Sentencia nº 407 de Tribunal Supremo de Justicia - Sala de Casación Penal de 23 de Septiembre de 2010

Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2010
EmisorSala de Casación Penal
PonenteMiriam del Valle Morandy Mijares
ProcedimientoConflicto de Competencia

Ponencia de la Magistrada Doctora MIRIAM MORANDY MIJARES.

El 26 de agosto de 2010, el Tribunal Vigésimo Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, a cargo del juez abogado A.J.R.P., mediante oficio N° 777-2010 remitió a esta Sala de Casación Penal el expediente número 21-J-329-04, seguida contra los ciudadanos H.G.B., HERID JONATHAN GIRÓN SOSA, J.H. ODENSE VÁSQUEZ BELLBURG, Á.E. DÍAZ ÁLVAREZ, C.A.S.V. y R.J.M.C., identificados con las cédulas de identidad, V-6.440.506, V-11.557.164, V-5.434.196, V-14.313.757, V-13.862.687 y V-7.997.829, por la presunta comisión de los delitos de PRIVACIÓN ILEGÍTIMA DE LIBERTAD, tipificado en el artículo 175 del Código Penal y APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO PROVENIENTE DEL ROBO, plasmado en el artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores y TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS contentiva de las actuaciones donde planteó conflicto de no conocer, según lo previsto en el artículo 79 del Código Orgánico Procesal Penal.

El 1° de septiembre de 2010 se dio cuenta en Sala del recibo del expediente relativo al conflicto de competencia y se designó ponente a la Magistrada Doctora MIRIAM MORANDY MIJARES, quien con tal carácter suscribe el presente fallo.

Cumplidos los tramites procedimentales del caso, se pasa a decidir de acuerdo con el numeral 7 del artículo 266 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 79 del Código Orgánico Procesal Penal, previas las consideraciones siguientes:

DEL CONFLICTO DE COMPETENCIA

El 7 de julio de 2010, el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, argumentó lo siguiente:

“…Corresponde este Tribunal emitir pronunciamiento judicial con ocasión a la causa signada con el N° WP01-P-2009-0005037, seguida en contra del ciudadano J.H. ODENCE VÁSQUEZ HELLBURG…por la presunta comisión del delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.

Al referido acusado se le sigue otra causa por ante el Tribunal Vigésimo Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio de la Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, signada con el número 21°J-329-04, por la presunta comisión de los delitos de aprovechamiento de vehículo automotor, robo de vehículo automotor y privación ilegítima de la libertad, previstos y sancionados en los artículos 9 (sic), 5 de la ley sobre el Hurto y robo de Vehículos y el artículo 174 (sic) del Código Penal (…)

Ahora bien, visto de que se puede determinar de las actas procesales, que las dos causas seguidas al ciudadano J.H.O.V.H., actualmente se encuentran en la misma etapa procesal, vale decir, para la celebración del juicio oral y público y por cuanto los dos expedientes cursan por diferentes tribunales de juicio, siendo que no pueden seguirse diversos procesos a un mismo imputado por diversos delitos (…)

Por lo que siendo que el delito que tiene asignada mayor pena es el delito de ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR … el cual cursa ante el Tribunal Vigésimo Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, signada la causa con el número 21°J-329-04, seguida al ciudadano J.H.O.V.H., considera quien aquí decide, que lo procedente y ajustado a los hechos y al derecho es declinar la competencia al Tribunal Vigésimo Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con el artículo 77 del texto adjetivo penal, para que proceda a la acumulación de las causa…conforme a los artículos 66, 70 ordinal (sic) 4, 71 ordinal (sic) 1° (sic), 73 y 77 del Código Orgánico Procesal Penal…”. (Negrillas, mayúsculas sostenidas y subrayado del tribunal de juicio del estado Vargas).

El Juzgado Vigésimo Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, planteó conflicto de competencia de no conocer, sobre la base de las consideraciones siguientes:

“Visto que en fecha 07-JULIO-2010, el Juzgado TERCERO de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, habría declinado el conocimiento de la causa, signada WP01-P-2009-5037, en relación con el imputado J.V.H. … por la presunta comisión del delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, en aras de su acumulación con la causa 21-J-329-04, [nomenclatura de este Despacho] conforme a los artículos 66, 70. 4, 71. 1, 73 y 77 del Código Orgánico Procesal Penal Al respecto, con mira a proveer lo conducente este juzgado observa los siguientes particulares de interés:

ANTECEDENTES

ESPECIFICOS DE INTERÉS

En lo que respecta a la causa signada 21-J-329-04, nomenclatura de este juzgado…se destacan los siguientes particulares de interés.

