Decreto Nº 7.228 mediante el cual se declara el estado de emergencia sobre la Prestación del Servicio Eléctrico Nacional y sus Instalaciones y Bienes Asociados, por un lapso de sesenta (60) días, prorrogables, en virtud de lo cual se autoriza al Ministro del Poder Popular para la Energía Eléctrica, para dictar por vía de excepción las medidas especialísimas que estime pertinente, a fin de garantizar a la población el suministro de energía eléctrica.

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