Oficializada Reforma de la Ley de Ejercicio de la Medicina

Este martes fue publicada en la Gaceta Oficial N° 39.823 de fecha 19 de diciembre de 2011, la Ley de Reforma de la Ley de Ejercicio de la Medicina, por medio de la cual se autoriza a los médicos comunitarios a ejercer la medicina, entre otros aspectos de la prestación de atención médica. Según el texto oficial, fueron modificados un total de 28 artículos (2, 3, 4 ,6 ,13, 14, 22, 30,31, 32, 35, 40, 47, 54, 55, 67 ,74, 124, 117, 88, 93, 100, 124, 125, 126, 127, 138, 139) y fueron eliminados 12 artículos (77, 78, 79, 80, 81, 82, 83, 84, 85, 86, 87 y 136). Esta ley define el ejercicio de la medicina como "la prestación de atención médica preventivo-curativa a la población, por parte de los profesionales médicos, mediante acciones encaminadas a la promoción de la salud, prevención de enfermedades, reducción de los factores de riesgo, diagnóstico precoz, tratamiento oportuno, restitución de la salud y rehabilitación física o psico-social de las personas en los ámbitos familiar, comunitario, laboral y escolar; la determinación de las causas de muerte; el peritaje y asesoramiento médico-forense, así como la investigación y docencia en las ciencias médicas". En el artículo 3 de la Reforma a la Ley, se suma la figura del médico comunitario a la de los profesionales legalmente autorizados para el ejercicio de la medicina como lo son los doctores en Ciencias Médicas, los Médicos...

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