Sentencia nº 598 de Tribunal Supremo de Justicia - Sala de Casación Penal de 25 de Noviembre de 2009

Fecha de Resolución25 de Noviembre de 2009
EmisorSala de Casación Penal
PonenteEladio Ramón Aponte Aponte
ProcedimientoAvocamiento

Magistrado Ponente Doctor E.R.A.A.

El 14 de octubre de 2009, ante la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, fue presentada una solicitud de avocamiento propuesta por la ciudadana abogada E.A.G.M., Procuradora General del Estado Aragua, con motivo de la causa penal Nº 8C-12.674.09, que cursa en el Tribunal Octavo en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en contra de los ciudadanos A.R.S., B.C.C., Geiber G.M., N.C.L. y M.S.G.V., con cédulas de identidad números 10.860.430, 9.658.401, 10.323.769, 80.182.313 y 19.652.861 respectivamente, por la presunta comisión del delito de Peculado Doloso, tipificado en el artículo 52 de la Ley Contra la Corrupción.

De esta solicitud se dio cuenta en la Sala de Casación Penal el 14 de octubre de 2009, y se designó ponente al Magistrado Doctor E.R.A.A., quien con tal carácter suscribe la presente decisión.

El 27 de octubre de 2009, por medio de la sentencia Nº 536, la Sala de Casación Penal, admitió el presente avocamiento y acordó solicitar: “…a la presidencia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, el respectivo expediente y todos los recaudos relacionados con el caso, se ordena paralizar el proceso, de conformidad con el aparte 12 del artículo 18 eiusdem…”. El 29 de octubre de 2009, se recibió el referido expediente.

El 17 de noviembre de 2009, la ciudadana E.A.G.M., Procuradora General del estado Aragua, consignó un escrito, a los fines de informar que:

… los bienes que fueron encontrados en el galpón denominado Hiperbarato (…) 1- por parte del Cuerpo De Investigaciones Científicas, Penales Y Criminalísticas (Cicpc), luego de haber realizado una experticia contable, fueron entregados al Gobierno Bolivariano los bienes pertenecientes al patrimonio público del estado Aragua, correspondiente a la dotación del Hospital Las Tejerías y Hospital La Segundera (…) 2- Por parte del INSTITUTO PARA LA DEFENSA DE LAS PERSONAS EN EL ACCESO PARA LOS BIENES Y SERVICIOS (INDEPABIS), fueron entregados al Gobierno Bolivariano del estado Aragua, los bienes que se describen a continuación veinticuatro (24) vehículos tipo ambulancias (…)2.1- Diez (10) patrullas (…) 2.2- Veinte (20) vehículos tipo ambulancias (…) 2.3- Once (11) Tolvas Cosechadoras de (Caña de Azúcar), de fabricación Brasileira (…) 2.4- Un camión y su respectiva plataforma (…) 2.5- veinticinco (25) vehículos particulares.

(…) es importante señalar que el Tribunal Octavo de Control de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, declaró con lugar medidas innominadas a favor del Estado (…) con fundamento al artículo 256 ordinal 9 del código Orgánico Procesal Penal sobre los siguientes bienes: Asociación Civil Aragua F.C Club de Fútbol y Fútbol Sala, Greo Color T.V. C.A, M.H. F.M. C.A y el Yate My Magic, bienes sobre los cuales se ejercen la administración, la adscripción y custodia, (mas no la disposición).

(…) De igual manera (…) es importante hacer de su conocimiento que en el galpón supra identificado se encuentran todavía bienes a los cuales no se les ha realizado el respectivo inventario por parte de las autoridades competentes…

. (sic).

En esa misma fecha, la supra citada funcionaria pública del estado Aragua, consignó otro escrito del cual se lee, lo siguiente:

… Insumos relacionados en el inventario de equipos médicos quirúrgicos que se encuentran en resguardo de la Fiscalía Vigésima Quinta del Ministerio Público con Competencia Plena (…) y de la Fiscalía Quinta del Ministerio Público del Estado Aragua, de los cuales, igualmente, fue solicitada la entrega formal y material, sin encontrar respuesta alguna; dichos bienes se describen a continuación:

