Decisión nº PJ0242007000327 de Sala Décimo Quinto de Juicio de Protección del Niño y Adolescente de Caracas, de 16 de Abril de 2007
Fecha de Resolución | 16 de Abril de 2007 |
Emisor | Sala Décimo Quinto de Juicio de Protección del Niño y Adolescente |
Ponente | Yumildre Castillo |
Procedimiento | Guarda |
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº XV
Caracas, dieciséis (16) de A.d.D.M.S. (2007)
Años: 196º y 148º
ASUNTO: AP51-V-2007-005683
Parte Actora: A.A.V.M., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula identidad Nro. V-19.396.666.-
Abogado Asistente parte actora: A.S., en su carácter de Defensora Pública Tercera para el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nros. 82.082.
Parte Demandada: M.Y.F.P., venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.513.515.-
Motivo: Guarda
Niño(a) y/o Adolescente: (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA).
Revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto contentivo de la demanda de Guarda, presentada por el ciudadano A.A.V.M., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula identidad Nro. V-19.396.666, actuando en su carácter de padre y representante legal de la niña (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA), debidamente asistida por la abogada A.S., en su carácter de Defensora Pública Tercera para el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nros. 82.082., y vista así mismo, la diligencia cursante del folio dieciséis (16) al folio diecisiete (17) inclusive, de fecha once (11) de Abril de 2007, presentada por el ciudadano A.A.V.M., plenamente identificado en autos, debidamente asistido por la abogada A.S., en su carácter de Defensora Pública Tercera para el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nros. 82.082, mediante la cual manifiesta su desistimiento en la presente causa en los términos siguientes: “ …Manifiesto ante esa Honorable Sala de Juicio, que desisto de la pretensión incoada en fecha 29 de marzo del corriente año, en virtud de haber logrado un acuerdo –extrajudicial- con la madre de la niña Ut Supra,. Desistimiento que fundamento de acuerdo al artículo 263 del Código de Procedimiento Civil (C.P.C)…Así mismo, solicito tenga a bien ordenar lo conducente para la devolución de los documentos originales que rielan en el expediente en cuestión...”, esta Jueza Unipersonal Nro. XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 263 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, da por consumado el desistimiento y le da carácter de cosa juzgada. Expídanse por Secretaria copia certificada de la presente decisión y entréguense a las partes interesadas a los fines legales consiguientes. Asimismo se ordena la correspondiente devolución de los originales consignados, así como el cierre y archivo del presente expediente. Cúmplase.-
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Dado, firmado y sellado por la Jueza Unipersonal N° XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los dieciséis (16) días del mes de A.d.D.M.S. (2007). Año 196° de la Independencia y 148° de la Federación.
EL(A) JUEZ(A)
Abg. Yumildre C.H.
EL SECRETARIO
Abg. Carlos Andrés Fonseca.
En el día de hoy se publicó y registró la anterior sentencia
EL SECRETARIO
Abg. Carlos Andrés Fonseca.
YCH/CF/ych.
Motivo: Guarda
ASUNTO: AP51-V-2007-005683