Sentencia nº 510 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Político Administrativa de 6 de Julio de 2006

Fecha de Resolución 6 de Julio de 2006
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Político Administrativa
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoDemanda

SALA POLÍTICO ADMINISTRATIVA

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas 26 de julio de 2006

196º y 147º

Visto el escrito presentado en fecha 11 de julio de 2006, por el abogado A.A.S., inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 27.337, actuando en su carácter de Síndico Procurador del municipio San Diego del estado Carabobo, mediante el cual promueve pruebas en la demanda por daños y perjuicios que interpusiera en su contra la abogada Ilse Cova Castillo, actuando en su carácter de representante de su menor hija R.C.C., de conformidad con lo dispuesto en el artículo 435 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado, pasa a decidir en los siguientes términos:

Se admiten cuanto ha lugar en derecho por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la sentencia definitiva, las documentales referidas a los instrumentos públicos, producidos e indicados en el capítulo I del escrito de promoción de pruebas; y, por cuanto dichos documentos cursan en autos, manténganse en el expediente.

Visto el anterior pronunciamiento, este Juzgado ordena notificar al ciudadano Síndico Procurador Municipal del municipio San Diego del estado Carabobo, a tenor de lo dispuesto en el segundo aparte del artículo 155 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal. Líbrese oficio y anéxese copia certificada del presente auto.

La Juez,

María L.A.L.

La Secretaria,

N. delV.A.

Exp. N° 2005-4978/dp.

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