Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito Los Teques de Miranda, de 12 de Enero de 2004

Fecha de Resolución12 de Enero de 2004
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito Los Teques
PonenteVictor José Gonzalez Jaimes
ProcedimientoDivorcio

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, doce (12) de enero del Dos Mil cuatro (2004).-

193° y 144°

Por cuanto en fecha 02 de enero del 2004, tomé posesión del cargo como Juez Suplente Especial de este Juzgado, según oficio N° TP-03-2282, me AVOCO al conocimiento de la presente causa.-

LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,

DRA. E.M.M.Q..

EL SECRETARIO.

ABG. RICHARS MATA.-

EMMQ/yza.

EXP N° 12976

En horas de despacho del día de hoy, doce (12) de enero del dos mil cuatro (2004), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), oportunidad fijada en autos para tener lugar el PRIMER ACTO CONCILIATORIO, se anunció dicho acto a las puertas del Tribunal, previo avocamiento de la Juez Suplente Especial, ABG. E.M.M.Q., al conocimiento de la presente causa, compareciendo el ciudadano G.M.D.O.J.E., abogado en ejercicio, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 68.881, Venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-5.433.061, parte actora en el presente juicio, actuando en su propio nombre y no habiendo comparecido la parte demandada ni por si ni por medio de apoderado judicial, el Tribunal deja constancia de ello. De igual modo, se deja constancia que la Fiscal del Ministerio Público no se hizo presente. Seguidamente, la parte actora en el presente juicio expone: “Insisto en mi demanda en todas y cada una de sus partes, y quedo en cuenta que deberé comparecer pasados como sean (45) días siguientes a la presente fecha, a objeto de que se efectúe el segundo acto reconciliatorio”. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.-

LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL.-

ABG. E.M.M.Q..

.

LA PARTE ACTORA

EL SECRETARIO

ABG. RICHARS MATA

EXP N° 12976

EMMQ/yza

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