En fecha 13-MAYO-2004, la fiscalía Septuagésima Primera (71) del Área Metropolitana de Caracas presenta formal acusación en contra de los ciudadanos G.B.H., J.V.H. y GIRON SOSA HERID JONATHAN, por la presunta comisión de los delitos de AGAVILLAMIENTO…ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR…PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LIBERTAD… y APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO PROVENIENTE DEL ROBO (…)

En fecha 15-JULIO-2004, el Juzgado Trigésimo Primero (31°) Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, con miras a los pronunciamientos dictados en el devenir de la Audiencia Preliminar…verificado un cambio de calificación, se admite la acusación fiscal limitándola a los delitos de PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LIBERTAD…y APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO PROVENIENTE DEL ROBO…y dictada el correspondiente auto de Apertura a Juicio en contra de los ciudadanos G.B.H., J.V.H. y GIRON SOSA HERID JONATHAN (…)

En fecha 27–ENERO-2005, este Juzgado Vigésimo Primero (21°) de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, acuerda realizar el debate prescindiendo de los escabinos fijándose la oportunidad para la celebración del juicio oral y público.

En lo que respecta a la causa signada WP01-P-2009-5037 nomenclatura del Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, se destacan los siguientes particulares de interés:

En fecha 13-MAYO-2004, la Fiscalía Décima Primera (11°) del Estado Vargas, presenta formal acusación en contra de los ciudadanos R.J.M.C., Á.E. DÍAZ ALVÁREZ, J.V.H. y C.A.S.V., por la presunta comisión del delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS (…)

En fecha 17-FEBRERO-2010, el Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, con miras a los pronunciamientos dictados en el devenir de la Audiencia Preliminar… manteniendo totalmente la calificación inicial, se admite la acusación fiscal por el delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS…y dicta el correspondiente auto de Apertura a Juicio en contra de los ciudadanos R.J.M.C., Á.E. DÍAZ ALVÁREZ, J.V.H. y C.A. SUÁREZ (…)

En fecha 16–ABRIL-2010, el Juzgado Tercero (3°) de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, acuerda realizar el debate prescindiendo de los escabinos fijándose la oportunidad para la celebración del juicio oral y público (…)

Ante tal perspectiva se observa que en el caso de marras, al ciudadano J.V.H., se le sigue causa por ante este Despacho, por los delitos de PRIVACIÓN ILÉGITIMA DE LIBERTAD [artículo 175 Código Penal] y APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO PROVENIENTE DEL ROBO [artículo 9 Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores] vigente para la fecha de los hechos [13-ABRIL-2004] los cuales en el caso de mayor entidad [APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO PROVENIENTE DEL ROBO] prevé una pena de prisión de tres (03) años a cinco (05) años, cuyo término medio, como pena aplicable según lo dispuesto en el artículo 37 ejusdem, se corresponde con los cuatro (04) años de prisión, e igualmente, se le sigue causa por ante el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, por el delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, [encabezamiento artículo 31 Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias, Estupefacientes y Psicotrópicas] vigente para la fecha de los hechos [17-SEPTIEMBRE-2009] el cual prevé una pena de prisión de ocho (08) a diez (10) años, cuyo término medio, como pena aplicable según lo dispuesto en el artículo 37 ejusdem, se corresponde con los nueve (09) años de prisión, encontrándose ambas causas en fase de juicio (…)

En consecuencia, con fundamento en la argumentación que precede, considera este Tribunal que en el presente caso el delito que merece mayor pena lo constituye el delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, [encabezamiento artículo 31 Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias, Estupefacientes y Psicotrópicas] siendo cometido el mismo en la Jurisdicción del Estado Vargas, por lo que siendo el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, el Tribunal al que le corresponde conocer por razones de territorio, el delito más grave, se advierte la INCOMPETENCIA por parte de este Juzgado Vigésimo Primero en Funciones de Juicio, para conocer de la causa por lo que resulta improcedente el aceptar la declinatoria presentada y en tal sentido de conformidad con el artículo 79 del Código Orgánico Procesal Penal, se plantea CONFLICTO DE NO CONOCER, al considerar que si bien resulta procedente la acumulación de las causas…por razones de conexidad en los términos previstos en el artículo 70 1.4. eiusdem, resulta ser dicho Juzgado TERCERO de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, la instancia que resulta competente para conocer íntegramente de la causa al corresponder el conocimiento por el territorio del delito que prevé mayor pena, de conformidad con los artículos 71. 1 y 79 todos del Código Orgánico Procesal Penal…”. (Resaltado y mayúsculas sostenidas del tribunal 21 de juicio).

MOTIVACIÓN PARA DECIDIR.

En el caso bajo “sub examine” corresponde a esta Sala resolver el conflicto de competencia suscitado entre dos Tribunales de Primera Instancia en Funciones de Juicio, de distintos Circuitos (Estado Vargas y Área Metropolitana de Caracas), para continuar conociendo de la causa seguida contra los ciudadanos imputados H.G.B., HERID JONATHAN GIRÓN SOSA, J.H. ODENSE VÁSQUEZ BELLBURG, Á.E. DÍAZ ÁLVAREZ, C.A.S.V. y R.J.M.C., por la presunta comisión de los delitos de PRIVACIÓN ILEGÍTIMA DE LIBERTAD, tipificado en el artículo 175 del Código Penal, APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO PROVENIENTE DEL ROBO, plasmado en el artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores y TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, tipificado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias, Estupefacientes y Psicotrópicas.