INVENTARIO EQUIPOS MÉDICOS QUIRÚRGICOS GOBERNACIÓN DE ARAGUA
DESCRIPCIÓN UNID. MARCA SERIAL
BANDEJAS PLASTICAS 47
BALANZAS PEDRIÁTRICAS 141
BASCULAS ADULTOS 21 AMERICAN MEDICAL EQUIPAMENT
PAPELERAS 194
CAMILLAS EN GENERAL 19
CAMILLAS DE OBSERVACIÓN 10
BANCOS 3
MESAS AUXILIARES 71
MESAS DE CURA 14
MESAS DE MAYO 80
MESAS DE LUJO 54
MESAS SEMICIRCULARES 18 FISCHERBRAND
EQUIPO DESFIBRILADOR MANUAL PORTATIL 8
PARALES PARA TRATAMIENTO 10
OFAINERT 10
PORTATOBOS 24
FILTROS DE AGUA 9
AIRES ACONDICIONADOS SPLIP 3 040100564/040100595
MESAS DE CURA 4
INFANTÓMETROS 86
ESTERILIZADORAS AUTOCLAVES 2 OPPICI 12144/12143
COCINA EMPOTRADA COMPLETA 1
FREGADOR DOBLE CON MUEBLE 1
BANDEJAS PEDIATRICAS PARA INFANTOMETRO 120
BI DESTILADOR DE AGUA 4
SILLAS PARA BANCO DE SANGRE 108
MOTORES COLCHONES ANTIESCARAS 530
CAJONES DE SONIDO
CAMAS GINECOLOGICAS 76
BANCOS DE ENFERMERIA 27
UNIDAD ODONTOLOGICA 5
CAJA DE ACCESORIOS ODONTOLOGICOS 2
INCUBADORAS PEDIATRICAS 2 COS BENDES
CAJAS DE DIALISIS 2
INCUBADORA BACTERIOLOGICA 1
CALA PALENGUES COMPLEMENTO RAYOS X 6
AMBU PEDIATRICO 1 BAY BLUC
MANOMETROS DE OXIGENO 56
DESFRIBRILADOR 7 LIFE PAK7
BOMBONAS DE OXIGENO PEQUEÑAS 59
APLICADORES 1700 VICOT
ASPIRADORA PORTATIL 1
ELECTROCAUTERIO 1
ESPALADORES PLASTICOS PARA CAMAS CLINICAS 94
ESTETOSCOPIOS 2310
TELECOMANDO DE RAYOS X 1 WROSS
CAMAS CLINICAS 73
SET DE INFUSION 560
EQUIPO DE RAYOS X 2 ULTRASONIC
YELCOS 200
EQUIPO DE MICROCENTRIFUGA 1
KIT DE CAMAS 300
MONOS DESECHABLES DE CIRUGIA 250
SABANAS PARA CAMILLA 600
GEL PARA ELECTRODOS 472
PURIFICADORES DE UNIDAD DE CUIDADOS 1
CEPILLOS 4572
TAPABOCAS 4500
LARINGOSCOPIOS 28
EQUIPOS DE VENTILADORES MECANICOS 5
KITS DE PIPETAS 106
ESTERILIZADORES AL SECO 1
LAMPARAS CUELLO DE CISNE 23
VENTILADORES DE PRED 76
BOMBONA MEDIANA DE OXIGENO 1
CAMILLA GINECOLOGICA 1
MASCARAS DE OXIGENO ADULTO 400
PAQUETES DE ALGONDON 28
GABINETES 6 PG117
LUPA DE ODONTOLOGIA 1
CUNA PEDIATRICA 1
TOBOS DE PABELLON 140
CHEMETRON DE TOMA DE OXIGENO 3
ESPALDARES DE TUBO CAMA CLINICA 2
EQUIPO DE ECOGRAFIA 1
EQUIPO MASAJEADOR DE PARTES BLANDAS 1
MASCARILLAS DE OXIGENO 358
EQUIPO DE VENTILADOR PORTATIL 1
PAQUETES DE ALGODON 28
PAQUETES DE GASA 7000
WUATA 48
PINZA HEMOSTA 4 ADSON
PINZA HEMOSTA 6 ADSON
PINZA GUJIA 12 ROCHESTER 0200021AR361
PINZA RECTA 4 ROCHESTER
PIEZAS CRILE PANKIN 6 HEMOS
MOSQUITO CURVA 6
MOSQUITO RECTO 12
SEPARADORES 3 MEDIEH RIBBON
SEPARADORES 2 MEDDICK COLLIN
SEPARADORES 2 RICHARDSON MEDDICK
SEPARADORES 2 RICHARDSON MEDDICK
SEPARADORES DOBLES 2 FARABEUF
PORTA A GUJAS 3 MEDDICK-MOYYO
SEPARADORES 2 MACODIN DEAVER
CIZALLA PARA YESO 7 MEDDICK HENNING
SEPARADOR 1 FINOCHIET
PINZA DE DISECCION SON DIENTE 5 MEDIECK
PINZA DE DISECCION SIN DIENTE 1 MIEDIECK
PINZA DE DISECCION SIN DIENTE 1 MEDIECK
PINZA DE DISECCION SIN DIENTE 1 MEDIECK
PINZA DE DISECCION SIN DIENTE 1 MEDIECK
