Aerolíneas venezolanas

El atraso en los vuelos, la falta de información veraz y oportuna, la inexistencia de justa indemnización y la actitud pasiva de las autoridades son las características que describen el servicio de transporte aéreo en nuestro país. Es muy difícil conseguir a algún venezolano que no haya sido sido presa de estos atropellos a sus derechos. La Constitución de la República establece en su artículo 117 que todos tenemos el derecho a acceder a bienes y servicios de calidad. Por su parte la ley que regula la actividad del transporte aéreo establece escalas de indemnizaciones que deben realizar las líneas aéreas a los usuarios, por retrasos en la salida de los vuelos o por cancelaciones de los mismos, según el caso. Sin embargo, pese a que las leyes expresamente contienen los mecanismos de protección del usuario, en la práctica la costumbre de un mal servicio se impone y en la mayoría de los casos no se dan las justas indemnizaciones, ni las mul tas correspondientes. Sólo haciendo cum plir las leyes se pueden corregir las deficiencias que tiene este im portante servicio en nuestro país; para ello es nece saria la actuación eficaz de las autori dades competentes, por ejemplo, la es cala de indem nizaciones por retrasos debe ría estar publi cada en...

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