Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito Los Teques de Miranda, de 14 de Mayo de 2004

Fecha de Resolución14 de Mayo de 2004
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito Los Teques
PonenteVictor José Gonzalez Jaimes
ProcedimientoDaños Y Perjuicios

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, catorce (14) de mayo de dos mil cuatro (2004).

194° y 145°

Vista la diligencia que antecede de fecha 11 de los corrientes, suscrita por la abogada en ejercicio M.A.A.D.R., inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 40519, mediante la cual solicita al Tribunal se ordene la ejecución de la sentencia y que se oficie al Banco Central de Venezuela a fin de que determine el IPC arrojado desde el 07 de diciembre de 2001, hasta la fecha de la ejecución, el Tribunal por cuanto de la revisión de las actas que conforman el presente expediente observa que la sentencia dictada en fecha 30 de octubre de 2003, se encuentra definitivamente firme se decreta su ejecución, en tal sentido se ordena oficiar al Banco Central de Venezuela a los fines de calcular en base al IPC del Area Metropolitana de Caracas la indexación monetaria desde el día: 07 de diciembre de 2001, hasta el día de hoy 14 de mayo de 2004, a la cantidad de CINCO MILLONES SEISCIENTOS MIL BOLIVARES ( Bs. 5.600.000,00), y una vez conste en autos las resultas de la corrección monetaria, se procederá a instancia de parte conforme a lo establecido en el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese oficio y déjese constancia de lo actuado.

EL JUEZ,

DR. V.J.G.J.

EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.

EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA

VJGJ/ag

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.-

Los Teques, 14 de mayo de 2004

194º y 145º

OFICIO Nº. 0855-887

CIUDADANO:

CONSULTOR JURIDICO DEL BANCO CENTRAL DE VENEZUELA

CON SEDE EN CARACAS

SU DESPACHO.-

Tengo a bien dirigirme a Ud., en la oportunidad de solicitarle su colaboración en el sentido de ordenar lo conducente a los fines de calcular en base al IPC del Area Metropolitana de Caracas la indexación monetaria desde el día: 07 de diciembre de 2001, hasta el día 14 de mayo de 2004, a la cantidad de CINCO MILLONES SEISCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 5.600.000,00).

Información que requerimos a la brevedad posible, la cual guarda relación con el expediente signado con el Nº. 12138, seguido en el juicio que por DAÑOS Y PERJUICIOS, sigue el ciudadano BUEN P.L.S., contra la empresa AFP MOTORS C.A.

EL JUEZ,

DR. V.J.G.J.

VJGJ/ag

Exp. Nº. 12138

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