Decisión nº PJ0082016000012 de Juzgado Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de Caracas, de 19 de Enero de 2016

Fecha de Resolución19 de Enero de 2016
EmisorJuzgado Superior Octavo de lo Contencioso Tributario
PonenteDoris I. Gandica
ProcedimientoContencioso Tributario

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción

Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, 19 de enero de 2016.

205º y 156º

ASUNTO: AP41-U-2014-000198.

SENTENCIA INTERLOCUTORIA: Nº PJ0082015000012.

Visto el escrito de promoción de pruebas presentado por el ciudadano E.P.A., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 154.907, en su carácter de apoderado Judicial del Municipio Chacao del Estado Miranda, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 166 del Código Orgánico Tributario Vigente, con motivo del recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente DENTAL ESTHETIC 9704, C.A, este Tribunal a los fines de su pronunciamiento observa:

I

PRUEBAS DOCUMENTALES

La representación judicial del Municipio Chacao del Estado Miranda, promovió pruebas documentales las cuales se discriminan de la siguiente forma:

  1. Oficio Nº 328/2012 de fecha 29 de marzo de 2012.

  2. Actas de Requerimiento de fechas 14 de noviembre y 20 de noviembre de 2012, emanadas de la Dirección de Administración Tributaria del Municipio Chacao del Estado Miranda.

  3. Actas de Recepción de documentos de fecha 22 de noviembre de 2012 emanada de la Dirección de Administración Tributaria del Municipio Chacao del Estado Miranda

  4. Documento Constitutivo Estatutario de la sociedad mercantil DENTAL ESTHETIC 9704, C.A.

  5. Licencia de Actividades Económicas Nº 03-2-001-051054, de fecha 05 de septiembre de 2006, otorgada por el Municipio Chacao del Estado Miranda.

  6. Declaraciones Definitivas de Ingresos Brutos 2008, 2009 y 2010, Declaraciones Estimadas de Ingresos Brutos 2011 y 2012 presentadas por la contribuyente por ante la Dirección de Administración Tributaria de la Alcaldía del Municipio Chacao del Estado Miranda.

  7. Declaraciones Definitivas de Rentas Correspondientes a los ejercicios fiscales 2008, 2009, 2010 y 2011.

  8. Balances Generales y Estados de Resultados, Correspondientes a los Ejercicios Fiscales 2006 y 2007.

  9. Registros contables, Libro Mayor y Mayor Analítico, correspondientes a los ejercicios fiscales del 2006 al 2011.

  10. Facturas emitidas por la sociedad mercantil DENTAL ESTHETIC 9704, C.A.

  11. Hojas de trabajo, emitidas por la Dirección de Administración Tributaria del Municipio Chacao del Estado Miranda.

  12. Acta Fiscal Identificada con el Nº D.A.T.-G.A.F.:328-236-2012 de fecha 27 de noviembre de 2012.

  13. Escrito de descargos, formulado por el contribuyente en fecha 3 de abril de 2013.

  14. Resolución Nº 22/2013 de fecha 14 de marzo de 2013 emanada de la Dirección de Administración Tributaria del Municipio Chacao del Estado Miranda.

  15. Escrito contentivo del recurso jerárquico presentado en fecha 05 de junio de 2013

  16. Escrito de promoción de pruebas, interpuesto por la contribuyente DENTAL ESTHETIC 9704, C.A.

  17. Resolución Nº 018/2014, de fecha 17 de marzo de 2014, emanada de la oficina del Alcalde del Municipio Chacao del Estado Miranda.

Este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el artículo 276 del Código Orgánico Tributario y 429 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente por remisión expresa del artículo 339 del primero de los Códigos mencionados. Por cuanto no son manifiestamente ilegales ni impertinentes las ADMITE salvo su apreciación en la definitiva. Así se declara.

Se deja constancia que el primer día de despacho siguiente a la publicación de la presente decisión, se dará inicio al lapso de Evacuación de Pruebas establecido en el Articulo 278 del Código Orgánico Tributario vigente.

Se imprimen dos ejemplares a un mismo tenor, el primero a los fines de la publicación de la sentencia, el segundo para que repose en original en el respectivo copiador de sentencias.

Publíquese y regístrese.

Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario, en Caracas, a los diecinueve (19) días del mes de enero de dos mil dieciséis (2016). Años 205º de la Independencia y 156º de la Federación.

La Jueza Superior Titular

Dra. D.I.G.A..

La Secretaria Titular

Abg. Rossyluz M.S..

Asunto Nº AP41-U-2014-000198.-

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