El Juzgado Tercero en Funciones de Juicio del Estado Vargas, declinó la competencia para conocer de la causa en el Tribunal Vigésimo Primero en Funciones de Juicio del Área Metropolitana de Caracas, porque: “…las dos causas seguidas al ciudadano J.H.O.V.H., actualmente se encuentran en la misma etapa procesal…y … el delito que tiene asignada mayor pena es el de ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR … el cual cursa ante el Tribunal Vigésimo Primero…lo procedente… es declinar la competencia...de conformidad con el artículo 77 del texto adjetivo penal …”. (Negrillas, mayúsculas sostenidas y subrayado del tribunal).

Por su parte, el Tribunal Vigésimo Primero en Funciones de Juicio, planteó el conflicto de competencia de no conocer, fundamentalmente en que:

“…En fecha 15-JULIO-2004…en… la Audiencia Preliminar…verificado un cambio de calificación, se admite la acusación fiscal limitándola a los delitos de PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LIBERTAD…y APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO PROVENIENTE DEL ROBO (…)

Ante tal perspectiva se observa que…J.V.H., se le sigue causa por ante este Despacho, por los delitos de PRIVACIÓN ILÉGITIMA DE LIBERTAD…y APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO PROVENIENTE DEL ROBO…los cuales en el caso de mayor entidad [APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO PROVENIENTE DEL ROBO] prevé una pena de prisión de tres (03) años a cinco (05) años de prisión… e igualmente, se le sigue causa por ante el Juzgado Tercero … en Funciones de Juicio… del Estado Vargas, por el delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS…el cual prevé una pena de prisión de ocho (08) a diez (10) años de prisión…encontrándose ambas causas en fase de juicio (…)

En consecuencia… el delito que merece mayor pena lo constituye el delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS… siendo cometido el mismo en la Jurisdicción del Estado Vargas, por lo que… de conformidad con el artículo 79 del Código Orgánico Procesal Penal, se plantea CONFLICTO DE NO CONOCER…”. (Resaltado y mayúsculas sostenidas del tribunal 21 de juicio).

Ahora bien, el artículo 70, numeral 4, del Código Orgánico Procesal Penal, establece:

Son delitos conexos:… 4. Los diversos delitos imputados a una misma persona…

.

El artículo 71 del texto adjetivo pernal, dispone: “… El conocimiento de los delitos conexos corresponde a uno solo de los tribunales competentes.

Son tribunales competentes según su orden para el conocimiento de las causas por delitos conexos:

  1. El del territorio donde se haya cometido el delito que merezca mayor pena…”.

Asimismo, el artículo 73 ibidem, establece:

Unidad del Proceso. Por un solo delito o falta no se seguirán diferentes procesos, aunque los imputados sean diversos, ni tampoco se seguirán al mismo tiempo, contra un imputado, diversos procesos aunque haya cometido diferentes delitos o faltas, salvo los casos de excepciones que establece este Código

Si se imputan varios delitos, será competente el tribunal con competencia para juzgar el delito más grave

.

Siguiendo estos principios, la Sala observa que los delitos imputados a los ciudadanos H.G.B., HERID JONATHAN GIRÓN SOSA, J.H. ODENSE VÁSQUEZ BELLBURG, Á.E. DÍAZ ÁLVAREZ, C.A.S.V. y R.J.M.C., el de mayor entidad es el delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, tipificado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias, Estupefacientes y Psicotrópicas, por lo cual, le corresponde conocer de la causa al Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en aplicación de las disposiciones contenidas en los artículos 70 (numeral 4), 71 (numeral 1) y 73 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se declara.

Así mismo, se ordena remitir copia certificada de la presente decisión al Tribunal Vigésimo Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas. Así se decide.

DECISIÓN

Por las razones expuestas el Tribunal Supremo de Justicia en Sala de Casación Penal, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos

PRIMERO

DECLARA COMPETENTE al Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, para conocer de la causa seguida contra los ciudadanos H.G.B., HERID JONATHAN GIRÓN SOSA, J.H. ODENSE VÁSQUEZ BELLBURG, Á.E. DÍAZ ÁLVAREZ, C.A.S.V. y R.J.M.C., por la presunta comisión de los delitos de PRIVACIÓN ILEGÍTIMA DE LIBERTAD, tipificado en el artículo 175 del Código Penal, APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO PROVENIENTE DEL ROBO, plasmado en el artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores y TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS y

SEGUNDO

ORDENA remitir copia certificada de la presente decisión al Tribunal Vigésimo Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.

Dada, firmada y sellada en el Salón de Audiencias del Tribunal Supremo de Justicia, en Sala de Casación Penal, en Caracas, a los VEINTITRÉS días del mes de SEPTIEMBRE de dos mil diez. Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.

Publíquese, regístrese y remítase el expediente. Ofíciese lo conducente.

El Magistrado Presidente,

E.R. APONTE APONTE

La Magistrada Vicepresidenta,

D.N. BASTIDAS

La Magistrada,

B.R. MÁRMOL DE LEÓN

El Magistrado,

H.M.C.F.

La Magistrada,

MIRIAM MORANDY MIJARES

Ponente

La Secretaria,

G.H.G.E.. 10-285

MMM.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR