Decisión nº WP01-D-2011-000073 de Juzgado Segundo de Control del L.O.P.N.A. de Vargas, de 23 de Marzo de 2011

Fecha de Resolución23 de Marzo de 2011
EmisorJuzgado Segundo de Control del L.O.P.N.A.
PonenteAna Celia Perez
ProcedimientoAudiencia De Constitucion De Fianza

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal SEGUNDO de Control Secc. Adolescentes del Estado Vargas

Macuto, 23 de Marzo de 2011

200º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-D-2011-000073

ASUNTO : WP01-D-2011-000073

VERIFICACION DE DOCUMENTOS DE FIADORES

Recibido en este Despacho Judicial en la tarde del día de ayer 22/03/2011 recaudos sobre Fianza Personal impuesta por la Corte de Apelaciones a la adolescente IDENTIDAD OMITIDA de dieciséis (16) años de edad, referido a Un (1) Fiador. En consecuencia esta Decisora para ejecutar la mencionada medida cautelar sustitutiva, pasa de seguida a revisar la causa, consta al folio 105 y siguientes Decisión de la Corte Superior de la Sección Penal de Adolescentes de fecha 03/03/2011 donde acordaron imponer a la mencionada adolescente Medida cautelar sustitutiva prevista en el artículo 582 literal g) de la LOPNNA presentando 1 fiador que se comprometa al pago de 20 Unidades Tributarias si evade la justicia, consignando este fiador C.d.T., y deberá comprometerse ante el referido Juzgado al cumplimiento de la obligaciones contraídas en el artículo 258 del COPP.

Siendo esto así, y conforme al artículo 258 del COPP por remisión del artículo 537 de la LOPNNA, este Tribunal pasa a dejar constancia de la verificación de los recaudos presentados por el fiador: ciudadano F.J.J.L., titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.865.314, consta que es de reconocida buena conducta, de estar domiciliado aquí en el Estado Vargas y de tener capacidad económica para atender las obligaciones que contrae, con los siguientes documentos en originales de C.d.B.C.P. expedida por la Prefectura del Municipio Vargas, C.d.R.l. por el Concejo Comunal Ilustre Guaireño J.M.V. de la Urbanización Prolongación 10 de Marzo y C.d.T. haciendo referencia que el señor FRANCISCO labora en la Empresa Corporación de Servicios Múltiples Municipal de Vargas S.A. con el cargo actualmente de Ayudante de Vactor desde el 01/01/1995 y devengando mensualmente Bs. Fuertes 1.496,68 más 481 de Cesta Tickets, dejándose constancia que todos estos recaudos fueron entregados en originales con sellos húmedos para su verificación, y dejando asentado este Tribunal que cumplieron con los requisitos mínimos exigidos para ser garante con fianza personal a esta imputada.

En consecuencia se acuerda para el día de mañana Jueves 24/03/2011 a la 1 y 30 de la tarde a una reunión con el fiador y la representante legal de la imputada, a fin de levantar Acta de compromiso conforme al artículo 261 del COPP, dejando constancia expresa de las obligaciones de este Fiador conforme al artículo 258 de la Ley Adjetiva mencionada y una vez firmada en presencia de esta Decisora que acepta, se hará una reunión aparte con la adolescente imputada a fin de imponerla de las Obligaciones complementarias a esta fianza, conforme al artículo 260 del COPP: A no ausentarse de la jurisdicción del Tribunal, es decir no salir del Estado Vargas ni Distrito Capital y presentarse cada quince (15) días ante las Delegadas de este Tribunal, todo esto para asegurar la finalidad del proceso penal en su contra. Y ASI SE DECIDE.

DISPOSITIVA

Por todo el razonamiento antes expresados, este JUZGADO SEGUNDO DE CONTROL DE LA SECCION DE ADOLECENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ACEPTAR al fiador F.J.J.L. presentado para Fianza Personal exigido a la imputada IDENTIDAD OMITIDA, por considerar que conforme al artículo 258 del COPP de la verificación de los documentos presentados cumplió con todos los requisitos, en consecuencia se acuerda imponer sus obligaciones para el día 24/03/2011 y proceder a otorgar libertad restringida a la imputada prenombrada bajo las obligaciones detalladas en capítulo anterior

Regístrese y déjese copia de esta Decisión. Expídase Boleta de Traslado a la imputada para mañana 24/03/2011. Notifíquese a las partes vía telefónica. Cúmplase.

LA JUEZ SEGUNDO DE CONTROL

DRA. A.C.P.R.

SECRETARIA DE CONTROL

Abg. ROTSELVY GOMEZ

Con esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.

SECRETARIA DE CONTROL

Abg. ROTSELVY GOMEZ

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