Decisión de Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito Los Teques de Miranda, de 26 de Noviembre de 2003

Fecha de Resolución26 de Noviembre de 2003
EmisorJuzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito Los Teques
PonenteVictor José Gonzalez Jaimes
ProcedimientoDivorcio

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- Los Teques, veintiséis (26) de noviembre de dos mil tres (2003).-

193º y 144º

Vista la diligencia de fecha 17 de noviembre de 2003, suscrita por el ciudadano F.J.M., en su carácter de parte actora, asistido por el abogado en ejercicio D.P., inscrito en Inpreabogado bajo el N° 21.594, mediante la cual solicita se comisione al Tribunal de Municipio de Baruta de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a fin de notificarle a la parte demandada M.C.L.F., del avocamiento del Juez de este Tribunal en la presente causa, por cuanto se encuentra laborando en la Federación Médica, ya que se desconoce su domicilio actual, este Tribunal acuerda de conformidad lo solicitado y en consecuencia se ordena comisionar al Tribunal de Municipio de Baruta de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a fin de notificarle a la parte demandada M.C.L.F., que en fecha 19 de septiembre de 2002, el Juez de este Tribunal se avoco al conocimiento de la presente causa, por cuanto se observa que se desconoce su domicilio actual y se encuentra laborando en la Federación Médica del Área Metropolitana de Caracas, se ordena remitir la boleta de notificación librada.- Líbrese comisión junto con despacho y oficio, adjúntesele boleta de notificación librada, remítase y déjese constancia de lo actuado.-

EL JUEZ,

DR. V.J.G.J.E.S.,

ABG. RICHARS MATA

En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.- EL SECRETARIO,

VJGJ/nr

EXP. N° 998765

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-

Los Teques, 26 de noviembre de 2003.

193º y 144º

OFICIO No. 0855-

CIUDADANO:

JUZGADO DEL MUNICIPIO BARUTA DEL AREA METROPOLITANA

DE CARACAS.

SU DESPACHO.-

Tengo a bien dirigirme a Ud., en la oportunidad de remitirle adjunto al presente oficio despacho y boleta de notificación librada en fecha 19 de septiembre de 2002, en el Juicio que por DIVORCIO sigue ante este Tribunal, el ciudadano F.J.M. contra M.C.L.F., el cual se sustancia en el Expediente No.998765, a fin de que se sirva practicar la notificación de la demandada, todo para lo cual Ud., ha sido suficientemente comisionado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.-

Remisión que se le hace a los fines legales consiguientes, estimándosele se sirva devolver original con sus resultas.-

EL JUEZ,

DR. V.J.G.J.

VJGJ/nr

Exp. Nº. 998765

Anexo: Lo indicado.-

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE

EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.- LOS TEQUES.-

AL

JUZGADO DE MUNICIPIO BARUTA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.

HACE SABER:

Que en el Juicio que por DIVORCIO sigue ante este Tribunal F.J.M. contra M.C.L.F., el cual se sustancia en el Expediente No.998765 Ud., ha sido suficientemente comisionado para practicar la notificación del avocamiento del Juez, a la parte demandada ciudadana M.C.L.F., venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nros. 4.362.281, y/o a su apoderados judiciales abogados C.D.C. y NEFERTITIS RIAL, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 68.110 y 75.399 respectivamente, en la siguiente dirección Federación Médica del Área Metropolitana de Caracas y a tal efecto se le remite la boleta librada en fecha 19 de septiembre de 2002.-

Que ha sido comisionado en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, para la practica de la misma.-

Que se le faculta para sub-comisionar en caso necesario.-

Que la parte actora se encuentra asistido por el abogado D.P., inscrito en EL Inpreabogado bajo el N° 21.594.

Que la parte demandada tiene como apoderados judiciales apoderados judiciales a los abogados C.D.C. y NEFERTITIS RIAL, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 68.110 y 75.399 respectivamente.-

Que una vez cumplida la misma Ud., se servirá devolver la misma original con sus resultas.-

Que una vez cumplida la misma Ud., se servirá devolver la misma original con sus resultas.-

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en Los Teques a los veintiséis (26) días del mes de noviembre del dos mil tres (2003).- AÑOS: 193º de la Independencia y 144º de la Federación.-

EL JUEZ,

DR. V.J.G.J.

EL SECRETARIO,

ABG. RICHARS MATA

VJGJ/nr

Exp. Nº.998765

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