Sentencia nº 940 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Electoral de 20 de Octubre de 2014

Fecha de Resolución20 de Octubre de 2014
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Electoral
PonenteJuzgado de Sustanciación

Numero : 940 N° Expediente : 2014-000074 Fecha: 20/10/2014 Procedimiento:

Auto ordenando notificación

Partes:

A.A.G.M., R.J.S.Y. y ZOINEL LOVERA, Vs. el Acta de Asamblea Extraordinaria de fecha 29 de mayo de 2014 de la CAJA DE AHORRO Y BIENESTAR SOCIAL DEL PERSONAL DE POLICÍA DEL ESTADO CARABOBO.

Decisión:

Vista la Sentencia Nº 158 del 08-10-2014, se acordó notificar a los ciudadanos A.A.G.M., R.J.S.Y. y ZOINEL LOVERA (parte recurrente). Se libró Boleta. Igualmente se comisionó al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (Distribuidor), a los fines de notificar al ciudadano antes referido. Se libró Oficio N° 14.569 y Despacho.

Ponente:

Juzgado de Sustanciación ----VLEX----

SALA ELECTORAL

Caracas, 20 de octubre de 2014

204º y 155º

Vista la Sentencia Nº 158 dictada por esta Sala Electoral en fecha 08 de octubre de 2014, en la cual ACEPTÓ LA COMPETENCIA DECLINADA por el Tribunal Décimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en consecuencia, se declaró COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada e INADMISIBLE el recurso interpuesto, se acuerda notificar a los ciudadanos A.A.G.M., R.J.S.Y. y ZOINEL LOVERA (parte recurrente). Remítase copia certificada de la referida Sentencia. Líbrese Boleta.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, se acuerda comisionar al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (Distribuidor), a los fines de notificar a los ciudadanos A.A.G.M., R.J.S.Y. y ZOINEL LOVERA (parte recurrente), con domicilio procesal en: Avenida Montes de Oca, entre Calles Montilla Truanes y G.B., Edificio Juncal, Piso 7, Oficina 72, Valencia, estado Carabobo, para lo cual se ordena librar despacho al mencionado Juzgado. En tal sentido, se le informa que dispone de un lapso de dos (02) días de despacho para la práctica de la aludida notificación, contado éste desde el día siguiente que reciba la comisión la cual devolverá a la brevedad posible. Remítase copia certificada del presente auto. Líbrese Oficio y Despacho.

El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA La Secretaria,

P.C.G.

Exp. AA70-E-2014-000074

FRVT/pc

En veinte (20) de octubre de 2014, se deja constancia que se libró comisión al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (Distribuidor), a los fines de notificar a los ciudadanos A.A.G.M., R.J.S.Y. y ZOINEL LOVERA (parte recurrente), la Sentencia N° 158 del 08 de octubre de 2014.

La Secretaria,

P.C.G.

Exp. Nº AA70-E-2014-000074

Caracas, 20 de octubre de 2014

Oficio Nº 14.569

Ciudadano

Juez de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (Distribuidor).

Su Despacho.-

Tengo a bien dirigirme a usted a los fines de dar cumplimiento a lo acordado en el auto de esta misma fecha, en el cual se comisionó para practicar la notificación indicada en el despacho que a tal fin se le remite en anexo. Todo relacionado con el expediente contentivo de la demanda de nulidad interpuesta conjuntamente con medidas cautelares innominadas, por los ciudadanos A.A.G.M., R.J.S.Y. y ZOINEL LOVERA, titulares de la cédula de identidad N° 7.113.522, 7.121.048 y 11.347.070, respectivamente, asistidos por los abogados N.R.V. y Nessis Y.I.B., inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 31.431 y 86.931, respectivamente, contra el “…ACTA DE ASAMBLEA DE FECHA 29 DE MAYO DE 2014…”, mediante la cual se dejó constancia de la ratificación de los miembros de la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORRO Y BIENESTAR SOCIAL DEL PERSONAL DE LA POLICÍA DEL ESTADO CARABOBO y del nombramiento de autoridades provisionales hasta tanto se realice el proceso comicial mediante el cual deberán ser electos los nuevos integrantes de los Consejos de Administración y de Vigilancia”.

