Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito Los Teques de Miranda, de 9 de Febrero de 2004

Fecha de Resolución 9 de Febrero de 2004
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito Los Teques
PonenteVictor José Gonzalez Jaimes
ProcedimientoEjecución De Hipoteca

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. LOS TEQUES, nueve (09) de febrero de dos mil cuatro (2004).

193º y 144º

Por cuanto de la revisión de los autos se evidencia, que la parte demandada en este juicio opuso la cuestión previa contenida en el Ordinal 8º del Artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, es decir, la existencia de una cuestión prejudicial que debe resolverse en un proceso distinto; el Tribunal a los fines de resolver la misma, acuerda oficiar al Juez de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, a los fines de que remita a este Despacho información respecto al Expediente Nº 15-F9-0963-03-FMP, en el cual cursan las actuaciones relativas a la denuncia de Estafa que interpusiera el ciudadano E.R.M., de nacionalidad Británica, Comerciante, titular de la C.I. Nº E-966.905, domiciliado en Charallave, Estado Miranda; contra el ciudadano A.N., Venezolano y titular de la C.I. Nº 10.821.165, Director General de la empresa URBANIZACION RESIDENCIAL VISTA LINDA C.A.; y en el cual el ciudadano Fiscal Noveno del Ministerio Público Dr. C.J.R.R., en fecha 30 de septiembre de 2003, solicitó al mencionado Juez de Control el Sobreseimiento de la Causa, de conformidad con lo establecido en el Artículo 318, Ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal en lo que respecta al delito de Estafa, considerando que el caso no era de acción penal, sino de acción civil. Líbrese oficio, y una vez conste en autos la respuesta a la información requerida, el Tribunal resolverá sobre la cuestión previa opuesta. Cúmplase.-

EL JUEZ,

DR. V.J.G.J..

EL SECRETARIO,

ABOG. RICHARS MATA

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.

EL SECRETARIO,

VGJ/o

13.820

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.

LOS TEQUES.

Los Teques, 09 de febrero de 2004.

193º y 144º

Nº 0855-

Ciudadano:

Juez de Control del Circuito Judicial Penal Judicial del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy.

Su Despacho.

Me dirijo a Ud, en la oportunidad solicitar se sirva remitir a este Tribunal, información respecto al Expediente Nº 15-F9-0963-03-FMP, en el cual cursan las actuaciones relativas a la denuncia de Estafa que interpusiera el ciudadano E.R.M., de nacionalidad Británica, Comerciante, titular de la C.I. Nº E-966.905, domiciliado en Charallave, Estado Miranda; contra el ciudadano A.N., Venezolano y titular de la C.I. Nº 10.821.165, Director General de la empresa URBANIZACION RESIDENCIAL VISTA LINDA C.A.; y en el cual el ciudadano Fiscal Noveno del Ministerio Público Dr. C.J.R.R., en fecha 30 de septiembre de 2003, solicitó a ése Despacho el Sobreseimiento de la Causa de conformidad con lo establecido en el Artículo 318, Ordinal 1º del Código Orgánico Procesal Penal, en lo que respecta al delito de Estafa, considerando que el caso no era de acción penal, sino de acción civil.

Solicitud que se le hace a los fines legales consiguientes, y en virtud del juicio que por EJECUCION DE HIPOTECA, sigue por ante este Tribunal la empresa URBANIZACION RESIDENCIAL VISTA LINDA C.A., contra los ciudadanos E.R.M. y B.E.M.D.M..

EL JUEZ,

DR. V.J.G.J.

VJGJ/o

13.820

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