Se dispone la devolución al Tesoro Nacional de las sumas acreditadas en las cuentas de la República y de los entes descentralizados sin fines empresariales, incorporados al sistema de cuenta única del Tesoro Nacional que se encuentren sin motivación por un período superior a cuatro (4) meses.

    • Este documento está disponible en versión original sólo para clientes de vLex

      Consulta este documento y prueba vLex durante 7 días
    • PRUÉBALO

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR