Decisión de Juzgado Primero del Municipio Maturín de Monagas, de 17 de Julio de 2012

Fecha de Resolución17 de Julio de 2012
EmisorJuzgado Primero del Municipio Maturín
PonenteLuis Ramón Farias
ProcedimientoRectificacion De Acta

República Bolivariana De Venezuela

Juzgado Primero De Los Municipios Maturín, Aguasay, S.B. Y E.Z.D.L.C.J.D.E.M..

Maturín 17 de Julio de 2012

202º Y 153º

PARTES

• DEMANDANTE: H.D.V.C.D.M., venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.357.617, respectivamente, Asistida por la Abogada C.V., Inscrita en el Instituto de Prevención Social del Abogado Bajo el Nº 14.832 y de este domicilio.-

• DEMANDADA: TODA PERSONA INTERESADA.

• MOTIVO: RECTIFICACION DE ACTA DE MATRIMONIO

• EXPEDIENTE Nº (11.338)

Visto el escrito de Solicitud de rectificación de Acta de Matrimonio recibido por ante este Tribunal mediante distribución de fecha, doce 12 de Junio del año 2.012, presentado por la Ciudadana: H.D.V.C.D.M., anteriormente identificada en la cual solicita la RECTIFICACION DE SU ACTA DE MATRIMONIO.

Expone el compareciente en el libelo lo siguiente:

“ Solicita la rectificación del acta de Matrimonio Nº 183, folios 212 al 215, del Libro 3, Tomo 2, de fecha 17 de Agosto del año 1.978, del Libro de Registro Civil Correspondiente, de la Primera Autoridad Civil del Distrito Maturín del Estado Monagas, donde contrato matrimonio civil la mandante ciudadana: H.D.V.C.D.M., venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.357.617 con el ciudadano: C.R.M.C., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.716.578, de este domicilio, ….ahora bien En la antes señalada acta de Matrimonio, el funcionario encargado de hacer el asiento incurrió en el siguiente error Involuntario: señala e indica en ella que mi nombre es HAIDDE DEL VALLE CARVAJAL, lo cual es incorrecto, puesto que mi verdadero nombre : H.D.V.C., de acuerdo a los documentos consignados tales como copia de mi cedula de identidad y Partida de Nacimiento Original emanada de la Unidad Administrativa de Registro Civil de la Parroquia Úrica, Municipio P.M.F.d.E.A., marcada con letra “B”…. Que por lo antes expuesto es por que solicito de conformidad con el artículo 773 del Código de procedimiento Civil se ordene rectificar el de acta de matrimonio, es decir, corregir mi nombre, el cual esta asentado de manera Incorrecta en el acta de matrimonio como HAIDDE DEL VALLE CARVAJAL, siendo que la manera correcta es H.D.V.C....… (Omisiss)…

En fecha 15 de Junio del año 2.012 se Admite la presente demanda; y se acordó notificar al Fiscal Octavo del ministerio Público a los fines consiguientes.

En fecha diez (10) de Julio de 2.012 la ciudadana alguacil de este Tribunal consigno boleta de notificación debidamente firmada por Fiscal octavo 8ª del Ministerio Publico del Estado Monagas.

Ahora bien, por los razonamientos que anteceden este Tribunal pasa a dictar sentencia.

En este sentido, establece el artículo N° 2 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela lo siguiente:

Venezuela se constituye en un Estado democrático y social, de Derecho y Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general la preeminencia de los Derechos Humanos, la ética y el pluralismo político

.

PARTE DISPOSITIVA

Probado como han sido los hechos alegados y vista la obviedad del error denunciado que no amerita la tramitación de un juicio de rectificación de Sentencia de Divorcio por error material, éste Tribunal de conformidad con los Artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento civil, ordena en forma SUMARIA al Registro Civil Principal del Estado Monagas y a este Juzgado Primero de los Municipios Maturín, Aguasay, S.B. y E.Z.d. esta Circunscripción Judicial, para que proceda a hacer la debida nota marginal en el Acta de Matrimonio de la ciudadana: H.D.V.C.D.M., venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.357.617, con el fin de que se escriba en forma correcta su Nombre, Donde dice : HAIDDE DEL VALLE CARVAJAL, debe decir: H.D.V.C., Este Tribunal Primero De Los Municipios Maturín, Aguasay, S.B. Y E.Z.D.L.C.J.D.E.M., administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: Con Lugar la Solicitud de Rectificación de Acta de Matrimonio interpuesta por la ciudadana: H.D.V.C.D.M., venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.357.617, respectivamente, Asistida por la Abogada C.V., Inscrita en el Instituto de Prevención Social del Abogado Bajo el Nº 14.832. Queda así rectificada dicha acta de Matrimonio. Hágase la corrección del acta de Matrimonio, asentada bajo el Nº 183, folios 212 al 215, del Libro 3, Tomo 2, de fecha 17 de Agosto del año 1.978, del Libro de Matrimonios civil llevados por el Registro Civil del Municipio Maturín del Estado Monagas, durante el año 1.978, Y ASÍ SE DECIDE.-

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.

OFICIECESE AL REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO MONAGAS, a fin de que estampe la notar marginal correspondiente.

Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero De Los Municipios Maturín, Aguasay, S.B. Y E.Z.D.L.C.J.D.E.M., Maturín, 17 de J.d.A. 2.012. Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación.

EL JUEZ TITULAR:

L.R.F.G.L.S.

ABG. GUILIANA A. LUCES ROJAS

En la misma fecha siendo las (3:00 P.M.) se dio cumplimiento a lo antes ordenado. Conste

LA SECRETARIA

ABG. GUILIANA A. LUCES ROJAS

Exp. Nº 11.338

Abg/LRFG.R-

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR