Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito Los Teques de Miranda, de 27 de Noviembre de 2003
Fecha de Resolución | 27 de Noviembre de 2003 |
Emisor | Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito Los Teques |
Ponente | Victor José Gonzalez Jaimes |
Procedimiento | Desalojo |
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veintisiete (27) de noviembre del año dos mil tres (2003).
193° y 144°.-
Vista la diligencia que antecede de fecha 26-11-2003, suscrita por la ciudadana Abogada C.B.S., en su carácter de apoderada especial de la Empresa Mercantil BAR RESTAURANT, QUINCALLA, ESTACION DE SERVICIO Y BOMBA DE GASOLINA LOS CERRITOS, C.A, en la cual solicita se le expida copia certificada del libelo de la demanda, del documento poder otorgado por su representada y que acredita su representación de la parte demandada reconviniente, del escrito de contestación de la demanda y reconvención contra los demandantes, de la diligencia que la solicita y del presente auto que las provee, el Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado y ordena expedir por secretaria las copias certificadas solicitadas, para lo cual se autoriza al abogado RICHARS MATA, a los fines de que selle y firme todos y cada una de las copias solicitadas de conformidad con los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y Artículo 1° de la Ley de Sellos. Cúmplase.-
EL JUEZ
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO
ABOG. RICHARS MATA.
--En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente por cuanto fueron consignados los fotostatos.
EL SECRETARIO
ABOG. RICHARS MATA.
VJGJ/ldb
EXP. N° 11052
Quien suscribe ABG. RICHARS MATA, Secretario de Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, CERTIFICA: Que las anteriores copias fotostáticas son traslado fiel y exacto de sus originales, del expediente signado con el N° 11052 (Nomenclatura de este Tribunal), con motivo del juicio que por DESALOJO sigue por ante este Juzgado el ciudadano MANUEL BARREIRO TEIXEIRA Y OTROS contra BAR RESTAURANT, QUINCALLA, ESTACION DE SERVICIO Y BOMBA DE GASOLINA LOS CERRITOS, cuyas actuaciones fueron autorizadas por el Juez Titular de este Tribunal por auto, y que se insertan en las presentes actuaciones. Certificación que se hace de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, y Artículo 1° de la. Ley de Sellos. Los Teques veintisiete (27) de noviembre de dos mil tres (2003).-
EL SECRETARIO,
ABG. RICHARS MATA