Resolución N° 120823-511, mediante la cual se resuelve, entre otros, hasta tanto el Tribunal Supremo de Justicia dicte el Reglamento de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de la Justicia de Paz Comunal, tal y como lo establece la Disposición Transitoria Segunda de la mencionada Ley, las Juezas y los Jueces de Paz Comunal se regirán por lo dispuesto en la presente Resolución, en lo que respecta al ejercicio de las competencias relacionadas con el Registro Civil.

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