y nos habían informado que el vehículo kiat fue robado y los sujetos huyeron en un vehículo con esas mismas características, Otra: ¿Quiénes integraron ese procedimiento? Contestó: OFICIAL ROJAS, Y JORGE PEREA Y MI PERSONA, Otra: ¿En cuanto a los objetos que se le incautaron a los ciudadano usted se los mostró a las personas que habían sido victimas? Contestó: Si le mostré los celulares y las prendas y estos manifestaron que no era nada de ellos, ‘Otra: ¿Cómo sabe que esa llave que tenia uno de los detenidos era del KIAT? Contestó: Porque me acerque al carro kiat que estaba en el comando con la llave y este abrió, Otra: ¿Señale a este tribunal si esas llaves le fueron conseguidas a una de las personas que fueron detenidas o las llevo la victima de auto? Contestó: Le fue incautada a uno de los tres ciudadanos detenidos.
Con el testimonio de testigo, ciudadano J.C.S., quien expone: Yo me encontraba ese día en mi negocio iba legando el sr. Gustavo porque le estaba perorando un carro, entonces cuando llegaron unos sujetos atracando, yo tome a mi hermanito para que no nos hicieran nada, y al sr. Gustavo se lo llevaron t le quitaron el carro, la persona era un alto y me dijo que no fuera a mirar no lo recuerdo muy bien y luego se fueron. ¿Recuerda usted la fecha cuando ocurriendo los hechos? Respondió: hace como 10 meses. Otra ¿en que sitio ocurrieron los hechos? Respondió: Cumbres de Maracaibo. Otra ¿que personas se encontraban en el talle ese día? Respondió: Elsa, Gustavo, mi hermano y yo. Otra ¿ El sr. Gustavo se presento solo ese día al taller? Respondió: Estaba su esposa pero dentro del carro. Otra ¿tiene alguna cerca que impidiera ver el vehículo? Respondió: hay una pared pero si se ve desde allí el carro.- Otra ¿cuantas personas se encontraban en el hecho? Respondió: No los Conté porque ellos dijeron que no fuéramos a mirar. Otra ¿logró usted observar algún arma de fuego? Respondió: El que me quito el celular tenia una arma, pero no se distinguir que tipo de arma era. Otra ¿que tipo de arma de fuego era? Respondió: era color niquelado, como si estuviera desgastado. Otra ¿estas personas que entraron al taller que se llevaron? Respondió: se llevaron el carro del sr. Gustavo. Otra ¿pudo visualizar cuantas personas se montaron en el vehículo? Respondió: nose decirle bien. Otra ¿pudo observar características de las personas que llegaron a robar en el taller? Respondió: no, lo único que recuerdo es de la persona que me quito el celular, era un blanquito…./… ¿Pudo observar cuando se llevaron el vehículo? Respondió: si. Otra ¿lo despojaron a usted de algún objeto personal? Respondió: si, un teléfono celular elgi 7000. Otra ¿logro usted recuperar el objeto? Respondió: no.- Otra ¿fue recuperado el vehículo del sr. Gustavo? Respondió: si, lo supe a los días que fue recuperado.- Otra ¿tuvo conocimiento donde fue recuperado? Respondió: creo que fue para paga poco.- Otra ¿se presento algún funcionario al lugar donde fue despojado el Sr. Gustavo de s vehículo? Respondió: si, se presento una patrulla tomo los datos y se fue.- Otra ¿tiene conocimiento si alguna persona pudo haber observado el vehículo en que llegaron estas personas al taller? Respondió: no escuche comentarios. Otra ¿recuerda usted como estaban vestidas esas personas? Respondió: solo recuerdo la persona que me quito el celular que tenía un jeans y un sweter azul…./… A las pregunta del Tribunal contesto: ¿Usted vio llegar a la personas que robaron el Vehiculo? Respondió: No, escuche a la esposa del sr. Gustavo que estaba llorando. Otra ¿vio algún otro carro? Respondió: no.- Otra ¿En el momento que llegaron esas personas al taller donde se encontraba usted? Respondió: me encontraba lavando unos tripoides y el sr. Gustavo detrás, luego llegaron esas personas diciendo no se muevan bajen la cara. … /.. ¿Los vecinos se acercaron el día de los hechos? Respondió: yo vi a la Sra. Lilia, el sr. Leonardo, y muchos vecinos de esa zona cuando escucharon los gritos de la sra. llorando.- Otra ¿usted declaro en la policía? Respondió: no.- Otra ¿llego a ver a las personas que se le acercaron al sr. Gustavo? Respondió: no.- Otra ¿puede decir si la persona que lo despoja del tlf estaba armada? Respondió: si.- Otra ¿recuerda características de esa persona? Respondió: si era mas alto que yo, y de piel color blanca.- Otra ¿recuerda como era el armar? Respondió: era como de color niquelada. Otra ¿pero que tipo de arma era? Respondió: no se porque yo serré los ojos no me fuera a matar. Con este Testimonio de J.C.S. se corrobora el delito de robo de vehículo automotor el cual se ejecuto con arma de fuego que según el testigo señala el mismo, el arma que era niquelada y desvastada. Asimismo, este Tribunal Mixto valora y aprecia el testigo por cuanto el mismo señala que el vio que: ¿Los vecinos se acercaron el día de los hechos? Respondió: yo vi a la Sra. Lilia, el Sr. Leonardo, y muchos vecinos de esa zona cuando escucharon los gritos de la Sra. llorando.- Así mismo, el referido testigo señalo que fue apuntado con un arma y que se llevaron el Vehículo Marca Kia del Señor G.G..
Este testimonio al adminiculado con los testimonios de las Victima ciudadano G.G. Y LA ESPOSA LEYBY COROMOTO C.U., quienes manifestaron que habían sido despojado apuntados con armas de fuego el Sr. Gustavo en la Nuca y la señora Leybi, desde afuera del carro Kia donde ella s e encontraba bajándose del mismo, donde pudo visualizar el arma de fuego con la que la despojaron del referido vehículo. De igual manera, la Victima señala que realizaron la denuncia a través de un celular que le facilitaron y que repostaron el robo de su Vehículo indicando las características así como las característica de un Vehículo Marca Misubichi color dorado sin placa en la parte trasera donde se habían bajado los tres sujetos que los habían despojado del vehículo Kia donde se encontraba su esposa, Características esta que fueron denunciadas a través 171, y puso en operativo a través de la radio a los funcionarios policiales.
Con el testimonio de J.L.P.G., Adscrito a la Policía Regional del Estado Zulia, expuso: “Nosotros nos encontrábamos en labores de patrullaje y fue reportado un vehículo por la central de patrullaje, en el momento que se desplazaban por el sector los plataneros observamos el vehículo y de inmediato el inspector TEOFILO ordeno que trasladaran una grúa, de seguida nos dejamos trasladar patrullando por la zona, cuando a la altura del CUM, observamos un Mitsubichi el cual tenia las mismas característica, dada por la Central de comunicaciones donde huyeron los presuntos actores del robo, procedimos a interceptarlo y una vez que le dimos la vos de alto a dicho vehículo, se bajaron tres sujetos y al realizar la requisa respectiva a los mismos se le incauto dos armas de fuego. Con el testimonio de ciudadano C.A.R.R., quien dijo ser y llamarse C.A.R.R., oficial de la Policía Regional del Estado Zulia en el Departamento de Investigaciones Penales. expuso: “Nosotros encontrábamos en compañía del Inspector T.J. y del Oficial Pereira, cuando escuchamos un reporte policial que habían despojado un vehículo por la Urb. Cumbre de Maracaibo, nos trasladamos al sitios donde posteriormente visualizamos el vehículo y el inspector ordena ubicar una grúa para trasladar al vehículo al comando, posteriormente realizamos labores de patrullaje hacia el sector el CUM donde visualizamos el vehículo Mitsubichi y lo ordenados detenerse y descender y fueron aprendido sin ningún tipo de contratiempo y logrando incautar unas armas de fuego y una llave, es todo”.
Este Tribunal con escabino valora y aprecia los testimonios de los funcionarios Policiales aprehensores T.J., J.L.P., y C.R., por cuanto fueron los funcionarios aprehensores de los acusados de auto, por cuanto los mismo fueron conteste al afirma que los acusados d e auto fueron detenidos en virtud de que los mismo se desplazaba en un Vehículo Marca Misubichi de Color Dorado y sin placas en la parte trasera por cuanto según el reporte de 171, les señalo, que el Robo de Vehículo marca KIA Optima, el cual también les informaron por la radio el vehículo objeto del robo lo habían dejado abandonado en el Centro Comercial Paga poco, ordenándose su traslado al referido comando policial, y que continuaron las labores de recorrido cuando visualizaron un Vehículo con las características, que señalaron a través de la radio por la central telefónica del 171, Características ésta que coincidía con las característica del vehículo que visualizaron a la altura e inmediaciones del Colegio Universitario De Maracaibo, (CUM) Resultando como detenidos los acusados de auto y a los cuales s eles incauto Dos (2) Armas de fuego, armas ésta que le fueron incautada a J.W.P. un arma d e fuego tipo pistola marca BROMIN, calibre 9 milímetro, con 15 proyectiles, en su proveedor, en estado original, de color niquelado con sus seriales devastado. Y en su bolsillo derecho un llavero con un control remoto d e color negro. Y una llave con el Nombre de KIA. y al acusado W.F.F.A., se le incauto un arma d e fuego tipo Revolver marca S.W.d. color niquelado seria de tabon BNWW8085. Asimismo, este Tribunal Valora y aprecia los testimonios de los referidos funcionarios policiales por cuanto comparecieron al juicio oral y público y manifestaron el modo el lugar y las circunstancias que dieron origen a la detención de los acusados de auto, tal como se observa del acta policial la cual se valora por cuanto se relaciona directamente con el procedimiento policial en Flagrancia que fue realizado por los referidos funcionarios policiales, y al ser comparados y adminiculados los testimonio que rindieran los tres funcionario de Inteligencia de la Policía Regional del Estado Zulia, T.J., J.P. y Charle Rojas Rua, donde señalan las mismas características del vehículo misubichi de color dorado que fue denunciado a través del 171, y en el acta la cual indica características del vehículo en cuestión y las vestimenta de los acusados de auto la cual quedo descrita en la misma y que señala al acusado que quedo identificado con el nombre de J.W.P.: “Logrando incautar en el cinturón derecho de uno de los sujetos el cual vestía un blue J.d.c.a., y suéter negro a rayas, y gomas deportiva d e color blancas. Este Tribunal con escabino valora y aprecia este testimonio, de las victima G.G. la ciudadana Leyby Coromoto Catros y J.C.S., quienes son Testigos presénciales de los hechos que imputa el Ministerio Público ya que la testigo, Ciudadana LEYBY COROMOTO C.U., señala que se encontraba dentro de su vehículo cuando fue intimidada por un sujeto que portaba un arma d e fuego el cual le manifestó que NO ME MIRES, a quien le despojaron de su vehículo y se le llevaron la cartera con los tres (3.000.000) millones d e Bolívares que habían sacado antes de ir al taller del banco Banesco sucursal la limpia . Quedando demostrado la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 en concordancia con el articulo 6 ordinales 1, 2 y 3 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, así como el delito de PORTE ILICITO DE ARMA previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal, para los acusados J.W.P. y W.F.F.A., cometido en perjuicio del ciudadano G.G. Y EL ORDEN PUBLICO. Así mismo, se valora y se aprecia los testimoniales de la Experta E.R.H.O., reconocedora, adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica, expuso: “El día 13 de marzo del 2.007, me fue solicitado mediante un memorando le practicara una experticia de reconocimiento a Cinco (5) celulares un motorora C-212, color gris el cual presentaba como saludo de nombre JAVIER, otro motorora C-212 con saludo F.D., otro celular motorora modelo 222, decía YAIRO, se encontraba en buen estado, otro celular que decía como saludo AMO A MI FAMILIA y como usuario el nombre de YENNY, y otro marca motorora presentaba como usuario el nombre de VALENCIA, estos también se encontraba en buen uso, también se me presento una cadena de oro tejido chino, como sistema de cierre una argolla cerrada, también me fueron suministrada tres (3) pulseras