ESTRILETE 1
TIJERA PARA PUNTOS 1 MEDIECK LITTANER
PINZA GUBI DE TRAUMATOLOGIA 4
SONDA ACANALADA 1 MEDDIECK
MANGO DE BISTURI 1 MEDDIECK
MANGO DE BISTURI 1 MEDDIECK
MANGO DE BISTURI MEDDIECK 1
TORNIQUETE NEUMATICO DE PRECISION TRAU 1
CAJA DE TRAUMATOLOGIA 1
VARILLAS PARA FIJACION 2 MEDDIECK YASORGIL
TUBO DE ASPIRACION 1 YANKAVER
GANCHO CUSHINE 2 MEDDIECK
CURETAS 25
SEPARADOR ABDOMINAL 1 BODFOUR
EQUIPO DE CIRUGIA MENOR OSEA 1
CAJA DE GINECOLOGIA 1
RIÑONERA 19
JUEGO DE SIERRA ELECTRICA 1
ADSON 2
ROCHESTER 16
EQUIPOS DE OTORRINO 1
CAJA DE NEUROCIRUGIA 1
CAJA DE VENTRICULOGRAFIA 1
EQUIPOS DE CURA 4
SET DE PINZAS GINECOLOGICAS 1
EQUIPOS DE CIRUGIA MENOR DE MANOS 2
CRILLEPAKIN CURVO 6
CAJAS DE CIRUGIA MENOR UROLOGIA 6
TIJERA DE MAYO CURVA 1
ESTETOSCOPIOS DE PINAR 2310
RECTOSCOPIOS 6
TIJERA PARA YESO 1
TIJERAS PARA VENDAR 6
CAJA DE CIRUGIA OSEA 3
CUBETAS GRANDES 2
CUBETAS PEQUEÑAS 52
BANDEJAS PARA TAMBOR ESTERILIZADOR 4
BANDEJA GRANDE 1
BANDEJAS PEQUEÑAS 5
BANDEJAS DE ALUMINIO GRANDES (COMIDA) 20
PATOS DE ALUMINIO 10
CUBETAS MEDIANA DE ALUMINIO 22
VASOS DE ALUMINIO 30
BOMBONERAS PEQUEÑAS 4
BOMBONERAS MEDIANAS 7
BOMBONERAS MEDIANAS 2
ESCUDILLAS 66
PITOS DE ALUMINIO 9
CAJA DE EQUIPO DE CRANEOTOMIA 1
CAJA DE EQUIPO DE CIRUGIA GENERAL 2
CAJA DE EQUIPO DE CIRUGIA COLUMNA VERTEBRAL 2
SPATULA CRANEOCEREBRAL 1
CUBETAS DE ALUMINIO 3
MANILLAS PARA IDENTIFICACION 1000 VENCIDAS
GARRAFAS DE ACIDO ACETICO 4
GALÓN PROPILENCLICOL 12
ALCOHOL 4 FRASCOS
ESPECULOS VAGINALES DESECHABLES 226
MONITOR VIDEO 1 130031342
BOMBONAS DE OXIGENO CON MANOMENTRO 2
CONTADOR DE CELULAS 1
EQUIPOS DE AEROSOL CALIENTE 1
AGUA OXIGENADA 35 FRASCOS
AGUA ESTERIL 2 FRASCOS
ELECTROCAUTERIO 10
QUIMICO DE LABORATORIO 4 FRASCOS
EQUIPO DE OTORRINO DE PARED 11
TERMOMETROS SET DE 2 49 OLIMPIO MEDICAL
AMBU ADULTO CON ACCEDORIOS 1
LARINGOSCOPIOS PEDIATRICOS 15
AUTOCLAVE ELECTRICO 1 50-X
INTERFASE CON MONITOR 1 339774
TECLADO 1
TRANSFORMADOR 1
SECADORAS DE MANOS 4
TRANSFORMADOR DE LABORATORIO 2
FRASCOS DE SUSTANCIA COLOR AZUL 26
GARRAFAS NO IDENTIFICADAS 6
ESTERILIZADOR ELECTRICO 1 27WOS0010
IMPRESORA DE GRAFICOS DE VIDEO 1 SONY UP895MD
FUENTES DE LUZ PARA EQUIPOS MEDICOS 6
EQUIPO DE SUCCIÓN 1
TERMOMETRO DE USO NO IDENTIFICADO 1
UNIDAD DE CIRUGIA 1
BOMBONERAS 12
ADAPTADOR DE CORRIENTE 1 PANASONIC
CARRO PARA MONITOR 1
ACCESORIO DE BATERIA 1
FRONTOLUZ 3
EQUIPO DE HIDROTERAPIA 1
ASPIRADORAS PORTATILES 2
VITRINA DE FILTRACIÓN DE GACES 1
MONITOR DE SATURACIÓN DE OXIGENO 1
MONITOR DE MULTIPARAMETRO CON ACCESO 1
MACROGOTEROS 700
MONITOR SIN CLAVE 1
ROLLOS PARA QUEMADOS 28
MONITOR DE MULTIPARAMETRO 1
MONITOR 1 NAVA SCOPE
MONITOR PEDIATRICO 1
NECESER PARA TRATAMIENTO 7
PROCESADOR DE EQUIPO DE LABORATORIO 2
DESTILADOR DE AGUA 1
MICROSCOPIO PARA LABORATORIO 5 LEIKA
EQUIPOS DE COLPOSCOPIA 1
MONITOR CARDIACO 1 NUEVO LEON
MONITOR CON PRESIÓN NO INVASIVA 2
ESPECULOS VAGINALES DESECHABLES 44
PORTATOBOS QUIRURGICOS 10
DESFRIBILADOR PORTATIL 2
COMPRESOR DE AIRE 1
PULMONES DE AIRE 3
EQUIPOS DE ELECTROCAUTERIO CON ACCESORIOS 2
FUENTE DE LUZ 1
FLUMITERO 1
BATERIAS DE LABORATORIO 2
ANALIZADOR 1
LAMPARAS FOTOTERAPIA 3
EQUIPOS ELECTROCARDIOGRAFOS 10
BAÑO DE MARIA 1
MEZCLADOR DE SANGRE CON ACCESORIOS 1
MICROSCOPIO DIGITAL 1 OLYMPIA
AIRES ACONDICIONADOS INTEGRALES 1 DOS DUCTOS
PLANTAS ELECTRICAS PEQUEÑAS 24
PLANTAS ELECTRICAS GRANDES 9
SECADORAS 22
SILLAS EJECUTIVAS 8
TRANSFORMADOR 3
ACONDICIONADORES DE AIRE 703642/ 3566357362040015 35663573020414 35663573620419
TUBOS DE COBRE 4
TABLAS DE ESCRITORIO 60
MOTOCICLETAS 8 JY125-SE
VENTILADORES DE PEDESTAL 22
CORNESTAS MEDIANAS 28 DAS
CORNETAS GRANDES 3 DAS
BAULES DE ALUMINIO COLOR GRIS 4
BAULES DE ALUMINIO COLOR NEGROS 11
ESCAVEL 38
UN ASPIRADOR PORTATIL 1 GOMCO
EQUIPO ULTRASONICO 3 HITACHI EUP24
PORTA BOMBONA DE OXIGENO 18
CAJONES DE MODULOS ESTANTES SENCILLOS 136
SILLAS DE RUEDA 14 WHEET CHAW
PIPETAS PASTEUR PARA LABORATORIO DE VIDRIO 78750
EQUIPOS DE VHS CON CONTROL 9 SANSUMG
CEPILLOS QUIRURGICOS CON GERDEX 2250
ESTANTES 13
MATEROS DE ARCILLA 9
ESTANTES DE FORMICA 3
ESTANTES MEDIANOS DE FORMICA 4
GAVETAS DE FORMICAS 3
ESCRITORIOS EN FORMICA 5
ASIENTOS DOBLES PARA VEHÍCULOS 8
ARCHIVADORES CON TRES GAVETAS 12
MOTOCICLETAS 1 AMES LJLTCJHKX63K00006
MOTOCICLETAS 1 AMES LJLTCJHKJ663K00009
MOTOCICLETAS 1 AMES LJYYCML126A100008
MOTOCICLETAS 1 AMES LJYYCML106A100007
MOTOCICLETAS 1 AMES LJYYCKL136A100006
MOTOCICLETAS 1 AMES LJYPCJ2X960003990
MOTOCICLETAS 1 AMES LJYPCJLX46000300
MOTOCICLETAS 1 AMES LJLTCJHJ263K00010
MOTOCICLETAS 1 AMES LJYZCK1186A110061
MOTOCICLETAS 1 AMES LJYZCK1186A110063
MOTOCICLETAS 1 AMES LJYPCJLX76000341
DISPENSADORES DE MAQUINA DE ANESTESIA 3
JERINGAS DE 60CC 200
JERINGAS DE 20CC 4250
JERINGAS DE 5CC 1400
JERINGAS DE 1CC 1200
JERINGAS DE 3CC 300
JERINGAS DE 10CC 1000
VENTILADORES CLINICOS PORTATIS 2
SILLAS PARA BANCO DE SANGRE 8
INCUBADOR PORTATIL 1 HACH
ULTRASONIDO 2 GYMA
CLAM UMBILICAL 1000 VENCIDOS
UNIDADES DE GEL 40
BASE PARA TENSIOMETRO RODANTE 1
YENSIOMETRO DE MERCURIO 1
ULTRASONIDO PEDIATRICO 1
BOLSOS CON FERULAS PLASTICAS 78
BOMBONAS DE OXIGENOS COMPLETAS 2
MICROSCOPIO 5
TABLAS ELECTRONICAS 9
VENTILADORES DE PARED 536
LAVADORAS SEMIINDUSTRIAL 22 AMES
TENSIOMETRO DIGITAL AUDITIVO 288
TENSIOMETRO DE BOLSO 12
TENSIOMETRO DE PULSIMTERO 1
TENSIOMETRO DE PEDESTAL 1113
NEBULIZADOR COMPACTO 254
NEBULIZADOR PORTATIL DE MESA 3
NEBULIZADOR ULTRASONIDO 130
NEBULIZADOR ULTRASONIDO NEBULTRAN 5
NEBULIZADOR PARA MAQUINA DE ANESTESIA 1
COLCHONES ANTIESCARAS 400
PIPETAS PLASTICAS 1000
PARES DE GUANTES DESECHABLES 360
SEALP 500
PIPETAS DE VIDRIOS 313
PRECISION DE PIPETA 6
BOLSAS PARA CADAVERES 2880
DIVANES 8
CORTAGRAMAS 4

Aunado a lo anterior cabe destacar (…) que el Gobierno Bolivariano del Estado Aragua trabaja arduamente para ofrecer un servicio de salud óptimo y gratuito al pueblo aragüeño. En este sentido, es importante hacer de su conocimiento que en el galpón denominado HIPERBARATO, supra identificado, aún permanecen bienes a los cuales no se les ha realizado el respectivo inventario por parte de las autoridades competentes y que vendrían a fortalecer nuestro plan de gobierno, recuperando así la red de atención médica de nuestro Estado, obteniendo la mayor suma de felicidad posible de los aragüeños.

(…) el patrimonio incautado está conformado por bienes de distintas procedencias y naturalezas incluyendo bienes perecederos, como son cuantiosos lotes de medicinas recuperadas en estado de vencimiento, como también gran cantidad de equipos médicos como lo son encubadoras, sillas de ruedas, camas clínicas, materiales para equipamiento de ambulancias, tensiométros digitales, infantómetros, equipos para quirófanos, mesas para donantes de sangre, laparoscopio, aparatos de ecografías (para colocar marcapasos e intervenciones de traumatología), monitores, equipos de Otorrinolaringología, carros de paro (para atender los paros cardiacos), desfibriladores, capnografos, balanzas, bombonas de oxigeno, tomas para oxigeno, mesas de mayo, mesas quirúrgicas, camilla para traslado. (…) solicito que el presente escrito sea admitido, valorado y sustanciado en la definitiva por no ser contrario a derecho ni al interés jurídico actual invocado…

. (sic).

II

Ahora bien, el artículo 18, en sus apartes Nº 10 y 12, de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, establece lo siguiente:

…Artículo 18:

(…) 10. cualquiera de las Salas del Tribunal Supremo de Justicia en las materias de su competencia, de oficio o a instancia de parte, con conocimiento sumario de la situación, podrá recabar de cualquier tribunal de instancia, en el estado en que se encuentre, cualquier expediente o causa, para resolver si se avoca, y directamente asume el conocimiento del asunto, o, en su defecto lo asigna a otro tribunal.

(…) 12. La Sala requerida examinará las condiciones concurrentes de procedencia del avocamiento, en cuanto que el asunto curse ante algún tribunal de la República, independientemente de su jerarquía y de especialidad, que la materia vinculada sea de competencia de la Sala, sin importar la etapa o fase procesal en que éste se encuentre, así como las irregularidades que se alegan hayan sido oportunamente reclamadas sin éxito en la instancia a través de los recursos ordinarios. Al admitir la solicitud de avocamiento, la Sala oficiara al tribunal de instancia, requiriendo el expediente respectivo, y podrá ordenar la suspensión inmediata del curso de la causa y la prohibición de realizar cualquier clase de actuación. Serán nulos los actos y diligencias que se dicten en desacuerdo por el mandamiento de prohibición…

. (Subrayado de la Sala de Casación Penal).

De la disposición legal anteriormente transcrita se observa, que el avocamiento, es una atribución del Tribunal Supremo de Justicia y le confiere a este, la facultad para conocer y decidir, de oficio o a petición de parte, cualquier causa en el estado y grado en que se encuentre en los tribunales de instancia. Así mismo, se desprende de la supra citada norma, que es potestativo del máximo tribunal, solicitar el expediente, como ordenar la paralización o no del caso.

En la presente causa, la Sala advierte que mediante sentencia Nº 536 del 27 de octubre de 2009, admitió la presente solicitud de avocamiento, solicitó el expediente original y todos los recaudos relacionados con el mismo, y ordenó paralizar el proceso; en consecuencia toda actuación o solicitud de las partes, deberán ser requeridas ante la Sala de Casación Penal, que como Tribunal avocado, es el competente para conocer y decidir cualquier petición o acto dentro de esta causa.

Siendo esto así, y en vista de que los hechos objeto de este proceso (que se encuentra en fase de ejecución, por existir una sentencia condenatoria definitivamente firme), tienen relación e incidencia directa con el sistema público de salud del estado Aragua, la Sala decide, en atención a los requerimientos de la Procuraduría del estado Aragua (actuando en representación de la víctima en este caso), que se deben tomar las acciones o medidas que sean necesarias, a los fines de resguardar el estado, la conservación, la utilidad, la eficacia y la vigencia de todos los bienes muebles, insumos, medicinas y equipos médicos, que conforman la supra citada lista (consignada a este avocamiento), así como los demás bienes que estén relacionados con esta causa y hayan sido objeto de inventario o no, por una autoridad competente, todo esto, para garantizarles a la población de la referida entidad regional, sus derechos constitucionales a la vida y a la salud pública, consagrados en los artículos 43 y 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

En ese sentido, en virtud del daño social y colectivo, que causaron estos hechos en la población del estado Aragua (entre otras cosas), el ejecutivo regional se vio en la necesidad de emitir un Decreto de Emergencia del Sistema de S.P., dictado el 5 de diciembre de 2008, el cual fue prorrogado el 2 de junio de 2009, publicados en las Gacetas Oficiales números 4625 y 4777, respectivamente.

La salud, es un derecho social humano fundamental de todo ser vivo, que se encuentra garantizado a los ciudadanos a través del sistema público nacional de salud, consagrado en los artículos 83 y 84 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, como un fin del Estado, y sobre la base de tales consideraciones la Sala de Casación Penal ordena, la entrega formal y material, de manera inmediata, de los bienes muebles, insumos, medicinas y equipos médicos, que conforman la lista debidamente descrita en el capítulo I de esta decisión, a la Gobernación del estado Aragua, para que sean puestos a la orden de la red de salud pública y gratuita de ese Estado, permitiéndole ofrecer un sistema más eficiente y de calidad a su población.

Esta medida se toma, privando el interés general de la ciudadanía y la utilidad pública de los bienes objeto de la entrega. Así se decide.

III

Por otra parte, la Sala observa, que la solicitante en los escritos anteriormente citados, señaló que: “… es importante hacer de su conocimiento que en el galpón denominado HIPERBARATO, supra identificado, aún permanecen bienes a los cuales no se les ha realizado el respectivo inventario por parte de las autoridades competentes y que vendrían a fortalecer nuestro plan de gobierno, recuperando así la red de atención médica de nuestro Estado…”.

De forma tal, que de acuerdo con lo expuesto por la ciudadana Procuradora del estado Aragua, se percibe y aprecia, la probable existencia de otros bienes del área médico-asistencial, equivalentes en género y especie, y de cualquier otra naturaleza, que igualmente sean importantes y necesarios para beneficio, uso y disfrute de la comunidad aragueña, que no han sido determinados, ameritando precisar sus características y condiciones actuales.

En consecuencia, se ordena realizar una inspección técnica con fijación fotográfica y avalúo real de todos los bienes, que se encuentran: “… en el galpón denominado HIPERBARATO…”, ubicado en la intercepción del callejón renovar con la avenida Intercomunal Turmero-Maracay, Municipio S.M., así como de todos los demás bienes muebles e inmuebles, que estén relacionados con esta causa, independientemente del sitio, lugar o depósito, donde se encuentren actualmente. Así se decide.

IV

DECISIÓN

Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, ordena lo siguiente:

PRIMERO

La entrega formal y material a la Gobernación del Estado Aragua, de los bienes muebles, insumos, medicinas y equipos médicos, que conforman la lista debidamente descrita en el capítulo I de esta decisión, debiendo informar a esta Sala la efectiva recepción de los referidos bienes.

SEGUNDO

Todos los bienes inmuebles (galpones y otras edificaciones) y muebles que se encuentren en ellos, así como todos aquellos bienes relacionados con la presente causa, quedan a la orden de esta Sala de Casación Penal. En consecuencia, el Juzgado Segundo en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, supervisará y recibirá de manera inmediata, luego de la notificación de la presente decisión, de parte de los organismos del Estado designados para tal fin, los inventarios que posean, de los bienes ahí depositados a la presente fecha, así como las llaves de dichos galpones y otras edificaciones, debiendo ser remitido por dicho Tribunal a esta Sala.

TERCERO

El Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, deberá proceder de forma inmediata a realizar una inspección técnica con fijación fotográfica y avalúo real de todos los bienes, que se encuentran:“… en el galpón denominado HIPERBARATO…”, ubicado en la intercepción del callejón renovar con la avenida Intercomunal Turmero-Maracay, Municipio S.M., así como de todos los demás bienes muebles e inmuebles, que estén relacionados con esta causa, independientemente del sitio, lugar o depósito, donde se encuentren actualmente. Dicha inspección y avalúo estarán bajo la supervisión del Juzgado Segundo en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua y sus resultas deberán ser consignadas a esta Sala de Casación Penal a la brevedad posible.

CUARTO

Se ordena a la Gobernación del Estado Aragua, proceder al efectivo e inmediato resguardo y seguridad de los bienes muebles e inmuebles (galpones y otras edificaciones), relacionados con la presente causa.

QUINTO

Remítase las correspondientes copias certificadas de la presente decisión.

Dada, firmada y sellada en el Salón de Audiencias del Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, en Caracas, a los 25 días del mes de noviembre de dos mil nueve. Años 199° de la Independencia y 150° de la Federación.

Remítase y ofíciese lo conducente.

El Magistrado Presidente,

E.R.A.A.

Ponente

La Magistrada Vicepresidenta,

D.N. BASTIDAS

La Magistrada,

B.R.M. deL.

El Magistrado,

H.C.F.

La Magistrada,

MIRIAM MORANDY MIJARES

La Secretaria,

G.H.G.

La Magistrada Doctora B.R.M. deL., no firmó por motivo justificado.

Exp. 2009-0368

ERAA.

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