Decreto N° 8.999, mediante el cual se prorroga por un plazo de (90) noventa días la vigencia del Decreto N° 8.822, de fecha 06 de marzo de 2012, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.877, de la misma fecha, mediante el cual se declara el Estado de Emergencia en los estados Falcón, Miranda y Vargas, así como en el Distrito Capital, como consecuencia de las fuertes y recurrentes lluvias acaecidas en el país.

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