Decisión de Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio N° 2 de Nueva Esparta, de 20 de Abril de 2004

Fecha de Resolución20 de Abril de 2004
EmisorTribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio N° 2
PonenteEduardo Capri Rosas
ProcedimientoAuto Remisión Causa Juez Natural

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO N° 2

DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO NUEVA ESPARTA

LA ASUNCIÓN

La Asunción, 20 de Abril de 2004

193º y 145º

Revisadas las anteriores actuaciones, se observa que la presente causa fue remitida a este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio, en virtud de la inhibición planteada por la juez, Dra. AVILAMAR A.R.. Ahora bien, como quiera que cesaron las razones que motivaron la inhibición con la rotación anual de los jueces, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 106, encabezamiento, en concordancia con el artículo 531, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, la presente causa deberá ser conocida por el juez de primera instancia en lo penal en funciones de juicio N° 01, preservándose de esta forma el principio del juez natural, de conformidad con el artículo 49, ordinal 4° de la Constitución Nacional, en concordancia con el artículo 7 del Código Orgánico Procesal Penal y al plan de distribución de causas. Líbrese oficio a la oficina del alguacilazgo con el objeto de remitir la presente causa al tribunal de juicio indicado.

EL JUEZ SEGUNDO DE JUICIO,

DR. E.C.R.

LA SECRETARIA TEMPORAL,

ABG. LIRIDAD R.R.

CAUSA N° 2M-095

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