Atentamente,

F.R. VEGAS TORREALBA

Presidente de la Sala Electoral

EXP. Nº AA70-E-2014-000074

ANEXO: LO INDICADO

FRVT

TRIBUNAL COMISIONADO: Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo (Distribuidor).

TRIBUNAL COMITENTE: Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia.

HACE SABER:

Que en el expediente contentivo de la demanda de nulidad conjuntamente con medidas cautelares innominadas, interpuesto por los ciudadanos A.A.G.M., R.J.S.Y. y ZOINEL LOVERA, titulares de la cédula de identidad N° 7.113.522, 7.121.048 y 11.347.070, respectivamente, asistidos por los abogados N.R.V. y Nessis Y.I.B., inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 31.431 y 86.931, respectivamente, contra el “…ACTA DE ASAMBLEA DE FECHA 29 DE MAYO DE 2014…”, mediante la cual se dejó constancia de la ratificación de los miembros de la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORRO Y BIENESTAR SOCIAL DEL PERSONAL DE LA POLICÍA DEL ESTADO CARABOBO y del nombramiento de autoridades provisionales hasta tanto se realice el proceso comicial mediante el cual deberán ser electos los nuevos integrantes de los Consejos de Administración y de Vigilancia”, esta Sala acordó comisionar para notificar a los ciudadanos A.A.G.M., R.J.S.Y. y ZOINEL LOVERA (parte recurrente), la Sentencia N° 158 del 08 de octubre de 2014. A tal fin se remite Boleta.

Que cumplida como haya sido la presente comisión se le intima devolver los originales con sus resultas a este Juzgado a la mayor brevedad posible. Asimismo, se le informa que dispone de un lapso de dos (02) días de despacho para la práctica de la aludida notificación, contado éste desde el día siguiente que reciba la comisión.

Caracas, 20 de octubre de 2014.

El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA La Secretaria,

P.C.G.

Exp. AA70-E-2014-000074

FRVT/pc

B O L E T A

Caracas, 20 de octubre de 2014

204º y 155º

SE HACE SABER:

A los ciudadanos A.A.G.M., R.J.S.Y. y ZOINEL LOVERA, titulares de la cédula de identidad N° 7.113.522, 7.121.048 y 11.347.070, respectivamente, que esta Sala en fecha 08 de octubre de 2014, dictó Sentencia N° 158, en el expediente contentivo de la demanda de nulidad interpuesta conjuntamente con medidas cautelares innominadas por Ustedes, contra el “…ACTA DE ASAMBLEA DE FECHA 29 DE MAYO DE 2014…”, mediante la cual se dejó constancia de la ratificación de los miembros de la Comisión Electoral de la CAJA DE AHORRO Y BIENESTAR SOCIAL DEL PERSONAL DE LA POLICÍA DEL ESTADO CARABOBO y del nombramiento de autoridades provisionales hasta tanto se realice el proceso comicial mediante el cual deberán ser electos los nuevos integrantes de los Consejos de Administración y de Vigilancia”. En dicho fallo la Sala ACEPTÓ LA COMPETENCIA DECLINADA por el Tribunal Décimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en consecuencia, se declaró COMPETENTE para conocer del recurso contencioso electoral interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada e INADMISIBLE el referido recurso. Se remite copia certificada de la mencionada Sentencia.

Se servirán firmar al pie de la presente boleta, con indicación de la fecha en que esta notificación se lleve a cabo.

El Presidente,

F.R. VEGAS TORREALBA La Secretaria,

P.C.G.

Firma: ________________

Fecha: ________________

Se anexa lo indicado

Exp. AA70-E-2014-000074

FRVT/pc

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