con brazalete, una metálica color plateada, una con material sintético, color plateada, otra de sintético de color plateado, estaba en buen estado de uso, dos (2) relojes uno marca Guess de uso masculino y uno de marca Casio, uso masculino, dos chequeras del Banco Occidental de Descuento, ambas chequeras tenían 25 cheque, ambos tenían el mismos código del cliente, ambas en estado original. Con la testimonial de A.J.R.S., del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalistica, expuso: “Se trata de un arma de fuego una pistola BROWNING, 9mm, color niquelado, tiene en su capacita de 13 balas, presenta en su cañón estriado, serial de la pistola se encuentra devastado, se observa que fue limado y borrado, la Segunda arma de fuego tipo revolver, marca S.W., que gira hacia la derecha presenta su serial devastado, también tiene en el tambor un serial secreto el cual es BNW8085 y su serial se encuentra devastado y se le practico con reactivo FRAY, lo que hace que el metal que se encuentra limado cubre la superficie del serial que tiene en este caso se borro, lo limado, pero no se pudo recuperar el numero de serial, es todo”. De igual manera, se valora la declaración del experto en balística anteriormente descrito por considerar que el mismo realizo experticia de reconocimiento a las dos armas en cuestión y que fueron indicadas en el acta policial que dio origen a la detención de los acusados de autos, quedando demostrada la existencia de las mismas, de igual manera la solicitud de la referida experticia la hace la brigada de vehículo a instancia del Ministerio Publico. Con el testimonio de WILMARIA L.F.A.: “Me encontraba yo en galería y recibí una llamada de mi casa, por parte de mi hermano menor el cual me indico hicieron desastre en mi cuarto, mi hermanas estaban nerviosa y cuando me percate se había llevado dos chequeras de mi uso personal, cuando realizaba mis pasantias, es todo”. Con el testimonio de la ciudadana Y.D.C.A.A., quien una vez puesto de manifiesto las razones por las cuales fue traída a esta sala de juicio la misma se identifico como Y.D.C.A.A., titular de la cédula de identidad Nª V-7.804.393. De seguida la Juez presidente le toma el juramento, la misma expuso: “Lo Juro”. De seguida la misma expuso: “Yo estaba en galería con la hija mía y de 1:00 a 1:30 me llama mi hijo menor que unos señores se habían metido en la casa y que habían vuelto los cuartos como un desastre y a la hija mía le faltaba la chequera, al hijo mío menor estaba con una crisis todo desesperado y de allí lo maltrataron verbalmente, es todo. Este Tribunal al realizar el análisis del testimonio de la Ciudadana WILMARIA L.F.A., se observa que su testimonio esta relacionado con la introducción d e tres (3) sujeto que no quedo identificado por la testigo ni por su hermano, de lo cual ella manifiesta que entraron a su casa según lo manifestado por su hermanito y que se llevaron las dos (2) Chequera, manifestado la referida testigo que ella cuando llego no los vio, asimismo la ciudadana Y.D.C.A.A., quien manifestó ser la madre del acusado W.F.F.A., y madre de la joven WILMARIA L.F.A., quien señala que a su hija la llamo el hermano y manifestó que unos sujetos se introdujeron en su casa, donde según la referida ciudadana los sujeto que no fueron identificados se habían llevado las dos Chequera.
Este Tribunal Mixto, valora y aprecia las PRUEBAS DOCUMENTALES, las cuales fueron valoradas y controladas por ambas partes en el presente debate: como son: 1) Acta policial de fecha 02 de febrero de 2007. Donde se desprende que siendo las 12:30 horas de la tarde, se habían robado un vehículo marca KIA, placas VCJ-99C, de color dorado, por tres sujetos, quienes se desplazaban un vehículo marca mitsubishi, modelo lancer, de color dorado, placas MCY-41Z, sin la placa trasera; cuando se recibe un reporte nuevamente por la central de comunicaciones CECON, informando que el vehículo marca KIA, modelo Optima, de Color dorado, placas VCJ-99C, había sido dejado en estado de abandono en el estacionamiento del centro comercial Paga Poco, ubicado en el sector Los Plataneros de esta ciudad. Donde quedaron detenidos los ciudadanos J.W.P.R., Titular de la Cédula de Identidad N° 17.835.992, a quien se le incauto un arma de fuego tipo pistola, marca Brownings, calibre 9 Mm., con 15 proyectiles en su proveedor en su estado original, de color niquelado, con sus seriales desvastados y en su bolsillo derecho un llavero, con un control remoto de color negro y una llave con el nombre KIA. W.F.F.A., Titular de la Cédula de Identidad N° 16.835.265, a quien se le incauto en el cinto derecho del pantalón un arma de fuego tipo revolver, marca Smith & Wesson, de color niquelada, serial de tambor BNW8085, sin mas seriales visibles, con seis cartuchos calibre 38 sin percutir. YAIRON R.Q.K., Titular de la Cédula de Identidad N° 16.730.463. No se le encontró ningún objeto de interés criminalistico. Quedando detenidos. 2) ACTA DE INSPECCION TECNICA, de fecha 02-02-07 la cual fue suscrita por los Funcionarios INSPECTOR JEFE T.J., CREDENCIAL No. 650, OFICIAL PRIMERO J.P., credencial No. 0450 y OFICIAL SEGUNDO C.R., credencial No. 3412, adscritos al Departamento de Inteligencia de la División de Investigaciones Penales de la Policía Regional, donde dejan constancia de haber efectuado la Inspección Técnica, a la Urbanización la Floresta, avenida principal, específicamente en la parte posterior del Instituto Universitario Maracaibo, tratándose de un sitio suceso abierto, utilizado como vía publica, para el paso de vehículos y personas, pavimentado con iluminación natural y artificial, cabe destacar que en el lugar se realizo la detención de los ciudadanos J.W.P., W.F.A. y YAIRON Q.Q.. 3) ACTA DE EXPERTICIA DE VEHICULO, de fecha 05-02-07, suscrita por los funcionarios R.F. y W.A., expertos reconocedores adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, donde en su exposición describen las siguientes características: CLASE: AUTOMOVIL, TIPO: SEDAN, MARCA: KIA, ÑO 2007, MODELO OPTIMA, COLOR: BEIE, PLACAS: VCJ-99C, el mismo por las características y condiciones presentadas se le estima un valor aproximado a los 30.000.000,oo de bolívares, de conformidad con el pedimento formulado, se logro, determinar lo siguiente: Presenta el serial de carrocería identificado con la cifra alfanumérica: KNAGE224375074968, en estado original en cuanto a dígitos, (Troqueles), material (Lamina), y Sistema de fijación de remaches; ya que es el sistema utilizado por la empresa fabricante ara determinar e individualizar la originalidad. Presenta MOTOR 6 CILINDROS en estado original. CONCLUSION: El serial de carrocería se encuentra original. Presenta Motor 6 Cilindros. 4) EXPERTICIA DE RECONOCIENTO LEGAL. De fecha 13 de marzo de 2007. Suscrito por: T.S.U. E.R.H.. Adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas. Motivo: a los fines de realizar sobre unos objetos recuperados para dejar constancia de su reconocimiento legal. Exposición: material suministrado consiste en: un (01) teléfono celular marca motorola, modelo C212, el cual presenta como saludo el nombre “Javier”; un (01) teléfono celular marca motorola, modelo C212, el cual presenta como saludo inicial la frase “Feliz día”; un (01) teléfono celular marca motorola, modelo C222, en el cual aparce como usuario “Yairo”; un (01) teléfono celular marca motorola, modelo C213, con el saludo “Amo a mi Familia”; un (01) teléfono celular, marca motorola, modelo C364, el cual indica como usuario “Valencia”; una (01) cadena en oro 18 kilates, tejido chino; una (01) pulsera tipo brazalete, elaborada en metal, color plateado, unisex, mecanismo de sujeción ajuste elástico; una (01) pulsera tipo brazalete, elaborada en metal, color plateado y negro, con sujeción a presión; una (01) pulsera tipo brazalete elaborada en metal y material sintético, color plateado y negro, con mecanismo de sujeción broche a presión, un (01) reloj tipo pulsera, marca Guess, de uso masculino, dos (02) piezas bancarias, de las denominadas chequeras correspondiente al Banco Occidental de Descuento, con 25 cheques, ambas cuenta cliente N° 0116-0101-49-0005839858.5) INFORME BALISTICO. De fecha 13-03-2007. Suscrito por: H.D.C. y R.S.A.. Expertos en Balística, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas. Exposición: dos (02) armas de fuego, un (01) cargador, veinte y una (21) balas, conjuntamente con el memorando S/N, según planilla de remisión N° 0222-07, de fecha 07-03-07, relacionada con el expediente N° H-509.973, a fin de dejar constancia de reconocimiento Técnico Legal y Restauración de caracteres Borrados en metal. Características de las evidencias: Arma 01.