Sentencia nº 42 de Tribunal Supremo de Justicia - Juzgado de Sustanciación - Sala Constitucional de 1 de Noviembre de 2016

Fecha de Resolución 1 de Noviembre de 2016
EmisorJuzgado de Sustanciación - Sala Constitucional
PonenteJuzgado de Sustanciación
ProcedimientoRecurso de Nulidad

JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN

Caracas, 1 de noviembre de 2016

206º y 157º

Visto el recurso de nulidad interpuesto por el abogado J.E.G.M., contra el Acuerdo aprobado en la Sesión Plenaria de la Asamblea Nacional celebrada el 3 de diciembre de 2013, mediante la cual se declaró la responsabilidad política del recurrente, publicado en la Gaceta Oficial N° 40.310 del 6 de diciembre de 2013, se constata que el 13 de octubre de 2016, se cumplió el lapso de diez (10) días de despacho para que las partes consignaran sus escritos de defensas o promovieran pruebas, conforme a lo establecido en el artículo 139 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia; de la revisión del expediente se observa que no fue promovida prueba alguna, en consecuencia, se ordena la remisión de las presentes actuaciones a la Sala Constitucional, a los fines de la continuación del procedimiento.

La Presidenta,

G.M.G.A.

La Secretaria,

DIXIES VELÁZQUEZ REQUE

Exp. Nro. 2014-005

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