-Tipo pistola, marca Browning, Calibre 9 milímetros, origen Bélgica, acabado superficial Niquelado, longitud de cañón 118 milímetros, diámetro interno de cañón 8.7 milímetros, modalidad de accionamiento simple acción, capacidad de cargador trece (13) balas, giro helicoidal Dextrógiro, números de campos seis (06), numero de estrías seis (06), serial de orden desvastado, empuñadura material sintético negro, partes conformantes: Cañón de Anima Estriada, Corredera o conjunto móvil, empuñadura y caja de los mecanismos, que es la pieza donde internamente ensamblan y se acoplan todas las demás piezas integrantes de su mecanismo. Es de citar de la referida arma de fuego se halla provista de su cargador. Arma 02.-Tipo revolver, marca Smith & Wesson, calibre 38 special, origen USA., acabado superficial acero inoxidable, Longitud de Cañón: 104 milímetros, Diámetro interno del cañón: 8,5 milímetros, Modalidad de accionamiento: Simple y Doble Acción, capacidad de carga: seis (06) balas, Giro Helicoidal: Dextrógiro, Número de Campos: Cinco (05), Números de Estrías: Cinco (05), Serial de Orden: 438, Serial de Tambor: Desbastado, Serial Secreto: BNW8085, Empuñadura: Madera Color Marrón, Partes Conformantes: Cañón de Anima Estriada, Tambor o Nuez Volcable, Empuñadura y Caja de los mecanismos, que es la pieza donde internamente ensamblan y se acoplan todas las demás piezas integrantes de su mecanismo. Conclusiones: 1.- armas de fuego en su estado y uso original para el ataque o defensa se puede ocasionar lesiones de menor o mayor gravedad e incluso la muerte. 2.- Las balas suministradas quedan en el Departamento Balístico, para ser utilizadas en futuros disparos de prueba 3.- Aplicado en Método de Restauración de caracteres borrados en metal con el reactivo de (Fray), dio como resultado negativo, ya que no se observo reacción alguna. 4.- las armas de fuego se devuelven a la sala de resguardo y custodia de evidencias físicas de esta delegación estadal, según planilla 0222-07, a la orden de la Fiscalia del Ministerio Publico. Por lo que quedo demostrado en el debate de forma UNÁNIME la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 en concordancia con el articulo 6 ordinales 1, 2 y 3 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, para los acusados J.W.P., W.F.F.A. y YAIRON R.Q.Q., así como el delito de PORTE ILICITO DE ARMA previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal, para los acusados J.W.P. y W.F.F.A., cometido en perjuicio del ciudadano G.G. Y EL ORDEN PUBLICO, y la participación de los acusados J.W.P., W.F.F.A. y YAIRON R.Q.Q..
En este orden de ideas, Nuestro M.T.d.J. ha sostenido en Sala Penal, con el debido proceso y la actividad probatoria, lo siguiente: “… La prueba es el eje en torno al cual se desarrolla todo proceso y su producción, evacuación y valoración debe ser la razón de ser del mismo. En materia penal la prueba esta dirigida esencialmente a corroborar la inocencia o establecer la culpabilidad del procesado. Por consiguiente, todo lo atinente al debido proceso esta estrictamente relacionado con la actividad probatoria y los jueces deben acatar todas las pruebas pertinentes y eficaces para lograr tal fin…” (Sentencia Nº 311, del 12 de agosto de 2003, ponencia del Magistrado Doctor A.A.F.). /La negrita y Subrayado es del Tribunal). Así mismo, en la sentencia numero 401, del 2 de noviembre de 2004, con ponencia del Magistrado Doctor A.A.F., se estableció: “… Cuando el Juez aprecia los elementos probatorios esta obligado a verificar que estos deben ser lo suficientemente contundentes como para desvirtuar la presunción de inocencia que acompaña por derecho constitucional y legal a todo acusado, es decir, no puede quedar ninguna duda en tal apreciación que contrae dicho principio constitucional; y simultáneamente ha de tomar en cuenta que el cúmulo probatorio debe llevar a la absoluta subsunciòn de los hechos en la disposición típica, de manera que el Juicio de reproche, al ser sobrepuesto en la misma, se ajuste con tal perfección que la conducta efectivamente puede ser atribuida al autor configurando el injusto típico y por ende culpable…” Por lo que del debate oral y publico, se logró determinar de acuerdo a los argumentos de hecho y de derecho la Sentencia Condenatoria de la siguiente manera: Analizados como han sido todos y cada uno de los medios de pruebas recepcionados durante el Debate atendiendo lo dispuesto en los Artículos 22 y 199 del Código Orgánico Procesal Penal, que los acusados J.W., W.F.A. , Y YAIRON Q.Q. son AUTORES y responsable penalmente de la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR cometido en perjuicio del Ciudadano G.G. Y ORDEN PUBLICO, quien fue despojado de su Vehículo Marca Kia lo cual ha quedado evidenciado y comprobado en el debate Oral y Público. Asimismo, quedo demostrado la existencia del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR. Por otro lado, este Tribunal constituido de manera mixta ha llegado a determinar dentro del debate que si bien es cierto, que se demostró el delito de robo agravado de Vehículo automotor, y la participación de los acusados en el mismo, con los medios probatorios controvertido, en la interpretación de la Ley Penal de los tipos no solo debe regir la interpretación gramatical sino también la tecnológica. En ese sentido, el M.T.S.d.J. en Sala de Casación Penal el Magistrado Angulo Fontiveros ha señalado mediante sentencia de fecha 24-10-2000 sentencia N° 1322 lo siguiente: “esencialmente el pluriofensivo delito de robo es un delito contra la propiedad y contra la libertad individual y siendo así debe consumarse, cuando esa propiedad y esa libertad ( que son los derechos protegidos al incriminarse el robo) son lesionados. En el robo hay un delincuente que amenaza a la otra persona con causarle un daño grave e injusto si no le abandona sus bienes, si el asaltante los obtiene, aunque sea momentáneamente, en ese preciso momento se consuma el delito, y esto debe ser así porque en ese momento (donde el asaltante despojo de sus bienes a la victima). Quedo lesionado el derecho de propiedad, no puede haber mayor lesión de ese derecho que la que la configurada por perder el bien sobre el cual recae. Esto es lo que interesa al dueño de algo: que lo tubo que abandonar y muy poco le importa si ese bien u objeto quedo a la “disponibilidad absoluta” del sujeto activo o de otro sujeto que a su vez quito al asaltante, por ejemplo: lo importante es que ese bien se perdió, haya sido a manos del asaltante, de otra persona o aun por defecto de un acaso. Y se perdió porque contra su voluntad, tubo el dueño que soltarlo ante la violenta y delictuosa presión del delincuente. Y como es obvio muchísimo menos importa a la victima (ni debe importar al derecho) si el delincuente pudo aprovechar ese bien o no. En tal sentido, se entiende que este delito no se puede imaginar sobre la base de que un delincuente disponga o se beneficie del objeto robado, si no de que la victima se vio máximamente afectada en su derecho de propiedad porque la constriñeron a despojarse de su bien el absurdo de ver el momento consumativo del robo cuando el asaltante tenga la posesión o disfrute, es notorio. Un propietario solo se preocupara por la perdida de su bien por lo que incontrastablemente, se vio lesionado su derecho de propiedad, o cuando se lesiona esta definitivamente el haberse consumado el despojo o el haberse dispuesto o disfrutado por el ladrón lo despojado. Es claro que al haberse consumado el despojo, ya que no puede haber una lesión mayor al derecho de propiedad que despojarlo de su objeto. Es por eso, que en la interpretación de los tipos no solo debe regir la interpretación gramatical sino también la teleologica. La primera sol0 ve hasta cerca y atiende la mera letra de la ley. La segunda es ver lejos y así trata de indagar la (mens legislativa) y el amparado por la norma incriminadota. El concepto de valor y alcance de la significación o importancia de algo, ya eleva “per se” el nivel de la interpretación y obliga al sustancial concepto del delito. Toda acción tiene valor de acto y de resultado, el valor de acto es fundamental. Es esencial. La anterior doctrina de la Sala de Casación Penal respecto al momento consumativo del robo, daba un valor prioritario y casi exclusivo al resultado, lo cual responde a un concepto utilitarista, se olvidaba así que tales delitos son instantáneos y que no se requiere ser perfectos agotados u obtener el fin ultimo para que se perfeccionen. También toda acción tiene desvalor de acto y desvalor de resultado: este último no se concebía si no se tenía la disposición absoluta. Y se obviaba así el desvalor de la acción: por ejemplo: al hecho de la remoción la (“contrectacion”) como señala CARRARA, en el hurto no se le asignaba mayor importancia. El derecho Penal tiene una p.r.é.y.d. aplicarse sobre esa base. No obstante, tomando en cuenta el objeto como lo es UN VEHICULO AUTOMOTOR, de la victima ciudadano G.G. Y ORDEN PÚBLICO, aunado A QUE FUE DESPOJADA TAMBIEN LA CIUDADANA esposa de la Victima LESBYS COROMOTO CASTRO, de un Celular la cartera y Tres (3) Millones de Bolívares. Por lo que nuestro legislador previo y sanciono en el articulo 5 en concordancia con el articulo 6 ordinales 1,2,y 3 de la Ley Sobre Robo y Hurto de Vehículo Automotores cometido en perjuicio de G.G. Y ORDEN PÚBLICO. Y ASI SE DECLARA.
Razón por la cual este Tribunal Mixto, DECLARA la participación y la consecuente responsabilidad penal de los acusados J.W., W.F.A., Y YAIRON Q.Q., como autores del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR y su correspondiente responsabilidad Penal. Conclusión esta a la cual llegó este Tribunal previa deliberación hecha y votación realizada de forma UNÁNIME, determinando la CULPABILIDAD de los acusados como responsable penalmente de los hechos atribuidos de acuerdo a todo lo antes expuesto, conforme a la dogmática penal vigente. En consecuencia lo ajustado a derecho es dictar SENTENCIA CONDENATORIA en su contra, imponiéndoles la pena correspondiente por la comisión de dicho hecho punible consumado, conforme a lo previsto en el Artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, por decisión UNÁNIME de este Tribunal constituido en forma MIXTA.; asimismo, como consecuencia de lo anterior lo procedente en derecho es declarar CON LUGAR la acusación Fiscal interpuesta en contra de los ya mencionado acusado. Y ASÍ SE DECLARA.- De igual manera, la pena aplicable en el caso que nos ocupa, en virtud de habiendo sido determinado culpable al acusado, y siendo lo procedente en derecho dictar una SENTENCIA CONDENATORIA, según lo previsto en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, nos corresponde establecer la penalidad correspondiente a los ACUSADOS J.W., W.F.A., por la comisión del ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR previsto y sancionado en el articulo 5 en concordancia con los ordinales 1,2,y 3 de la Ley Sobre Robo y Hurto de Vehículo Automotores cometido en perjuicio de G.G. Y ORDEN PÚBLICO, el cual señala una de pena como limite inferior NUEVE (09) AÑOS a DIESICIETE (17) AÑOS DE PRESIDIO que sumados nos da un total de VEITISEIS (26) Considerando lo dispuesto en el artículo 37 del Código Penal, la mitad de la pena es de TRECE (13) AÑOS DE PRESIDIO. Ahora bien, nuestro Legislador señalo en el articulo 74 del Código Penal ordinal 4. las Atenuantes y en este sentido nuestro M.T. también ha sostenido que debe tomarse en cuenta cuando el acusado no tenga antecedente penales y en el caso que nos ocupa los acusados no poseen antecedentes penales, razón por la cual se le aplica la atenuante ante referida. Por lo que se le rebaja al limite inferior es decir la pena NUEVE (9) AÑOS de PRESIDIO más una sexta parte del delito por el porte ilícito de arma de fuego lo cual queda en UN (1) AÑO Y CUATRO (4) MESES, de la conversión de la pena al delito mas grave de conformidad con lo establecida en el articulo 87 del Código Penal. Quedando una pena definitiva A CUMPLIR de DIEZ (10) AÑOS Y CUATRO MESES DE PRESIDIO, Y YAIRON Q.Q., una pena de TRECE (13) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 en concordancia con el articulo 6 ordinales 1, 2 y 3 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, mas las penas accesorias, de conformidad con lo previsto en los artículos 13 y 34 del Código Penal. mas las penas accesoria de conformidad con lo previsto en los articulo 13 y 34 del Código Penal, pena esta que cumplirán en el establecimiento carcelario que disponga el Juez en Funciones de Ejecución que le corresponda conocer de la presente causa, por considerarlos AUTORES, de la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el articulo 5 en concordancia con los ordinales 1,2,y 3 de la Ley Sobre Robo y Hurto de Vehículo Automotores cometido en perjuicio de G.G. Y EL ORDEN PÚBLICO